Historial de reformas

Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

39 versiones · 1999-06-18
2025-12-31
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue

Cambios del 2025-12-31

@@ -192,7 +192,7 @@
e) En los arrendamientos servirá de base la cantidad total que haya de satisfacerse por todo el período de duración del contrato; cuando no constase aquél se girará la liquidación computándose seis años, sin perjuicio de las liquidaciones adicionales que deban practicarse, caso de continuar vigente después del expresado período temporal; en los contratos de arrendamiento de fincas urbanas sujetos a prórroga forzosa se computará, como mínimo, un plazo de duración de tres años.
f) La base imponible de las pensiones temporales o vitalicias vendrá determinada por su valor actual financiero actuarial. Cuando el importe de la pensión no se cuantifique en unidades monetarias, dicho valor se calculará sobre el importe anual del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM).
f) La base imponible de las pensiones temporales o vitalicias se obtendrá capitalizándolas al tipo de interés legal del dinero y tomando del capital resultante aquella parte que, según las reglas establecidas para valorar los usufructos, corresponda a la edad del pensionista si la pensión es vitalicia, o la duración de la pensión si es temporal. Cuando el importe de la pensión no se cuantifique en unidades monetarias, dicho valor se calculará sobre el importe anual del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM).
g) En la transmisión a título oneroso de los derechos que a favor del adjudicatario de un contrato de obras, servicios o suministros deriven del mismo, servirá de base el precio convenido y si éste no apareciese determinado o fuese inferior, el 6 por 100 del fijado a la prestación objeto del contrato que quedase pendiente de realización.
@@ -205,6 +205,8 @@
En los préstamos garantizados con prenda, hipoteca o anticresis, se observará lo dispuesto en la letra c) de este apartado.
j) En las fianzas, servirá de base el capital garantizado.
> <small>Se modifica el apartado 2.f) por el art. 5.1 de la Ley Foral 17/2025, de 22 de diciembre. [Ref. BOE-A-2026-3910](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-3910)</small>
> <small>Se modifica por el art. 4.5 de la Ley Foral 18/2006, de 27 de diciembre. [Ref. BOE-A-2007-2208](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-2208).</small>
@@ -869,6 +871,14 @@
35. El contrato de aval suscrito con la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria S.M.E.
36. En los alojamientos colaborativos para personas mayores acogidos al Decreto Foral 92/2020, de 2 de diciembre:
– La adquisición, construcción, adecuación o rehabilitación del suelo, edificio o instalaciones destinados a alojamientos colaborativos para personas mayores acogidos al Decreto Foral 92/2020, de 2 de diciembre.
– La declaración de obra nueva del edificio o el conjunto residencial de alojamientos colaborativos para personas mayores acogidos al Decreto Foral 92/2020, de 2 de diciembre.
– Los préstamos con garantía hipotecaria destinados a la financiación de la adquisición o construcción o rehabilitación del edificio por alojamientos colaborativos para personas mayores acogidos al Decreto Foral 92/2020, de 2 de diciembre.
II. Con independencia de las exenciones a que se refiere el apartado I anterior, se aplicarán en sus propios términos y con los requisitos y con­diciones en cada caso exigidos, los beneficios fis­cales que para este Impuesto establecen las siguientes disposiciones.
1. La Norma aprobada por el Parlamento Foral el 23 de junio de 1982, sobre Medidas Coyunturales de Política Industrial y Fomento de la Inversión y el Empleo, en particular las ayudas previstas a favor de la transmisiones de terrenos a los Ayuntamientos con la finalidad de crear Polígonos Municipales y de las que realicen éstos en favor de las empresas que se establezcan en ellos y las reguladas en los artículos 61 de la Ley Foral 3/1989, de 2 de mayo, y 58 de la Ley Foral 5/1991, de 26 de febrero, en cuanto a las empresas acogidas a las ayudas establecidas en el artículo 34 de la citada Norma respecto del concepto «operación societaria» que grava las aportaciones efectuadas a la sociedad, hasta una cantidad máxima equivalente al importe de las inversiones acogidas a las citadas ayudas, siempre y cuando la competencia para la exacción corresponda a la Hacienda de Navarra.
@@ -929,6 +939,8 @@
III. Los beneficios fiscales no se aplicarán, en ningún caso, a las letras de cambio, a los documentos que suplan a éstas o realicen función de giro ni a las escrituras, actas o testimonios notariales gravados por el artículo 22.1 de la presente Norma.
> <small>Se añade el número 36 al apartado I.B) por el art. 5.2 de la Ley Foral 17/2025, de 22 de diciembre. [Ref. BOE-A-2026-3910](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-3910)</small>
> <small>Se añade el número 35 al apartado I.B) y se modifica el apartado II.16 por el art. 5.3 y 4 de la Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre. [Ref. BOE-A-2024-1694](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-1694)</small>
> <small>Se modifica el punto 26 y se añade el 34 al apartado 1.B), por el art. 5.3 y 4 de la Ley Foral 36/2022, de 28 de diciembre. [Ref. BOE-A-2023-3349](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-3349)</small>
@@ -1153,6 +1165,10 @@
5. Los órganos judiciales, bancos, cajas de ahorro, asociaciones, sociedades, funcionarios, particulares y cualesquiera otras entidades públicas o privadas, no acordarán las entregas de bienes a personas distintas de su titular sin que se acredite previamente el pago del Impuesto, su exención o no sujeción, salvo que la Administración lo autorice.
6. El personal encargado del mantenimiento de los Catastros remitirá al departamento competente en materia tributaria copia de aquellos documentos de los que tuviere conocimiento en los que no conste la correspondiente nota acreditativa del pago, exención o no sujeción al Impuesto.
> <small>Se añade el apartado 6 por el art. 5.3 de la Ley Foral 17/2025, de 22 de diciembre. [Ref. BOE-A-2026-3910](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-3910)</small>
> <small>Se añade el apartado 5 por el art. 4.17 de la Ley Foral 18/2006, de 27 de diciembre. [Ref. BOE-A-2007-2208](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-2208).</small>
> <small>Se añade por el art. 4.4 de la Ley Foral 19/2005, de 29 de diciembre. [Ref. BOE-A-2006-846](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-846).</small>
@@ -1195,7 +1211,11 @@
###### Artículo 43.
El pago del Impuesto regulado en esta Ley Foral deberá realizarse en los plazos señalados en el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.
Los sujetos pasivos, al tiempo de presentar la declaración del Impuesto, deberán determinar la deuda tributaria correspondiente, practicar la autoliquidación de esta e ingresarla en el forma y plazos que se establezcan reglamentariamente.
El pago de las liquidaciones practicadas por la Administración deberá realizarse en los plazos señalados en el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.
> <small>Se modifica por el art. 5.4 de la Ley Foral 17/2025, de 22 de diciembre. [Ref. BOE-A-2026-3910](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-3910)</small>
> <small>Se añade por el art. 4.10 de la Ley Foral 16/2003, de 17 de marzo. [Ref. BOE-A-2003-8524](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-8524).</small>
2024-12-31
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2023-12-29
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2022-12-30
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2021-12-31
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2021-04-12
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2020-09-07
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2020-08-18
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2020-07-23
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2020-06-23
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2020-04-17
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2020-04-09
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2020-03-26
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2019-12-31
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2018-12-04
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2017-12-30
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2016-12-31
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2015-12-30
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2013-12-30
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2012-12-31
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2012-05-14
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2011-12-30
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2010-12-31
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2010-05-17
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2010-02-05
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2008-12-31
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2008-01-26
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2006-12-31
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2006-11-24
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2005-12-30
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2004-12-31
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2004-04-02
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2003-12-31
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2003-03-28
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2002-03-25
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2000-12-30
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
2000-12-20
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
1999-12-31
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprue
1999-06-18
Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se ap
versión original Texto en esta fecha