Historial de reformas
Que fija el procedimiento para arrendar la Renta de Licores creada por el Decreto legislativo número 41 del año en curso
10 versiones
· 1905-04-07
1970-01-02
DECRETO 339 DE 1905 — art. 2
1970-01-02
DECRETO 339 DE 1905 — art. 64
1970-01-02
DECRETO 339 DE 1905 — arts. 87, 88, 92
1970-01-02
DECRETO 339 DE 1905 — arts. 116, 117, 119
1970-01-02
DECRETO 339 DE 1905 — art. 2
1970-01-02
DECRETO 339 DE 1905 — arts. 83, 84, 85
1970-01-02
DECRETO 339 DE 1905 — art. 109
Cambios del 1970-01-02
@@ -390,7 +390,7 @@
##### **Art. 108.** Al funcionario que conoce del juicio corresponde depositar todos los útiles propios para la destilación, siempre que éstos sean de metal, mientras se termine dicho juicio. Las vasijas de barro, madera, etc. etc., podrán ser destruidas inmediatamente que se aprehenda el contrabando.
##### **Art. 109.** Desde el momento en que aparezca en el sumario un indicio grave respecto del delincuente, se le intimará á éste que esté presente en el lugar del juicio mientras termina el proceso; pero puede evitar su permanencia en el lugar del juicio, dando una fianza de $10 á $20 oro para obligarse á que se presentará cuando se le exija para la práctica de alguna diligencia en que deba intervenir personalmente. Dicha fianza se hará constar en el expediente, y copia legalizada de ella, con la atestación del empleado que conozca del sumario, de que se ha faltado á las obligaciones contraídas por parte del fiador, será documento suficiente para que se proceda ejecutivamente contra éste.
##### **Art. 109.** Desde el momento en que aparezca en el sumario un indicio grave respecto del delincuente, se le intimará á éste que esté presente en el lugar del juicio mientras termina el proceso; pero puede evitar su permanencia en el lugar del juicio, dando una fianza de diez pesos ($10) á doscientos pesos ($200) oro para obligarse á que se presentará cuando se le exija para la práctica de alguna diligencia en que deba intervenir personalmente. Dicha fianza se hará constar en el expediente, y copia legalizada de ella, con la atestación del empleado que conozca del sumario, de que se ha faltado á las obligaciones contraídas por parte del fiador, será documento suficiente para que se proceda ejecutivamente contra éste.
### CAPITULO VII
1970-01-02
DECRETO 339 DE 1905 — art. 118
1970-01-02
DECRETO 339 DE 1905 — arts. 41, 1, 3 y 110 más
1970-01-02
DECRETO 339 DE 1905
versión original
Texto en esta fecha