Instrumento de ratificación del Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre de 2016

Rango Acuerdo Internacional
Publicación 2021-12-22
Estado Vigente
Departamento Jefatura del Estado
Fuente BOE
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artículos 1574
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Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
1 Albania. Artículo 26.1, primera frase.
2 Argelia. Artículo 26.1, primera frase.
3 Armenia. Artículo 26.1, primera frase.
4 Austria. Artículo 25.1, primera frase.
5 Azerbaiyán. Artículo 26.1, primera frase.
6 Baréin. Artículo 26.1, primera frase.
7 Bielorrusia. Artículo 26.1, primera frase.
8 Bélgica. Artículo 25.1, primera frase.
9 Canadá. Artículo 25.1, primera frase.
10 China. Artículo 24.1, primera frase.
11 Croacia. Artículo 25.1, primera frase.
12 Chipre. Artículo 26.1, primera frase.
13 República Checa. Artículo 25.1, primera frase.
14 Dinamarca. Artículo 24.1, primera frase.
15 Egipto. Artículo 25.1, primera frase.
16 Estonia. Artículo 24.1, primera frase.
17 Francia. Artículo 22.1, primera frase.
18 Georgia. Artículo 26.1, primera frase.
19 Grecia. Artículo 25.1, primera frase.
20 Hungría. Artículo 26.1, primera frase.
21 India. Artículo 27.1, primera frase.
22 Indonesia. Artículo 24.1, primera frase.
23 Irán. Artículo 24.1, primera frase.
24 Irlanda. Artículo 25.1, primera frase.
25 Israel. Artículo 24.1, primera frase.
26 Italia. Artículo 24.1, primera frase.
27 Japón. Artículo 25.1, primera frase.
28 Jordania. Artículo 25.1, primera frase.
29 Kazajistán. Artículo 26.1, primera frase.
30 República Popular Democrática de Corea. Artículo 26.1, primera frase.
31 República de Corea. Artículo 25.1, primera frase.
32 Kuwait. Artículo 26.1, primera frase.
33 Letonia. Artículo 25.1, primera frase.
34 Líbano. Artículo 26.1, primera frase.
35 Lituania. Artículo 26.1, primera frase.
36 Luxemburgo. Artículo 25.1, primera frase.
37 Moldavia. Artículo 26.1, primera frase.
38 Mongolia. Artículo 26.1, primera frase.
39 Montenegro. Artículo 26.1, primera frase.
40 Marruecos. Artículo 25.1, primera frase.
41 Macedonia del Norte. Artículo 26.1, primera frase.
42 Noruega. Artículo 24.1, primera frase.
43 Polonia. Artículo 26.1, primera frase.
44 Portugal. Artículo 25.1, primera frase.
45 Qatar. Artículo 25.1, primera frase.
46 Rumanía. Artículo 24.1, primera frase.
47 Rusia. Artículo 25.1, primera frase.
49 Serbia. Artículo 26.1, primera frase.
50 Singapur. Artículo 26.1, primera frase.
51 Eslovaquia. Artículo 26.1, primera frase.
52 Eslovenia. Artículo 26.1, primera frase.
53 Sudáfrica. Artículo 24.1, primera frase.
54 España. Artículo 23.1, primera frase.
55 Suecia. Artículo 23.1, primera frase.
56 Siria. Artículo 25.1, primera frase.
57 Tailandia. Artículo 25.1, primera frase.
58 Turquía. Artículo 24.1.
59 Ucrania. Artículo 26.1, primera frase.
60 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 27.1, primera frase.
61 Reino Unido. Artículo 24.1, primera frase.
63 Vietnam. Artículo 25.1, primera frase.
64 Zimbaue. Artículo 25.1, primera frase.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.b).i) del Convenio, Bulgaria considera que los siguientes convenios contienen una disposición por la que los casos a los que resulte aplicable la primera frase del artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo de, al menos, tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
9 Canadá. Artículo 25.1, segunda frase.
22 Indonesia. Artículo 24.1, segunda frase.
26 Italia. Artículo 24.1, segunda frase.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.b).ii) del Convenio, la República de Bulgaria considera que los siguientes convenios contienen una disposición por la que los casos a los que resulte aplicable la primera frase del artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo de, al menos, tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
1 Albania. Artículo 26.1, segunda frase.
2 Argelia. Artículo 26.1, segunda frase.
3 Armenia. Artículo 26.1, segunda frase.
4 Austria. Artículo 25.1, segunda frase.
5 Azerbaiyán. Artículo 26.1, segunda frase.
6 Baréin. Artículo 26.1, segunda frase.
7 Bielorrusia. Artículo 26.1, segunda frase.
8 Bélgica. Artículo 25.1, segunda frase.
10 China. Artículo 24.1, segunda frase.
11 Croacia. Artículo 25.1, segunda frase.
12 Chipre. Artículo 26.1, segunda frase.
13 República Checa. Artículo 25.1, segunda frase.
14 Dinamarca. Artículo 24.1, segunda frase.
15 Egipto. Artículo 25.1, segunda frase.
16 Estonia. Artículo 24.1, segunda frase.
17 Francia. Artículo 22.1, segunda frase.
18 Georgia. Artículo 26.1, segunda frase.
19 Grecia. Artículo 25.1, segunda frase.
20 Hungría. Artículo 26.1, segunda frase.
21 India. Artículo 27.1, segunda frase.
23 Irán. Artículo 24.1, segunda frase.
24 Irlanda. Artículo 25.1, segunda frase.
25 Israel. Artículo 24.1, segunda frase.
27 Japón. Artículo 25.1, segunda frase.
28 Jordania. Artículo 25.1, segunda frase.
29 Kazajistán. Artículo 26.1, segunda frase.
30 República Popular Democrática de Corea. Artículo 26.1, segunda frase.
31 República de Corea. Artículo 25.1, segunda frase.
32 Kuwait. Artículo 26.1, segunda frase.
33 Letonia. Artículo 25.1, segunda frase.
34 Líbano. Artículo 26.1, segunda frase.
35 Lituania. Artículo 26.1, segunda frase.
36 Luxemburgo. Artículo 25.1, segunda frase.
37 Moldavia. Artículo 26.1, segunda frase.
38 Mongolia. Artículo 26.1, segunda frase.
39 Montenegro. Artículo 26.1, segunda frase.
40 Marruecos. Artículo 25.1, segunda frase.
41 Macedonia del Norte. Artículo 26.1, segunda frase.
42 Noruega. Artículo 24.1, segunda frase.
43 Polonia. Artículo 26.1, segunda frase.
44 Portugal. Artículo 25.1, segunda frase.
45 Qatar. Artículo 25.1, segunda frase.
46 Rumanía. Artículo 24.1, segunda frase.
47 Rusia. Artículo 25.1, segunda frase.
48 Arabia Saudí. Artículo 24.1, segunda frase.
49 Serbia. Artículo 26.1, segunda frase.
50 Singapur. Artículo 26.1, segunda frase.
51 Eslovaquia. Artículo 26.1, segunda frase.
52 Eslovenia. Artículo 26.1, segunda frase.
53 Sudáfrica. Artículo 24.1, segunda frase.
54 España. Artículo 23.1, segunda frase.
55 Suecia. Artículo 23.1, segunda frase.
56 Siria. Artículo 25.1, segunda frase.
57 Tailandia. Artículo 25.1, segunda frase.
59 Ucrania. Artículo 26.1, segunda frase.
60 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 27.1, segunda frase.
61 Reino Unido. Artículo 24.1, segunda frase.
63 Vietnam. Artículo 25.1, segunda frase.
64 Zimbaue. Artículo 25.1, segunda frase.

Notificación de los convenios incluidos en el listado que no contienen determinadas disposiciones.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.c).ii) del Convenio, la República de Bulgaria considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.b).ii).

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante
8 Bélgica.
9 Canadá.
14 Dinamarca.
15 Egipto.
22 Indonesia.
26 Italia.
36 Luxemburgo.
41 Macedonia del Norte.
43 Polonia.
47 Rusia.
50 Singapur.
54 España.
57 Tailandia.
58 Turquía.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.d).i) del Convenio, la República de Bulgaria considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.c).i).

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante
17 Francia.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.d).ii) del Convenio, la República de Bulgaria considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.c).ii).

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante
8 Bélgica.
24 Irlanda.
26 Italia.
Artículo 17. Ajustes correlativos.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Convenio, la República de Bulgaria considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 17.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
1 Albania. Artículo 9.2
2 Argelia. Artículo 9.2
3 Armenia. Artículo 9.2
4 Austria. Artículo 9.2
6 Baréin. Artículo 9.2
7 Bielorrusia. Artículo 9.2
9 Canadá. Artículo 9.2
11 Croacia. Artículo 9.2
12 Chipre. Artículo 9.2
16 Estonia. Artículo 9.2
18 Georgia. Artículo 9.2
20 Hungría. Artículo 9.2
22 Indonesia. Artículo 9.2
24 Irlanda. Artículo 9.2
25 Israel. Artículo 9.2
27 Japón. Artículo 9.2
28 Jordania. Artículo 9.2
29 Kazajistán. Artículo 9.2
30 República Popular Democrática de Corea. Artículo 9.2
31 República de Corea. Artículo 9.2
34 Líbano. Artículo 9.2
36 Luxemburgo. Artículo 9.2
37 Moldavia. Artículo 9.2
38 Mongolia. Artículo 9.2
39 Montenegro. Artículo 9.2
40 Marruecos. Artículo 9.2
41 Macedonia del Norte. Artículo 9.2
42 Noruega. Artículo 9.2
43 Polonia. Artículo 9.2
44 Portugal. Artículo 9.2
47 Rusia. Artículo 9.2
48 Arabia Saudí. Artículo 9.2
49 Serbia. Artículo 9.2
50 Singapur. Artículo 9.2
51 Eslovaquia. Artículo 9.2
57 Tailandia. Artículo 9.2
58 Turquía. Artículo 9.2
59 Ucrania. Artículo 9.2
60 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 9.2
61 Reino Unido. Artículo 9.2
62 Estados Unidos de América. Artículo 9.2
63 Vietnam. Artículo 9.2
Artículo 35. Fecha de efecto.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

En virtud del artículo 35.3 del Convenio y exclusivamente a los efectos de la aplicación del artículo 35.1.b) y 35.5.b) por su parte, la República de Bulgaria opta por sustituir la expresión «ejercicios que comiencen a partir de la conclusión de un plazo» por una referencia a «ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero del año que comience a partir de la conclusión de un plazo».

Reserva.

En virtud del artículo 35.6 del Convenio, la República de Bulgaria se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 35.4 a sus convenios fiscales comprendidos.

Se comunican las reservas y declaraciones de Bulgaria por Resolución de 16 de enero de 2023. Ref. BOE-A-2023-1776

Burkina Faso

Reservas y notificaciones formuladas por Burkina Faso en el momento de depositar el instrumento de ratificación, de conformidad con los artículos 28.5 y 29.1 del Convenio

Artículo 2. Interpretación de términos.

Notificación. Convenios comprendidos en el Convenio Multilateral

A efectos de lo dispuesto en el artículo 2.1.a).ii) del Convenio, Burkina Faso desea que los siguientes convenios queden comprendidos en el Convenio:

N.º Título Otra Jurisdicción contratante Instrumento original/por el que se modifica Fecha de la firma Fecha de entrada en vigor
1 Convenio entre el Gobierno de la República del Alto Volta y la República Francesa para eliminar la doble imposición y establecer normas de asistencia administrativa mutua en materia fiscal (y Protocolo). Francia. Original. 11-08-1965 01-01-1963 / 15-02-1967
1 Convenio entre el Gobierno de la República del Alto Volta y la República Francesa para eliminar la doble imposición y establecer normas de asistencia administrativa mutua en materia fiscal (y Protocolo). Francia. Instrumento por el que se modifica. 03-06-1971 01-01-1971
2 Convenio entre Burkina Faso y el Reino de Marruecos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Marruecos. Original. 18-05-2012 N. p.
3 Convenio entre Burkina Faso y el Gobierno de la República de Túnez para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Túnez. Original. 15-04-2003 01-01-2014

Artículo 3. Entidades transparentes.

Reserva.

En virtud del artículo 3.5.a) del Convenio, Burkina Faso se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 3 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 4. Entidades con doble residencia.

Reserva.

En virtud del artículo 4.3.a) del Convenio, Burkina Faso se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 4 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 5. Aplicación de los métodos para eliminar la doble imposición.

Artículo 6. Objeto de los convenios fiscales comprendidos.

Notificación del texto del Preámbulo existente en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 6.5 del Convenio, Burkina Faso considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de una reserva formulada al amparo del artículo 6.4 y contienen en el Preámbulo la redacción mencionada en el artículo 6.2. A continuación, se reproduce el texto del párrafo correspondiente.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Texto del Preámbulo
2 Marruecos. «Deseando promover y reforzar las relaciones económicas mediante la conclusión de un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, han acordado, a tal efecto».
3 Túnez. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta,».

Artículo 7. Medidas para impedir la utilización abusiva de los convenios.

Artículo 8. Operaciones con dividendos.

Artículo 9. Ganancias de capital procedentes de la enajenación de acciones o derechos asimilables en entidades cuyo valor proceda principalmente de bienes inmuebles.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 9.8 del Convenio, Burkina Faso opta por aplicar el artículo 9.4.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 9.7 del Convenio, Burkina Faso considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 9.1. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
2 Marruecos. Artículo 13.4.

Artículo 10. Norma antiabuso para establecimientos permanentes situados en terceras jurisdicciones.

Reserva.

En virtud del artículo 10.5.a) del Convenio, Burkina Faso se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 10 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 11. Aplicación de los convenios fiscales para restringir el derecho de una Parte a someter a imposición a sus propios residentes.

Reserva.

En virtud del artículo 11.3.a) del Convenio, Burkina Faso se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 11 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 12. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de acuerdos de comisión y estrategias similares.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 12.5 del Convenio, Burkina Faso considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Francia. Artículo 3.c).
2 Marruecos. Artículo 5.5.a).
3 Túnez. Artículo 5.4.a).

A efectos de lo dispuesto en el artículo 12.6 del Convenio, Burkina Faso considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Francia. Artículo 3.e).
2 Marruecos. Artículo 5.7.
3 Túnez. Artículo 5.6.

Artículo 13. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de exenciones de actividades concretas.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 13.7 del Convenio, Burkina Faso opta por aplicar la Opción A en virtud del artículo 13.1.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 13.7 del Convenio, Burkina Faso considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 13.5.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Francia. Artículo 3.b).
2 Marruecos. Artículo 5.4.
3 Túnez. Artículo 5.3.

Artículo 14. Fragmentación de contratos.

Artículo 15. Definición de Persona estrechamente vinculada a una empresa.

Artículo 16. Procedimiento amistoso.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el 16.6.a) del Convenio, Burkina Faso considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 16.4.a).i). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Francia. Artículo 41.1, primera frase.
2 Marruecos. Artículo 25.1, primera frase.
3 Túnez. Artículo 24.1, primera frase.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.b).ii) del Convenio, Burkina Faso considera que los siguientes convenios contienen una disposición por la que los casos a los que resulte aplicable la primera frase del artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo de al menos tres años, contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Francia. Artículo 41.1, segunda frase.
2 Marruecos. Artículo 25.1, segunda frase.
3 Túnez. Artículo 24.1, segunda frase.

Notificación de los convenios incluidos en el listado que no contienen determinadas disposiciones

A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.c).i) del Convenio, Burkina Faso considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.b).i).

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante
1 Francia.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.c).ii) del Convenio, Burkina Faso considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.b).ii).

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante
1 Francia.
3 Túnez.

Artículo 17. Ajustes correlativos.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado

A efectos de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Convenio, Burkina Faso considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 17.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Marruecos. Artículo 9.2.
2 Túnez. Artículo 9.2.

Canadá

Reservas y notificaciones formuladas por Canadá de conformidad con los artículos 28.5 y 29.1 del Convenio

Artículo 2. Interpretación de términos.

Notificación. Convenios comprendidos en el Convenio Multilateral

A tenor del artículo 2.1.a)(ii) del Convenio, Canadá, desea que los siguientes convenios queden comprendidos en el Convenio:

N.º Título Otra Jurisdicción contratante Original/ Instrumento por el que se modifica Fecha de la firma Fecha de entrada en vigor
1 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República Democrática de Argelia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Argelia. Original. 28-02-1999 26-12-2000
2 Convenio entre Canadá y la República Argentina para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Argentina. Original. 29-04-1993 30-12-1994
3 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Armenia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Armenia. Original. 29-06-2004 29-12-2005
4 Convenio entre Canadá y Australia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Australia. Original. 21-05-1980 29-04-1981
4 Convenio entre Canadá y Australia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Australia. Protocolo. 23-01-2002 18-12-2002
5 Convenio entre Canadá y la República de Austria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Austria. Original. 09-12-1976 17-02-1981
5 Convenio entre Canadá y la República de Austria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Austria. Protocolo. 15-06-1999 29-01-2001
5 Convenio entre Canadá y la República de Austria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Austria. Protocolo. 09-03-2012 01-10-2013
6 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Azerbaiyán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Azerbaiyán. Original. 07-09-2004 23-01-2006
7 Convenio entre Canadá y la República Popular de Bangladés para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Bangladés. Original. 15-02-1982 18-01-1985
8 Convenio entre Canadá y Barbados para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Barbados. Original. 22-01-1980 22-12-1980
8 Convenio entre Canadá y Barbados para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Barbados. Protocolo. 08-11-2011 17-12-2013
9 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Reino de Bélgica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Bélgica. Original. 23-05-2002 06-10-2004
9 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Reino de Bélgica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Bélgica. Protocolo. 01-04-2014 N. p.
10 Convenio entre el Gobierno de la Canadá y el Gobierno de la República Federativa de Brasil para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. Brasil. Original. 04-06-1984 23-12-1985
11 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Bulgaria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Bulgaria. Original. 03-03-1999 25-10-2001
12 Convenio entre Canadá y la República de Camerún para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Camerún. Original. 26-05-1982 16-06-1988
13 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Chile para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Chile. Original. 21-01-1998 28-10-1999
14 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. China. Original. 12-05-1986 29-12-1986
15 Convenio entre Canadá y la República de Colombia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Colombia. Original. 21-11-2008 12-06-2012
16 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Croacia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Croacia. Original. 09-12-1997 23-11-1999
17 Convenio entre Canadá y la República de Chipre para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Chipre. Original. 02-05-1984 03-09-1985
18 Convenio entre Canadá y la República Checa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. República Checa. Original. 25-05-2001 28-05-2002
19 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Reino de Dinamarca para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Dinamarca. Original. 17-09-1997 02-03-1998
20 Convenio entre Canadá y la República Dominicana para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. República Dominicana. Original. 06-08-1976 23-09-1977
21 Convenio entre Canadá y la República Árabe de Egipto para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Egipto. Original. 30-05-1983 02-10-1984
22 Convenio entre Canadá y la República de Estonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Estonia. Original. 02-06-1995 28-12-1995
23 Convenio entre Canadá y Finlandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Finlandia. Original. 20-07-2006 17-01-2007
24 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República Francesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre. la renta y sobre el patrimonio. Francia. Original. 02-05-1975 29-07-1976
24 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República Francesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre. la renta y sobre el patrimonio. Francia. Protocolo. 16-01-1987 01-10-1988
24 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República Francesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre. la renta y sobre el patrimonio. Francia. Protocolo. 30-11-1995 01-09-1998
24 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República Francesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre. la renta y sobre el patrimonio. Francia. Protocolo. 02-02-2010 27-12-2013
25 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República Gabonesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Gabón. Original. 14-11-2002 22-12-2008
26 Convenio entre Canadá y la República Helénica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Grecia. Original. 29-06-2009 16-12-2010
27 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Hong Kong. Original. 11-11-2012 29-10-2013
28 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Hungría para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Hungría. Original. 15-04-1992 01-10-1994
28 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Hungría para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Hungría. Protocolo. 03-05-1994 26-04-1996
29 Convenio entre Canadá y la República de Islandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Islandia. Original. 19-06-1997 30-01-1998
30 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de la India para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. India. Original. 11-01-1996 06-05-1997
31 Convenio entre Canadá y la República de Indonesia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Indonesia. Original. 16-01-1979 23-12-1980
31 Convenio entre Canadá y la República de Indonesia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Indonesia. Protocolo. 01-04-1998 31-12-1998
32 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de Irlanda para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre las ganancias de capital. Irlanda. Original. 08-10-2003 12-04-2005
33 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Estado de Israel para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Israel. Original. 21-09-2016 21-12-2016
34 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República Italiana para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal. Italia. Original. 03-06-2002 25-11-2011
35 Convenio entre Gobierno de Canadá y los Gobierno de la República de Costa de Marfil para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal. Costa de Marfil. Original. 16-06-1983 19-12-1985
36 Convenio entre Canadá y Jamaica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Jamaica. Original. 30-03-1978 02-04-1981
37 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de Japón para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Japón. Original. 07-05-1986 14-11-1987
37 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de Japón para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Japón. Protocolo. 19-02-1999 14-12-2000
38 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Reino Hachemí de Jordania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Jordania. Original. 06-09-1999 24-12-2000
39 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Kazajistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Kazajistán. Original. 25-09-1996 30-03-1998
40 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de Kenia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Kenia. Original. 27-04-1983 08-01-1987
41 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Corea para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. República de Corea. Original. 05-09-2006 18-12-2006
42 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Estado de Kuwait para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Kuwait. Original. 28-01-2002 26-08-2003
43 Convenio entre Canadá y la República de Letonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Letonia. Original. 26-04-1995 12-12-1995
44 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Lituania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Lituania. Original. 29-08-1996 12-12-1997
45 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Luxemburgo. Original. 10-09-1999 17-10-2000
45 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Luxemburgo. Protocolo. 08-05-2012 10-12-2013
46 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de Malasia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Malasia. Original. 15-10-1976 18-12-1980
47 Acuerdo entre Canadá y la República de Malta para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Malta. Original. 25-07-1986 20-05-1987
48 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. México. Original. 12-09-2006 12-04-2007
49 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Moldavia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Moldavia. Original. 04-07-2002 13-12-2002
50 Convenio entre Gobierno Canadá y el Gobierno de Mongolia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Mongolia. Original. 27-05-2002 20-12-2002
51 Convenio entre Canadá y Marruecos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Marruecos. Original. 22-12-1975 09-11-1978
52 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Reino de los Países Bajos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Países Bajos. Original. 27-05-1986 21-08-1987
52 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Reino de los Países Bajos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Países Bajos. Protocolo. 04-03-1993 30-07-1994
52 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Reino de los Países Bajos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Países Bajos. Protocolo. 25-08-1997 15-01-1999
53 Convenio entre Canadá y Nueva Zelanda para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Nueva Zelanda. Original. 03-05-2012 26-06-2015
53 Convenio entre Canadá y Nueva Zelanda para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Nueva Zelanda. Protocolo. 12-09-2014 26-06-2015
54 Convenio entre Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República Federal de Nigeria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre las ganancias de capital. Nigeria. Original. 04-08-1992 16-11-1999
55 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Reino de Noruega para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Noruega. Original. 12-07-2002 19-12-2002
56 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Sultanato de Omán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Omán. Original. 30-06-2004 27-04-2005
57 Convenio entre Canadá y la República Islámica de Pakistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Pakistán. Original. 24-02-1976 15-12-1977
58 Convenio entre Canadá y Papúa Nueva Guinea para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Papúa Nueva Guinea. Original. 16-10-1987 21-12-1989
59 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Perú para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Perú. Original. 20-07-2001 17-02-2003
60 Convenio entre Canadá y Filipinas para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Filipinas. Original. 11-03-1976 21-12-1977
61 Convenio entre Canadá y la República de Polonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Polonia. Original. 14-05-2012 30-10-2013
62 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República Portuguesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Portugal. Original. 14-06-1999 24-10-2001
63 Convenio entre Canadá y Rumanía para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Rumanía. Original. 08-04-2004 31-12-2004
64 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la Federación de Rusia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Rusia. Original. 05-10-1995 05-05-1997
65 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Senegal para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Senegal. Original. 02-08-2001 07-10-2003
66 Convenio entre Canadá y la República de Serbia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Serbia. Original. 27-04-2012 31-10-2013
67 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Singapur para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Singapur. Original. 06-03-1976 23-09-1977
67 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Singapur para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Singapur. Protocolo. 29-11-2011 31-08-2012
68 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República Eslovaca para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. República Eslovaca. Original. 22-05-2001 18-12-2001
69 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Eslovenia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Eslovenia. Original. 15-09-2000 12-08-2002
70 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Sudáfrica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Sudáfrica. Original. 27-11-1995 30-04-1997
71 Convenio entre Canadá y España para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. España. Original. 23-11-1976 26-12-1980
71 Convenio entre Canadá y España para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. España. Protocolo. 18-11-2014 12-12-2015
72 Convenio entre Canadá y la República Democrática Socialista de Sri Lanka para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Sri Lanka. Original. 23-06-1982 09-06-1986
73 Convenio entre Canadá y Suecia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Suecia. Original. 27-08-1996 23-12-1997
74 Acuerdo entre Canadá y la República Unida de Tanzania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Tanzania. Original. 15-12-1995 30-08-1997
75 Convenio entre Canadá y el Reino de Tailandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Tailandia. Original. 11-04-1984 16-07-1985
76 Convenio entre Gobierno Canadá y el Gobierno de la República Trinidad y Tobago para evitar la doble imposición, prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y promover el comercio y la inversión internacionales. Trinidad y Tobago. Original. 11-09-1995 08-02-1996
77 Convenio entre Canadá y la República de Túnez para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Túnez. Original. 10-02-1982 04-12-1984
78 Acuerdo entre Canadá y la República de Turquía para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Turquía. Original. 14-07-2009 04-05-2011
79 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de Ucrania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Ucrania. Original. 04-03-1996 29-04-1997
80 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Emiratos Árabes Unidos. Original. 09-06-2002 25-05-2004
81 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre las ganancias de capital. Reino Unido. Original. 08-09-1978 17-12-1980
81 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre las ganancias de capital. Reino Unido. Protocolo. 15-04-1980 18-12-1980
81 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre las ganancias de capital. Reino Unido. Protocolo. 16-10-1985 23-12-1985
81 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre las ganancias de capital. Reino Unido. Protocolo. 07-05-2003 04-05-2004
81 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre las ganancias de capital. Reino Unido. Protocolo. 21-07-2014 18-12-2014
81 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre las ganancias de capital. Reino Unido. Convenio. 11-08-2015 21-12-2016
82 Convenio entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República Socialista de Vietnam para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Vietnam. Original. 14-11-1997 16-12-1998
83 Convenio entre Canadá y la República de Zambia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Zambia. Original. 16-02-1984 28-12-1989
84 Acuerdo entre Canadá y la República Zimbabue para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, sobre el patrimonio y sobre las ganancias de capital. Zimbabue. Original. 16-04-1992 15-12-1994

Artículo 3. Entidades transparentes.

Reserva.

A tenor del artículo 3.5.a) del Convenio, Canadá se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 3 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 4. Entidades con doble residencia.

Notificación de disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 4.4 del Convenio, Canadá considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 4.2 que no están sujetas a ninguna de las reservas previstas en el artículo 4.3.b) a d). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de dicha disposición.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Argelia. Artículo 4.3.
2 Argentina. Artículo 4.3 y 4.4.
3 Armenia. Artículo 4.3 y 4.4.
4 Australia. Artículo 4.4.
5 Austria. Artículo 4.3.
6 Azerbaiyán. Artículo 4.3.
7 Bangladés. Artículo 4.3 y 4.4.
8 Barbados. Artículo IV.3 y IV.4.
9 Bélgica. Artículo 4.3.
10 Brasil. Artículo IV.3.
11 Bulgaria. Artículo 4.3 y 4.4.
12 Camerún. Artículo 4.3.
13 Chile. Artículo 4.3 y 4.4.
14 China. Artículo 4.3.
15 Colombia. Artículo 4.3 y 4.4.
16 Croacia. Artículo 4.3 y 4.4.
17 Chipre. Artículo 4.3 y 4.4.
18 República Checa. Artículo 4.3.
19 Dinamarca. Artículo 4.3 y 4.4.
20 República Dominicana. Artículo IV.3 y IV.4.
21 Egipto. Artículo 4.3 y 4.4.
22 Estonia. Artículo 4.3 y 4.4.
23 Finlandia. Artículo 4.3 y 4.4.
24 Francia. Artículo 4.3.
25 Gabón. Artículo 4.3.
26 Grecia. Artículo 4.3 y 4.4.
27 Hong Kong. Artículo 4.3.
28 Hungría. Artículo 4.3 y 4.4.
29 Islandia. Artículo 4.3 y 4.4.
30 India. Artículo 4.3.
31 Indonesia. Artículo 4.3.
32 Irlanda. Artículo 4.3.
33 Israel. Artículo 4.3.
34 Italia. Artículo 4.3.
35 Costa de Marfil. Artículo IV.3.
36 Jamaica. Artículo IV.3.
37 Japón. Artículo 4.2; Protocolo 2.b).
38 Jordania. Artículo 4.3.
39 Kazajistán. Artículo 4.3 y 4.4.
40 Kenia. Artículo IV.3 y IV.4.
41 República de Corea. Artículo 4.3.
42 Kuwait. Artículo 4.4.
43 Letonia. Artículo 4.3 y 4.4.
44 Lituania. Artículo 4.3 y 4.4.
45 Luxemburgo. Artículo 4.3.
46 Malasia. Artículo IV.3.
47 Malta. Artículo 4.3.
48 México. Artículo 4.3.
49 Moldavia. Artículo 4.3 y 4.4.
50 Mongolia. Artículo 4.3 y 4.4.
51 Marruecos. Artículo IV.3.
52 Países Bajos. Artículo 4.3.
53 Nueva Zelanda. Artículo 4.5.
54 Nigeria. Artículo 4.3.
55 Noruega. Artículo 4.3.
56 Omán. Artículo 4 y 5.
57 Pakistán. Artículo IV.3 y IV.4.
58 Papúa Nueva Guinea. Artículo 4.3 y 4.4.
59 Perú. Artículo 4.3 y 4.4.
60 Filipinas. Artículo IV.3 y IV.4.
61 Polonia. Artículo 4.3 y 4.4.
62 Portugal. Artículo 4.3.
63 Rumanía. Artículo 4.3.
64 Rusia. Artículo 4.3.
65 Senegal. Artículo 4.3.
66 Serbia. Artículo 4.3.
67 Singapur. Artículo IV.3.
68 República Eslovaca. Artículo 4.3 y 4.4.
69 Eslovenia. Artículo 4.3 y 4.4.
70 Sudáfrica. Artículo 4.3 y 4.4.
71 España. Artículo IV.3.
72 Sri Lanka. Artículo 4.3 y 4.4.
73 Suecia. Artículo 4.3.
74 Tanzania. Artículo 4.3 y 4.4.
75 Tailandia. Artículo IV.3 y IV.4.
76 Trinidad y Tobago. Artículo 4.3.
77 Túnez. Artículo IV.3.
78 Turquía. Artículo 4.3.
79 Ucrania. Artículo 4.3 y 4.4.
80 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 4.4.
81 Reino Unido. Artículo 4.3.
82 Vietnam. Artículo 4.3 y 4.4.
83 Zambia. Artículo IV.3.
84 Zimbabue. Artículo 4.3 y 4.4.

Artículo 5. Aplicación de los métodos para eliminar la doble imposición.

Reserva.

A tenor del artículo 5.8 del Convenio, Canadá se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 5 respecto de los siguientes convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante
1 Argelia.
2 Argentina.
3 Armenia.
4 Australia.
5 Austria.
6 Azerbaiyán.
7 Bangladés.
8 Barbados.
9 Bélgica.
10 Brasil.
11 Bulgaria.
12 Camerún.
13 Chile.
14 China.
15 Colombia.
16 Croacia.
17 Chipre.
18 República Checa.
19 Dinamarca.
20 República Dominicana.
21 Egipto.
22 Estonia.
23 Finlandia.
24 Francia.
26 Grecia.
27 Hong Kong.
28 Hungría.
29 Islandia.
30 India.
31 Indonesia.
32 Irlanda.
33 Israel.
34 Italia.
36 Jamaica.
37 Japón.
38 Jordania.
39 Kazajistán.
40 Kenia.
41 República de Corea.
42 Kuwait.
43 Letonia.
44 Lituania.
45 Luxemburgo.
46 Malasia.
47 Malta.
48 México.
49 Moldavia.
50 Mongolia.
52 Países Bajos.
53 Nueva Zelanda.
54 Nigeria.
55 Noruega.
56 Omán.
57 Pakistán.
58 Papúa Nueva Guinea.
59 Perú.
60 Filipinas.
62 Portugal.
63 Rumanía.
64 Rusia.
65 Senegal.
66 Serbia.
67 Singapur.
68 República Eslovaca.
69 Eslovenia.
70 Sudáfrica.
71 España.
72 Sri Lanka.
73 Suecia.
74 Tanzania.
75 Tailandia.
76 Trinidad y Tobago.
77 Túnez.
78 Turquía.
79 Ucrania.
80 Emiratos Árabes Unidos.
81 Reino Unido.
82 Vietnam.
83 Zambia.
84 Zimbabue.

Artículo 7. Medidas para impedir la utilización abusiva de los convenios.

Notificación de disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 7.17.a) del Convenio, Canadá considera que los siguientes convenios no están sujetos a la reserva descrita en el artículo 7.15.b) y contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 7.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de dicha disposición.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
13 Chile. Artículos 11.7 y 12.7.
15 Colombia. Artículo 26.1.
22 Estonia. Artículo 28.3.
26 Grecia. Artículos 11.8 y 12.8.
27 Hong Kong. Artículos 10.7, 11.9 y 12.7.
33 Israel. Artículos 10.10, 11.10, 12.8 y 13.7.
39 Kazajistán. Artículos 11.8 y 12.7.
43 Letonia. Artículo 28.3.
44 Lituania. Artículo 28.3.
48 México. Artículos 10.7, 11.8 y 12.10.
53 Nueva Zelanda. Artículos 10.9, 11.10 y 12.7.
54 Nigeria. Artículos 10.7, 11.8 y 12.7.
56 Omán. Artículos 10.6, 11.8 y 12.8.
59 Perú. Artículos 10.7, 11.7 y 12.7.
61 Polonia. Artículos 10.6, 11.8 y 12.8.
79 Ucrania. Artículo 11.8 y 12.8.
81 Reino Unido. Artículos 10.8, 11.9 y 12.8.

Declaración de la aceptación de una prueba de propósito principal como medida provisional

A tenor del artículo 7.17.a) del Convenio, Canadá declara que, si bien acepta aplicar el artículo 7.1 individualmente como medida provisional, su intención es adoptar, en la medida de lo posible y mediante negociación bilateral, una cláusula de limitación de beneficios que complemente o sustituya al artículo 7.1.

Artículo 8. Operaciones con dividendos.

Notificación de disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 8.4 del Convenio, Canadá considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 8.1 que no están sujetas a ninguna de las reservas previstas en el artículo 8.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de dicha disposición.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
2 Argentina. Artículo 10.2.a).
3 Armenia. Artículo 10.2.a).
4 Australia. Artículo 10.2.a)(i) y (ii).
5 Austria. Artículo 10.2.a).
6 Azerbaiyán. Artículo 10.2.a).
9 Bélgica. Artículo 10.2.a).
10 Brasil. Artículo X.2.
11 Bulgaria. Artículo 10.2.a).
13 Chile. Artículo 10.2.a).
14 China. Artículo 10.2.a).
15 Colombia. Artículo 10.2.a).
16 Croacia. Artículo 10.2.a).
18 República Checa. Artículo 10.2.a).
19 Dinamarca. Artículo 10.2.a).
22 Estonia. Artículo 10.2.a).
23 Finlandia. Artículo 10.2.a).
24 Francia. Artículo 10.2.a) y b).
26 Grecia. Artículo 10.2.a).
27 Hong Kong. Artículo 10.2.a).
28 Hungría. Artículo 10.2.a) y b).
29 Islandia. Artículo 10.2.a).
30 India. Artículo 10.2.a).
31 Indonesia. Artículo 10.2.a).
32 Irlanda. Artículo 10.2.a).
33 Israel. Artículo 10.2.a).
34 Italia. Artículo 10.2.a).
36 Jamaica. Artículo X.3.a).
37 Japón. Artículo 10.2.a).
38 Jordania. Artículo 10.2.a).
39 Kazajistán. Artículo 10.2.a).
40 Kenia. Artículo X.2.a).
41 República de Corea. Artículo 10.2.a).
42 Kuwait. Artículo 10.2.a).
43 Letonia. Artículo 10.2.a).
44 Lituania. Artículo 10.2.a).
45 Luxemburgo. Artículo 10.2.a) y b).
48 México. Artículo 10.2.a).
49 Moldavia. Artículo 10.2.a).
50 Mongolia. Artículo 10.2.a).
52 Países Bajos. Artículo 10.2.a) y b).
53 Nueva Zelanda. Artículo 10.2.a).
54 Nigeria. Artículo 10.2.a).
55 Noruega. Artículo 10.2.a).
56 Omán. Artículo 10.2.a).
57 Pakistán. Artículo X.2.a).
59 Perú. Artículo 10.2.a).
60 Filipinas. Artículo X.2.a).
61 Polonia. Artículo 10.2.a).
62 Portugal. Artículo 10.2.a)(i) y (ii).
63 Rumanía. Artículo 10.2.a).
64 Rusia. Artículo 10.2.a).
66 Serbia. Artículo 10.2.1.
68 República Eslovaca. Artículo 10.2.a).
69 Eslovenia. Artículo 10.2.a)(i) y (ii).
70 Sudáfrica. Artículo 10.2.a).
71 España. Artículo X.2.a).
73 Suecia. Artículo 10.2.a).
74 Tanzania. Artículo 10.2.a).
75 Tailandia. Artículo X.3.1.
76 Trinidad y Tobago. Artículo 10.2.1.
78 Turquía. Artículo 10.2.a).
79 Ucrania. Artículo 10.2.a).
80 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 10.2.a) y b).
81 Reino Unido. Artículo 10.2.a).
82 Vietnam. Artículo 10.2.a) y b).
84 Zimbabue. Artículo 10.2.a).

Artículo 9. Ganancias de capital procedentes de la enajenación de acciones o derechos asimilables en entidades cuyo valor proceda principalmente de bienes inmuebles.

Reserva.

A tenor del artículo 9.6.e) del Convenio, Canadá se reserva el derecho de no aplicar el artículo 9.1.b) a ninguno de sus convenios fiscales comprendidos que ya contienen una disposición del tipo descrito en el artículo 9.1, que se aplica a la enajenación de derechos distintos de las acciones. Los siguientes convenios contienen disposiciones comprendidas en el ámbito de esta reserva.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Argelia. Protocolo 6.b).
3 Armenia. Artículo 13.4.b).
4 Australia. Artículo 13.4.
5 Austria. Artículo 13.4.b).
6 Azerbaiyán. Artículo 13.4.b).
7 Bangladés. Artículo 13.4.b).
8 Barbados. Artículo XIV.3.b).
9 Bélgica. Artículo 13.4.b).
11 Bulgaria. Protocolo 5.b).
15 Colombia. Artículo 13.4.b).
16 Croacia. Artículo 13.4.b).
17 Chipre. Artículo 13.4.b).
18 República Checa. Artículo 13.5.b).
19 Dinamarca. Artículo 13.4.
20 República Dominicana. Artículo XIII.3.
21 Egipto. Artículo 13.4.b).
22 Estonia. Artículo 13.4.b).
23 Finlandia. Artículo 13.4.b).
24 Francia. Artículo 13.1.c).
25 Gabón. Artículo 13.4.b).
26 Grecia. Artículo 13.4.b).
27 Hong Kong. Artículo 13.4.b).
28 Hungría. Artículo 13.4.b).
29 Islandia. Artículo 13.4.b).
31 Indonesia. Artículo 13.3.b).
32 Irlanda. Artículo 13.2.b).
33 Israel. Artículo 13.4.b).
34 Italia. Artículo 13.4.b).
35 Costa de Marfil. Artículo XIII.4.b).
36 Jamaica. Artículo XIV.3.
39 Kazajistán. Artículo 13.2.b).
40 Kenia. Artículo XIII.3.b).
41 República de Corea. Artículo 13.4.b).
42 Kuwait. Artículo 13.4.b).
43 Letonia. Artículo 13.4.b).
44 Lituania. Artículo 13.4.b).
45 Luxemburgo. Artículo 13.4.b).
46 Malasia. Artículo XIII.3.
47 Malta. Artículo 13.4.b).
48 México. Artículo 13.4.b).
49 Moldavia. Artículo 13.4.b).
50 Mongolia. Artículo 13.4.b).
51 Marruecos. Artículo XIII.3.
52 Países Bajos. Artículo 13.4.b).
53 Nueva Zelanda. Artículo 13.4.b).
55 Noruega. Artículo 13.5.b).
56 Omán. Artículo 14.4.b).
57 Pakistán. Artículo XIII.3.
58 Papúa Nueva Guinea. Artículo 13.1.b).
59 Perú. Artículo 13.4.b).
60 Filipinas. Artículo XIII.3.
61 Polonia. Artículo 13.4.
62 Portugal. Artículo 13.4.b).
63 Rumanía. Artículo 13.4.b).
64 Rusia. Artículo 13.4.
65 Senegal. Artículo 13.4.b).
66 Serbia. Artículo 13.4.
67 Singapur. Artículo XIII.3.
68 República Eslovaca. Artículo 13.4.b).
69 Eslovenia. Artículo 13.4.b).
70 Sudáfrica. Artículo 13.4.b).
71 España. Artículo XIII.3.b).
73 Suecia. Artículo 13.4.b).
74 Tanzania. Artículo 13.4.b).
75 Tailandia. Artículo XIII.4.b).
77 Túnez. Artículo XIII.3.
78 Turquía. Artículo 13.4.b).
79 Ucrania. Artículo 13.4.b).
80 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 13.4.b).
81 Reino Unido. Artículo 13.5.b).
83 Zambia. Artículo XIII.4.b).
84 Zimbabue. Artículo 14.4.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A tenor del artículo 9.8 del Convenio, Canadá opta por aplicar el artículo 9.4.

Notificación de disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado

A tenor del artículo 9.7 del Convenio, Canadá considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 9.1. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de dicha disposición.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Argelia. Protocolo 6.
3 Armenia. Artículo 13.4.
4 Australia. Artículo 13.4.
5 Austria. Artículo 13.4.
6 Azerbaiyán. Artículo 13.4.
7 Bangladés. Artículo 13.4.
8 Barbados. Artículo XIV.3.
9 Bélgica. Artículo 13.4.
11 Bulgaria. Protocolo 5.
14 China. Artículo 13.4.
15 Colombia. Artículo 13.4.
16 Croacia. Artículo 13.4.
17 Chipre. Artículo 13.4.
18 República Checa. Artículo 13.5.
19 Dinamarca. Artículo 13.4.
20 República Dominicana. Artículo XIII.3.
21 Egipto. Artículo 13.4.
22 Estonia. Artículo 13.4.
23 Finlandia. Artículo 13.4.
24 Francia. Artículo 13.1.b) y c).
25 Gabón. Artículo 13.4.
26 Grecia. Artículo 13.4.
27 Hong Kong. Artículo 13.4.
28 Hungría. Artículo 13.4.
29 Islandia. Artículo 13.4.
31 Indonesia. Artículo 13.3.
32 Irlanda. Artículo 13.2.
33 Israel. Artículo 13.4.
34 Italia. Artículo 13.4.
35 Costa de Marfil. Artículo XIII.4.
36 Jamaica. Artículo XIV.3.
39 Kazajistán. Artículo 13.2.
40 Kenia. Artículo XIII.3.
41 República de Corea. Artículo 13.4.
42 Kuwait. Artículo 13.4.
43 Letonia. Artículo 13.4.
44 Lituania. Artículo 13.4.
45 Luxemburgo. Artículo 13.4.
46 Malasia. Artículo XIII.3.
47 Malta. Artículo 13.4.
48 México. Artículo 13.4.
49 Moldavia. Artículo 13.4.
50 Mongolia. Artículo 13.4.
51 Marruecos. Artículo XIII.3.
52 Países Bajos. Artículo 13.4.
53 Nueva Zelanda. Artículo 13.4.
55 Noruega. Artículo 13.5.
56 Omán. Artículo 14.4.
57 Pakistán. Artículo XIII.3.
58 Papúa Nueva Guinea. Artículo 13.1.b).
59 Perú. Artículo 13.4.
60 Filipinas. Artículo XIII.3.
61 Polonia. Artículo 13.4.
62 Portugal. Artículo 13.4.
63 Rumanía. Artículo 13.4.
64 Rusia. Artículo 13.4.
65 Senegal. Artículo 13.4.
66 Serbia. Artículo 13.4.
67 Singapur. Artículo XIII.3.
68 República Eslovaca. Artículo 13.4.
69 Eslovenia. Artículo 13.4.
70 Sudáfrica. Artículo 13.4.
71 España. Artículo XIII.3.
73 Suecia. Artículo 13.4.
74 Tanzania. Artículo 13.4.
75 Tailandia. Artículo XIII.4.
77 Túnez. Artículo XIII.3.
78 Turquía. Artículo 13.4.
79 Ucrania. Artículo 13.4.
80 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 13.4.
81 Reino Unido. Artículo 13.5.
83 Zambia. Artículo XIII.4.
84 Zimbabue. Artículo 14.4.

Artículo 10. Norma antiabuso para establecimientos permanentes situados en terceras jurisdicciones.

Reserva.

A tenor del artículo 10.5.a) del Convenio, Canadá se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 10 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 11. Aplicación de los convenios fiscales para restringir el derecho de una Parte a someter a imposición a sus propios residentes.

Reserva.

A tenor del artículo 11.3.a) del Convenio, Canadá se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 11 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 12. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de acuerdos de comisión y estrategias similares.

Reserva.

A tenor del artículo 12.4 del Convenio, Canadá se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 12 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 13. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de exenciones de actividades concretas.

Reserva.

A tenor del artículo 13.6.a) del Convenio, Canadá se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 13 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 14. Fragmentación de contratos.

Reserva.

A tenor del artículo 14.3.a) del Convenio, Canadá se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 14 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 15. Definición de Persona estrechamente vinculada a una empresa.

Reserva.

A tenor del artículo 15.2 del Convenio, Canadá se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 15 a ninguno de sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio a los que resulten de aplicación las reservas descritas en los artículos 12.4, 13.6.a) o 13.6.c), y 14.3.

Artículo 16. Procedimiento amistoso.

Reserva.

A tenor del artículo 16.5.a) del Convenio, Canadá se reserva el derecho a no aplicar la primera frase del artículo 16.1 a sus convenios fiscales comprendidos alegando que su intención es cumplir el estándar mínimo para la mejora de la resolución de controversias conforme al Paquete BEPS de la OCDE/G20, garantizando que, al amparo de cada uno de sus convenios fiscales comprendidos (distintos de aquellos que permitan a una persona presentar un caso a la autoridad competente de cualquiera de las Jurisdicciones contratantes), cuando una persona considere que las acciones adoptadas por una o por ambas Jurisdicciones contratantes implican o pueden implicar para ella una imposición no ajustada a las disposiciones del convenio fiscal comprendido, podrá, con independencia de los recursos previstos por el Derecho interno de esas Jurisdicciones contratantes, someter su caso a la autoridad competente de la Jurisdicción contratante de la que sea residente o, cuando el caso esté comprendido en el ámbito de una disposición de un convenio fiscal comprendido relativa a la no discriminación por razón de nacionalidad, a la autoridad competente de la Jurisdicción contratante de la que sea nacional; y la autoridad competente de esa Jurisdicción contratante instituirá un proceso bilateral de notificación o de consulta con la autoridad competente de la otra Jurisdicción contratante para aquellos casos en los que la autoridad ante la que se presentó la solicitud de procedimiento amistoso no considere justificada la objeción planteada por el contribuyente.

Reserva.

A tenor del artículo 16.5.c) del Convenio, Canadá se reserva el derecho a no aplicar la segunda frase del artículo 16.2 a sus convenios fiscales comprendidos alegando que su intención es la de satisfacer el estándar mínimo para la mejora de los procesos de resolución de controversias conforme al Paquete BEPS de la OCDE y el G20, aceptando, en sus negociaciones bilaterales para la conclusión de convenios, una disposición que estipule que:

las Jurisdicciones contratantes no ajustarán los beneficios atribuibles al establecimiento permanente de una empresa de una de las Jurisdicciones contratantes tras un período de tiempo mutuamente acordado entre ambas Jurisdicciones, una vez concluido el ejercicio fiscal en el que los beneficios hubieran sido atribuibles al establecimiento permanente (esta disposición no se aplicará en caso de fraude, negligencia grave o incumplimiento intencionado); y

las Jurisdicciones contratantes no incluirán en los beneficios de una empresa ni, en consecuencia, gravarán, aquellos beneficios que esta hubiera obtenido de no existir las condiciones a las que se hace referencia en una disposición de un Convenio fiscal comprendido en relación con los beneficios de empresas asociadas tras un período de tiempo mutuamente acordado entre ambas Jurisdicciones contratantes una vez concluido el ejercicio fiscal en el que la empresa hubiera obtenido dichos beneficios (esta disposición no se aplicará en caso de fraude, negligencia grave o incumplimiento intencionado).

Notificación de disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado

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