Instrumento de aprobación de las Actas del XXVII Congreso de la Unión Postal Universal (UPU), hechas en Abidjan el 26 de agosto de 2021
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
al Consejo de Explotación Postal que se asegure de que la UPU sigue el ritmo del cambio mediante la modernización de los servicios de envíos de correspondencia, de encomiendas postales y EMS adoptando un enfoque integrado (tanto para el desarrollo de productos como a nivel de los sistemas de remuneración), pero también acelerando el proceso de toma de decisiones en respuesta a las necesidades del mercado, mediante la implementación de todas las recomendaciones que se incluyen en el plan de productos integrado para el ciclo 2022–2025, presentadas en el Congrès–Doc 35.Rev 1 (y que se retoman en el anexo 1 de la presente resolución), a fin de garantizar que la implementación del plan de productos integrado para el ciclo 2022–2025 cumpla con los deseos expresados por los Países miembros de la Unión,
decide
iniciar una solicitud de proyecto con cargo al fondo común del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio para ayudar a los Países miembros (clasificados en el grupo IV a los efectos de los gastos terminales) que no cuentan con la infraestructura necesaria para efectuar la distribución con seguimiento,
encarga también
al Consejo de Explotación Postal que continúe:
– desarrollando e implementando las actividades del Consejo de Explotación Postal (incluidas la remuneración, la evaluación de la calidad, las normas, la contabilidad y las operaciones) que estén motivadas por la definición y el desarrollo de productos, reconociendo al mismo tiempo las necesidades de los clientes, del mercado y de la cadena logística;
– asegurando una coordinación estrecha entre el órgano de la UPU responsable de la hoja de ruta para la implementación de la transmisión de información electrónica anticipada y el órgano responsable de la implementación del plan de productos integrado;
– asegurando el examen continuo del plan de productos integrado con el objeto de presentar una versión actualizada al 28.º Congreso en 2025,
encarga además
al Consejo de Administración que se asegure de que las cuestiones relativas a las políticas gubernamentales y a los aspectos reglamentarios son debidamente tratadas y examinadas y que se adopte una decisión al respecto en el marco de la elaboración e implementación futuras del plan de productos integrado,
invita
a los Países miembros y sus operadores designados a que:
– adopten medidas que permitan a los operadores designados ofrecer productos físicos de calidad, en el marco del servicio universal, a fin de estimular la economía y fortalecer la cohesión social;
– reconozcan el papel que desempeñan las actividades de desarrollo de los productos físicos de la UPU en el mejoramiento de la calidad del servicio prestado a los ciudadanos y a las empresas, en particular a las pequeñas y medianas empresas;
– adopten medidas que garanticen que los operadores designados manejen mejor las relaciones con sus clientes desde un punto de vista comercial, de competitividad y de eficacia;
– se aseguren de que los operadores designados se concentren no solo en las dificultades que se presentan al desarrollar productos físicos internacionales, sino también en las estrategias que deben aplicarse para superar esas dificultades;
‒ participen activamente en el proceso de desarrollo de los productos físicos de la UPU;
‒ realicen acciones con el objeto de aumentar el volumen de negocios, aprovechando las oportunidades planteadas por el comercio electrónico,
invita además
a las Uniones restringidas a que presten su apoyo para el desarrollo del comercio electrónico en sus respectivas regiones.
(Proposición 04.Rev 1, Comisión 4, 2.ª sesión)
ANEXO 1. Conjunto de recomendaciones que figuran en el Congrès–Doc 35.Rev 1
Recomendación 1
A comienzos de 2019, la Comisión 2 del CEP examinó varios servicios suplementarios y estimó que estaban adaptados al mercado actual. Por lo tanto, se recomienda que los elementos de los seis servicios (servicios de aviso de recibo, de envío contra reembolso, de certificación, de entrega al destinatario en propia mano, de encomiendas embarazosas y de distribución de envíos libres de tasas) se desarrollen y modernicen durante el próximo ciclo entre los Congresos (2022–2025), conforme a los principios del plan de productos integrado, incluidos los relativos a la simplicidad, el enfoque por menú y la sostenibilidad de la red.
Recomendación 2
El segundo Congreso extraordinario encargó al CEP que presente al 27.º Congreso una recomendación tendiente a hacer obligatorio el servicio de distribución con seguimiento, con una fecha de implementación en 2023 en caso de que sea aprobada.
Observación: las proposiciones 20.18.1 y 20.18.2 se relacionan con esta recomendación 2 y con la recomendación 12. Solo una de estas recomendaciones puede ser aprobada.
Respuesta relativa a la remuneración: ver el Congrès–Doc 36.Rev 1, §§ 36, 40 y 41.
Recomendación 3
Se recomienda que el plan de productos integrado para el ciclo 2022–2025 incluya algunas actividades tendientes a identificar las formas de aumentar la parte del Correo en el mercado de los envíos de más de 2 kilogramos, apoyando al mismo tiempo la posición de los Correos como actores importantes en el segmento de «menos de 2 kilogramos».
Recomendación 4
Se recomienda que, en un mercado que evoluciona con rapidez, el plan de productos integrado para el ciclo 2022–2025 sea suficientemente flexible para facilitar la adaptación a las nuevas necesidades tecnológicas (tales como los dispositivos móviles, los cambios de software, la infraestructura informática, la infraestructura en la nube, etc.), y que ese plan incluya disposiciones relativas a un marco común de datos que permita la comunicación entre los Correos y entre los Correos y otros actores. Es necesaria una interacción sin contratiempos en toda la cadena logística para satisfacer las exigencias de los clientes y optimizar las operaciones.
Recomendación 5
Se recomienda que el plan de productos integrado para el ciclo 2022–2025 elabore un marco que permita las transacciones «entregado con derechos pagados» y de «registro previo» para los intercambios postales.
Recomendación 6
Se recomienda que el plan de productos integrado para el ciclo 2022–2025 prevea mejorar los procedimientos actuales de la UPU de devolución de mercaderías, a fin de que este servicio se vuelva más fácil de utilizar, eficiente y atractivo para los clientes, los minoristas en línea y los actores de la cadena logística.
Recomendación 7
Teniendo siempre en cuenta las expectativas de los clientes en materia de visibilidad de extremo a extremo (seguimiento), y considerando las capacidades de todos los Países miembros, se recomienda que el menú de servicios ofrecido en el plan de productos integrado para el ciclo 2022–2025 defina con claridad las normas y las expectativas en materia de visibilidad (seguimiento) en función de cada nivel de servicio, teniendo presente al mismo tiempo el principio del enfoque por menú.
Observación: ver la recomendación 13, que está estrechamente relacionada con la presente recomendación.
Recomendación 8
Se recomienda que el plan de productos integrado para el ciclo 2022–2025 incluya la implementación de actividades tendientes a mejorar la fiabilidad de la distribución optimizando los procedimientos y las operaciones actuales. Esas actividades deberían abarcar el examen y la elaboración de soluciones destinadas a mejorar el diseño de las etiquetas, la presentación de las direcciones, el tamaño y las dimensiones de los embalajes y de los envíos y a aumentar el grado de cumplimiento con la reglamentación de la UPU. Se recomienda además facilitar los procedimientos a fin de ofrecer una opción de distribución flexible.
Recomendación 9
Se recomienda que en el plan de productos integrado revisado para el ciclo 2022–2025 se incluyan actividades que apunten a desarrollar, mantener y mejorar factores tales como la rapidez de la distribución, el servicio de atención al cliente y la facilidad del despacho de aduana a fin de garantizar que cumplen con las exigencias de la clientela.
Recomendación 10
Se recomienda que en el plan de productos integrado revisado para el ciclo 2022–2025 se incluya el desarrollo del mercado de los productos de comercio electrónico tanto para el correo de llegada como de salida y que continúe siendo una prioridad para el próximo ciclo. También debe continuar el desarrollo de los mercados tradicionales de envíos de correspondencia.
Recomendación 11
Se recomienda que en el plan de productos integrado para el ciclo 2022–2025 se incluyan actividades relacionadas con el desarrollo de las encomiendas, los pequeños paquetes y los envíos EMS para asegurar que cumplen con las exigencias de la clientela y del mercado en materia de fiabilidad, seguimiento, cobertura de la red y los demás factores mencionados en la recomendación 9. También se recomienda que el desarrollo de esos mismos servicios en el plan de productos integrado para el ciclo 2022–2025 esté de acuerdo con los principios de ese plan, haciendo especial énfasis en los de enfoque por menú y de simplicidad.
Recomendación 12
Considerando que no hay una firme mayoría a favor de una de las opciones y tras las decisiones adoptadas durante los períodos de sesiones 2019.2 y 2020.1 del CEP, se recomienda presentar una proposición sobre las dos opciones al 27.º Congreso, a saber:
– Opción 1: ver la proposición 20.18.1 – el servicio de distribución con seguimiento se vuelve obligatorio para los envíos de correspondencia de llegada (documentos y mercaderías) y sigue siendo facultativo para los envíos de correspondencia de salida (documentos y mercaderías);
– Opción 2: ver la proposición 20.18.2 – el servicio de distribución con seguimiento se vuelve obligatorio para los envíos de correspondencia de llegada que contienen únicamente mercaderías y sigue siendo facultativo para los envíos de correspondencia de salida que contienen mercaderías y para los envíos de correspondencia de llegada y de salida que contienen documentos.
Recomendación 13
Se recomienda continuar autorizando el seguimiento como elemento de servicio para los envíos certificados y con valor declarado. Sin embargo, a fin de adaptar el desarrollo de los productos a los principios del plan de productos integrado de enfoque por menú y simplicidad, se recomienda incluir actividades que guarden relación con el establecimiento de un posicionamiento más lógico de los elementos del servicio (como el seguimiento) y de los servicios suplementarios (seguimiento, certificación, declaración de valor, aviso de recibo, etc.) en el marco de un «enfoque por menú» claro y comprensible en el plan de productos integrado para el ciclo 2022–2025.
Recomendación 14
Se recomienda que, si el Congreso adopta una reglamentación para que el servicio de distribución con seguimiento se vuelva obligatorio, también se evalúe si es necesario establecer un breve período «transitorio» de implementación diferida (a saber, seis meses adicionales) en los Países miembros clasificados en el grupo IV a los efectos de los gastos terminales que no están en condiciones de cumplir con la fecha de entrada en vigor del 1° de enero de 2023. Como ya existe una nueva tecnología que permite efectuar el seguimiento de los productos, también se recomienda iniciar una solicitud de proyecto con cargo al fondo común del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio (FMCS) a fin de ayudar a los Países miembros que no cuentan con la infraestructura necesaria para efectuar la distribución con seguimiento si el servicio se vuelve obligatorio.
Recomendación 15
Se recomienda incluir en el plan de productos integrado las actividades tendientes a aplicar los principios definidos en ese plan y que los trabajos continúen durante el próximo ciclo, haciendo especial énfasis en la necesidad de satisfacer las necesidades de la clientela y del mercado.
Recomendación 16
Se recomienda que el plan de productos integrado para 2022–2025 incluya actividades destinadas a evaluar de qué forma la cartera podría reflejar mejor las necesidades de los clientes profesionales y mejorar, desarrollar e implementar productos y elementos del servicio para satisfacer esas necesidades, dado el caso. Además, se recomienda analizar en qué casos los operadores designados ven las superposiciones y adoptar medidas para reducirlas.
Recomendación 17
Se recomienda que en el plan de productos integrado para 2022–2025 se incluyan, con carácter prioritario, actividades destinadas a aportar soluciones a los países que no saben cuándo podrán intercambiar mensajes ITMATT.
Recomendación 18
Habida cuenta de lo anterior, se recomienda:
1.° continuar con el desarrollo de productos para facilitar el eficaz cumplimento de la hoja de ruta para el intercambio de información electrónica anticipada;
2.° continuar la coordinación entre los órganos del CEP en relación con las cuestiones referentes a la información electrónica anticipada en el marco de los esfuerzos de comunicación y fortalecimiento de las capacidades relativos al comercio electrónico y al plan de productos integrado;
3.° continuar con la elaboración de normas y reglamentos de la UPU para promover el cumplimiento de las exigencias en materia de información electrónica anticipada;
4.° elaborar e implementar planes para evaluar la calidad de servicio y los niveles de cumplimiento en relación con el envío de mensajes conformes a la norma M33 de la UPU (mensajes ITMATT v1);
5.° elaborar e implementar planes en colaboración con el fondo común del FMCS a fin de ayudar a los Países miembros a implementar el intercambio de información electrónica anticipada y, en especial, ayudar a los operadores designados a tender puentes para el intercambio electrónico de datos con las autoridades aduaneras nacionales y las compañías aéreas.
Resolución C 6/2021. Sostenibilidad de la Caja de Previsión de la Unión Postal Universal
El Congreso,
tomando nota
de los trabajos realizados por el Consejo de Administración desde 2017 en relación con la sostenibilidad de la Caja de Previsión de la Unión Postal Universal (Caja de Previsión de la UPU), especialmente en el marco de las resoluciones C 31/2016 del Congreso de Estambul y C 7/2018 del segundo Congreso extraordinario,
teniendo en cuenta
– los importantes costes en que se incurriría si la Unión optara por adherir a la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas con efecto inmediato;
– el compromiso asumido por Estados Unidos de América (a través de su operador designado) de pagar 24 millones de CHF en un período de cinco años para financiar los compromisos a largo plazo de la Unión, sujeto a la rápida implementación de algunas disposiciones relativas a los gastos terminales adoptadas por el Tercer Congreso Extraordinario, celebrado en Ginebra, así como la decisión adoptada recientemente por el Consejo de Administración de afectar un importe adicional de hasta 10 % del límite de gastos anuales de la Unión, con el objeto de cumplir con las garantías de la Unión con respecto a la Caja de Previsión de la UPU,
habiendo examinado
el contenido del Congrès–Doc 27 y de las recomendaciones conexas,
convencido
de que una financiación estable y sostenible de la Caja de Previsión de la UPU:
– es esencial para asegurar el funcionamiento eficaz y eficiente de la Unión a largo plazo;
– constituye un requisito previo para la continuación de la supervisión reglamentaria de la Caja de Previsión de la UPU por la Autoridad bernesa de supervisión de las fundaciones e instituciones de previsión, teniendo en cuenta que la Caja de Previsión de la UPU seguirá siendo una fundación suiza hasta el momento en que la Unión decida lo contrario o adhiera a la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas,
sabiendo
que el objetivo a largo plazo de participar en la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas sigue siendo válido independientemente del escenario transitorio elegido,
decide
recapitalizar totalmente la Caja de Previsión de la UPU en un período de veinticinco años en dos etapas consecutivas:
– hasta un porcentaje de cobertura de 85 % para el final del ciclo del Congreso de Abiyán (2025);
– hasta un porcentaje de cobertura de 100 % para 2045 a más tardar, sujeto a una reevaluación de la situación financiera de la Unión y, dado el caso, del calendario de recapitalización,
encarga
al Consejo de Administración, con el apoyo de la Oficina Internacional, que:
‒ asigne recursos presupuestarios anuales equivalentes a 10 % del límite de gastos anuales de la Unión (tal como lo fijó el Congreso), hasta que se alcance el porcentaje de cobertura de 100 %;
‒ mantenga la opción de adherir a la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas una vez que la Caja de Previsión de la UPU esté totalmente recapitalizada o si el Consejo de Administración lo considera factible;
‒ supervise la correcta ejecución del plan de recapitalización mencionado anteriormente, encarga además al Director General que facilite la adhesión a la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas contratando a los nuevos empleados en condiciones equivalentes a las de la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas, sujeto a las decisiones pertinentes del Consejo de Fundación de la Caja de Previsión.
(Proposición 15, Comisión 2, 3.ª sesión)
Resolución C 7/2021. Estrategia Postal de Abiyán y Plan de Actividades de Abiyán 2021–2025
El Congreso,
tomando nota
de que el proyecto de Estrategia Postal de Abiyán y de Plan de Actividades de Abiyán para el período 2021– 2025 (Congrès–Doc 13), en tanto documentos preparados conjuntamente por el Consejo de Administración, el Consejo de Explotación Postal y la Oficina Internacional, representan la culminación de un proceso extenso e inclusivo en el marco del cual numerosos actores de los Países miembros de la Unión participaron activamente en diversas etapas de análisis de datos, consultas, sensibilización, debates y redacción,
notando
que, conforme al artículo 107.1.3 del Reglamento General de la Unión, el Consejo de Administración examina el proyecto de plan cuatrienal de actividades de la UPU, aprobado por el Congreso, y lo finaliza haciendo concordar las actividades presentadas en dicho plan con los recursos disponibles,
reconociendo
que el documento de alto nivel denominado «Estrategia Postal de Abiyán y Plan de Actividades de Abiyán 2021–2025» (Congrès–Doc 13) está además respaldado por las propuestas de trabajo detalladas que se presentan en el documento titulado «Propuestas de trabajo del Plan de Actividades de Abiyán 2021–2025» (Congrès–Doc 14),
reconociendo asimismo
que la versión definitiva del documento que contiene las propuestas de trabajo servirá de base para la preparación del Programa y Presupuesto anual de la UPU, así como para los planes operativos anuales que el Consejo de Administración y el Consejo de Explotación Postal deberán elaborar e implementar,
reconociendo además
que el Congreso de Abiyán se postergó de agosto de 2020 a agosto de 2021 debido a la pandemia de COVID-19, por lo cual se extendió el período de aplicabilidad de la estrategia hasta 2025, es decir, el año del Congreso siguiente,
aprueba
la Estrategia Postal de Abiyán y el proyecto de Plan de Actividades de Abiyán para el período 2021–2025, así como las propuestas de trabajo asociadas al Plan de Actividades de Abiyán para el período 2021–2025,
insta
a los Países miembros de la Unión a integrar los elementos pertinentes de la Visión postal para 2030 contenidos en la Estrategia Postal de Abiyán y el Plan de Actividades de Abiyán a sus prioridades y programas de actividades respectivos,
encarga
al Consejo de Administración, al Consejo de Explotación Postal y a la Oficina Internacional, de acuerdo con sus respectivas atribuciones definidas en el Reglamento General, que implementen la Estrategia Postal de Abiyán y el Plan de Actividades de Abiyán para el período 2021–2025,
encarga asimismo
al Consejo de Administración, según corresponda, que lleve a cabo actualizaciones regulares del Plan de Actividades de Abiyán para el período 2021–2025, conforme a las decisiones adoptadas por el Congreso,
encarga también
a la Oficina Internacional que:
– examine regularmente el estado de implementación de la Estrategia Postal de Abiyán y del Plan de Actividades de Abiyán en el marco de una evaluación dinámica y permanente;
– prepare un informe, para aprobación del Consejo de Administración y posterior presentación al próximo Congreso, sobre los resultados obtenidos y las experiencias adquiridas;
– entable un proceso de consulta con los Países miembros de la Unión para preparar y presentar, al
Consejo de Administración y sobre la base de las directivas emitidas por ambos Consejos, el proyecto de estrategia de la Unión y su plan de actividades para el período 2026–2029, con vistas a su presentación para aprobación por el Congreso de 2025.
(Proposición 10, Comisión 3, 2.ª sesión)
Resolución C 8/2021. Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio
El Congreso,
habiendo examinado
el documento presentado por el Consejo de Explotación Postal sobre el futuro del Fondo para el Mejoramiento
de la Calidad de Servicio (Congrès–Doc 38),
tomando nota
de que, en sus más de diecinueve años de actividad, el Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio inició más de 850 proyectos, que tuvieron un impacto sustancial en el mejoramiento de la calidad del servicio postal de más de 175 operadores designados beneficiarios,
constatando
que, debido al volumen de los recursos financieros liberados, el Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio se transformó en un elemento fundamental del sistema de cooperación para el desarrollo de la Unión,
teniendo en cuenta
que el impacto de las contribuciones del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio a los diferentes países beneficiarios se vio favorecido por la ampliación de su campo de acción introducida por el Congreso de Estambul 2016 y, por lo tanto, el Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio sigue siendo un elemento muy importante en la mejora de la calidad de servicio de la red postal mundial,
considerando
que las estructuras y reglas de funcionamiento de la nueva fuente de financiación (el fondo común), creada en el marco del nuevo modelo para fortalecer la red postal mundial y la infraestructura de la cadena logística y para centrarse en la implementación de proyectos transversales destinados a acelerar la transición de los operadores designados hacia el ecosistema del comercio electrónico, ya han dado sus primeros frutos con la aprobación y la ejecución del primer proyecto del fondo común,
preocupado
porque, a pesar de la adopción del nuevo modelo del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio y de los cambios introducidos por el Congreso de Estambul 2016 en el método de cálculo de las contribuciones al Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio, los ingresos generados no parecen compensar los costos de la inversión en calidad de servicio efectuada en los países menos adelantados y en algunos países que se encuentran en una situación especial,
teniendo en cuenta
la necesidad de continuar racionalizando y acelerando la utilización de todos los recursos disponibles, así como la preocupación continua de garantizar la coherencia general de las actividades de la Unión, principalmente en materia de desarrollo de la calidad de servicio para el correo internacional, haciendo énfasis en la evaluación del desempeño y del funcionamiento de la red así como en la mejora de sus operaciones,
convencido
de que es necesario continuar los esfuerzos realizados por el Consejo del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio y el Consejo de Explotación Postal, con el apoyo de la Oficina Internacional, para optimizar la formulación, el seguimiento y la evaluación tanto de los proyectos financiados individualmente como de los proyectos del fondo común del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio,
convencido también
de que el fortalecimiento de la sostenibilidad y la eficacia del modelo del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio en lo que respecta a las modalidades de contribución, el apoyo a los países menos adelantados y el método de fijación de prioridades cumpliría plenamente con el pilar estratégico 2 de la Estrategia Postal de Abiyán y permitiría que el Fondo siga siendo una importante fuente de financiación para las actividades comprendidas en las áreas descritas en el artículo 1.1 del Reglamento Interno del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio,
decide
– que la fecha de disolución del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio se mantenga en el 31 de diciembre de 2028;
– que los trabajos del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio destinados a mejorar la calidad del servicio postal internacional y a fortalecer la infraestructura postal de los operadores designados beneficiarios continúen durante el período 2021–2025;
– que los proyectos del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio continúen centrándose en la mejora de la calidad de servicio, incluido el fortalecimiento de la infraestructura postal de los operadores designados beneficiarios, y se excluyan los proyectos de empresas comerciales;
– que se mantengan los mecanismos y las modalidades de contribución actuales relativos a las contribuciones de los diferentes países del grupo IV, de conformidad con el artículo 31 del Convenio;
– que se siga desarrollando, perfeccionando y fortaleciendo el nuevo modelo del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio, utilizando los conocimientos y la experiencia adquiridos durante la implementación de los proyectos del fondo común;
– que se refuerce el método de priorización de proyectos en el marco del fondo común;
– que las innovaciones y los beneficios financiados por el fondo común sean accesibles a todos los grupos de países;
– que los países menos adelantados reciban un apoyo adicional mediante la creación de una cuenta especial dedicada a los países menos adelantados en el marco del fondo común actual, a fin de garantizar la implementación de proyectos que estén adaptados a sus necesidades específicas,
encarga
al Consejo de Explotación Postal (sujeto a la aprobación del Consejo de Administración para las cuestiones que son de su competencia) que:
– trabaje en sinergia con los grupos encargados de la integración de los productos, la calidad de servicio y la integración de la cadena logística a fin de presentar al Congreso de 2025 una proposición coherente para la sostenibilidad del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio;
– actualice el Reglamento Interno del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio, el Manual de Gestión de los Proyectos y el Manual de Gestión Financiera teniendo en cuenta la necesidad de:
• tener presentes las decisiones pertinentes del Congreso, en especial las relativas al nivel y al método de cálculo de las contribuciones del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio al fondo común y a la cuenta especial dedicada a los países menos adelantados;
• analizar y adaptar, dado el caso, cualquier otra disposición en vigor relativa al Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio, incluidas las modificaciones introducidas en el sistema de facturación del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio;
• fortalecer el método de priorización de proyectos mediante el establecimiento de un comité de revisión de la priorización;
• aprobar la priorización de los proyectos del fondo común para el ciclo 2021–2025,
encarga además
a la Oficina Internacional que:
– habida cuenta de la experiencia adquirida en el marco del ciclo de Estambul, continúe realizando misiones de evaluación para los proyectos terminados financiados por el Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio;
– teniendo en cuenta la Estrategia Postal de Abiyán y su implementación, coordine y busque sinergias armonizando los proyectos del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio con otros programas pertinentes para proyectos de fortalecimiento de capacidades sobre el mejoramiento de la calidad de servicio y talleres de capacitación regionales utilizando enfoques innovadores;
– asegure la dirección y la gestión necesarias para la exitosa implementación de los proyectos del fondo común, incluida la puesta en marcha de esos proyectos a favor de los países menos adelantados;
– implemente el sistema de evaluación de la incidencia y elabore informes regulares para presentar al Consejo de Explotación Postal.
(Proposición 05, Comisión 6, 3.ª sesión)
Resolución C 9/2021. Mejoramiento de la eficacia del Congreso
El Congreso,
notando
– que el Congreso es el órgano supremo de la Unión y está compuesto por los representantes de los Países miembros;
– que el Congreso es responsable de adoptar decisiones pertinentes para el ciclo cuatrienal y de elegir al Director General y al Vicedirector General de la Oficina Internacional, así como a los miembros del Consejo de Administración y del Consejo de Explotación Postal;
– que la Conferencia Ministerial es un evento importante del Congreso que brinda la orientación pertinente para los trabajos de la Unión,
notando asimismo
los trabajos realizados por el Grupo de Proyecto «Reforma de la Unión» de la Comisión 1 del Consejo de Administración, cuyo objetivo era contribuir a un mejor funcionamiento y a una mayor eficacia de los órganos de la UPU, así como las proposiciones previamente presentadas al Congreso tendientes a mejorar la organización de las reuniones o la gestión de los documentos,
notando en particular
que la duración de los Congresos anteriores era de tres semanas,
notando además
que el objetivo de esta proposición consiste en optimizar el tiempo y los recursos financieros necesarios, mejorando la preparación de los diferentes temas con antelación a fin de utilizar mejor el tiempo durante el Congreso,
considerando
– el alto costo financiero que implica para los Países miembros de la UPU enviar sus delegaciones para todo el período del Congreso;
– el alto costo para la Oficina Internacional, y en particular para el país anfitrión, de la celebración y organización de una reunión de tres semanas;
– el costo para los representantes de los Países miembros y los operadores designados de abandonar sus tareas nacionales durante ese período,
considerando asimismo
que la utilización de las nuevas tecnologías y la reciente reforma de los órganos de la Unión en términos de procedimiento y modo de funcionamiento pueden mejorar la eficacia de la preparación previa de los documentos y las proposiciones que se examinarán durante el Congreso,
considerando en particular
que la Oficina Internacional cuenta con la experiencia y los conocimientos para organizar los trabajos del Congreso de forma más eficaz, como se demostró durante el Tercer Congreso Extraordinario en Ginebra,
encarga
a la Oficina Internacional que:
– mejore la preparación previa de los diferentes documentos y proposiciones presentados al Congreso por el Consejo de Administración, el Consejo de Explotación Postal o los Países miembros de la Unión;
– mejore la eficacia de los trabajos previstos para el Congreso;
– mantenga la Conferencia Ministerial como un evento importante durante el Congreso;
– proponga un calendario y una organización de los trabajos del Congreso que permita reducir su duración a un máximo de dos semanas.
(Proposición 06, Comisión 3, 4.ª sesión)
Resolución C 10/2021. Igualdad de género y empoderamiento de las mujeres en la UPU y en el sector postal
El Congreso,
notando
que la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en 2015, que incluye el Objetivo de Desarrollo Sostenible 5 que busca «lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas»,
teniendo en cuenta
– que el Consejo de Administración y su predecesor aprobaron resoluciones en materia de igualdad en las prácticas de contratación, concretamente las resoluciones CE 1/1976 (Opinión oficial sobre el empleo de mujeres en la Oficina Internacional) y CA 4/1995 (Empleo de mujeres en la Oficina Internacional);
– que el Congreso de Doha 2012 aprobó la resolución C 74/2012 (Gestión del personal de la Oficina Internacional de la Unión Postal Universal), con el objetivo de lograr el mayor equilibrio posible en materia de género y una distribución geográfica equitativa en lo referente al personal de la Oficina Internacional,
destacando
– que la sociedad en su conjunto se beneficia con la participación igualitaria de mujeres y hombres en la formulación de políticas y en la toma de decisiones, y con la igualdad de acceso a los servicios de comunicación tanto para mujeres como para hombres;
– que la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres tienen sentido desde el punto de vista económico;
– que la participación de las mujeres en la economía permite impulsar el crecimiento a nivel nacional y reducir la pobreza en comunidades y hogares,
considerando
los resultados de los trabajos de la Comisión 3 del Consejo de Administración durante el ciclo 2016–2020, que realizó consultas y elaboró la Estrategia Postal de Abiyán, que refleja el firme compromiso de la Unión con los Objetivos de Desarrollo Sostenible,
recordando
– la nota presentada al Consejo de Administración (CA 2020.1–Doc 22.Rev 1), en la que se señalaban los amplios beneficios sociales y económicos de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres;
– el contexto de igualdad de género de las Naciones Unidas;
– que no existe una política en materia de igualdad de género que se aplique en todo el sistema de la Unión;
– que la Unión puede desempeñar un papel proactivo con respecto a la igualdad de género y el empoderamiento,
encarga
al Consejo de Administración que exhorte firmemente al Director General a estudiar la posibilidad de designar un coordinador sobre este tema dentro de la Oficina Internacional, para que dirija la elaboración e implementación de la política, colabore con otros órganos pertinentes, informe anualmente al Consejo de Administración sobre los avances y participe en el Plan de acción para todo el sistema de las Naciones Unidas sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres (ONU-SWAP 2.0),
encarga además
a la Oficina Internacional que:
– elabore e implemente una política sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres durante el ciclo de Abiyán;
– elabore la política tomando como referencia a otros organismos de las Naciones Unidas, solicitando la orientación de ONU Mujeres y consultando a los Países miembros de la Unión interesados;
– revise todas las Actas de la Unión (y demás documentación de la Unión) a fin de:
1.° proponer, según sea necesario, la adopción formal del lenguaje neutro en cuanto al género en la lengua oficial de la Unión;
2.° aplicar directamente el lenguaje neutro en cuanto al género en lo que respecta a las versiones de las lenguas no oficiales de las Actas y la documentación de la Unión (para lo cual no se requiere la modificación formal de las versiones francesas oficiales);
3.° incluir, cuando corresponda, notas sobre el lenguaje neutro en cuanto al género conforme a las prácticas más recientes del sistema de las Naciones Unidas,
– informe anualmente al Consejo de Administración el estado de avance de la elaboración de la política y su implementación.
(Proposición 09.Rev 1, Comisión 3, 4.ª sesión)
Resolución C 11/2021. Continuación de la reforma y de la apertura de la UPU a los actores del sector postal ampliado
El Congreso,
recordando
que la misión de la Unión consiste en favorecer el desarrollo sostenible de servicios postales universales de calidad, eficaces y accesibles, para facilitar la comunicación entre todos los pueblos del mundo,
recordando también
que la Unión es una organización intergubernamental y un organismo especializado de las Naciones Unidas cuyo objeto es asegurar la organización y el perfeccionamiento de los servicios postales y favorecer en este ámbito el desarrollo de la colaboración internacional,
reconociendo
que el aumento del acceso de los actores del sector postal ampliado a los productos y servicios de la Unión contribuirá al cumplimiento de la misión de la organización,
reconociendo además
que los actores del sector postal ampliado incluyen una gran variedad de entidades,
recordando en particular
los mandatos definidos respectivamente en las resoluciones C 6/2012 y C 7/2012 del Congreso de Doha 2012, así como en la resolución C 10/2016 del Congreso de Estambul 2016, que tienen por objeto permitir potencialmente el acceso a productos y servicios específicos de la Unión a actores externos del sector postal ampliado y desarrollar las reglas y los principios de gobernanza relativos a ello,
tomando en consideración
los resultados de los vastos trabajos realizados por el Consejo de Administración durante el ciclo de Estambul, y en particular las recomendaciones del CA para seguir trabajando con el objeto de presentar proposiciones sobre áreas tales como el cambio institucional, la continuación de la apertura de los productos y servicios, y los calendarios de implementación,
teniendo en cuenta
que varios detalles adicionales aún requieren un análisis minucioso por parte de los órganos competentes de la Unión,
destacando
la necesidad de que la Unión conserve su calidad de organización intergubernamental, reconociendo también la necesidad de asegurar su financiación a largo plazo y de reforzar su pertinencia,
reconociendo asimismo
que varios detalles aún requieren un análisis minucioso con respecto a la continuación de la apertura de la Unión, en particular en áreas tales como los futuros cambios estructurales, la metodología para la participación del sector postal ampliado y el modelo de contribución financiera correspondiente,
encarga
al Consejo de Administración que:
1.º continúe examinando la apertura de la Unión a los actores del sector postal ampliado, respetando la política de acceso definida en la resolución C 10/2016 del Congreso de Estambul 2016, e incluyendo también, para implementar durante el ciclo de Abiyán, los servicios o soluciones de la Unión siguientes (sujeto a todas las condiciones pertinentes definidas por el Consejo de Administración):
| Actividad, servicio o solución de la Unión | Condiciones para la apertura |
|---|---|
| Acceso a las listas de direcciones y de contactos así como a otros documentos y publicaciones administrados por la Oficina Internacional. | Examen y estudio minucioso por el Consejo de Administración. |
| Acceso a los servicios de apoyo de la Oficina Internacional (secretaría) (incluidos la solución de litigios, los servicios jurídicos, logísticos, del Despacho, etc., en las relaciones con otros actores que operan en el marco de la Unión), con excepción de los servicios de secretaría ad hoc o con valor agregado (deberán pagarse aparte). | Examen y estudio minucioso por el Consejo de Administración. |
| Acceso a todos los demás eventos o reuniones organizados en las instalaciones de la organización, o bajo su responsabilidad, y que no figuren en la agenda de actividades oficiales de la Unión (incluida la infraestructura necesaria para las actividades que no estén directamente relacionadas con las de la UPU). | Examen y estudio minucioso por el Consejo de Administración. |
| Posibilidad de beneficiarse de proyectos de fortalecimiento de las capacidades financiados por la UPU. | Examen y estudio minucioso por el Consejo de Administración, sujeto a la confirmación de la necesidad. |
| Capacidad de contribuir a los proyectos de cooperación técnica y a otros fondos para el fortalecimiento de las capacidades. | Examen y estudio minucioso por el Consejo de Administración, limitado a la posibilidad de apoyar financieramente esos proyectos y fondos. |
| Activación, a demanda, de los mecanismos de consultoría y de fortalecimiento de las capacidades de la Unión. | Examen y estudio minucioso por el Consejo de Administración. |
| Acceso al dominio.POST. | Examen y estudio minucioso por el Consejo de Administración, sujeto a todas las políticas.POST aplicables. |
| Acceso a las soluciones de la Unión relacionadas con los análisis específicos, investigación y conocimientos sobre las tendencias del mercado. | Examen y estudio minucioso por el Consejo de Administración; no obstante, el acceso a estas soluciones está sujeto a las condiciones de reciprocidad del intercambio de datos. |
| Servicios analíticos prestados a demanda por la Unión. | Examen y estudio minucioso por el Consejo de Administración; no obstante, el acceso a estas soluciones está sujeto a las condiciones de reciprocidad del intercambio de datos. |
2.° continúe estudiando, aconseje y prepare todas las proposiciones pertinentes sobre los temas mencionados para un examen exhaustivo por un Congreso Extraordinario (si los Países miembros así lo deciden), tales proposiciones deben incluir, según corresponda, una evaluación del impacto y un análisis de la demanda;
3.° estudie, aconseje y prepare proposiciones al Congreso sobre la continuación de la apertura de la UPU a los actores del sector postal ampliado, incluido el posible examen de otras soluciones a las que aún no se ha abierto el acceso o no mencionadas anteriormente (como las normas de etiquetado, la protección de datos y el almacenamiento de datos), efectuando una evaluación del impacto antes de presentar cualquier proposición y priorizando tales estudios en función de la demanda;
4.° asegure, conforme a las reglas pertinentes, la participación más amplia posible de los miembros y observadores del Consejo de Administración en estos trabajos,
encarga asimismo
a la Oficina Internacional que ponga a disposición en el sitio web de la Unión toda la información pertinente sobre estos trabajos.
(Proposición 13, Comisión 3, 5.ª sesión)
Resolución C 12/2021. Organización de un Congreso Extraordinario en 2023
El Congreso,
reconociendo
la necesidad de que la Unión haga frente a la rápida evolución de las necesidades en el entorno postal,
considerando
que, en el transcurso de las últimas décadas, el sector postal ha cambiado radicalmente, mientras que la Unión ha adoptado un enfoque de cambio progresivo,
considerando asimismo
que una Unión más inclusiva y abierta constituiría un vehículo esencial para hacer que el sector postal sea más dinámico y globalmente integrado, promoviendo al mismo tiempo las oportunidades de crecimiento para los Países miembros y mejorando los servicios para la ciudadanía en todo el mundo,
decide
celebrar un Congreso Extraordinario(3) en 2023, en particular para abordar el examen de proposiciones relacionadas con la apertura de la Unión a los actores del sector postal ampliado, así como otras cuestiones urgentes para el sector postal,
(3) De conformidad con el artículo 15 de la Constitución de la UPU, la decisión de celebrar un Congreso Extraordinario debe ser aprobada por al menos dos tercios de los Países miembros de la Unión.
encarga
al Consejo de Administración, con el apoyo de la Oficina Internacional, que adopte todas las medidas necesarias para organizar el mencionado Congreso Extraordinario estrictamente de conformidad con las disposiciones pertinentes del artículo 101 del Reglamento General (incluido el Orden del Día y el calendario propuestos y, según corresponda, la designación del país anfitrión).
(Proposición 14, Comisión 3, 5.ª sesión)
Resolución C 13/2021. Plan de remuneración integrada (2022–2025)
El Congreso,
tomando nota
de que, a través de la resolución C 7/2016, el Congreso de Estambul aprobó la clasificación de los países y territorios a los efectos del sistema de gastos terminales y del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio para el período 2018–2021,
considerando
el plan de remuneración integrada para el período 2019–2020, adoptado por el segundo Congreso extraordinario de Adís Abeba a través de la resolución C 6/2018, que identificó áreas concretas en las cuales puede lograrse una mejor armonización, integración y racionalización de los sistemas de remuneración,
recordando
que el ciclo de trabajo de Estambul fue el primero durante el cual se concibió un plan de remuneración integrada y sobre cuya base se lograron avances importantes para modernizar, integrar y armonizar los sistemas de remuneración de la UPU,
reconociendo
la necesidad de minimizar o eliminar los efectos de las posibles irregularidades creadas por los sistemas actuales y de asegurar la elaboración de proposiciones para la creación de un sistema de remuneración integrada, para su presentación al 28.º Congreso, que garantice la modernización y armonización de los sistemas de remuneración de la UPU y que tenga en cuenta los nuevos desarrollos de la cartera de productos físicos de la UPU (cartas, encomiendas y envíos EMS) introducidos por el plan de productos integrado,
destacando
que el plan de remuneración integrada actualizado para el período 2022–2025 brinda la orientación estratégica y define las metas y la hoja de ruta para formular proposiciones para un sistema de remuneración integrada moderno y orientado al futuro – el sistema de remuneración integrada para el período 2026–2030,
destacando además
la importancia de la modernización, la racionalización y la integración de los sistemas de remuneración de la UPU para liberar el potencial de crecimiento de los servicios de la UPU en el mercado del comercio electrónico,
alentado
por los significativos avances logrados en la modernización, la integración y la racionalización de los sistemas de remuneración de la UPU desde el Congreso de Estambul 2016, en particular en términos de las decisiones adoptadas por el Segundo y el Tercer Congreso Extraordinario,
convencido
de que la implementación del plan de remuneración integrada para el período 2022–2025 dará lugar a la presentación de proposiciones al 28° Congreso que favorecerán el logro del objetivo de instaurar un sistema de remuneración integrada moderno y orientado al futuro,
decide
– adoptar el plan de remuneración integrada para el período 2022–2025, a fin de continuar con los trabajos y los estudios con el objeto de elaborar una proposición relativa a un sistema de remuneración integrada para su presentación al 28° Congreso;
– adoptar los principios del sistema de remuneración integrada que figuran en el anexo 1 de la presente resolución para orientar los trabajos y estudios antes mencionados;
– aprobar la clasificación de los países y territorios en los grupos que figuran en el anexo 2 a los efectos del sistema de gastos terminales y del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio para el período 2022–2025, conforme a las disposiciones pertinentes de las Actas,
encarga
– al Consejo de Administración y al Consejo de Explotación Postal que garanticen que los trabajos de modernización, racionalización e integración de los sistemas de remuneración de la UPU continúen a un ritmo acelerado y finalicen en 2025, procurando:
• aprobar en cada período de sesiones la última versión del informe sobre el estado de avance de la implementación del plan de remuneración integrada (2022–2025), en el cual se presentan las conclusiones más importantes de los diferentes estudios y el estado y la orientación más recientes de los proyectos de conclusiones y de proposiciones para un sistema de remuneración integrada (2026–2030);
• implementar todas las actividades que se incluyen en las propuestas de trabajo sobre remuneración en la Estrategia Postal y el Plan de Actividades de Abiyán, para asegurar que la implementación del plan de remuneración integrada (2022–2025) dé lugar a la elaboración de proposiciones relativas a un sistema de remuneración integrada que se presentarán al 28° Congreso;
• elaborar propuestas de trabajo para el 28° Congreso que establezcan un mandato para continuar con los trabajos de desarrollo posterior del plan de remuneración integrada y del sistema de remuneración integrada a través de la modernización, la racionalización y la integración,
– al Consejo de Administración que:
• supervise los trabajos del Consejo de Explotación Postal relativos a la implementación del plan de remuneración integrada (2022–2025) y la elaboración de proposiciones para un sistema de remuneración integrada (2026–2030), transmita información relacionada al Consejo de Explotación Postal y garantice que, de acuerdo con las atribuciones del Consejo de Administración que figuran en el artículo 107 del Reglamento General, las proposiciones conexas para el 28° Congreso se ajusten a los principios de remuneración integrada que figuran en el anexo 1 de la presente resolución;
• examine y proponga principios de remuneración integrada actualizados para presentar al 28° Congreso para orientar los trabajos de perfeccionamiento del sistema de remuneración integrada durante el próximo ciclo del Congreso (2026–2029);
• examine la clasificación de los países y territorios a los efectos del sistema de gastos terminales y del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio para el período 2022–2025 y presente proposiciones al 28° Congreso para simplificar el sistema de clasificación disminuyendo la cantidad de grupos;
• estudie la posibilidad de establecer nuevos criterios para ese sistema simplificado de clasificación de los países, teniendo en cuenta, por ejemplo, el volumen anual total de envíos de correspondencia de llegada recibido por cada país de destino en combinación con los criterios existentes que reflejan el nivel de desarrollo económico postal;
• evalúe el impacto en el mercado y las incidencias reglamentarias de los sistemas de remuneración de la UPU en los actores del sector postal ampliado, así como el impacto financiero y operativo de las decisiones adoptadas por el Tercer Congreso Extraordinario y el 27° Congreso en materia de remuneración,
– al Consejo de Explotación Postal que:
• elabore proposiciones relativas a un sistema de remuneración integrada para el período 2026– 2030, incluidas las proposiciones conexas para modificar el Convenio y su Reglamento, que se presentarán al 28° Congreso;
• elabore esas proposiciones conforme a los aspectos y objetivos clave que se describen en el § 63 del Congrès–Doc 36.Rev 2 y tome plenamente en cuenta la información pertinente obtenida a partir de los estudios que se definen en el § 64 del mismo documento;
• revise la remuneración de los servicios básicos para los envíos que contienen documentos y elabore proposiciones para el período de validez de las Actas del próximo Congreso (2026– 2030);
• revise la remuneración de los servicios básicos para los envíos que contienen mercaderías y elabore proposiciones para el período de validez de las Actas del próximo Congreso (2026– 2030), concentrándose en particular en los siguientes puntos:
– revisar la metodología para determinar las tasas básicas máximas de las cuotas-parte territoriales de llegada específicas por país para que se ajusten a la metodología utilizada para determinar las tasas máximas específicas por país para los envíos de formato E;
– revisar la metodología que permite determinar las tasas máximas específicas por país para los envíos de formato E para los flujos de correo sujetos al pago de tasas autodeclaradas para el formato E, incluido el examen de las denominadas reglas operativas como el número y la selección de las tarifas internas de referencia y la ponderación relativa que se asigna a cada una de esas tasas de referencia;
– revisar la metodología que permite determinar las tasas para los envíos de formato E para los flujos que no están sujetos al pago de tasas autodeclaradas para el formato E o para el pago de tasas que se determinan parcialmente sobre la base de las tasas autodeclaradas;
– determinar la tasa combinada por kilogramo para los flujos de correo inferiores a los umbrales de volumen correspondientes a partir de la nueva composición promedio mundial del correo, sobre la base del estudio sobre la cantidad de envíos por kilogramo que se realizará en el año 2023;
– asegurar que las proposiciones relativas a la remuneración de los envíos que contienen mercaderías permitan mejorar la armonización y la racionalización de los dos sistemas de remuneración en el próximo ciclo del Congreso (2026–2029);
– explorar opciones que conduzcan a un modelo más equitativo, competitivo y basado en los costos, en particular para el segmento de los envíos livianos con un peso inferior a 2 kilogramos;
• lleve a cabo un examen exhaustivo de la remuneración de los servicios suplementarios (servicios con seguimiento, certificados y con valor declarado), sobre la base de las especificaciones de los productos asociadas a la cartera de productos, y elabore proposiciones para una remuneración adecuada para el período 2026–2030;
• elabore proposiciones conforme a la cartera de productos y sobre la base de las especificaciones de los productos para todos los servicios básicos y suplementarios, así como para los servicios que pueden agregarse a los servicios básicos o a los servicios suplementarios (opciones);
• elabore, sujeto a los resultados de un examen, proposiciones para el 28° Congreso a fin de revisar las disposiciones relativas a la remuneración de los envíos de correspondencia no distribuibles;
• examine los importes y el sistema de pagos definidos en el Convenio con respecto al pago de la remuneración por el operador designado de origen en caso de incumplimiento con las normas relativas al código de barras S10 en su correo de salida y elabore proposiciones para el 28.º Congreso que modifiquen esos pagos, a fin de garantizar que reflejen mejor los costos de tratamiento de esos envíos e incentiven al operador designado a cumplir con las exigencias obligatorias tal como se definen en las Actas;
• elabore, sujeto a los resultados de un examen, proposiciones para introducir una remuneración, tal como pagos de bonificaciones o penalizaciones, a fin de alentar a los operadores designados de origen a obtener e intercambiar datos ITMATT;
• continúe los trabajos relativos a la transición de los países clasificados en el grupo IV a los efectos de los gastos terminales y del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio, incluida la elaboración de una proposición para mitigar las incidencias negativas para los países del grupo IV;
• proponga un calendario y condiciones de transición para garantizar la total integración de todos los países en un único sistema de gastos terminales objetivo a través de la armonización de las disposiciones, reconociendo al mismo tiempo las necesidades particulares de los países menos adelantados y de los estados sin litoral e insulares con volúmenes reducidos;
• examine las disposiciones que rigen la relación entre los gastos terminales y la evaluación del desempeño y la calidad de servicio en lo referente a las bonificaciones y las penalizaciones, así como a las normas y los objetivos aplicables;
• examine y elabore proposiciones para continuar la mejora o el establecimiento de la gobernanza de la relación entre la remuneración de los envíos que contienen mercaderías y la evaluación del desempeño con respecto a la calidad de servicio en lo referente a las bonificaciones y las penalizaciones, así como a las normas y objetivos aplicables;
• implemente, durante el ciclo de trabajo de Abiyán, un sistema en el cual la evaluación de la calidad de servicio específica por país esté relacionada a los pagos de bonificaciones sobre las cuotas-parte territoriales de llegada;
• presente al Consejo de Explotación Postal y al Consejo de Administración, para aprobación en cada período de sesiones, el informe sobre el estado de la implementación del plan de remuneración integrada (2022–2025), sobre la base de un enfoque en dos etapas en el cual la etapa I consiste en la preparación de la orientación estratégica y la hoja de ruta para elaborar las proposiciones para un sistema de remuneración integrada para 2026–2030 (período de sesiones S1 a S3), y la etapa II en los informes detallados sobre las conclusiones de los diferentes estudios y la elaboración de los proyectos de proposiciones para un sistema de remuneración integrada para 2026–2030, conforme a los principios que se incluyen en la presente resolución y a la orientación identificada en la etapa I (períodos de sesiones S4 a S7);
• elabore proposiciones que simplifiquen y racionalicen las disposiciones de las Actas relativas a la remuneración, en la medida de lo posible;
• revise todos los procedimientos operativos, estadísticos y contables relacionados con las modificaciones propuestas a los sistemas de remuneración de la UPU;
• defina un mandato para implementar todas las proposiciones relativas a un sistema de remuneración integrada (2026–2030) durante el próximo ciclo de trabajo, incluida la aplicación de la metodología, el cálculo de las tasas en vigor y la actualización de las guías, los manuales y los procedimientos contables,
encarga además
a la Oficina Internacional que:
– implemente la decisión del Congreso relativa a la clasificación de los países que figura en el anexo 2 de la presente proposición;
– implemente el plan de remuneración integrada (2022–2025);
– implemente las decisiones del Congreso, del Consejo de Administración y del Consejo de Explotación Postal relativas a los sistemas de remuneración de la UPU, gestione esos sistemas y aborde los problemas que surjan de su implementación, en particular brindando aclaraciones a los Países miembros de la UPU sobre la interpretación de las disposiciones pertinentes y asegurando la verificación, la validación, el cálculo y la publicación de tasas conforme al Convenio de la UPU y su Reglamento;
– lleve a cabo los estudios previstos en el marco de los trabajos asignados al Consejo de Administración y al Consejo de Explotación Postal;
– apoye los trabajos asignados al Consejo de Administración y al Consejo de Explotación Postal;
– proceda, en coordinación con las Uniones restringidas, a la organización de mesas redondas regionales para que todos los países y/o regiones se familiaricen con las proposiciones relativas al sistema de remuneración integrada (2026–2030),
invita
a los Países miembros a que:
– apoyen la implementación del plan de remuneración integrada (2022–2025), en particular respondiendo a los estudios que se utilizarán para elaborar proposiciones para la creación de un sistema de remuneración integrada moderno y orientado al futuro, y brinden información precisa de manera oportuna;
– participen activamente en la elaboración de proposiciones relativas a un sistema de remuneración integrada (2026–2030);
– adopten medidas enérgicas para invertir en un sistema de remuneración modernizado, racionalizado e integrado,
invita asimismo
a las Uniones restringidas a que apoyen en sus respectivas regiones los importantes trabajos asociados a la implementación del plan de remuneración integrada (2022–2025) y la elaboración de proposiciones para un sistema de remuneración integrada (2026–2030).
(Proposición 01.Rev 1, Comisión 4, 4.ª sesión)
ANEXO 1. Principios del sistema de remuneración integrada para el ciclo de trabajo del Congreso 2022–2025
– Asegurar la prestación de un servicio postal universal financieramente asequible y viable gracias a una remuneración sostenible de los operadores designados de distribución.
– Favorecer la prestación eficaz y económicamente viable de servicios postales internacionales modernos conforme a las exigencias reglamentarias y con la flexibilidad necesaria para responder a las condiciones del mercado y a las necesidades de los clientes, que evolucionan con rapidez.
– Diferenciar los diversos productos postales regulados por la UPU en función de las especificaciones del servicio y las necesidades del mercado.
– Reconociendo la necesidad de diferenciar los servicios postales regulados por la UPU, simplificar y armonizar esos servicios para todos los formatos tanto como sea posible.
– Promover la interoperabilidad, la sostenibilidad y el desarrollo de la red postal mundial con la menor distorsión posible del mercado:
• favoreciendo la transparencia y la simplicidad, y reflejando los diferentes recursos y restricciones de implementación entre los miembros de la UPU, a fin de apoyar los programas de ayuda para el desarrollo postal de los países en transición;
• fomentando una mejor prestación del servicio mediante el establecimiento de una relación entre la evaluación de la calidad de servicio y la remuneración;
• asegurando el acceso sin discriminación a los mercados de los países de destino con tasas de remuneración adaptadas a las condiciones nacionales y que cubran los costos, respetando:
○ en particular, el derecho a tener acceso a servicios postales internacionales financieramente asequibles para los Países miembros menos adelantados con volúmenes limitados de correo internacional;
○ el principio de prevención de la práctica perjudicial del remailing;
○ la necesidad de una remuneración más elevada por el tratamiento y la distribución del correo internacional de llegada, en los casos en que las tarifas internas se fijan por debajo de los costos por motivos de carácter social o similares.
ANEXO 2. Clasificación de los países y territorios a los efectos del sistema de gastos terminales y del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio
Grupo I. Lista de los países y territorios que formaban parte del sistema objetivo antes de 2010, que aplican las disposiciones del sistema objetivo durante el período 2022–2025 y que contribuyen al Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio en la forma indicada en el artículo 28 del Convenio
Países y territorios
Alemania.
Australia.
– Norfolk (Isla).
Austria.
Bélgica.
Canadá.
Dinamarca.
– Islas Feroé.
– Groenlandia.
España.
Estados Unidos de América.
Finlandia (comprendidas las Islas Åland).
Francia.
– Territorios Franceses de Ultramar comprendidos en la jurisdicción de la Unión en virtud del artículo 23 de la Constitución:
• Nueva Caledonia.
• Polinesia Francesa (comprendido el Islote de Clipperton).
• Wallis y Futuna.
Grecia.
Irlanda.
Islandia.
Israel.
Italia.
Japón.
Liechtenstein.
Luxemburgo.
Mónaco.
Noruega.
Nueva Zelanda (comprendida la dependencia de Ross).
Países Bajos.
Portugal.
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
– Guernesey.
– Isla de Man.
– Jersey.
Territorios de Ultramar (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte):
• Gibraltar.
• Malvinas (Falkland).
• Pitcairn, Henderson, Ducie y Oeno (Islas).
• Tristán da Cunha.
San Marino.
Suecia.
Suiza.
Vaticano.
Grupo II. Lista de los países y territorios que adhirieron al sistema objetivo en 2010 y en 2012, que aplican las disposiciones del sistema objetivo durante el período 2022–2025 y que contribuyen al Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio en la forma indicada en el artículo 28 del Convenio
Países y territorios
Antigua y Barbuda.
Arabia Saudita.
Aruba, Curazao y S. Maarten.
Bahamas.
Bahrein (Reino de).
Barbados.
Brunei Darussalam.
Checa (Rep.)
– Hongkong, China.
– Macao, China.
Chipre.
Corea (Rep.)
Croacia.
Dominica.
Eslovaquia.
Eslovenia.
Estonia.
Granada.
Hungría.
Kuwait.
Letonia.
Malta.
– Islas Cook, Nueva Zelanda.
– Caribe Neerlandés (Bonaire, Saba y San Eustaquio), Países Bajos.
Polonia.
Qatar.
Territorios de Ultramar (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte):
– Anguila.
– Bermudas.
– Caimán.
– Montserrat.
– Turcas y Caicos.
– Vírgenes Británicas (Islas).
Saint Kitts y Nevis.
Singapur.
Trinidad y Tobago.
Grupo III. Lista de los países y territorios que adhirieron al sistema objetivo en 2016, que aplican las disposiciones del sistema objetivo durante el período 2022–2025 y que contribuyen al Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio en la forma indicada en el artículo 28 del Convenio
Países y territorios
Argentina.
Belarús.
Bosnia y Herzegovina.
Botswana.
Brasil.
Bulgaria (Rep.)
Chile.
China (Rep. Pop.)
Costa Rica.
Cuba.
Emiratos Árabes Unidos.
Fiji.
Gabón.
Jamaica.
Kazajstán.
Líbano.
Lituania.
Macedonia del Norte.
Malasia.
Mauricio.
México.
Montenegro.
Nauru.
– Niue, Nueva Zelanda.
Omán.
Panamá (Rep.)
Rumania.
Rusia (Federación de)
San Vicente y Granadinas.
Santa Lucía.
Serbia.
Seychelles.
Sudáfrica.
Suriname.
Tailandia.
Turquía.
Ucrania.
Uruguay.
Venezuela (Rep. Bolivariana)
Grupo IV. Lista de los países y territorios que aplican las disposiciones del sistema de transición durante el período 2022–2025 y que se benefician del Fondo para el Mejoramiento de la Calidad de Servicio en la forma indicada en el artículo 28 del Convenio
Países y territorios
Afganistán.(4)
Albania.
Angola.(4)
Argelia.
Armenia.
Azerbaiyán.
Bangladesh.(4)
Belice.
Benin.(4)
Bhután.(4)
Bolivia.
Burkina Faso(4)
Burundi.(4)
Cabo Verde.
Camboya.(4)
Camerún.
Centroafricana (Rep.)(4)
Chad.
Colombia.
Comoras.(4)
Congo (Rep.)
Côte d'Ivoire (Rep.)
Djibouti.(4)
Dominicana (Rep.)
Ecuador.
Egipto.
El Salvador.
Eritrea.(4)
Territorios de los Estados Unidos de América comprendidos en la jurisdicción de la Unión en virtud del artículo 23 de la Constitución:
– Samoa.
Eswatini.
Etiopía.(4)
Filipinas.
Gambia.(4)
Georgia.
Ghana.
Guatemala.
Guinea.(4)
Guinea-Bissau.(4)
Guinea Ecuatorial.(4)
Guyana.
Haití(4)
Honduras (Rep.)
India.
Indonesia.
Irak.
Irán (Rep. Islámica).
Jordania.
Kenya.
Kirguistán.
(4) Los países menos adelantados (clasificados en el anterior grupo 5 a partir de la fecha de adopción de la resolución C 77/2012 del Congreso de Doha) seguirán recibiendo contribuciones del FMCS más elevadas que las que reciben los demás países y territorios del nuevo grupo IV.
Kiribati.(5)
Lao (Rep. Dem. Pop.)(5)
Lesotho.(5)
Liberia.(5)
Estado de Libia.
Madagascar.(5)
Malawi.(5)
Maldivas.
Malí.(5)
Marruecos.
Mauritania.(5)
Moldova.
Mongolia.
Mozambique.(5)
Myanmar.(5)
Namibia.
Nepal.(5)
Nicaragua.
Níger.(5)
Nigeria.
– Tokelau, Nueva Zelanda.
Palestina.(5)
Papúa – Nueva Guinea.
Paquistán.
Paraguay.
Perú.
Territorios de Ultramar (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte):
– Ascensión.
Rep. Dem. del Congo.(5)
Rep. Pop. Dem. de Corea.
Rwanda.(5)
Salomón (Islas).(5)
Samoa.(5)
Santo Tomé y Príncipe.(5)
Senegal.(5)
Sierra Leona.(5)
Siria (Rep. Árabe).
Somalia.(5)
Sri Lanka.
Sudán.(5)
Sudán del Sur.(5)
Tanzania (Rep. Unida).(5)
Tayikistán.
Timor-Leste (Rep. Dem.).(5)
Togo.(5)
Tonga (comprendida Niuafo’ou).
Túnez.
Turkmenistán.
Tuvalu.(5)
Uganda.(5)
Uzbekistán.
(5) Los países menos adelantados (clasificados en el anterior grupo 5 a partir de la fecha de adopción de la resolución C 77/2012 del Congreso de Doha) seguirán recibiendo contribuciones del FMCS más elevadas que las que reciben los demás países y territorios del nuevo grupo IV.
Vanuatu.(6)
Vietnam.
Yemen.(6)
Zambia.(6)
Zimbabwe.
(6) Los países menos adelantados (clasificados en el anterior grupo 5 a partir de la fecha de adopción de la resolución C 77/2012 del Congreso de Doha) seguirán recibiendo contribuciones del FMCS más elevadas que las que reciben los demás países y territorios del nuevo grupo IV.
Decisión C 14/2021. Lugar del 28.º Congreso Postal Universal
El Congreso
decide
aceptar la invitación del Gobierno de Emiratos Árabes Unidos para celebrar el 28° Congreso en ese país en 2025.
(Congrès–Doc 30.Rev 1, Plenaria, 2.ª sesión)
Resolución C 15/2021. Aplicación de la resolución 73/295 de la Asamblea General de las Naciones Unidas relativa a la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre las consecuencias jurídicas de la separación del archipiélago de Chagos de Mauricio en 1965
El Congreso,
considerando
que la UPU es una organización intergubernamental y un organismo especializado de las Naciones Unidas cuya misión es facilitar la comunicación garantizando la libre circulación de los envíos postales en un territorio postal único constituido por redes interconectadas y promoviendo la adopción de normas comunes equitativas y la aplicación de la tecnología, asegurando la cooperación y la interacción entre todas las partes interesadas y que sean tenidas en cuenta las necesidades cambiantes de los clientes,
reconociendo
que la Asamblea General de las Naciones Unidas es el principal órgano deliberativo, normativo y representativo de las Naciones Unidas, encargado, entre otras cosas, de hacer recomendaciones para el arreglo pacífico de cualquier situación que pueda perjudicar las relaciones amistosas entre los países,
reconociendo asimismo
que la Corte Internacional de Justicia es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas, cuya función es resolver, de conformidad con el derecho internacional, las controversias de orden jurídico de los Estados que le sean sometidas y emitir dictámenes consultivos sobre cuestiones jurídicas que le sometan los órganos y organismos especializados de las Naciones Unidas autorizados para ello,
tomando nota
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