Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales
11. Código NUTS del emplazamiento principal de las obras, en el caso de las obras, o código NUTS del lugar principal de entrega o de ejecución, en el caso de los suministros y los servicios; si el contrato está dividido en lotes, esta información se facilitará para cada lote.
12. Plazo de entrega o ejecución o duración del contrato de servicios y, en la medida de lo posible, la fecha de inicio.
13. Dirección a la que las empresas interesadas deberán enviar su manifestación de interés por escrito.
14. Fecha límite de recepción de manifestaciones de interés.
15. Lengua o lenguas autorizadas para la presentación de candidaturas o de ofertas.
16. Condiciones de carácter económico y técnico, y garantías financieras y técnicas exigidas a los proveedores.
17. Adicionalmente:
Fecha estimada, si se conoce, del inicio de los procedimientos de contratación.
Tipo de procedimiento de contratación (procedimientos restringidos, conlleven o no un sistema dinámico de adquisición, o procedimientos negociados).
18. Si procede, condiciones particulares a las que está sometida la ejecución del contrato.
19. Si procede, indicación de si:
Se exigirá o aceptará la presentación electrónica de ofertas o solicitudes de participación;
se utilizarán pedidos electrónicos;
se utilizará facturación electrónica;
se aceptará el pago electrónico.
20. Nombre y dirección del órgano competente para los procedimientos de reclamación y, en su caso, de arbitraje. Indicación del plazo de presentación de reclamaciones, o, en caso necesario, el nombre, la dirección, los números de teléfono y de fax y la dirección electrónica del servicio del que pueda obtenerse dicha información.
21. Si se conocen, los criterios contemplados en el artículo 66 que se utilizarán para la adjudicación del contrato. Excepto en el supuesto en que la oferta económicamente más ventajosa se determine sobre el precio exclusivamente, se mencionarán asimismo los criterios que determinen la oferta económicamente más ventajosa, así como su ponderación, o, en su caso, el orden de importancia de los mismos, cuando no figuren en el pliego de condiciones, o en la invitación a licitar o a negociar.
Sección B. Anuncios de publicación en un perfil de contratante de un anuncio periódico indicativo
1. Nombre, número de identificación, dirección, incluido código NUTS, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Principal actividad ejercida.
3. Códigos CPV.
4. Dirección de internet del perfil de contratante.
5. Fecha de envío del anuncio relativo a la publicación de un anuncio periódico indicativo en el perfil de contratante.
Sección C. Anuncios periódicos indicativos relativos a contratos de servicios del anexo I
1. Nombre, número de identificación, dirección, incluido código NUTS, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante.
2. Breve descripción del contrato de que se trate, incluidos los códigos CPV.
3. En la medida en que ya se conozcan:
Código NUTS del emplazamiento principal de las obras, en el caso de las obras, o código NUTS del lugar principal de entrega o de ejecución, en el caso de los suministros y los servicios;
Calendario de entrega o prestación de suministros, obras o servicios y duración del contrato;
Condiciones de participación, en concreto:
1.º Cuando proceda, indicación de si el contrato está restringido a talleres protegidos o si se prevé que sea ejecutado únicamente en el marco de programas de empleo protegido.
2.º Cuando proceda, indicación de si, con arreglo a disposiciones legales, reglamentarias o administrativas, se reserva la prestación del servicio a una determinada profesión.
Breve descripción de las características principales del procedimiento de adjudicación que se va a aplicar.
4. Mención de que los empresarios interesados deberán comunicar a la entidad contratante su interés por el contrato o contratos y fecha límite de recepción de las manifestaciones de interés y dirección a la que deberán enviarse las manifestaciones de interés.
Sección D. Información que debe figurar en los anuncios periódicos indicativos de los contratos de concesión de servicios del anexo I
1. Nombre, número de identificación, dirección (incluido el código NUTS), número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Si procede, dirección electrónica o de internet donde estarán disponibles las especificaciones y posibles documentos adicionales.
3. Tipo de entidad contratante y principal actividad desarrollada.
4. Códigos CPV; cuando la concesión esté dividida en lotes, esta información se facilitará para cada lote.
5. Código NUTS del emplazamiento principal de realización o prestación de las concesiones de servicios.
6. Descripción de los servicios, orden indicativo de magnitud o valor.
7. Condiciones de participación.
8. Si procede, plazo(s) para ponerse en contacto con la entidad contratante, con vistas a participar.
9. Si procede, descripción breve de las principales características del procedimiento de adjudicación.
10. Si procede, otras informaciones.
ANEXO VII. Información que debe figurar en los anuncios de licitación
Sección 1. Anuncios de licitación cuando no proceda la aplicación de las secciones 2 o 3
A. Procedimientos abiertos
1. Nombre, número de identificación, dirección, incluido código NUTS, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Principal actividad ejercida.
3. Si procede, indicación de si el contrato está reservado para talleres protegidos, o si su ejecución está reservada para programas de empleo protegidos.
4. Naturaleza del contrato (suministros, obras o servicios; indíquese, en su caso, si se trata de un acuerdo marco o de un sistema dinámico de adquisición), descripción (códigos CPV). Deberá indicarse, cuando corresponda, si la oferta se refiere a compra, arrendamiento financiero, alquiler, o compra a plazos, o a una combinación de los mismos.
5. Código NUTS del emplazamiento principal de las obras, en el caso de los contratos de obras, o código NUTS del lugar principal de entrega o de ejecución, en los contratos de suministro y de servicios.
6. Para suministros y obras:
Características y cantidad de los productos solicitados (códigos CPV). Indicación de las opciones para contrataciones complementarias y, cuando sea posible, del plazo estimado previsto para ejercer dichas opciones, así como el número de prórrogas posibles. En el caso de una serie de contratos renovables también se precisará, de ser posible, el calendario provisional de las convocatorias de licitación posteriores para los productos que se vayan a contratar o la naturaleza y el alcance de las prestaciones, y las características generales de la obra (códigos CPV).
Indicación de si los proveedores pueden licitar por parte de los productos solicitados o por su totalidad.
En caso de que, para los contratos de obras, la obra o el contrato esté dividido en varios lotes, magnitud de los distintos lotes y posibilidad de licitar por uno, varios o todos ellos.
Para los contratos de obras: indicaciones sobre el objetivo de la obra o del contrato, cuando en este último se incluya también la elaboración de proyectos.
7. Para servicios:
Características y cantidad de los productos solicitados. Indicación de las opciones para contrataciones complementarias y, cuando sea posible, del plazo estimado previsto para ejercer dichas opciones, así como el número de prórrogas posibles. En el caso de una serie de contratos renovables también se precisará, de ser posible, el calendario provisional de las convocatorias de licitación posteriores para los servicios que se vayan a prestar.
Posibilidad de que, con arreglo a disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, se reserve la ejecución del servicio a una determinada profesión.
Referencia a dicha norma legal, reglamentaria o administrativa.
Indicación de si las personas jurídicas deben mencionar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de la ejecución del servicio.
Indicación de si los prestadores de servicios pueden licitar por una parte de los servicios.
8. Si se sabe, indicación de si está autorizada o no la presentación de variantes.
9. Plazo de entrega o ejecución o duración del contrato de servicios y, en la medida de lo posible, la fecha de inicio.
10. Dirección electrónica o de internet en la que estarán disponibles los pliegos de condiciones para un acceso libre, directo, completo y gratuito.
Cuando no se disponga de un acceso libre, directo, completo y gratuito por los motivos contemplados en el artículo 43, una indicación sobre el modo de acceso a los pliegos de condiciones.
11. Adicionalmente:
Fecha límite de presentación de las ofertas o de las ofertas indicativas cuando se trate de la aplicación de un sistema dinámico de adquisición.
Dirección a la que deben transmitirse.
Lengua o lenguas en que deben redactarse.
12. Asimismo:
Si procede, personas admitidas a asistir a la apertura de las plicas.
Fecha, hora y lugar de dicha apertura.
13. En su caso, depósitos y garantías exigidos.
14. Modalidades básicas de financiación y de pago o referencias a las disposiciones pertinentes.
15. En su caso, forma jurídica que deberá adoptar la agrupación de empresarios adjudicataria del contrato.
16. Condiciones mínimas de carácter económico y técnico a las que deberá ajustarse el empresario adjudicatario del contrato.
17. Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta.
18. Si procede, condiciones particulares a las que está sometida la ejecución del contrato.
19. Criterios previstos en el artículo 66 que se utilizarán para la adjudicación del contrato. Excepto en el supuesto en que la oferta económicamente más ventajosa se determine sobre el precio exclusivamente, se mencionarán asimismo los criterios que determinen la oferta económicamente más ventajosa, así como su ponderación, o, en su caso, el orden de importancia de los mismos, cuando no figuren en el pliego de condiciones.
20. Si procede, fecha o fecha y referencia o referencias de la publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea» del anuncio periódico indicativo o del anuncio de la publicación de este anuncio en el perfil de contratante al que se refiere el contrato.
21. Nombre y dirección del órgano competente para los procedimientos de reclamación y, en su caso, de arbitraje. Información precisa acerca del plazo de presentación de reclamaciones, o, en caso necesario, el nombre, la dirección, los números de teléfono y de fax y la dirección electrónica del departamento del que pueda obtenerse dicha información.
22. Fecha de envío del anuncio por la entidad contratante.
23. Si procede, otras informaciones.
B. Procedimientos restringidos
1. Nombre, número de identificación, dirección, incluido código NUTS, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Principal actividad ejercida.
3. Si procede, indicación de si el contrato está reservado para talleres protegidos, o si su ejecución está reservada para programas de empleo protegidos.
4. Naturaleza del contrato (suministro, obras o servicios; indíquese, en su caso, si se trata de un acuerdo marco); descripción (códigos CPV). Deberá indicarse, cuando corresponda, si la oferta se refiere a compra, arrendamiento financiero, alquiler, o compra a plazos, o a una combinación de los mismos.
5. Código NUTS del emplazamiento principal de las obras, en el caso de los contratos de obras, o código NUTS del lugar principal de entrega o de ejecución, en los contratos de suministro y de servicios.
6. Para suministros y obras:
Características y cantidad de los productos solicitados (códigos CPV). Indicación de las opciones para contrataciones complementarias y, cuando sea posible, del plazo estimado previsto para ejercer dichas opciones, así como el número de prórrogas posibles. En el caso de una serie de contratos renovables también se precisará, de ser posible, el calendario provisional de las convocatorias de licitación posteriores para los productos que se vayan a contratar o la naturaleza y el alcance de las prestaciones, y las características generales de la obra (códigos CPV).
Indicación de si los proveedores pueden licitar por parte de los productos solicitados o por su totalidad.
En caso de que, para los contratos de obras, la obra o el contrato esté dividido en varios lotes, magnitud de los distintos lotes y posibilidad de licitar por uno, varios o todos ellos.
Información relativa al objetivo de la obra o del contrato, cuando en este último se incluya también la elaboración de proyectos.
7. Para servicios:
Características y cantidad de los productos solicitados. Indicación de las opciones para contrataciones complementarias y, cuando sea posible, del plazo estimado previsto para ejercer dichas opciones, así como el número de prórrogas posibles. En el caso de una serie de contratos renovables también se precisará, de ser posible, el calendario provisional de las convocatorias de licitación posteriores para los servicios que se vayan a prestar.
Posibilidad de que, con arreglo a disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, se reserve la ejecución del servicio a una determinada profesión.
Referencia a dicha norma legal, reglamentaria o administrativa.
Indicación de si las personas jurídicas deben mencionar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de la ejecución del servicio.
Indicación de si los prestadores de servicios pueden licitar por una parte de los servicios.
8. Si se sabe, indicación de si está autorizada o no la presentación de variantes.
9. Plazo de entrega o ejecución o duración del contrato y, en la medida de lo posible, la fecha de inicio.
10. En su caso, forma jurídica que deberá adoptar la agrupación de empresarios adjudicataria del contrato.
11. Adicionalmente:
Fecha límite de recepción de las solicitudes de participación.
Dirección a la que deben transmitirse.
Lengua o lenguas en que deben redactarse.
12. Fecha límite de envío de las invitaciones a licitar.
13. En su caso, depósitos y garantías exigidos.
14. Modalidades básicas de financiación y de pago o referencias a las disposiciones pertinentes.
15. Información relativa a la situación del empresario y condiciones mínimas de carácter económico y técnico a las que deberá ajustarse.
16. Criterios previstos en el artículo 66 que se utilizarán para la adjudicación del contrato. Excepto en el supuesto en que la oferta económicamente más ventajosa se determine sobre el precio exclusivamente, se mencionarán asimismo los criterios que determinen la oferta económicamente más ventajosa, así como su ponderación, o, en su caso, el orden de importancia de los mismos, cuando no figuren en el pliego de condiciones ni vayan a aparecer en la invitación a licitar.
17. Si procede, condiciones particulares a las que esté sometida la ejecución del contrato.
18. Si procede, fecha(s) y referencia(s) de la publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea» del anuncio periódico indicativo o del anuncio de la publicación de este anuncio en el perfil de comprador al que se refiere el contrato.
19. Nombre y dirección del órgano competente para los procedimientos de reclamación y, en su caso, de arbitraje. Indicación del plazo de presentación de reclamaciones, o, en caso necesario, el nombre, la dirección, los números de teléfono y de fax y la dirección electrónica del servicio del que pueda obtenerse dicha información.
20. Fecha de envío del anuncio por la entidad contratante.
21. Si procede, otras informaciones.
C. Procedimientos de licitación con negociación
1. Nombre, número de identificación, dirección, incluido código NUTS, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Principal actividad ejercida.
3. Si procede, indicación de si el contrato está reservado para talleres protegidos, o si su ejecución está reservada para programas de empleo protegidos.
4. Naturaleza del contrato (suministro, obras o servicios; indíquese, en su caso, si se trata de un acuerdo marco); descripción (códigos CPV). Deberá indicarse, cuando corresponda, si la oferta se refiere a compra, arrendamiento financiero, alquiler, o compra a plazos, o a una combinación de los mismos.
5. Código NUTS del emplazamiento principal de las obras, en el caso de los contratos de obras, o código NUTS del lugar principal de entrega o de ejecución, en los contratos de suministro y de servicios.
6. Para suministros y obras:
Características y cantidad de los productos solicitados (códigos CPV). Indicación de las opciones para contrataciones complementarias y, cuando sea posible, del plazo estimado previsto para ejercer dichas opciones, así como el número de prórrogas posibles. En el caso de una serie de contratos renovables también se precisará, de ser posible, el calendario provisional de las convocatorias de licitación posteriores para los productos que se vayan a contratar o la naturaleza y el alcance de las prestaciones, y las características generales de la obra (códigos CPV).
Indicación de si los proveedores pueden licitar por parte de los productos solicitados o por su totalidad.
En caso de que, para los contratos de obras, la obra o el contrato esté dividido en varios lotes, magnitud de los distintos lotes y posibilidad de licitar por uno, varios o todos ellos.
Para los contratos de obras: indicaciones sobre el objetivo de la obra o del contrato, cuando en este último se incluya también la elaboración de proyectos.
7. Para servicios:
Características y cantidad de los servicios solicitados. Indicación de las opciones para contrataciones complementarias y, cuando sea posible, del plazo estimado previsto para ejercer dichas opciones, así como el número de prórrogas posibles. En el caso de una serie de contratos renovables también se precisará, de ser posible, el calendario provisional de las convocatorias de licitación posteriores para los servicios que se vayan a prestar.
Posibilidad de que, con arreglo a disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, se reserve la ejecución del servicio a una determinada profesión.
Referencia a dicha norma legal, reglamentaria o administrativa.
Indicación de si las personas jurídicas deben mencionar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de la ejecución del servicio.
Indicación de si los prestadores de servicios pueden licitar por una parte de los servicios.
8. Si se sabe, indicación de si está autorizada o no la presentación de variantes.
9. Plazo de entrega o ejecución o duración del contrato y, en la medida de lo posible, la fecha de inicio.
10. En su caso, forma jurídica que deberá adoptar la agrupación de empresarios adjudicataria del contrato.
11.a) Fecha límite de recepción de las solicitudes de participación.
Dirección a la que deben transmitirse.
Lengua o lenguas en que deben redactarse.
12. En su caso, depósitos y garantías exigidos.
13. Modalidades básicas de financiación y de pago o referencias a las disposiciones pertinentes.
14. Información relativa a la situación del operador económico y condiciones mínimas de carácter económico y técnico a las que deberá ajustarse.
15. Criterios previstos en el artículo 66 que se utilizarán para la adjudicación del contrato. Excepto en el supuesto en que la oferta económicamente más ventajosa se determine sobre el precio exclusivamente, se mencionarán asimismo los criterios que determinen la oferta económicamente más ventajosa, así como su ponderación, o, en su caso, el orden de importancia de los mismos, cuando no figuren en el pliego de condiciones ni vayan a aparecer en la invitación a negociar.
16. Si procede, nombres y direcciones de los empresarios ya seleccionados por la entidad contratante.
17. Si procede, condiciones particulares a las que está sometida la ejecución del contrato.
18. Si procede, fecha(s) y referencia(s) de la publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea» del anuncio periódico indicativo o del anuncio de la publicación de este anuncio en el perfil de contratante al que se refiere el contrato.
19. Nombre y dirección del órgano competente para los procedimientos de reclamación y, en su caso, de arbitraje. Indicación del plazo de presentación de reclamaciones, o, en caso necesario, el nombre, la dirección, los números de teléfono y de fax y la dirección electrónica del servicio del que pueda obtenerse dicha información.
20. Fecha de envío del anuncio por la entidad contratante.
21. Si procede, otras informaciones.
Sección 2. Anuncios de licitación sobre contratos de servicios del anexo I
1. Nombre, número de identificación, dirección, incluido código NUTS, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Principal actividad ejercida.
3. Descripción de los servicios o categorías de servicios y, cuando proceda, obras y suministros conexos que deban contratarse, incluida una indicación de las cantidades o valores de que se trate, códigos CPV.
4. Código NUTS del emplazamiento principal de ejecución de las prestaciones.
5. Si procede, indicación de si el contrato está reservado para talleres protegidos, o si su ejecución está reservada para programas de empleo protegidos.
6. Principales condiciones que deben cumplir los empresarios con vistas a su participación, o, en su caso, dirección electrónica en la que puede obtenerse información detallada.
7. Plazo(s) para ponerse en contacto con la entidad contratante, con vistas a participar.
8. Si procede, otras informaciones.
Sección 3. Anuncios de licitación de los contratos de concesión de obras y de concesión de servicios.
1. Nombre, número de identificación, dirección (incluido el código NUTS), número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Tipo de entidad contratante y principal actividad desarrollada.
3. Si las solicitudes van a ir acompañadas de ofertas, dirección electrónica y de internet donde pueden consultarse con un acceso directo, completo, gratuito y sin restricciones, los documentos de concesión. Cuando no se disponga de un acceso directo, completo, gratuito y sin restricciones en los casos contemplados en el artículo 43, una indicación sobre el modo de consulta de la documentación de la contratación.
4. Descripción del contrato de concesión: naturaleza y magnitud de las obras, naturaleza y magnitud de los servicios, orden de magnitud o valor indicativo y, si es posible, duración del contrato. Cuando el mismo esté dividido en lotes, esta información se facilitará para cada lote. Si procede, descripción de posibles variantes.
5. Número(s) de referencia de la nomenclatura del CPV. Cuando la concesión esté dividida en lotes, esta información se facilitará para cada lote.
6. Código NUTS del emplazamiento principal de las obras, en el caso de contratos de concesión de obras, o del lugar principal de prestación, tratándose de contratos de concesión de servicios; cuando la concesión esté dividida en lotes, esta información se facilitará para cada lote.
7. Condiciones de participación, entre ellas:
si procede, indicación de si el contrato de concesión está restringido a talleres protegidos o si su ejecución está restringido al marco de programas de protección de empleo;
si procede, indicación de si la prestación del servicio está reservada, con arreglo a disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, a una determinada profesión; referencia de dicha disposición legal, reglamentaria o administrativa;
lista y descripción breve de los criterios de selección, si procede; nivel o niveles mínimos que pueden exigirse; indicación de la información exigida (declaraciones de los interesados, documentación).
8. Fecha límite de presentación de las solicitudes o de recepción de las ofertas.
9. Criterios que se aplicarán en la adjudicación de la concesión, cuando no aparezcan en otros documentos relativos a la concesión.
10. Fecha de envío del anuncio.
11. Nombre y dirección del órgano competente para los procedimientos de reclamación y, si procede, de arbitraje. Indicación precisa del plazo de presentación de reclamaciones o, en caso necesario, el nombre, dirección, números de teléfono y de fax y dirección electrónica del servicio del que pueda obtenerse dicha información.
12. Si procede, condiciones particulares a las que está sometida la ejecución del contrato de concesión.
13. Dirección a la que deban enviarse las solicitudes de participación o las ofertas.
14. Si procede, indicación de las condiciones y requisitos relativos al uso de medios electrónicos de comunicación.
15. Información de si la concesión guarda relación con un proyecto o programa financiado por la Unión Europea.
16. Para los contratos de concesión de obras, indicar si la concesión está cubierta por el ACP.
ANEXO VIII. Información que debe figurar en los anuncios de formalización
Sección A. Anuncios de formalización de contratos de obras, suministros y servicios cuando no proceda la aplicación de la sección B
I. Información que se publicará en el «Diario Oficial de la Unión Europea»(1) cuando no proceda la aplicación del apartado III
(1) La información de los puntos 6, 9 y 11 se considerará información no destinada a ser publicada si la entidad contratante considera que su publicación puede perjudicar un interés comercial sensible.
1. Nombre, número de identificación, dirección, incluido código NUTS, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Principal actividad ejercida.
3. Naturaleza del contrato (suministros, obras o servicios y códigos CPV; indíquese, en su caso, si se trata de un acuerdo marco).
4. Al menos, un resumen de las características y la cantidad de los productos, obras o servicios suministrados.
5. Adicionalmente:
Forma de la convocatoria de licitación.
Fecha(s) y referencia(s) de la publicación del anuncio en el «Diario Oficial de la Unión Europea».
En el caso de contratos adjudicados sin convocatoria de licitación previa, indicación de la disposición pertinente del artículo 85.
6. Procedimiento de contratación (procedimiento abierto, restringido o de licitación con negociación).
7. Número de ofertas recibidas, especificando:
El número de ofertas recibidas de operadores económicos que son PYME;
El número de ofertas recibidas del extranjero;
El número de ofertas recibidas por vía electrónica. En el caso de varias adjudicaciones (lotes, acuerdos marco múltiples), esta información se facilitará para cada adjudicación.
8. Fecha de la celebración del contrato o contratos o del acuerdo o acuerdos marco tras la decisión de adjudicación.
9. Precio pagado por las compras de ocasión realizadas en virtud del artículo 85.1.h).
10. Para cada adjudicación, nombre, dirección, incluido código NUTS, número de teléfono y de fax, dirección electrónica y de internet del licitador o licitadores seleccionados, especificando:
si el licitador adjudicatario es una PYME;
si el contrato se ha adjudicado a un consorcio.
11. Indicación, en su caso, de si el contrato se ha subcontratado o puede subcontratarse.
12. Precio pagado o precios de la oferta más elevada y de la más baja que se hayan tenido en cuenta en la adjudicación del contrato.
13. Nombre y dirección del órgano competente para los procedimientos de reclamación y, en su caso, de arbitraje. Información precisa acerca del plazo de presentación de reclamaciones, o en caso necesario el nombre, la dirección, los números de teléfono y de fax y la dirección electrónica del servicio del que pueda obtenerse dicha información.
14. Información facultativa:
porcentaje del contrato que se haya subcontratado o pueda subcontratarse a terceros e importe del mismo;
criterios de adjudicación del contrato.
II. Información no destinada a publicación
15. Número de contratos adjudicados (cuando se haya dividido el contrato entre varios proveedores).
16. Valor de cada contrato adjudicado.
17. País de origen del producto o del servicio (origen comunitario o no comunitario, desglosado, en este último caso, por terceros países).
18. Indicar los criterios de adjudicación empleados.
19. Indicación de si se ha adjudicado el contrato a un licitador que, en virtud del artículo 68 ofreció una variante.
20. Indicación de si se han excluido ofertas por ser anormalmente bajas, de conformidad con el artículo 69.
21. Fecha de envío del anuncio por la entidad contratante.
Sección B. Anuncios de formalización relativos a contratos de servicios del anexo I
1. Nombre, número de identificación, dirección, incluido código NUTS, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Principal actividad ejercida.
3. Al menos, un resumen de las características y la cantidad de los servicios prestados, y, cuando proceda, obras y suministros conexos.
4. Referencia de la publicación del anuncio en el «Diario Oficial de la Unión Europea».
5. Número de ofertas recibidas.
6. Nombre y dirección del empresario u empresarios seleccionados.
7. Si procede, otras informaciones.
Sección C. Anuncios de formalización de contratos de concesión de obras y de concesión de servicios
I. Información que debe figurar en los anuncios de formalización de contratos de concesión de obras y de concesión de servicios distintos de los referidos en el apartado II siguiente
1. Nombre, número de identificación, dirección (incluido el código NUTS) y, si procede, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Tipo de entidad contratante y principal actividad desarrollada.
3. Códigos CPV.
4. Código NUTS del emplazamiento principal de las obras, en el caso de contratos de concesión de obras, o del lugar principal de prestación, tratándose de contratos de concesión de servicios.
5. Descripción del contrato de concesión: naturaleza y magnitud de las obras, naturaleza y magnitud de los servicios, duración del contrato. Cuando el mismo esté dividido en lotes, esta información se facilitará para cada lote. Si procede, descripción de posibles variantes.
6. Descripción del procedimiento de adjudicación utilizado; en caso de adjudicación sin publicación previa, justificación de la misma.
7. Criterios previstos en el artículo 66 que se utilizarán para la adjudicación del contrato.
8. Fecha de la decisión o decisiones de adjudicación del contrato.
9. Número de ofertas recibidas para cada adjudicación, especificando:
el número de ofertas recibidas de operadores económicos que son pequeñas y medianas empresas;
el número de ofertas recibidas del extranjero;
el número de ofertas recibidas por vía electrónica.
10. Para cada adjudicación, nombre, dirección (incluido el código NUTS) y, si procede, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet del licitador o licitadores seleccionados, especificando:
si el licitador adjudicatario es una pequeña y mediana empresa;
si el contrato de concesión se ha adjudicado a un consorcio.
11. Valor y principales condiciones económicas del contrato de concesión adjudicado, en particular:
honorarios, precios y multas de haberlas;
primas y pagos de haberlos;
cualesquiera otros detalles pertinentes para el valor de la concesión conforme a lo establecido en el artículo 4.
12. Información de si la concesión guarda relación con un proyecto o programa financiado por fondos de la Unión Europea.
13. Nombre y dirección del órgano responsable de los procedimientos de reclamación y, si procede, de arbitraje. Indicación precisa del plazo de presentación de las reclamaciones o, en caso necesario, el nombre, dirección, números de teléfono y de fax y dirección electrónica del servicio del que pueda obtenerse dicha información.
14. Fechas y referencias de anteriores publicaciones en el «Diario Oficial de la Unión Europea» que guarden relación con el contrato de concesión objeto del anuncio.
15. Fecha de envío del anuncio.
16. Método utilizado para calcular el valor estimado del contrato de concesión, si no se especifica en otros documentos relativos al mismo de conformidad con el artículo 4.
17. Si procede, otras informaciones.
II. Información que debe figurar en los anuncios de formalización de los contratos de concesión de servicios del anexo I
1. Nombre, número de identificación, dirección (incluido el código NUTS), si procede, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Tipo de entidad contratante y principal actividad desarrollada.
3. Códigos CPV; cuando la concesión esté dividida en lotes, esta información se facilitará para cada lote.
4. Indicación resumida del objeto de la concesión.
5. Número de ofertas recibidas.
6. Valor de la oferta adjudicada, incluidos honorarios y precios.
7. Nombre y dirección (incluido el código NUTS), número de teléfono y de fax, dirección electrónica y de internet del licitador o licitadores seleccionados.
8. Si procede, otras informaciones.
ANEXO IX. Información que debe figurar en los anuncios de los concursos de proyectos
Sección A. Información que debe figurar en los anuncios de los concursos de proyectos
1. Nombre, número de identificación, dirección, incluido código NUTS, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Principal actividad ejercida.
3. Descripción del proyecto (códigos CPV).
4. Tipo de concurso: abierto o restringido.
5. Cuando se trate de concursos abiertos: fecha límite de presentación de los proyectos.
6. Cuando se trate de concursos restringidos:
número previsto o número mínimo y máximo de participantes;
en su caso, nombre de los participantes ya seleccionados;
criterios de selección de los participantes;
fecha límite de presentación de las solicitudes de participación.
7. En su caso, indicación de si la participación está reservada a una determinada profesión.
8. Criterios que se aplicarán para valorar los proyectos.
9. En su caso, nombre de los miembros del jurado que hayan sido seleccionados.
10. Indicación de si la decisión del jurado es vinculante para el poder adjudicador.
11. En su caso, número e importe de los premios.
12. En su caso, posibles pagos a todos los participantes.
13. Posibilidad de que se adjudiquen contratos complementarios a los ganadores de premios.
14. Nombre y dirección del órgano competente para los procedimientos de reclamación y, en su caso, de arbitraje. Información precisa acerca del plazo de presentación de reclamaciones, o en caso necesario el nombre, la dirección, los números de teléfono y de fax y la dirección electrónica del servicio del que pueda obtenerse dicha información.
15. Fecha de envío del anuncio.
16. Si procede, otras informaciones.
Sección B. Información que debe figurar en los anuncios sobre los resultados de los concursos de proyectos
1. Nombre, número de identificación, dirección, incluido código NUTS, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Principal actividad ejercida.
3. Descripción del proyecto (códigos CPV).
4. Número total de participantes.
5. Número de participantes extranjeros.
6. Ganador(es) del concurso.
7. En su caso, premio(s).
8. Otra información.
9. Referencia al anuncio de concurso.
10. Nombre y dirección del órgano competente para los procedimientos de reclamación y, en su caso, de arbitraje. Información precisa acerca del plazo de presentación de reclamaciones, o en caso necesario el nombre, la dirección, los números de teléfono y de fax y la dirección electrónica del servicio del que pueda obtenerse dicha información.
11. Fecha de envío del anuncio.
ANEXO X. Información que debe figurar en los anuncios de modificación de los contratos durante su vigencia
Sección A. Anuncios de modificación de los contratos de obras, suministros o servicios durante su vigencia
1. Nombre, número de identificación, dirección, incluido código NUTS, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Principal actividad ejercida.
3. Códigos CPV.
4. Código NUTS del emplazamiento principal de las obras, en el caso de las obras, o código NUTS del lugar principal de entrega o de ejecución, en el caso de los suministros y los servicios.
5. Descripción de la contratación antes y después de la modificación: naturaleza y alcance de las obras, naturaleza y cantidad o valor de los suministros, naturaleza y alcance de los servicios.
6. Cuando proceda, incremento de precio causado por la modificación.
7. Descripción de las circunstancias que han hecho necesaria la modificación.
8. Fecha de adjudicación del contrato.
9. Cuando proceda, nombre y dirección, incluido código NUTS, número de teléfono y fax, dirección electrónica y de internet del nuevo empresario o empresarios.
10. Información sobre si el contrato está relacionado con un proyecto o programa financiado con fondos de la Unión Europea.
11. Nombre y dirección del órgano competente en los procedimientos de reclamación y, en su caso, de arbitraje. Información precisa acerca del plazo de presentación de reclamaciones o, en caso necesario, el nombre, la dirección, los números de teléfono y de fax y la dirección electrónica del servicio del que pueda obtenerse dicha información.
Sección B. Anuncios de modificación de los contratos de concesión de obras y de concesión de servicios durante su vigencia
1. Nombre, número de identificación, dirección (incluido el código NUTS), número de teléfono y de fax, y dirección electrónica y de internet del poder adjudicador o de la entidad contratante y, en caso de ser diferente, del servicio del que pueda obtenerse información complementaria.
2. Códigos CPV.
3. Código NUTS del emplazamiento principal de las obras, tratándose de concesiones de obras, o código NUTS del lugar principal de prestación, tratándose de concesiones de servicios.
4. Descripción de la concesión antes y después de la modificación; naturaleza y magnitud de las obras, naturaleza y magnitud de los servicios.
5. Si procede, modificación del valor de la concesión, incluido el incremento de honorarios o precios causado por la modificación.
6. Descripción de las circunstancias que han hecho necesaria la modificación.
7. Fecha de adjudicación de la concesión.
8. Si procede, nombre y dirección (incluido el código NUTS), número de teléfono y de fax y dirección electrónica y de internet del nuevo empresario o empresarios.
9. Información de si la concesión guarda relación con un proyecto o programa financiado por fondos de la Unión Europea.
10. Nombre y dirección del órgano responsable de los procedimientos de reclamación en materia de contratación y, si procede, de mediación. Indicación precisa del plazo de presentación de las reclamaciones o, en caso necesario, el nombre, dirección, números de teléfono y de fax y dirección electrónica del servicio del que pueda obtenerse dicha información.
11. Fechas y referencias de anteriores publicaciones en el «Diario Oficial de la Unión Europea» que guarden relación con la concesión o concesiones objeto del anuncio.
12. Fecha de envío del anuncio.
13. Si procede, otras informaciones.
ANEXO XI. Listado de Convenios internacionales en el ámbito social y medioambiental a que se refiere el artículo 27.4
– Convenio 87 de la OIT sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación.
– Convenio 98 de la OIT sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva.
– Convenio 29 de la OIT sobre el trabajo forzoso u obligatorio.
– Convenio 105 de la OIT sobre la abolición del trabajo forzoso.
– Convenio 138 de la OIT sobre la edad mínima.
– Convenio 111 de la OIT sobre la discriminación (empleo y ocupación).
– Convenio 100 de la OIT sobre igualdad de remuneración.
– Convenio 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil.
– Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono y su Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono.
– Convenio para el control de la eliminación y el transporte transfronterizo de residuos peligrosos (Convenio de Basilea).
– Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes (COP).
– Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional (PNUMA/FAO) (Convenio PIC), Rotterdam, 10.9.1998, y sus tres Protocolos regionales.
– Convenio sobre contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia y sus ocho protocolos (Convenio de Ginebra).
ANEXO XII. Requisitos mínimos en materia de competencia y conocimientos profesionales [artículo 10, apartado 2, Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016]
1. Riesgos en los seguros distintos del seguro de vida clasificados según los ramos 1 a 18 en el anexo I, parte A, de la Directiva 2009/138/CE.
Conocimiento mínimo necesario de las condiciones de las pólizas ofrecidas, incluidos los riesgos accesorios en caso de que los cubran dichas pólizas;
conocimiento mínimo necesario de la legislación aplicable que rige la distribución de productos de seguro, como la legislación en materia de protección de los consumidores, la legislación tributaria pertinente y la legislación social y laboral pertinente;
conocimiento mínimo necesario en materia de gestión de siniestros;
conocimiento mínimo necesario en materia de tramitación de reclamaciones;
conocimiento mínimo necesario en materia de análisis de las necesidades del cliente;
conocimiento mínimo necesario del mercado de seguros;
conocimiento mínimo necesario de las normas deontológicas del sector, y
competencia financiera mínima necesaria.
2. Productos de inversión basados en seguros.
Conocimiento mínimo necesario de los productos de inversión basados en seguros, incluidas las condiciones y las primas netas y, en su caso, las prestaciones garantizadas y no garantizadas;
conocimiento mínimo necesario de las ventajas y desventajas de las distintas opciones de inversión para los tomadores de seguros;
conocimiento mínimo necesario de los riesgos financieros asumidos por los tomadores de seguros;
conocimiento mínimo necesario de las pólizas que cubren los riesgos en el seguro de vida y otros productos de ahorro;
conocimiento mínimo necesario de la organización y las prestaciones garantizadas del sistema de pensiones;
conocimiento mínimo necesario de la legislación aplicable que rige la distribución de productos de seguro, como la legislación en materia de protección de los consumidores y la legislación tributaria pertinente;
conocimiento mínimo necesario del mercado de seguros y del mercado de productos de ahorro;
conocimiento mínimo necesario en materia de tramitación de reclamaciones;
conocimiento mínimo necesario en materia de análisis de las necesidades del cliente;
gestión de conflictos de interés;
conocimiento mínimo necesario de las normas deontológicas del sector, y
competencia financiera mínima necesaria.
3. Riesgos en los seguros de vida clasificados en el anexo II de la Directiva 2009/138/CE.
Conocimiento mínimo necesario de las pólizas, incluidas las condiciones, las prestaciones garantizadas y, en su caso, los riesgos accesorios;
conocimiento mínimo necesario de la organización y las prestaciones garantizadas del sistema de pensiones del Estado miembro de que se trate;
conocimiento de la legislación en materia de contratos de seguro, la legislación en materia de protección de los consumidores, la legislación en materia de protección de datos y la legislación contra el blanqueo de capitales aplicables y, en su caso, la legislación tributaria pertinente y la legislación social y laboral pertinente;
conocimiento mínimo necesario del mercado de seguros y de otros mercados de servicios financieros pertinentes;
conocimiento mínimo necesario en materia de tramitación de reclamaciones;
conocimiento mínimo necesario en materia de análisis de las necesidades de los consumidores;
gestión de conflictos de interés;
conocimiento mínimo necesario de las normas deontológicas del sector, y
competencia financiera mínima necesaria.
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