por el cual se promulga el "Tratado de libre comercio entre la República de Colombia, la República de Venezuela, y los Estados Unidos Mexicanos, suscrito en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, el 13 de junio de 1994

Rango Decreto
Publicación 1997-07-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 324
Historial de reformas JSON API

Cada Parte proporcionará a otra Parte, previa solicitud, la información de que disponga esa Parte o sus entidades sobre las compras cubiertas de sus entidades y sobre los contratos individuales adjudicados por sus entidades.

    1. Ninguna Parte podrá revelar información confidencial cuya divulgación puede perjudicar los intereses comerciales legítimos de una persona en particular o vaya en detrimento de la competencia leal entre proveedores, sin la autorización formal de la persona que proporcionó esa información a la Parte.
    1. Nada de lo dispuesto en este capítulo se interpretará en el sentido de obligar a una Parte a proporcionar información confidencial cuya divulgación pueda impedir el cumplimiento de la ley o de alguna otra forma sea contraria al interés público.
    1. Con el objeto de hacer posible la supervisión eficaz de las compras cubiertas por este capítulo, cada Parte recabará estadísticas y proporcionará a las otras Partes un informe anual de acuerdo con los siguientes requisitos, a menos que las Partes acuerden otra cosa:

Estadísticas sobre el valor estimado de los contratos adjudicados, tanto inferiores como superiores al valor de los umbrales aplicables, desglosadas por entidades;

  • b) Estadísticas sobre el número y el valor total de los contratos superiores al valor de los umbrales aplicables, desglosadas por entidades, por categorías de bienes y servicios establecidos de conformidad con los sistemas de clasificación elaborados conforme a este capítulo y por país de origen de los bienes y servicios adquiridos;
  • c) Estadísticas sobre el número y valor total de los contratos adjudicados conforme al artículo 15-16, desglosadas por entidades, por categoría de bienes o servicios, y por país de origen de los bienes y servicios adquiridos; y
  • d) Estadísticas sobre el número y valor total de los contratos adjudicados conforme a las excepciones a este capítulo establecidas en el Anexo 7 al artículo 15-02, desglosadas por entidades.
    1. Cada Parte podrá organizar por estado o departamento cualquier porción del informe al que se refiere el párrafo 7º que corresponda a las entidades que se establezcan en el Protocolo que las Partes elaboren de conformidad con el artículo 15-26 para entidades de los gobiernos estatales o departamentales.
    1. Cada Parte pondrá a disposición de las otras Partes y de los proveedores que lo soliciten durante el primer trimestre del año, su programa anual de compras. Esta disposición no constituirá para las entidades un compromiso de compra.

Artículo 15-21. Cooperación técnica.

    1. Las Partes cooperarán, en términos mutuamente acordados, para lograr una mejor comprensión de sus sistemas de compras del sector público, con miras a lograr el mayor acceso a las oportunidades en las compras del sector público para los proveedores de cualquiera de ellas.
    1. Cada Parte proporcionará a las otras y a los proveedores de estas Partes, sobre la base de recuperación de costos, información concerniente a los programas de capacitación y orientación relativos a sus sistemas de compras del sector público, y acceso, sin discriminación, a cualquier programa que efectúe.
    1. Los programas de capacitación y orientación a los que se refiere el párrafo 2º incluyen:
  • a) Capacitación, del personal del sector público que participe directamente en los procedimientos de compras del sector público;
  • b) Capacitación de los proveedores interesados en aprovechar las oportunidades de compra del sector público;
  • c) La explicación y descripción de aspectos específicos del sistema de compras del sector público de cada Parte, tales como su mecanismo de impugnación; y
  • d) Información relativa a las oportunidades del mercado de compras del sector público.
    1. Cada Parte establecerá a la entrada en vigor de este Tratado por lo menos un punto de contacto para proporcionar información sobre los programas de capacitación y orientación a los que se refiere este artículo.

Artículo 15-22. Programas de participación conjunta para la micro, pequeña y mediana industria.

    1. Las Partes crean el Comité de la micro, pequeña y mediana industria, integrado por representantes de cada Parte. El Comité se reunirá por acuerdo de las Partes, pero no menos de una vez al año, e informará anualmente a la Comisión sobre los esfuerzos de las Partes para promover oportunidades en compras del sector público para sus micro, pequeñas y medianas industrias.
    1. El Comité trabajará para facilitar las siguientes actividades de las Partes:
  • a) La identificación de oportunidades disponibles para el adiestramiento del personal de micro, pequeñas y medianas industrias en materia de procedimientos de compras del sector público;
  • b) La identificación de micro, pequeñas y medianas industrias interesadas en convertirse en socios comerciales de micro, pequeñas y medianas industrias en el territorio de otra Parte;
  • c) El desarrollo de bases de datos sobre micro, pequeñas y medianas industrias en territorio de cada Parte para ser utilizadas por entidades de otra Parte que deseen realizar compras a empresas de menor escala;
  • d) La realización de consultas respecto a los factores que cada Parte utiliza para establecer sus criterios de elegibilidad para cualquier programa de micro, pequeñas y medianas industrias; y
  • e) La realizacilin de actividades para tratar cualquier asunto relacionado.

Artículo 15-23. Rectificaciones o modificaciones.

    1. Una Parte podrá modificar su cobertura conforme a este capítulo sólo en circunstancias excepcionales.
    1. Cuando una Parte modifique su cobertura conforme a este capítulo:
  • a) Comunicará la modificación a las otras Partes;
  • b) Incorporará el cambio al anexo correspondiente; y
  • c) Propondrá a las otras Partes ajustes compensatorios apropiados a su cobertura, con el objeto de mantener un nivel de cobertura comparable al existente antes de la modificación.
    1. No obstante lo dispuesto en los párrafos 1º y 2º, una Parte podrá realizar rectificaciones exclusivamente de forma y enmiendas menores a sus listas de los Anexos 1 al artículo 15-02, así como al Protocolo que las Partes elaboren de conformidad con el artículo 15-26 para entidades de los gobiernos estatales o departamentales, siempre y cuando comunique esas rectificaciones a las otras Partes, y ninguna Parte manifieste su objeción a las rectificaciones propuestas dentro de un período de treinta días. En esos casos, no será necesario proponer compensación.
    1. No será necesario proponer compensación cuando una Parte reorganice sus entidades incluso mediante programas para la descentralización de las compras de esas entidades o cuando las funciones públicas correspondientes dejen de ser desempeñadas por cualquier entidad del sector público, esté o no cubierta por este capítulo. Ninguna Parte podrá realizar esas reorganizaciones o programas con objeto de evadir el cumplimiento de las obligaciones de este capítulo.
    1. Una Parte podrá recurrir al procedimiento de solución de controversias conforme al capítulo XIX cuando una Parte considere que:
  • a) El ajuste propuesto de conformidad con el párrafo 2º, literal c) no es el adecuado para mantener un nivel comparable al de la cobertura mutuamente acordada; o
  • b) Una rectificación o enmienda menor de conformidad con el párrafo 3º o una reorganización de conformidad con el párrafo 4º no cumple con los requisitos estipulados en esos párrafos y como consecuencia, requiere de compensación.

Artículo 15-24. Enajenación de entidades.

    1. Nada de lo dispuesto en este capítulo impide a una Parte enajenar una entidad cubierta por este capítulo.
    1. Si, mediante la oferta pública de acciones de una entidad contenida en el Anexo 2 al artículo 15-02 o mediante otros métodos, la entidad deja de estar sujeta a control gubernamental federal o central, la Parte podrá eliminar esa entidad de su lista en ese anexo 1 y retirar a la entidad de la cobertura de este capítulo, previa comunicación a las otras Partes.
    1. Cuando una Parte objete el retiro de la entidad por considerar que ésta permanece sujeta al control gubernamental, federal o central, esa Parte podrá recurrir al procedimiento de solución de controversias conforme al Capítulo XIX.

Artículo 15-25. Negociaciones futuras.

    1. El Comité de Compras recomendará a las Partes que inicien negociaciones con miras a lograr la liberación ulterior de sus respectivos mercados de compras del sector público.
    1. En esas negociaciones, las partes revisarán todos los aspectos de sus prácticas de las compras del sector público para los efectos de:
  • a) Evaluar la operación de sus sistemas de compras del sector público;
  • b) Buscar la ampliación de la cobertura del capítulo; y
  • c) Revisar el valor de los umbrales.
    1. Antes de esa revisión, las partes consultarán con sus gobiernos estatales o departamentales con miras a lograr compromisos, sobre una base voluntaria y recíproca, para la incorporación a éste capítulo de las compras de las entidades de los estados o departamentos y delas empresas propiedad de los mismos, o bajo su control.

Artículo 15-26. Protocolos anexos. Para reflejar el resultado de las negociaciones a que se refiere el artículo 15-25, las partes elaborarán protocolos.

Anexo 1 al artículo 15-02

Entidades del gobierno federal o central

Lista de Colombia:

    1. Contraloría general de la República
    1. Ministerio de Gobierno

-Unidad para la atención de Asuntos Indígenas

-Dirección Nacional de Derecho de Autor

-Archivo General de la Nación

-Fondo de Desarrollo Comunal

    1. Ministerio de Relaciones Exteriores

-Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores

    1. Ministerio de Justicia y del Derecho

-Fondo Nacional de Notariado, Fonanot

-Fondo de Previsión Social de Notariado y Registro, Fonprenor

-Fondo de Seguridad de la rama Judicial y del Ministerio Público

-Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario Inpec

-Superintendencia de Notariado y Registro

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

-Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

-Super intendencia Bancaria

-Superintendencia de Valores

-Caja de Previsión social de la Superintendencia Bancaria

-Instituto Geográfico Agustín Codazzi”

6 Ministerio de Defensa Nacional

-Caja de Retiro de las Fuerzas Militares

-Caja de Vivienda Militar

-Club Militar

-Hospital Militar Central

-Instituto de Casas Fiscales del Ejercito

Universidad Militar Nueva Granada

-Fondo Rotatorio de la Fuerza Aérea

-Fondo Rotatorio de la Policía Nacional

-Fondo Rotatorio del Ejercito

7 Ministerio de Agricultura

-Instituto Colombiano Agropecuario, ICA (no incluye las compras de bienes agrícolas adquiridos para programas de apoyo a la agricultura o para la alimentación humana)

-Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora (no incluye las compras de bienes agrícolas adquiridos para programas de apoyo a la agricultura o para la alimentación humana)

-Instituto Colombiano de Hidrología y Adecuación de Tierras, Himat

-Instituto Nacional de Recursos Naturales, Renovables y del Ambiente, Inderena

-Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, Inpa

8 Ministerio del Trabajo y Seguridad Social

-Superintendencia de Subsidio Familiar (no incluye las compras de bienes agrícolas adquiridos para programas de apoyo a la agricultura o para la alimentación humana)

-Caja Nacional de Previsión Social, Cajanal

-Fondo de Seguridad del Artista Colombiano

-Fondo de Previsión Social del Congreso de la República

-Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA

9 Ministerio de Salud

-Superintendencia Nacional de Salud

-Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF (no incluye las compras de bienes agrícolas adquirido para programas de apoyo a la agricultura o para alimentación humana)

-Instituto Nacional de Cancerología

-Instituto Nacional de Salud

-Hospital Sanatorio de Contratación

-Sanatorio de Agua de Dios

10 Ministerio de Minas y Energía

-Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas INEA

-Instituto de Investigaciones en Geociencias, Minería, Química, Ingeominas

-Comisión de Regulación de Energía

-Unidad de Planeación Minero-Energética

-Unidad de Información Minero-Energética

11 Ministerio de Comercio Exterior

-Instituto Colombiano de Comercio Exterior, Incómex

    1. Ministerio de Desarrollo Económico

-Superintendencia de Industria y Comercio

-Superintendencia de Sociedades

-Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana Inurbe

-Corporación Social de las Superintendencias de Sociedades, Corporanónimas

    1. Ministerio de Educación Nacional

-Biblioteca Pública Piloto de Medellín para América Latina

-Centro Jorge Eliécer Gaitán

-Colegio de Boyacá

-Colegio Integrado Nacional Oriente de Caldas

-Colegio Mayor de Antioquia

-Colegio Mayor de Bolívar

-Colegio Mayor del Cauca

-Colegio Mayor de Cundinamarca

-Instituto Caro y Cuervo

-Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior "Mariano

Ospina Pérez", Icetex

-Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes

-Instituto Colombiano de Cultura Hispánica

-Instituto Luis Carlos Galán

-Instituto Nacional Para Ciegos, INCI

-Instituto Nacional para Sordos, INSOR

-Instituto Politécnico de Cundinamarca

-Instituto Politécnico de Sucre

-Instituto Tecnológico Pascual Bravo de Medellín

-Instituto Técnico Nacional de Comercio "Simón Rodríguez" de Cali

-Instituto Técnico Agrícola, ITA de Buga

-Instituto Superior de Educación Rural de Pamplona, ISER

-Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo

-Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Andrés y providencia

-Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de Ciénaga

-Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar

-Instituto Tecnológico de Putumayo

-Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional

-Instituto Técnico Central Bogotá

-Residencias Femeninas

-Unidad Universitaria del Sur .de Bogotá, Unisur

-Universidad de Caldas

-Universidad de Cauca

-Universidad de Córdoba

-Universidad Nacional de Colombia, UN

-Universidad Pedagógica Nacional, UPN

-Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, UPTC

-Universidad Popular del Cesar

-Universidad Surcolombiana

-Universidad Tecnológica del Chocó, "Diego Luis Córdoba"

-Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales

-Universidad Tecnológica de Pereira, UTP

-Universidad de la Amazonia

-Universidad del Pacífico

-Procultura

-Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura

-Instituto Colombiano de Antropología, ICAN

-Biblioteca Nacional

-Museo Nacional de Colombia

-Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes

-Unidad Administrativa Especial

-Escuela Nacional del Deporte

-Juntas Nacionales Administradoras del Deporte

    1. Ministerio de Comunicaciones

-Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom

-Fondo Rotatorio del Ministerio de Comunicaciones

    1. Ministerio de Transporte

-Superintendencia General de Puertos

-Instituto Nacional de Vías

-Aeronáutica Civil

    1. Departamento Administrativo de Seguridad, DAS

-Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad

    1. Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE

-Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Fondane

    1. Departamento Administrativo de Planeación Nacional, DNP

-Corporación Autónoma Regional de Rionegro, Nare, Cornabe

`

-Corporación Autónoma Regional de Risaralda, Carder

-Corporación Autónoma Regional de Tumaco y Colonización del Río Mira

-Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC

-Corporación Autónoma Regional del Cesar, Corpocesar

-Corporación Autónoma Regional del Quindío, CRQ

-Corporación Autónoma Regional del Tolima, Cortolima

Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, Corponor

-Corporación Autónoma Regional de La Guajira, Corpoguajira

-Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Bogotá, Ubaté y Suárez, CAR

-Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge, CVS

-Corporación Autónoma Regional de Desarrollo de Caldas, Corpocaldas

-Corporación para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga

-Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo de Chocó, Codechocó

-Corporación para la Reconstrucción y Desarrollo del Departamento del Cauca, CRC

-Corporación Regional de Desarrollo de Urabá, Corpourabá

-Corporación Regional de los Valles del Río Zulia

-Corporación Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta,

Corpamag

-Corporación Autónoma Regional del Putumayo, CAP

-Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo de Nariño, Corponariño

-Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y Tecnología "Francisco José de

Caldas", Colciencias

    1. Departamento Administrativo de la Función Pública

-Escuela de Administración Pública, ESAP

    1. Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, Dancoop
    1. Departamento Administrativo de la Presidencia

Lista de México:

    1. Secretaría de Gobernación

-Centro Nacional de Estudios Municipales

-Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas ilustradas

-Consejo Nacional de Población

-Archivo General de la Nación

-Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana

-Patronato de Asistencia para la Reincorporación Social

-Centro Nacional de Prevención de Desastres

-Consejo Nacional de Radio y Televisión

-Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados

    1. Secretaría de Relaciones Exteriores

-Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas México-Estados Unidos

-Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas México-Guatemala

    1. Secretaría de Hacienda y Crédito Público

-Comisión Nacional Bancaria

-Comisión Nacional de Valores

-Comisión Nacional de Seguros y Fianzas

-Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática

    1. Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos

-Instituto Mexicano de Tecnología del Agua

-Instituto Nacional de Investigaciones Forestales y Agropecuarias

-Apoyos a Servicios a la Comercialización Agropecuaria, Aserca

    1. Secretaría de Comunicaciones y Transportes (incluyendo el Instituto Mexicano de Comunicaciones y el Instituto Mexicano de Transporte)
    1. Secretaría de Comercio y Fomento Industrial
    1. Secretaría de Educación Pública

-Instituto Nacional de Antropología e Historia

-Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura

-Radio Educación

-Centro de Ingeniería y Desarrollo Industrial

-Consejo Nacional para la Cultura y las Artes

-Comisión Nacional del Deporte

    1. Secretaría de Salud

-Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública

-Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea

-Gerencia General de Biológicos y Reactivos

-Centro para el Desarrollo de la Infraestructura en Salud

-Instituto de la Comunicación Humana doctor Andrés Bustamante Gurria

-Instituto Nacional de Medicina de la Rehabilitación

-Instituto Nacional de Ortopedia

-Consejo Nacional para la Prevención y Control del Sindrome de la Inmunodeficiencia

Adquirida, Conasida

    1. Secretaría del Trabajo y Previsión Social

-Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo

    1. Secretaría de la Reforma Agraria

-Instituto dé Capacitación Agraria

    1. Secretaria de Pesca

-Instituto Nacional de la Pesca

    1. Procuraduría General de la República
    1. Secretaría de Energía, Minas e Industria Para estatal

-Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias

-Comisión Nacional para el Ahorro de Energía

    1. Secretaría de Desarrollo Social
    1. Secretaría de Turismo
    1. Secretaría de la Contraloría General de la Federación
    1. Comisión Nacional de Zonas Aridas
    1. Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito
    1. Comisión Nacional de Derechos Humanos
    1. Consejo Nacional de Fomento Educativo
    1. Secretaría de la Defensa Nacional
    1. Secretaría de Marina

Lista de Venezuela:

    1. Ministerio de la Secretaría de la Presidencia
    1. Ministerio de Relaciones Interiores
    1. Ministerio de Relaciones Exteriores
    1. Ministerio de Hacienda
    1. Ministerio de la Defensa
    1. Ministerio de Fomento
    1. Ministerio de Educación
    1. Ministerio de Sanidad y Asistencia Social
    1. Ministerio de Agricultura y Cría
    1. Ministerio del Trabajo
    1. Ministerio de Transporte y Comunicaciones
    1. Ministerio de Justicia
    1. Ministerio de Energía y Minas
    1. Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables
    1. Ministerio de Desarrollo Urbano
    1. Ministerio de la Familia
    1. Instituto de Comercio Exterior
    1. Instituto Venezolano de Planificación
    1. Servicio Autónomo Imprenta Nacional
    1. Servicio Autónomo Radio Nacional de Venezuela
    1. Petroquímica de Venezuela S. A.
    1. Corpoven
    1. Logoven
    1. Moraven
    1. Bariven
    1. Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas

Industria y Comercio

    1. Corpoindustria
    1. Fondo de Crédito Industrial
    1. Fondo de Inversiones de Venezuela
    1. Centrales Azucareros

Transporte y Comunicaciones

3 1. C. A. Venezolana de Navegación

    1. Instituto Nacional de Canalizaciones
    1. C. A. Metro de Caracas

Cultura y Comunicación

    1. Monte Avila Editores C. A.
    1. Fondo de Fomento Cinematográfico

Vivienda y Desarrollo Urbano

    1. Instituto Nacional de la Vivienda
    1. Centro Simón Bolívar
    1. Fondo Nacional de Desarrollo Urbano

Turismo y Recreación

    1. Corporación de Turismo de Venezuela.

Anexo 2 al artículo 15-02

Empresas Gubernamentales

Lista de Colombia:

Defensa y Seguridad.

    1. Servicio Aéreo a Territorios Nacionales Satena.
    1. Servicio Naviero Armada República de Colombia Senarc.
    1. Hotel San Diego S.A.
    1. Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana CIAC.

Agricultura.

    1. Instituto de Mercadeo Agropecuario, Idema. (No incluye las compras de bienes agrícolas adquiridos para programas de apoyo a la agricultura o para la alimentación humana).
    1. Almacenes generales de depósito de la Caja Agraria, Idema, Banco Ganadero Almagrarios.
    1. Empresa de Comercialización de Productos Perecederos, Emcoper S.A..
    1. Empresa Colombiana de Productos Veterinarios, Vecol.

Trabajo y Seguridad Social.

    1. Instituto de Seguros Sociales ISS.
    1. Promotora de Vacaciones y Recreación Social, Prosocial.

Minas y Energía.

    1. Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, Corelca.
    1. Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol.
    1. Interconexión Eléctrica S.A., ISA.
    1. Instituto Colombiano de Energía Eléctrica, ICEL.
    1. Minerales de Colombia S.A., Mineralco.
    1. Carbones de Colombia S.A., Carbocol.
    1. Compañía de Carbones del Oriente S.A., Carboriente S.A.

Desarrollo Económico.

    1. Corporación Nacional de Turismo de Colombia, CNT.
    1. Artesanías de Colombia S.A.

Educación.

    1. Empresa Editorial de la Universidad Nacional.

Comunicaciones.

    1. Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom.
    1. Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión.
    1. Instituto Tecnológico de Telecomunicaciones, ITEC.
    1. Administración Postal Nacional, Adpostal.

Transporte

    1. Empresa Colombiana de Vías, Ferrovías.
    1. Empresa Colombiana de Canalización y Dragado.
    1. Empresa Marítima y Fluvial Colombiana S.A.
    1. Sociedad Colombiana de Transporte Ferroviario, STF S.A.

Departamento Administrativo Nacional de Planeación, DNP.

    1. Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo, Fonade.

Lista de México:

Imprenta y Editórial.

    1. Talleres Gráficos de la Nación.
    1. Productora e Importadora de Papel S.A. de C.V. (Pipsa).

Comunicaciones y Transportes.

    1. Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA).
    1. Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe).
    1. Servicio Postal Mexicano.
    1. Ferrocarriles Nacionales de Ivlexico ferronales).
    1. Telecomunicaciones de México (Telecom).

Industria.

    1. Petróleos Mexicanos (Pemex). (No incluye las compras de combustibles y gas).
    1. Comisión Federal de Electricidad (CFE).
    1. Consejo de Recursos Minerales.
    1. Consejo de Recursos Mineros.

Comercio

    1. Compañía Nacional de Subsistencia popular.(Conasupo).(No incluyem las compras de bienes agrícolas adquiridos para programas de apoyo a la agricultura o para la alimentación humana)
    1. Bodegas Rurales Conasupo S.A. de C.V.
    1. Distribuidora Impulsora de Comercio S.A. de C.V. (Diconsa).

Leche Industrializada Conasupo S.A. de C.V. (Liconsa) (No incluye las compras de bienes

agrícolas adquiridos para programas de apoyo a la agricultura o para la alimentación humana.

    1. Procuraduría Federal del Consumidor.
    1. Instituto Nacional del Consumidor.
    1. Laboratorios Nacionales de Fomento Industrial.
    1. Servicio Nacional de Información de Mercados.

Seguridad Social.

    1. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste).
    1. Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
    1. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF). (No incluye las compras de bienes agrícolas adquiridos para programas de apoyo a la agricultura o para la alimentación humana).
    1. Servicios Asistenciales de la Secretaría de Marina.
    1. Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
    1. Instituto Nacional Indigenista (INI).
    1. Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.
    1. Centros de Integración juvenil.
    1. Instituto Nacional de la Senectud.

Otros.

    1. Comité Administrador del programa Federal de Construcción de Escuelas (Capfce).
    1. Comisión Nacional del Agua (CNA).
    1. Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra.
    1. Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).
    1. Notimex S.A. de C.V.
    1. Instituto Mexicano de Cinematografía.
    1. Lotería Nacional para la Asistencia Pública.
    1. Pronósticos Deportivos.

Lista de Venezuela:

Agricultura.

    1. Fondo Nacional Je Café.
    1. Fondo Nacional del Cacao.
    1. Compañía Nacional de Reforestación.
    1. Compañía Nacional de Cal.
    1. Instituto Agrario Nacional.
    1. Fondo Nacional de Investigaciones Agropecuarias.
    1. Instituto de Capacidad Agrícola.
    1. Instituto Nacional de Parques.
    1. Instituto de Crédito Agrícola Pecuario.
    1. Fondo de Crédito Agropecuario.

Energía y Minas.

    1. Corporación Venezolana de Guayana.
    1. CVG Ferrominera del Orinoco, C.A.
    1. Bauxita Venezolana, C.A.
    1. Bitumenes Orinoco, C.A.
    1. CVG Siderúrgica del Orinoco, C.A.
    1. CVG Venezolana de Ferrosilicios, S.A.
    1. Aluminio del Caroni, S.A.
    1. Industria Venezolana del Aluminio C.A.
    1. Interamericana de Alúmina, C;A.
    1. CVG Electrificación del Caroni, C.A.
    1. C.A Energía Eléctrica de Venezuela.
    1. Pdvsa, Petróleos de Venezuela S.A.

Cultura y Comunicación.

    1. Fundaciones de Edificaciones y Dotaciones Educativas.
    1. Instituto Autónomo de Biblioteca Nacional y Servicios de Bibliotecas.
    1. Consejo Nacional de la Cultura.
    1. Instituto Venezolano de Inversiones Científicas.
    1. Fundación Instituto Internacional de Estudios Avanzados.
    1. Fundación Instituto de Ingeniería, Investigación y Desarrollo Tecnológico.
    1. Conicit.
    1. Línea Aeropostal Venezolana
    1. C.A. Venezuela de Televisión.

Seguridad Social.

    1. Fundación Mantenimiento de la Infraestructura Médico-Asistencial Salud Pública.
    1. Instituto Nacional de Nutrición.
    1. Servicio Autónomo Subsistema Integrado de Atención Médica.
    1. Fundación para el Programa Alimenticio Materno-lnfantil.
    1. Instituto Nacional de Higiene "Rafael Rangel".
    1. Instituto Autónomo Hospital Universitario de Caracas.
    1. Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.
    1. Instituto de Previsión Social del Ministerio de Educación (Ipasme).

Vivienda y Desarrollo Urbano.

    1. Servicio Autónomo Nacional de Vivienda Rural.
    1. Fundacomún

Anexo 3 al artículo 15-02

Lista de bienes

Sección A-Disposiciones generales

    1. Este capítulo se aplica a todos los bienes, a excepción de lo dispuesto en los párrafos 2, 3 y 4.
    1. Con relación a Colombia los bienes de carácter estratégico señalados en la sección B adquiridos por el Ministerio de Defensa o sus entidades adscritas están excluidos de la cobertura de este capítulo, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15-19.
    1. Con relación a México, los bienes de carácter estratégico señalados en la sección B adquiridos por la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina están excluidos de la cobertura de este capítulo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15-19.
    1. Con relación a Venezuela los bienes de carácter estratégico señalados en la Sección B adquiridos por el Ministerio de Defensa están excluidos de la cobertura de este capítulo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15-19.

Sección B Lista de ciertos bienes

Nota: Las Partes acordaron que el diseño del Sistema Común de Clasificación para Bienes concluirá antes de la entrada en vigor de este Tratado. Este sistema podrá seguir elFederalSupply Classification (FSC).

(La numeración se refiere al FSC).

    1. Armamento.
    1. Material nuclear de guerra.
    1. Equipo de control de fuego.
    1. Municiones y explosivos.
    1. Misiles dirigidos.
    1. Aeronaves y componentes de estructuras para aeronaves.
    1. Componentes y accesorios para aeronaves.
    1. Equipo para despegue, aterrizaje y manejo en tierra de aeronaves.
    1. Vehículos espaciales.
    1. Embarcaciones, pequeñas estructuras, pangas y muelles flotantes.
    1. Embarcaciones y equipo marítimo.

Anexo 4 al artículo 15-02

Lista de servicios

Sección A-Disposiciones generales

    1. Este capítulo se aplica a todos los servicios que sean comprados por las entidades señaladas en los anexos 1 y 2 al artículo 15-02.
    1. La lista de servicios señalada en el apéndice a este anexo es indicativa de los servicios comprados por las entidades de las Partes. Las Partes utilizarán la lista de servicios para los efectos de informes y actualizarán el apéndice a este anexo cuando lo acuerden.
    1. El anexo 5 al artículo 15-02 se aplica a los contratos para servicios de construcción.

Notas generales:

Para Colombia:

    1. Todos los servicios relacionados con aquellos bienes adquiridos por el Ministerio de Defensa o sus entidades adscritas que no se identifiquen como sujetos a la cobertura de este capítulo, (anexo 3 al artículo 15-02), estarán excluidos de las disciplinas de este capítulo.
    1. Todos los servicios adquiridos en soporte de fuerzas militares localizadas fuera del territorio estarán excluidos de la cobertura de este capítulo.

Para México:

    1. Todos los servicios relacionados con aquellos bienes adquiridos por al Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina que no se identifiquen como sujetos a la cobertura de este capítulo (anexo 3 al artículo 15-02), estarán excluidos de las disciplinas de este capítulo.
    1. Todos los servicios adquiridos en soporte de fuerzas militares localizadas fuera del territorio estarán excluidos de la cobertura de este capítulo.

Para Venezuela:

    1. Todos los servicios relacionados con aquellos bienes adquiridos por el Ministerio de Defensa que no se identifiquen como sujetos a la cobertura de este capítulo (anexo 3 al artículo 15-02), estarán excluidos de las disciplinas de este capítulo.
    1. Todos los servicios adquiridos en soporte de fuerzas militares localizadas fuera del territorio estarán excluidos de la cobertura de este capítulo.

Apéndice al anexo 4 del artículo 15-02

Sistema común de clasificación para servicios

Nota s:

    1. Las Partes acordaron que el diseño del Sistema Común de Clasificación para Servicios concluirá antes de la entrada en vigor de este Tratado.
    1. Las Partes continuarán trabajando en el desarrollo de definiciones relativas a las categorías y otras mejoras al sistema de clasificación.
    1. Las Partes continuarán revisando asuntos técnicos pertinentes que puedan surgir de tiempo en tiempo.
    1. Este sistema común de clasificación podrá seguir el formato siguiente:

Grupo = un dígito.

Subgrupo = dos dígitos.

Clase = cuatro dígitos.,

A. Investigación y desarrollo

Definición de contratos de investigación y desarrollo

Las compras de servicios de investigación y desarrollo incluyen la adquisición de asesoría especializada con el objeto de aumentar el conocimiento científico; aplicar el conocimiento científico avanzado o explotar el potencial de los descubrimientos científicos y las mejoras tecnológicas para avanzar en el conocimiento tecnológico existente; y utilizar sistemáticamente los incrementos en el conocimiento científico y los avances en la tecnología existente para diseñar, desarrollar, probar o evaluar nuevos productos o servicios.

Códigos de investigación y desarrollo

Los códigos de investigación y desarrollo se componen de dos dígitos alfabéticos. El primer dígito es siempre la letra A para identificar investigación y desarrollo, el segundo código es alfabético, de la A a la Z, para identificar el subgrupo principal.

AA Agricultura.

AB Servicios a la Comunidad y Desarrollo.

AC Sistemas de Defensa.

AD Defensa Otros.

AE Crecimiento Económico y Productividad.

AF Educación.

AG Energía. AH Protección Ambiental.

AJ Ciencias Generales y Tecnología.

AK Vivienda.

AL Protección del Ingreso.

AM Asuntos Internacionales y Cooperación.

AN Medicina.

AP Recursos Naturales.

AQ Servicios Sociales

AR Espacio.

AS Transporte Modal.

AT Transporte General.

AV Minería.

AZ Otras formas de Investigación y Desarrollo.

B.Estudios y Análisis Especiales no Investigacíon y Desarrollo.

Definición de Estudios y Análisis Especiales.

Las adquisiciones de estudios y análisis especiales incluyen la adquisición de juicios analíticos organizados, que permiten entender asuntos complejos o mejorar el desarrollo de las políticas o la toma de decisiones. En tales adquisiciones el producto obtenido es un documento formal estructurado que incluye datos y otras informaciones que constituyen la base para conclusiones o recomendaciones.

B0 Ciencias naturales.

B000 Estudios y Análisis Químico/Biológicos.

B001 Estudios sobre Especies en Extinción-Plantas y Animales.

B002 Estudios Animales y Pesqueros.

B003 Estudios sobre Zonas para Pastoreo/Llanos.

B004 Estudios sobre Recursos Naturales.

B005 Estudios Oceanológicos.

B009 Otros Estudios de Ciencias Naturales.

B1 Estudios

B100 Análisis de la Calidad del Aire.

B101 Estudios Ambientales, Desarrollo de Informes sobre Impacto Ambiental.

B102 Estudios del Suelo.

B103 Estudios de la Calidad del Agua.

B104 Estudios sobre la Vida Salvaje.

B109 Otros Estudios Ambientales.

B2 Estudios de ingeniería.

B200 Estudios Geológicos.

B201 Estudios Geofísicos.

B202 Estudios Geotécnicos.

B203 Estudios de Datos Científicos.

B204 Estudios Sismológicos.

B205 Estudios sobre Tecnología de la Construcción

B206 Estudios sobre Energía.

B207 Estudios sobre Tecnología.

B208.Estudios sobre Vivienda y Desarrollo de la Comunidad (Incluyendo Planeación Urbana/Suburbana).

B219 Otros Estudios de Ingeniería.

B3 Estudios de apoyo administrativo.

B300 Análisis Costo-Beneficio.

B301 Análisis de Datos (No Científicos).

B302 Estudios de Factibilidad (Excepto construcción)

B303 Análisis Matemáticos/Estadísticos.

B304 Estudios Regulatorios.

B305 Estudios de Inteligencia.

B306 Estudios de Defensa.

B307 Estudios de Seguridad (Física y Personal).

B308 Estudios de Contabilidad/Administración Financiera.

B309 Estudios de Asuntos Comerciales.

B310 Estudios de Política Exterior/Política de Seguridad Nacional.

B311 Estudios Organizacionales/Administrativos/del Personal.

B312 Estudios de Movilización/Preparación.

B313 Estudios sobre la Fuerza Laboral.

B314 Estudios de Política de Adquisiciones/Procedimientos

B329 Otros estudios de apoyo administrativo.

B4 Estudios espaciales.

B400 Estudios Aeronáuticos/Espaciales.

BS Estudios sociales y humanidades.

B500 Estudios Arqueológicos/Paleontológicos.

B501 Estudios Históricos.

B502 Estudios Recreacionales.

B503 Estudios Médicos y de Salud.

B504 Estudios y Análisis Educacionales.

B505 Estudios y sobre la Senectud/Minusválidos.

B506 Estudios Económicos.

B507 Estudios Legales.

B509 Otros Estudios y Análisis.

Servicios de Arquitectura e Ingeniería.

C1 Servicios de arquitectura e ingeniería relacionados con construcción.

C11 Estructuras de edificios e instalaciones.

C111 Edificios administrativos y de servicios.

C112 Instalaciones para campos aéreos, comunicaciones y misiles.

C113 Edificios educacionales.

C114 Edificios para hospitales.

C115 Edificios Industriales.

C116 Edificios residenciales.

C117 Edificios para bodegas.

C118 Instalaciones para investigación y desarrollo.

C119.Otros edificios.

C12 Estructuras distintas de edificios.

C121 Conservación y desarrollo.

C122Carreteras, caminos, calles, puentes y vías férreas.

C123 Generación de energía Eléctrica.

C124.Servicios públicos.

C129 Otras estructuras distintas de edificios.

C 130 Restauración.

C2 Servicios de arquitectura e ingeniería no relacionados con construcción.

C211 Servicios de arquitectura e ingeniería (incluye paisajismo, arreglo de interiores y diseño).

C212 Servicios de dibujo técnico para ingeniería.

C213 Servicios de inspección, arquitectura e ingeniería.

C214 Servicios de ingeniería administrativa, arquitectura e ingeniería.

C215 Servicios de ingeniería de la producción, arquitectura e ingeniería (incluye diseño y control y programación de edificios).

C216.Servicios de arquitectura e ingeniería marina.

C219 Otros servicios de arquitectura e ingeniería.

  • D. Servicios de procesamiento de información y servicios de Telecomunicaciones relacionados.

D301 Servicio de procesamiento automático de datos para mantenimiento y operación de instalaciones.

D302 Servicios de procesamiento automático de datos para desarrollo de sistemas.

D303 Servicios de procesamiento automático de datos para captura de datos.

D304 Servicios de procesamiento automático de datos para telecomunicaciones y transmisión.

D305 Servicios de Procesamiento Automático de Datos para Teleprocesamiento y Tiempo compartido.

D306 Servicios para análisis de sistemas en el procesamiento automático de datos.

D307.Servicios de diseño e integración de sistemas de información automatizada.

D308 Servicios de programación.

D309 Servicios de difusión de información y datos o servicios de distribución de datos

D310 Servicios de procesamiento automático de datos para respaldo y seguridad.

D311 Servicios de procesamiento automático de datos para conversión de datos.

D312.Servicios de procesamiento automático de datos para exploración óptica.

D313 Servicios de diseño asistido por computadora (DAC)/servicios de manufactura asistida por computadora (MAC).

D314.Servicios de apoyo para la adquisición de sistemas de procesamiento automático de datos (incluye preparación de la información de trabajo, referencias, especificaciones, etc.).

D315 Servicios digitalizados (incluye información cartográfica y geográfica).

D316Servicios de administración de redes de telecomunicación.

D317 Servicios automatizados de noticias, servicios de datos u otros servicios de información compra de datos (El equivalente electrónico de libros, periódicos, publicaciones periódicas, etc.).

D399 Otros servicios de procesamiento automático de datos y telecomunicaciones (incluye almacenamiento de datos en cinta, discos compactos, etc.).

E. Servicios Ambientales.

E101 Servicios de apoyo a la calidad del aire.

E102 Estudios de investigación industrial y soporte técnico relacionado con la contaminación del aire.

E103 Servicios de apoyo a la calidad del agua.

E104 Estudios de investigación industrial y soporte técnico relacionado con la contaminación del agua.

E106 Servicios de apoyo para sustancias tóxicas.

E107 Análisis de substancias dañinas.

E108 Servicios de eliminación, limpieza y disposición de sustancias dañinas y apoyo operacional.

E109 Servicios de apoyo para fugas en tanques de almacenamiento subterráneo.

E110 Estudios, investigaciones y apoyo técnico industrial para contaminantes múltiples.

E111 Acciones en relación con el derrame de petróleo incluyendo limpieza, remoción, disposición y apoyo operacional.

E199 Otros servicios ambientales.

F. Servicios relacionados con recursos naturales

F0 Servicios agrícolas y forestales
F001 Servicios de extinción/preextinción de incendios forestales/en llanos (incluye bombeo de agua
F002 Servicios de rehabilitación de bosques/llanos incendiados (excepto construcción)
F003 Servicios de plantación de árboles en bosques
F004 Servicios de práctica para tratamiento de tierras (arado, clareo, etc.)
F005 Servicios de plantación de semillas en llanos (equipo terrestre)
F006 Servicios de cosecha (incluye recolección de semillas y servicios de producción)
F007 Servicios de producción de semillas/transplante
F008 Servicios de viveros (incluye arbustos ornamentales)
F009 Servicios de remoción de árboles
F010 Otros servicios de mejoramiento de llanos/bosques (excepto construcción)
F011 Servicio de apoyo para insecticidas/pesticidas
F02 Servicios de cuidado y control de animales
F020 Otros servicios de administración de la vida salvaje animal
F021 Servicios veterinarios/cuidado animal (incluye servicios de ganadería)
F029 Otros servicios de cuidado animal/control
F03 Servicios pesqueros y oceánicos
F030 Servicios de administración de recursos pesqueros
F031 Servicios de incubación de pescados.
F04 Minería
F040 Servicios de aprovechamiento de minerales en la superficie (no incluye construcción)
F041 Perforación de pozos
F042 Otros servicios relacionados con la minería, excepto aquellos listados en F040 y F041
F05 Otros servicios relacionados con recursos naturales
F050 Servicios de mantenimiento a lugares de recreación (no incluye construcción)
F051 Servicios de inspección para clareo de terrenos
F059 Otros servicios recursos naturales y de conservación
G. Servicios de salud y servicios sociales
G0 Servicios de salud
G001 Cuidado de la salud
G002 Medicina interna
G003 Cirugía
G004 Patología
G009 Otros servicios de salud
G1 Servicios sociales
G100 Servicios funerarios y/o atención de los restos mortales
G101 Servicios de capellanía
G102 Servicios de recreación (incluye servicios de entretenimiento)
G103 Servicios de rehabilitación social
G104 Servicios geriátricos
G199 Otros servicios sociales
H. Control de calidad, pruebas, inspección y servicios técnicorepresentativos.
H0 Servicios técnico representativos
Hl Servicios de control de calidad
H2 Pruebas de materiales y equipo
H3 Servicios de inspección (incluye servicios de laboratorio y pruebas comerciales, excepto médico/dental)
H9 Otros servicios de control de calidad, inspección, pruebas y servicios técnico representativos
J. Mantenimiento, reparación, modificación, reconstrucción e instalación de bienes/equipo
J0 Mantenimiento, reparación, modificación, reconstrucción e instalación de bienes/ equipo; incluye por ejemplo: 1.Acabado textil, teñido y estampado 2.Servicios de soldadura no relacionados con la construcción (véase CPC 5155 soldadura para construcción J998 Reparación de barcos no nucleares (incluyendo reparaciones mayores y conversiones)
K. Conserjería y servicios relacionados
K0 Servicios de cuidado personal (incluye servicios tales como peluquería, salón de belleza, reparación de calzado, sastrería, etc.)
K1 Servicios de conserjería
K100 Servicios de conserjería
K101 Servicios de protección contra incendios
K102 Servicios alimenticios
K103 Servicios de abastecimiento de combustibles y otros servicios petroleros
K104 Servicios de recolección de basura incluye servicios de sanidad portátiles.
K105 Servicios de guardia
K106 Servicios de control de roedores e insectos
K107 Servicios de paisajismo/jardinería
K108 Servicios de lavandería y lavado en seco
K109 Servicios de vigilancia
K110 Servicios de manejo de combustible sólido
K11 Limpieza de alfombras
K112 Jardinería de interiores
K113 Servicios de remoción de nieve/esparcimiento de sal (también esparcimiento de agregados u otros materiales para derretir nieve)
K114 Tratamiento y almacenamiento de residuos
K115 Preparación y disposición de bienes sobrantes
K116 Otros servicios de desmantelamiento
K119 Otros servicios de conserjería y servicios relacionados
L. Servicios financieros y servicios relacionados
L000 Programas gubernamentales de seguros de vida
L001 Programas gubernamentales de seguros de salud
L002 Otros programas gubernamentales de seguros
L003 Programas no gubernamentales de seguros
L004 Otros servicios de seguro
L005 Servicios de reporte de crédito
L006 Servicios bancarios
L007 Servicios de cobro de deuda
L008 Acuñación de moneda
L009 Impresión de billetes
L099 Otros servicios financieros
M.Operación de instalaciones propiedad del Gobierno M.Operación de instalaciones propiedad del Gobierno
M110 Instalaciones administrativas y edificios de servicio
M120 Campos aéreos, comunicaciones e instalaciones para misiles
M130 Edificios educacionales
M140 Edificios para hospitales
M150 Edificios industriales
M160 Edificios residenciales
M170 Edificios para bodegas
M180 Instalaciones para investigación y desarrollo
M190 Otros edificios
M210 Instalaciones para conservación y desarrollo
M220 Carreteras, caminos, calles, puentes y vías férreas
M230 Instalaciones para la generación de energía eléctrica
M240 Servicios públicos
M290 Otras instalaciones distintas de edificios
R.Servicios profesionales, administrativos y de apoyo gerencial R.Servicios profesionales, administrativos y de apoyo gerencial
R0 Servicios profesionales
R001 Servicios de desarrollo de especificaciones
R002 Servicios de coparticipación/utilización de tecnología y utilización
R003 Servicios legales
R004 Certificaciones y acreditaciones para productos e instituciones (excepto instituciones educativas)
R005 Asistencia técnica
R006 Servicios de escritura técnica
R007 Servicios de ingeniería de sistemas
RO08 Servicios de ingeniería y técnicos (incluye ingeniería mecánica, eléctrica, química, electrónica)
R009 Servicios de contabilidad
R010 Servicios de auditoría
R011 Operaciones de apoyo a la realización de auditorías
R012 Servicios de patentes y registro de marcas
R013 Servicios de valuación de bienes muebles
R014 Estudios de investigación de operaciones/estudios de análisis cuantitativos
R015 Simulación
R016 Contratos personales de servicios
R019 Otros servicios profesionales
R1.Servicios administrativos y de apoyo gerencial R1.Servicios administrativos y de apoyo gerencial
R100 Servicios de inteligencia
R101 Peritaje
R102 Información meteorológica/servicios de observación
R103 Servicios de mensajería R104 Servicios de transcripción
R105 Servicios correo y distribución de correspondencia (excluye servicios de oficina postal)
R106 Servicios de oficina postal
R107 Servicios de biblioteca.
R108 Servicios de procesamiento de texto y mecanografía
R109 Servicios de traducción e interpretación (incluyen lenguaje por signos)
R110 Servicios estenográficos
R111 Servicios de administración de propiedad personal
R112 Recuperación de información (no automatizada)
R113 Servicios de recolección de datos
R114 Servicios de apoyo Logístico
R115 Servicios de apoyo para la contratación, compra gubernamental y adquisiciones
R116 Servicios de publicaciones judiciales
R117 Servicios de trituración de papel
R118 Servicios de corretaje en bienes raíces
R119 Higiene industrial
R120 Servicios de revisión/desarrollo de políticas
R121 Estudio de evaluación de programas
R122 Servicios de apoyo/administración de programas
R123 Servicios de revisión/desarrollo de programas
R199 Otros servicios administrativos y de apoyo gerencial
2 Reclutamiento de personal 2 Reclutamiento de personal
R200 Reclutamiento de personal militar
R201 Reclutamiento de personal civil (incluye servicios de agencias de colocación)
S.Servicios públicos S.Servicios públicos
S000 Servicios de gas
S001 Servicios de electricidad
S002 Servicios de teléfono y/o comunicaciones (incluye servicios de telégrafo, telex y cablevisión)
S003 Servicios de agua
S099 Otros servicios públicos
T.Servicios de comunicaciones, fotográficos, cartografía, imprenta y publicación T.Servicios de comunicaciones, fotográficos, cartografía, imprenta y publicación
T000 Estudios de comunicación
T001 Servicios de investigación de mercado y opinión pública (anteriormente servicios de entrevistas telefónicas, de campo, incluidos sondeos de grupos específicos, periodísticos y de actitud)
T002 Servicios de comunicación (incluye servicios de exhibición)
T003 Servicios de publicidad
T004 Servicios de relaciones públicas (incluye servicios de escritura, planeación y administración de eventos, relaciones con medios de comunicación masiva, análisis en radio y televisión, servicios de prensa).
T005 Servicios artísticos/gráficos
T006 Servicios de cartografía
T007 Servicios de trazado
T008 Servicios de procesamiento de películas
T009 Servicios E producción de películas/videos
T010 Servicios de microfichas
T011 Servicios de fotogrametría
T012 Servicios de fotografía aérea
T013 Servicios generales de fotografía-fija
T014 Servicios de impresión/encuadernación
T015 Servicios de reproducción
T016 Servicios de topografía
T017 Servicios generales de fotografía-movimiento
T018 Servicios audio/visuales
T019 Servicios de inspección de terreno/catastrales, (no incluye construcción)
T099 Otros servicios de comunicación, fotografía, cartografía, imprenta y publicación
U.Servicios educativos y de capacitación U.Servicios educativos y de capacitación
U001 Servicios de conferencias de capacitación
U002 Exámenes para el personal
U003 Entrenamiento de reservas (militar)
U004 Educación científica y administrativa
U005 Cuotas por colegiaturas, inscripciones y afiliación
U006 Vocacional/técnica
U007 Retribuciones a personal académico, en escuelas fuera M territorio
U008 Capacitación/desarrollo de currículum
U009 Capacitación en informática
U010 Certificaciones y acreditaciones para instituciones Educativas
U099 Otros servicios educativos y de capacitación
V.Servicios de transporte, viajes y reubicación V.Servicios de transporte, viajes y reubicación
VO Servicios de transporte terrestre VO Servicios de transporte terrestre
V000 Operaciones de vehículos automotores mancomunados
V001 Flete por vehículos, automotores
V002 Flete por ferrocarril
V003 Fletamiento vehículos automotores para objetos
V004 Fletamiento ferroviario para objetos
V005 Servicios para pasajeros de vehículos automotores
V006 Servicios para pasajeros de ferrocarril
V007 Servicios de fletamiento de vehículos automotores para pasajeros
V008 Servicios de fletamiento ferroviario para pasajeros
V009 Servicios de ambulancia
V010 Servicios de taxi
V011 Servicios de vehículos blindados
V1 Servicios de transporte por agua V1 Servicios de transporte por agua
V100 Flete por barco
V101 Fletamiento marítimo de objetos
V102 Servicios marítimos para pasajeros
V106 Servicios de fletamiento marítimo para pasajeros
V2 Servicios de transporte aéreo V2 Servicios de transporte aéreo
V200 Flete aéreo
V201 Fletamiento aéreo «para objetos
V202 Servicio aéreo para pasajeros
V203 Servicios de fletamiento aéreo para pasajeros
V204 Servicios aéreos especializados, incluyendo fertilización, rociamiento y siembra aéreos
V3 Servicios espaciales de transporte y lanzamiento V3 Servicios espaciales de transporte y lanzamiento
V4 Otros servicios de transporte V4 Otros servicios de transporte
V401 Otros servicios de transporte para viajes y reubicación
V402 Otros servicios de flete y carga
V403 Otros servicios de fletamiento de vehículos para transporte de cosas
V5 Servicios de transporte auxiliares y de apoyo V5 Servicios de transporte auxiliares y de apoyo
V500 Estiba
V501 Servicios de remolque de barcos
V502 Servicios de reubicación
V503 Servicios de agente de viajes
V504 Servicios de empaque/embalaje
V505 Servicios de embodegado y almacenamiento
V506 Desmantelamiento de barcos
V507 Desmantelamiento de aeronaves
V508 Servicios de pilotaje y ayuda para la navegación

W.Arrendamiento y alquiler de equipo

WO Arrendamiento o alquiler de equipo

Anexo 5 al artículo 15-02

Servicios de construcción

    1. Este capítulo se aplica a todos los servicios de construcción especificados en el apéndice a este anexo, que sean adquiridos por las entidades señaladas en los anexos 1º y 2º del artículo 15-02. '
    1. Las partes podrán actualizar el apéndice a este anexo cuando así lo acuerden.

Apéndice al anexo 5 del artículo 15-02

Sistema común de clasificación

Códigos para servicios de construcción

    1. Las partes acordaron que el diseño del sistema común de clasificación para servicios de construcción concluirá antes de la entrada en vigor de este tratado.
    1. El sistema común de clasificación para servicios de construcción podrá seguir el siguiente formato:

Nota: Basado en la Central Product Classification (CPC) división 51.

Definición de servicios de construcción:

Trabajo de preedificación; nueva construcción y reparación, alteración, restauración y trabajo de mantenimiento a construcciones residenciales, construcciones no residenciales o trabajos de ingeniería civil. Este trabajo puede ser llevado a cabo por contratistas generales que realicen el trabajo de construcción en su totalidad para el dueño del proyecto, por cuenta propia, 0 por subcontratación de alguna parte de la obra de construcción para contratistas especializados, vgr. en instalación de obras, donde el valor de la obra realizada por el subcontratista se convierte en parte de la obra del contratista principal. Los productos clasificados aquí son servicios que son esenciales en el proceso de producción de los diferentes tipos de construcciones, los insumos finales de las actividades de construcción.

511 Obra de preedificación en los terrenos de construcción
5111 Obras de investigación de campo Obras de investigación de campo
5112 Obra de demolición Obra de demolición
5113 Obra de limpieza y preparación de terreno Obra de limpieza y preparación de terreno
5114 Obra de excavación y remoción de tierra Obra de excavación y remoción de tierra
5115 Obra de preparación de terreno para la minería (excepto para la extracción de petróleo y gas, el cual está clasificado bajo F042) Obra de preparación de terreno para la minería (excepto para la extracción de petróleo y gas, el cual está clasificado bajo F042)
5116 Obra de andamiaje Obra de andamiaje
512 Obras de construcción para edificios Obras de construcción para edificios
5121 De uno y dos viviendas De uno y dos viviendas
5122 De múltiples viviendas De múltiples viviendas
5123 De almacenes y edificios industriales De almacenes y edificios industriales
5124 De edificios comerciales De edificios comerciales
5125 De edificios de entretenimiento público De edificios de entretenimiento público
5126 De hoteles, restaurantes y edificios similares De hoteles, restaurantes y edificios similares
5127 De edificios educativos De edificios educativos
5128 De edificios de salud De edificios de salud
5129 De otros edificios De otros edificios
513Trabajos.de construcción de ingeniería civil 513Trabajos.de construcción de ingeniería civil 513Trabajos.de construcción de ingeniería civil
5131 De carreteras (excepto carreteras elevadas), calles, caminos, vías férreas y pistas de aterrizaje De carreteras (excepto carreteras elevadas), calles, caminos, vías férreas y pistas de aterrizaje
5132 De puentes, carreteras elevadas, túneles, tren subterráneo y vías férreas De puentes, carreteras elevadas, túneles, tren subterráneo y vías férreas
5133 De canales, puertos, presas y otros trabajos hidráulicos De canales, puertos, presas y otros trabajos hidráulicos
5134 De tendido de tuberías de larga distancia, de líneas de comunicación y de líneas de electricidad (cableado) De tendido de tuberías de larga distancia, de líneas de comunicación y de líneas de electricidad (cableado)
5135 De tuberías locales y cableado, trabajos auxiliares De tuberías locales y cableado, trabajos auxiliares
5136 De construcciones para minería De construcciones para minería
5137 De construcciones deportivas y recreativas De construcciones deportivas y recreativas
5138 Servicios de dragado Servicios de dragado
5139 De obra de ingeniería no clasificada en otra parte De obra de ingeniería no clasificada en otra parte
514.Ensamble y edificación de construcciones prefabricadas 514.Ensamble y edificación de construcciones prefabricadas 514.Ensamble y edificación de construcciones prefabricadas
515.Obra de construcción para comercios especializados 515.Obra de construcción para comercios especializados 515.Obra de construcción para comercios especializados
5151 Obra de edificación incluyendo la instalación de pilotes Obra de edificación incluyendo la instalación de pilotes
5152 Perforación de pozos de agua Perforación de pozos de agua
5153 Techado e impermeabilización Techado e impermeabilización
5154 Obra de concreto Obra de concreto
5155 Doblaje y edificación de acero, incluyendo soldadura Doblaje y edificación de acero, incluyendo soldadura
5156 Obra de albañilería Obra de albañilería
5159 Otras obras especiales para fines comerciales Otras obras especiales para fines comerciales
516.Obra de instalación 516.Obra de instalación 516.Obra de instalación
5161 Obra de calefacción, ventilación y aire acondicionado Obra de calefacción, ventilación y aire acondicionado
5162 Obra de plomería hidráulica y de tendido de drenaje Obra de plomería hidráulica y de tendido de drenaje
5163 Obra para la construcción de conexiones de gas Obra para la construcción de conexiones de gas
5164 Obra eléctrica Obra eléctrica
5165 Obra de aislamiento (cableado eléctrico, agua, calefacción, sonido) Obra de aislamiento (cableado eléctrico, agua, calefacción, sonido)
5166 Obra de construcción de enrejados y pasamanos Obra de construcción de enrejados y pasamanos
5169 Otras obras de instalación Otras obras de instalación
517.Obra de terminación y acabados de edificios 517.Obra de terminación y acabados de edificios 517.Obra de terminación y acabados de edificios
5171 Obra de sellado e instalación' de ventanas de vidrio Obra de sellado e instalación' de ventanas de vidrio
5172 Obra de enyesado Obra de enyesado
5173 Obra de pintado Obra de pintado
5174 Obra de embaldosado de pisos y colocación de azulejos en paredes Obra de embaldosado de pisos y colocación de azulejos en paredes
5175 Otras obras de colocación de pisos, cobertura de paredes y tapizado de paredes Otras obras de colocación de pisos, cobertura de paredes y tapizado de paredes
5176 Obra en madera y metal o carpintería Obra en madera y metal o carpintería
5177 Obra de decoración interior Obra de decoración interior
5178 Obra de ornamentación Obra de ornamentación
5179 Otras obras de terminación y acabados de edificios Otras obras de terminación y acabados de edificios
518 Servicios de alquiler relacionados con equipo para construcción o demolición de edificios u obras de ingeniería civil, con operador 518 Servicios de alquiler relacionados con equipo para construcción o demolición de edificios u obras de ingeniería civil, con operador 518 Servicios de alquiler relacionados con equipo para construcción o demolición de edificios u obras de ingeniería civil, con operador

Anexo 6 al artículo 15-02

Indización y conversión de¡ valor de los umbrales

    1. Los cálculos a los que se refiere el artículo 15-02, párrafo 1º literal c), se realizarán de acuerdo a lo siguiente:
  • a) La tasa de inflación de los Estados Unidos de América será medida por el índice de precios al mayoreo para productos terminados publicado por el Bureau of Labor Statistics de Estados Unidos;
  • b) El primer ajuste por inflación, que surtirá efecto el 1º de enero de 1997, se calculará tomando como base el período de 1º de enero de 1995 al 31 de diciembre de 1996;
  • c) Todos los ajustes subsecuentes se calcularán sobre períodos bienales, que comenzarán el 1º de noviembre, y surtirán efecto el 1º de enero de] año siguiente inmediato;
  • d) El ajuste inflacionario se estimará de acuerdo con la siguiente fórmula:

To X (1 + i) = T1;

donde

To: Valor del umbral en el período base;

i: Tasa de inflación acumulada en Estados Unidos en el i-ésimo período bienal, y

T1: Nuevo valor del umbral.

    1. La tasa de cambio para la determinación del valor de los umbrales, para propósitos de este capítulo, será el valor vigente del peso colombiano, el peso mexicano y el bolívar venezolano en relación con el dólar estadounidense a partir de la fecha de publicación del aviso del contrato proyectado. Las partes calcularán y convertirán el valor de los umbrales a sus propias monedas. Se entiende que esos cálculos se basarán en el tipo de cambio oficial, del Banco de México, del Banco Central de Venezuela y en la tasa representativa del mercado divulgada por la Superintendencia Bancaria de Colombia.

Anexo 7 al artículo 15-02

Reservas

No obstante cualquier otra disposición de este capítulo, los anexos 1 al 5 del artículo 15-02 están sujetos a lo siguiente:

Lista de Colombia:

Reservas transitorias

    1. Colombia podrá reservar de las obligaciones de este capítulo, para los años y en los porcentajes descritos en el párrafo 2:
  • a) valor total de los contratos para la compra de bienes y servicios y cualquier combinación de los mismos, y los servicios de construcción adquiridos por las siguientes entidades durante el año, que superen el valor de los umbrales señalados en el artículo 15-02, párrafo 11, literal c):
  • i) Empresa Colombiana de Petróleos (Ecopetrol);
  • ii) Carbones de Colombia (Carbocol);
  • iii) Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Telecom);
  • iv) Interconexión eléctrica;
  • V) Corporación eléctrica de la Costa Atlántica (Corelca);
  • vi) Instituto Colombiano de Energía Eléctrica (Icel);
  • vii) Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC);
  • viii) Empresa Colombiana de Vías (Ferrovías);
  • b) El valor total de los contratos para la compra de servicios de construcción adquiridos durante el año, que superen el valor de los umbrales señalados en el artículo 15-02, párrafo 1º, literal e), excluyendo los contratos para la compra de servicios de construcción adquiridos por las entidades señaladas en el párrafo 1, literal a); numerales i) al viii)
    1. Los años y los porcentajes a que se refiere el párrafo 1, son los siguientes:
1995 1996 1997 1998 1999
50% 45% 45% 40% 40%
2000 2001 2002 2003 2004 en adelante
35% 35% 30% 30% 0%
    1. El valor de los contratos de compra financiados por préstamos de instituciones financieras multilaterales y regionales no se incluirá para el cálculo valor total de los contratos de compra de conformidad con los párrafos 1 y 2. Los contratos de compra financiados por esos préstamos tampoco estarán sujetos a ninguna de las disposiciones señaladas en este capítulo.
    1. Colombia se asegurará que el valor total de los contratos de compra en una misma clase del Federal Suppy Classification (FSC), u otro sistema de clasificación acordado entre las partes, que sean reservados por las entidades señaladas en el párrafo 1, literal a), numerales i) al viii), de conformidad con los párrafos 1 y 2 para cualquier año, no exceda del 10% del valor total de los contratos de compra que podrán reservar las entidades señaladas en el párrafo 1º, literal a), numerales i) al viii), para ese año.
    1. Colombia se asegurará de que, después del 31 de diciembre de 1998, las entidades señaladas en el párrafo 1 1º literal a), numerales i) al viii), realicen todos los esfuerzos razonables para asegurar que el valor total de los contratos de compra dentro de una misma clase del FSC u otro sistema de clasificación acordado entre las partes, que sean reservados por cualquiera de las entidades señaladas en el párrafo 1, literal a), numerales i) al viii), de conformidad con los párrafos 1 y 2 para cualquier año, no exceda del 50% del valor total de todos los contratos de compra de las entidades señaladas en el párrafo 1, literal a), numerales i) al viii), dentro de esa clase del FSC u otro sistema de clasificación acordado entre las partes para ese año.
    1. Este capítulo no se aplicará, hasta el 1º de enero del año 2002, a las compras de medicamentos efectuadas por el Ministerio de Salud, el Instituto de Seguros Sociales ISS el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), la Caja de Previsión Social (Cajanal) y el Ministerio de Defensa, que no estén actualmente patentados en Colombia o cuyas patentes colombianas hayan expirado. Nada en este párrafo prejuzgará cualquier derecho comprendido en el Capítulo XVIII.

Reservas permanentes

    1. Este capítulo no se aplica a las compras efectuadas:
  • a) Con miras a la reventa comercial por tiendas gubernamentales;
  • b) De conformidad con los préstamos de instituciones financieras regionales o multilaterales en la medida en que esas instituciones impongan diferentes procedimientos, excepto por requisitos de contenido nacional, o
  • c) Entre una y otra entidad de Colombia.
    1. Este capítulo no se aplica a la compra de servicios de transporte que formen parte de un contrato de compra o sean conexos al mismo.
    1. Las excepciones por concepto de seguridad nacional incluyen las compras realizadas en apoyo a salvaguardar materiales o tecnología nucleares.
    1. No obstante cualquier otra disposición de este capítulo, Colombia podrá reservar contratos de compra de las obligaciones de este capítulo, por un monto equivalente al 5% de sus compras totales anuales.

Lista de México:

Reservas transitorias

    1. México podrá reservar de las obligaciones de este capítulo, para los años y en los porcentajes descritos en el párrafo 12:
  • a) El valor total de los contratos para la compra de bienes y servicios y cualquier combinación de los mismos, y los servicios de construcción adquiridos por Pemex durante el año, que superen el valor de los umbrales señalados en el artículo 15-02, párrafo 11, literal c);
  • b) El valor total de los contratos para la compra de bienes y servicios y cualquier combinación de los mismo y los servicios de construcción adquiridos por CFE durante el año, que superen el valor de los umbrales señalados en el artículo 15-02, párrafo 11, literal e), y
  • c) El valor total de los contratos para la compra de servicios de construcción adquiridos durante el año, que superen el valor de los umbrales señalados en el artículo 15-02, párrafo 11, literal c), excluyendo los contratos para la compra de servicios de construcción adquiridos por Pemex CFE
    1. Los años y los porcentajes a que se refiere el párrafo 11 son los siguientes:
1995 1996 1907 1998 1999
50% 45% 45% 40% 40%
2000 2001 2002 2003 2004 en adelante
35% 35% 30% 30% 0%
    1. El valor de los contratos de compra financiados por préstamos de instituciones financieras multilaterales y regionales no se incluirá para el cálculo del valor total de los contratos de compra de conformidad con los párrafos 11 y 12. Los contratos de compra financiados por esos préstamos tampoco estarán sujetos a ninguna de las disposiciones señaladas en este capítulo.
    1. México se asegurará que el valor total de los contratos de compra en una misma clase del Federal Suppy Classification (ESC) que sean reservados por Pemex o CFE de conformidad con los párrafos 11 y 12 para cualquier año, no exceda del 10% del valor total de los contratos de compra que podrán reservar Pemex y CFE para ese año.
    1. México se asegurará de que, después del 31 de diciembre de 1998, tanto Pemex como CFE realicen todos los esfuerzos razonables para asegurar que el valor total de los contratos de compra dentro de una misma clase del FSC que sean reservados por Pemex o CFE de conformidad con los párrafos 11 y 12 para cualquier año, no exceda del 50% del valor total de todos los contratos de compra de Pemex y CFE dentro de esa clase del FSC para ese año.
    1. Este capítulo no se aplicará, hasta el 1º de enero del año 2002, a las compras de medicamentos efectuadas por la Secretaría de Salud, el IMSS, el ISSSTE, la Secretaría de Defensa y la Secretaría de Marina, que no estén actualmente patentados en México o cuyas patentes mexicanas hayan expirado. Nada en este párrafo prejuzgará cualquier derecho comprendido en el capítulo XVIII.

Reservas permanentes

    1. Este capítulo no se aplica a las compras efectuadas:
  • a) Con miras a la reventa comercial por tiendas gubernamentales;
  • b) De conformidad con los préstamos de instituciones financieras regionales o multilaterales en la medida en que esas instituciones impongan diferentes procedimientos excepto por requisitos de contenido nacional, o
  • c) Entre una y otra entidad de México.
    1. Este capítulo no se aplica a la compra de servicios de transporte que formen parte de un contrato de compra, o sean conexos al mismo.
    1. Las excepciones por concepto de seguridad nacional incluyen las compras realizadas en apoyo a salvaguardar materiales o tecnología nucleares.

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