Historial de reformas

por la cual se crean el Fondo Nacional de Regalías, la Comisión Nacional de Regalías, se regula el derecho del Estado a percibir regalías por la explotación de recursos naturales no renovables, se establecen las reglas para su liquidación y distribución y se dictan otras disposiciones

15 versiones · 1994-06-30
2012-05-16
LEY 141 DE 1994 — arts. 19, 20, 21 y 5 más
2011-12-26
LEY 141 DE 1994 — arts. 19, 20, 21 y 5 más
2009-01-04
LEY 141 DE 1994 — arts. 14, 15, 30, 45
2007-09-25
LEY 141 DE 1994 — arts. 8, 10
2002-07-23
LEY 141 DE 1994 — arts. 10, 14, 15
2002-07-22
LEY 141 DE 1994 — arts. 1, 3, 5 y 7 más
2001-08-15
LEY 141 DE 1994 — arts. 1, 5
2000-10-20
LEY 141 DE 1994 — arts. 9, 17, 62
2000-10-19
LEY 141 DE 1994 — arts. 16, 35, 41 y 3 más
1999-06-29
LEY 141 DE 1994 — arts. 3, 8
1999-06-28
LEY 141 DE 1994 — arts. 7, 11, 12
1998-08-09
LEY 141 DE 1994 — art. 67
1995-12-02
LEY 141 DE 1994 — art. 56

Cambios del 1995-12-02

@@ -437,6 +437,8 @@
Las correspondientes a los demás departamentos y municipios a los cuales esta ley les otorga participación en las regalías y compensaciones irán en calidad de depósito al Fondo Nacional de Regalías para que la Comisión dentro de los diez (10) días siguientes a su recibo, les de la asignación y distribución establecidas en la presente Ley.
Las regalías recaudadas por las termoeléctricas, industrias cementeras e industrias del hierro en los términos del parágrafo del artículo 22 de esta ley, serán distribuidas y transferidas por la entidad que designe el Ministerio de Minas y Energía, dentro de los diez (10) días siguientes al de la consignación de la correspondiente regalía.
##### **Artículo 57.** El Ministerio de Minas y Energía sin sujeción al régimen establecido en el Código de Minas, aportará a Carbones de Colombia SA, Carbocol, o a la Empresa Colombiana de Carbón Limitada, Ecocarbón, los yacimientos de carbón que puedan existir dentro del territorio nacional.
La exploración y explotación de los yacimientos aportados se hará en los términos previstos en esta Ley y en el Código de Minas.
1994-06-30
LEY 141 DE 1994 — arts. 2, 4, 6 y 32 más
1994-06-28
LEY 141 DE 1994
versión original Texto en esta fecha