Instrumento de ratificación del Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre de 2016
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Texto del Preámbulo |
|---|---|---|
| 1 | Alemania. | «Deseando evitar la doble imposición y establecer normas de asistencia administrativa mutua en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, así como fomentar el comercio y las inversiones entre los dos Estados». |
| 2 | Reino de Bélgica. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,». |
| 3 | Canadá. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal». |
| 4 | Francia. | «Deseando evitar la doble imposición y establecer normas de asistencia administrativa mutua en materia de impuestos sobre la renta, el patrimonio, las sucesiones y las transmisiones patrimoniales, y los derechos de timbre». |
| 5 | Italia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal». |
| 6 | Marruecos. | «Deseando desarrollar y reforzar sus relaciones económicas mediante la conclusión de un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta». |
| 8 | Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital;». |
| 9 | Túnez. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta». |
| 10 | Portugal. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta; Teniendo en cuenta que el objetivo principal del presente Convenio es eliminar la doble imposición internacional respecto de las diferentes categorías de renta obtenidas por los residentes de ambos Estados, así como prevenir la evasión y el fraude fiscal; Considerando que su entrada en vigor permitirá crear un marco fiscal más estable y transparente para los inversores y contribuyentes de los dos Estados y que, al hacerlo, tendrá un efecto positivo en el desarrollo del comercio de bienes y servicios, los flujos de capitales, la transferencia de tecnología y la circulación de personas entre los dos Estados». |
| 11 | Turquía. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta». |
Artículo 7. Medidas para impedir la utilización abusiva de los convenios.
Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 7.17.b) del Convenio, Costa de Marfil opta por aplicar el artículo 7.4.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 7.17.d) del Convenio, Costa de Marfil opta por aplicar el artículo 7.7.b).
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios fiscales incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 7.17.a) del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 7.2 y no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al amparo del artículo 7.15.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 10 | Portugal. | Artículo 30.3. |
Artículo 8. Operaciones con dividendos.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios fiscales incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 8.4 del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 8.1 y no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al amparo del artículo 8.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | Alemania. | Artículo 10.2. |
| 2 | Reino de Bélgica. | Artículo 10.2. |
| 3 | Canadá. | Artículo 10.2. |
| 4 | Francia. | Artículo 13. |
| 5 | Italia. | Artículo 10.2. |
| 6 | Marruecos. | Artículo 10.2. |
| 7 | Reino de Noruega. | Artículo 10.2. |
| 8 | Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. | Artículo 10.2. |
| 9 | Túnez. | Artículo 10.2. |
| 10 | Portugal. | Artículo 10.2. |
| 11 | Turquía. | Artículo 10.2. |
Artículo 9. Ganancias de capital procedentes de la enajenación de acciones o derechos asimilables en entidades cuyo valor proceda principalmente de bienes inmuebles.
Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 9.8 del Convenio, Costa de Marfil opta por aplicar el artículo 9.4.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios fiscales incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 9.7 del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 9.1. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 3 | Canadá. | Artículo 13.4.a). |
| 4 | Francia. | Artículo 15.2. |
| 6 | Marruecos. | Artículo 13.4. |
| 9 | Túnez. | Artículo 13.4. |
| 10 | Portugal. | Artículo 13.4. |
| 11 | Turquía. | Artículo 13.4. |
Artículo 10. Norma antiabuso para establecimientos permanentes situados en terceras jurisdicciones.
Reserva.
En virtud del artículo 10.5.a) del Convenio, Costa de Marfil se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 10 a sus convenios fiscales comprendidos.
Artículo 11. Aplicación de los convenios fiscales para restringir el derecho de una Parte a someter a imposición a sus propios residentes.
Reserva.
En virtud del artículo 11.3.a) del Convenio, Costa de Marfil se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 11 a sus convenios fiscales comprendidos.
Artículo 12. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de acuerdos de comisión y estrategias similares.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios fiscales incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 12.5 del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | Alemania. | Artículo 5.5.a). |
| 2 | Reino de Bélgica. | Artículo 5.4. |
| 3 | Canadá. | Artículo 5.4. |
| 4 | Francia. | Artículo 3.c). |
| 5 | Italia. | Artículo 5.4. |
| 6 | Marruecos. | Artículo 5.5.a). |
| 7 | Reino de Noruega. | Artículo 5.4. |
| 8 | Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. | Artículo 5.4.a). |
| 9 | Túnez. | Artículo 5.4.a). |
| 10 | Portugal. | Artículo 5.5.a). |
| 11 | Turquía. | Artículo 5.5. |
A efectos de lo dispuesto en el artículo 12.6 del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | Alemania. | Artículo 5.7. |
| 2 | Reino de Bélgica. | Artículo 5.6. |
| 3 | Canadá. | Artículo 5.6. |
| 4 | Francia. | Artículo 3.e). |
| 5 | Italia. | Artículo 5.6. |
| 6 | Marruecos. | Artículo 5.7. |
| 7 | Reino de Noruega. | Artículo 5.6. |
| 8 | Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. | Artículo 5.6. |
| 9 | Túnez. | Artículo 5.7. |
| 10 | Portugal. | Artículo 5.7. |
| 11 | Turquía. | Artículo 5.6. |
Artículo 13. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de exenciones de actividades concretas.
Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 13.7 del Convenio, Costa de Marfil opta, conforme al artículo 13.1, por aplicar la Opción A.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios fiscales incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 13.7 del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 13.5.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | Alemania. | Artículo 5.4. |
| 2 | Reino de Bélgica. | Artículo 5.3. |
| 3 | Canadá. | Artículo 5.3. |
| 4 | Francia. | Artículo 3.b). |
| 5 | Italia. | Artículo 5.3. |
| 6 | Marruecos. | Artículo 5.4. |
| 7 | Reino de Noruega. | Artículo 5.3. |
| 8 | Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. | Artículo 5.3. |
| 9 | Túnez. | Artículo 5.3. |
| 10 | Portugal. | Artículo 5.4. |
| 11 | Turquía. | Artículo 5.4. |
Artículo 14. Fragmentación de contratos.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios fiscales incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 14.4 del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 14.2 y no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al amparo del artículo 14.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | Alemania. | Artículo 5.3. |
| 2 | Reino de Bélgica. | Artículo 5. |
| 3 | Canadá. | Artículo 5.2.h). |
| 5 | Italia. | Artículo 5.2.h). |
| 6 | Marruecos. | Artículo 5.3.a). |
| 8 | Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. | Artículo 5.2.h). |
| 9 | Túnez. | Artículo 5.2.g). |
| 10 | Portugal. | Artículo 5.3. |
| 11 | Turquía. | Artículo 5.3. |
Artículo 15. Definición de Persona estrechamente vinculada a una empresa.
No se formulan reservas.
Artículo 16. Procedimiento amistoso.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios fiscales incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.a) del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.a).i). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | Alemania. | Artículo 25.1. |
| 2 | Reino de Bélgica. | Artículo 24.1, primera frase. |
| 3 | Canadá. | Artículo 23.1, primera frase. |
| 4 | Francia. | Artículo 41.1, primera frase. |
| 5 | Italia. | Artículo 13.1, primera frase. |
| 6 | Marruecos. | Artículo 25.1, primera frase. |
| 7 | Reino de Noruega. | Artículo 23.1. |
| 8 | Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. | Artículo 25.1. |
| 9 | Túnez. | Artículo 24.1, primera frase. |
| 10 | Portugal. | Artículo 25.1, primera frase. |
| 11 | Turquía. | Artículo 24.1, primera frase. |
A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.b).i) del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios contienen una disposición por la que los casos a los que resulte aplicable el artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo inferior a tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | Alemania. | Artículo 25.1. |
| 3 | Canadá. | Artículo 23.1, segunda frase. |
| 4 | Francia. | Artículo 41.1. |
| 5 | Italia. | Artículo 13.1, segunda frase. |
| 7 | Reino de Noruega. | Artículo 23.1, segunda frase. |
| 8 | Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. | Artículo 25.1, segunda frase. |
A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.b).ii) del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios contienen una disposición por la que los casos a los que resulte aplicable el artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo de, al menos, tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 2 | Reino de Bélgica. | Artículo 24.1, segunda frase. |
| 6 | Marruecos. | Artículo 25.1, segunda frase. |
| 9 | Túnez. | Artículo 24.1, segunda frase. |
| 10 | Portugal. | Artículo 25.1, segunda frase. |
| 11 | Turquía. | Artículo 24.1, segunda frase. |
Notificación de los convenios incluidos en el listado que no contienen determinadas disposiciones.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.c).i) del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.b).i).
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante |
|---|---|
| 4 | Francia. |
A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.c).ii) del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.b).ii).
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante |
|---|---|
| 1 | Alemania. |
| 2 | Reino de Bélgica. |
| 3 | Canadá. |
| 4 | Francia. |
| 5 | Italia. |
| 7 | Reino de Noruega. |
| 8 | Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. |
| 9 | Túnez. |
| 11 | Turquía. |
A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.d).i) del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.c).i).
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante |
|---|---|
| 4 | Francia. |
A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.d).ii) del Convenio, Costa de Marfil considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.c).ii).
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante |
|---|---|
| 2 | Reino de Bélgica. |
| 3 | Canadá. |
| 5 | Italia. |
| 8 | Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. |
Artículo 17. Ajustes correlativos.
Reserva.
En virtud del artículo 17.3.a) del Convenio, Costa de Marfil se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 17 a sus convenios fiscales comprendidos que ya contengan disposiciones de las descritas en el artículo 17.2. Los siguientes convenios contienen disposiciones comprendidas en el ámbito de esta reserva.
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 3 | Canadá. | Artículo 9.2. |
| 6 | Marruecos. | Artículo 9.2. |
| 8 | Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. | Artículo 9.2. |
| 9 | Túnez. | Artículo 9.2. |
| 10 | Portugal. | Artículo 9.2. |
| 11 | Turquía. | Artículo 9.2. |
Se comunican las declaraciones y reservas de Costa de Marfil por Resolución de 8 de octubre de 2024. Ref. BOE-A-2024-20998
Costa Rica
Reservas y notificaciones formuladas por Costa Rica en el momento de depositar el instrumento de ratificación, de conformidad con los artículos 28.5 y 29.1 del Convenio
Artículo 2. Interpretación de los términos.
Notificación. Convenios fiscales comprendidos por la Convención.
De conformidad con el artículo 2(1) (a) (¡i) de la Convención, Costa Rica desea que los siguientes acuerdos estén cubiertos por la Convención:
| No. | Titulo | Otra jurisdicción | instrumento original/ Enmendado | Fecha suscripción | Fecha de entrada en vigor |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 | Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. (Agreement between the United Mexican States and the Republic of Costa Rica for the Avoidance of Double Taxation and the Prevention of Fiscal Evasion with respect to Taxes on Income). | México. | Original. | 12-04-2014 | 21-042019 |
| 2 | Convención entre la República de Costa Rica y el Reino de España para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. (Convention between the Republic of Costa Rica and the Kingdom of Spain for the Avoidance of Double Taxation and the Prevention of Fiscal Evasion with Respect to Taxes on Income and on Capital). | España. | Original. | 04-03-2004 | 15-122010 |
Artículo 3. Entidades transparentes.
Reserva.
De conformidad con el artículo 3(5) (a) de la Convención, Costa Rica se reserva el derecho a no aplicar la totalidad del artículo 3 a sus Convenios fiscales comprendidos.
Artículo 4. Entidades con doble residencia.
Reserva.
De conformidad con el artículo 4(3)e) de la Convención, Costa Rica se reserva el derecho de sustituir la última frase del Artículo 4(1) por el siguiente texto a los efectos de sus Convenios fiscales comprendidos: «En ausencia de tal acuerdo, dicha persona no tendrá derecho a las desgravaciones o exenciones previstas en el Convenio fiscal comprendido.»
Artículo 5. Aplicación de métodos para eliminar la doble imposición.
Reserva.
De conformidad con el artículo 5(8) de la Convención, Costa Rica se reserva el derecho a no aplicar la totalidad del artículo 5 con respecto a sus Convenios fiscales comprendidos.
Artículo 6. Objeto del convenio fiscal comprendido.
Notificación de elección de disposiciones opcionales.
De conformidad con el artículo 6(6) de la Convención, Costa Rica elige aplicar el artículo 6(3).
Notificación del lenguaje del preámbulo existente en los acuerdos enumerados.
De conformidad con el artículo 6(5) de la Convención, Costa Rica considera que los siguientes convenios no están dentro del ámbito de la reserva del artículo 6(4) y su preámbulo contiene el lenguaje descrito en el artículo 6(2). El texto del párrafo del preámbulo relevante se identifica a continuación.
| Convenio en listado Número | Otras Jurisdicción contraparte | Texto del preámbulo |
|---|---|---|
| 1 | México. | Deseando fortalecer su relación económica, así como incrementar la cooperación en materia tributaria con la finalidad de asegurar una efectiva prevención de la evasión y la elusión fiscal. Con la intención de asignar sus respectivos derechos de gravamen de tal forma que se evite la doble imposición, así como la doble no imposición. |
| 2 | España. | Deseando concluir un Convención para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio deseando celebrar un Convención para evitar la doble imposición y la prevención de la evasión fiscal con respecto a Impuestos sobre la Renta y sobre el Capital |
Notificación de convenios en listados que no contienen el lenguaje en el preámbulo existente.
| Número de acuerdo listado | Otra Jurisdicción Contratante |
|---|---|
| 2 | España. |
De conformidad con el artículo 6(6) de la Convención, Costa Rica considera que el siguiente acuerdo no contiene en el preámbulo el lenguaje referido al deseo de desarrollar una relación económica o de fortalecer la cooperación en materia tributaria.
Artículo 8. Operaciones con dividendos.
Notificación de disposiciones existentes en convenios enlistados
De conformidad con el artículo 8(4) de la Convención, Costa Rica considera que los siguientes convenios contienen la disposición descrita en el artículo 8(1) que no está sujeta a la reserva contemplada en el artículo 8(3) (b). El número de artículo y párrafo de cada disposición se identifican a continuación:
| Convenio en listado número | Otra Jurisdicción Contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | México. | Artículo 10(2) (a). |
| 2 | España. | Artículo 10(2) (a). |
Artículo 9. Ganancias de capital procedentes de la enajenación de acciones o derechos asimilables en entidades cuyo valor proceda principalmente de bienes inmuebles.
Notificación de elección de disposiciones opcionales.
De conformidad con el artículo 9(8) de la Convención, Costa Rica elige aplicar el artículo 9(4).
Notificación de disposiciones existentes en convenios en listados
| Número de acuerdo listado | Otra Jurisdicción Contratante | Provisión |
|---|---|---|
| 1 | México. | Artículo 13(4). |
| 2 | España. | Artículo 13(4). |
De conformidad con el artículo 9(7) de la Convención, Costa Rica considera que los siguientes convenios contienen una disposición descrita en el artículo 9(1). El número de artículo y párrafo de cada disposición se identifican a continuación.
Artículo 10. Norma anti-abuso para establecimientos permanentes situados en terceras jurisdicciones.
Reserva.
De conformidad con el artículo 10(5) (a) de la Convención, Costa Rica se reserva el derecho a no aplicar la totalidad del artículo 10 con respecto a sus Convenios fiscales comprendidos.
Artículo 11. Aplicación de convenios fiscales para restringir el derecho de una parte a someter a imposición a sus propios residentes.
Reserva.
De conformidad con el artículo 11 (3) (a) de la Convención, Costa Rica se reserva el derecho a no aplicar la totalidad del artículo 11 a sus Convenios fiscales comprendidos.
Artículo 12. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de acuerdos de comisión y estrategias similares.
Notificación de las disposiciones existentes en convenios en listados.
| Convenio en listado número | Otra Jurisdicción Contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | México. | Artículo 5(5) (a). |
| 2 | España. | Artículo 5(5). |
De conformidad con el artículo 12(5) de la Convención, Costa Rica considera que los siguientes convenios contienen la disposición descrita en el artículo 12(3)(a). El número de artículo y párrafo de cada disposición se identifican a continuación.
De conformidad con el artículo 12(6) de la Convención, Costa Rica considera que los siguientes convenios contienen la disposición descrita en el artículo 12(3)(b). El número de artículo y párrafo de cada disposición se identifica a continuación.
| Convenio en listado número | Otra Jurisdicción Contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | México. | Artículo 5(7). |
| 2 | España. | Artículo 5(6). |
Artículo 13. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de exenciones de actividades concretas.
Notificación de elección de disposiciones opcionales.
De conformidad con el artículo 13(7) de la Convención, Costa Rica elige aplicarla Opción A según el artículo 13(1).
Notificación de disposiciones existentes en convenios enlistados
| Convenio en listado número | Otra Jurisdicción Contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | México. | Artículo 5(4). |
| 2 | España. | Artículo 5(4). |
De conformidad con el artículo 13(7) de la Convención, Costa Rica considera que los siguientes convenios contienen la disposición descrita en el artículo 13(5)(a). El número de artículo y párrafo de cada disposición se identifica a continuación.
Artículo 14. Fragmentación de contratos.
Reserva.
De conformidad con el artículo 14(3) (a) de la Convención, Costa Rica se reserva el derecho a no aplicar la totalidad del artículo 14 a sus Convenios fiscales comprendidos.
Artículo 16. Procedimiento Amistoso.
Notificación de disposiciones existentes en convenios enlistados
De conformidad con el artículo 16(6) (a) de la Convención, Costa Rica notifica que los siguientes acuerdos contienen la disposición descrita en el artículo 16(4)(a)(i). El número de artículo y párrafo de cada una de esas disposiciones se identifica a continuación.
| Convenio en listado número | Otra Jurisdicción Contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | México. | Artículo 25(1) primera oración. |
| 2 | España. | Artículo 25(1) primera oración. |
De conformidad con el artículo 16(6)(b)(ii) de la Convención, Costa Rica considera que los siguientes convenios contienen una disposición que señala que un caso al que se refiere la primera oración del artículo 16(1) debe presentarse dentro de un periodo de tiempo específico que sea al menos tres años desde la primera notificación de la acción que resulte en imposición no acorde con las disposiciones del Convenio fiscal comprendido. El número de artículo y párrafo de cada una de esas disposiciones se identifica a continuación.
| Convenio en listado número | Otra Jurisdicción Contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | México. | Artículo oración 25(1) segunda. |
| 2 | España. | Artículo oración 25(1) segunda. |
Artículo 17. Ajustes correlativos.
Reserva.
De conformidad con el artículo 17(3) (a) de la Convención, Costa Rica se reserva el derecho a no aplicar la totalidad del artículo 17 a sus Convenios fiscales comprendidos que ya contengan la disposición descrita en el artículo 17(2). Los siguientes convenios contienen disposiciones que se enmarcan dentro del enfoque de esta reserva.
| Convenio en listado número | Otra Jurisdicción Contratante | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | México. | Artículo 9(2). |
| 2 | España. | Artículo 9(2). |
Artículo 35. Entrada en vigencia.
Notificación de elección de disposiciones opcionales.
De conformidad con el Artículo 35(3) de la Convención, solamente para efectos de su propia aplicación del artículo 35(1 )(b) y 5(b), Costa Rica elige remplazar la referencia a «periodos fiscales empezando en o después de la expiración de un periodo» por una referencia a «periodos fiscales que inician en o después del 1 de enero del año siguiente que comienza en o después del periodo de expiración».
Reserva.
De conformidad con el artículo 35(6) de la Convención, Costa Rica se reserva el derecho a no aplicar el artículo 35(4) con respecto a sus Convenios fiscales comprendidos.
Croacia
Reservas y notificaciones formuladas por la República de Croacia en el momento de depositar el instrumento de ratificación, de conformidad con los artículos 28.6 y 29.3 del Convenio
Artículo 2. Interpretación de términos.
Notificación de los convenios comprendidos en el Convenio Multilateral.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 2.1.a).ii) del Convenio, la República de Croacia desea que los siguientes convenios queden comprendidos en el Convenio:
| N.º | Título | Otra Jurisdicción contratante | Instrumento original/por el que se modifica | Fecha de la firma | Fecha de entrada en vigor |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República de Albania para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Albania. | Original. | 2.12.1994 | 5.6.1997 |
| 2 | Convenio entre la República de Croacia y la República de Armenia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Armenia. | Original. | 22.5.2009 | 18.2.2010 |
| 3 | Convenio entre la República de Croacia y la República de Austria para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Austria. | Original. | 21.9.2000 | 27.6.2001 |
| 4 | Convenio entre la República de Croacia y la República de Azerbaiyán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Azerbaiyán. | Original. | 12.3.2012 | 18.3.2013 |
| 5 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República de Bielorrusia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Bielorrusia. | Original. | 11.6.2003 | 4.6.2004 |
| 6 | Convenio entre la República de Croacia y el Reino de Bélgica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Bélgica. | Original. | 31.10.2001 | 1.4.2004 |
| 7 | Convenio entre la República de Croacia y Bosnia y Herzegovina para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Bosnia y Herzegovina. | Original. | 7.6.2004 | 22.6.2005 |
| 8 | Convenio entre la República de Croacia y la República de Bulgaria para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Bulgaria. | Original. | 15.7.1997 | 30.7.1998 |
| 9 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Canadá. | Original. | 9.12.1997 | 23.11.1999 |
| 10 | Convenio entre la República de Croacia y la República de Chile para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto a la renta. | Chile. | Original. | 24.6.2003 | 22.12.2004 |
| 11 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | China (República Popular). | Original. | 9.1.1995 | 18.5.2001 |
| 12 | Convenio entre la República de Croacia y la República Checa para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | República Checa. | Original. | 22.1.1999 | 28.12.1999 |
| 12 | Convenio entre la República de Croacia y la República Checa para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | República Checa. | Instrumento por el que se modifica. | 4.10.2011 | 30.7.2012 |
| 13 | Convenio entre la República de Croacia y el Reino de Dinamarca para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Dinamarca. | Original. | 14.9.2007 | 22.2.2009 |
| 14 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República de Estonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Estonia. | Original. | 3.4.2002 | 12.7.2004 |
| 15 | Convenio entre la República Federativa Socialista de Yugoslavia y la República de Finlandia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Finlandia. | Original. | 8.5.1986 | 18.12.1987 |
| 16 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República Francesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Francia. | Original. | 19.6.2003 | 1.9.2005 |
| 17 | Convenio entre la república de Croacia y Georgia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Georgia. | Original. | 18.1.2013 | 6.12.2013 |
| 18 | Convenio entre la República de Croacia y la República Federal de Alemania para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Ugovor između Republike Hrvatske i Savezne Republike Njemačke o izbjegavanju dvostrukog oporezivanja porezima na dohodak i na imovinu. | Alemania. | Original. | 6.2.2006 | 20.12.2006 |
| 19 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República Helénica para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Grecia. | Original. | 18.10.1996 | 18.12.1998 |
| 20 | Convenio entre la República de Croacia y la República de Hungría para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Hungría. | Original. | 30.8.1996 | 8.5.1998 |
| 21 | Convenio entre la República de Croacia e Islandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Islandia. | Original. | 6.7.2010 | 15.12.2011 |
| 22 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y la el Gobierno de la República de la India para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | India. | Original. | 12.2.2014 | 11.2.2015 |
| 23 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República de Indonesia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. | Indonesia. | Original. | 15.2.2002 | 16.3.2012 |
| 24 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República Islámica de Irán y para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Irán. | Original. | 20.5.2003 | 30.10.2008 |
| 25 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de Irlanda para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital. | Irlanda. | Original. | 21.6.2002 | 30.10.2003 |
| 26 | Convenio entre la República de Croacia y el Estado de Israel para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Israel. | Original. | 26.9.2006 | 1.2.2007 |
| 27 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República Italiana para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal. | Italia. | Original. | 29.10.1999 | 15.9.2009 |
| 28 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y la el Gobierno Reino Hachemí de Jordania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Jordania. | Original. | 20.2.2005 | 17.2.2006 |
| 29 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y la el Gobierno de la República de Kazajistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Kazajistán. | Original. | 29.9.2017 | 22.2.2019 |
| 30 | Convenio entre la República de Croacia y la República de Corea para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Corea. | Original. | 13.11.2002 | 15.9.2006 |
| 31 | Convenio entre la República de Croacia y la República de Kosovo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Kosovo. | Original. | 6.3.2017 | 4.12.2017 |
| 32 | Convenio entre la República de Croacia y el Estado de Kuwait para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Kuwait. | Original. | 29.5.2001 | 9.1.2003 |
| 33 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y la el Gobierno de la República de Letonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Letonia. | Original. | 19.5.2000 | 27.2.2001 |
| 34 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y la el Gobierno de la República de Lituania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Lituania. | Original. | 4.5.2000 | 30.3.2001 |
| 35 | Convenio entre la República de Croacia y el Gran Ducado de Luxemburgo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Luxemburgo. | Original. | 20.6.2014 | 13.1.2016 |
| 36 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República de Macedonia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Macedonia del Norte. | Original. | 6.7.1994 | 11.1.1996 |
| 37 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y la el Gobierno de la República de Malasia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Malasia. | Original. | 18.2.2002 | 15.7.2004 |
| 38 | Convenio entre la República de Croacia y la República de Malta y para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. | Malta. | Original. | 21.10.1998 | 22.8.1999 |
| 39 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República de Mauricio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. | Mauricio. | Original. | 6.9.2002 | 9.8.2003 |
| 40 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República de Moldavia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Moldavia. | Original. | 30.5.2005 | 10.5.2006 |
| 41 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno Federal de la República Federal de Yugoslavia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Montenegro. | Original. | 14.12.2001 | 22.4.2004 |
| 42 | Convenio entre la República de Croacia y el Reino de Marruecos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Marruecos. | Original. | 26.6.2008 | 25.10.2012 |
| 43 | Convenio entre la República de Croacia y el Reino de los Países Bajos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Países Bajos. | Original. | 23.5.2000 | 6.4.2001 |
| 44 | Convenio entre la República de Croacia y el Reino de Noruega relativo a la aplicación provisional del Convenio entre la República Federativa Socialista de Yugoslavia y el Reino de Noruega para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Noruega. | Original. | 6.3.1996 | 6.3.1996 |
| 45 | Convenio entre la República de Croacia y el Sultanato de Omán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Omán. | Original. | 21.12.2009 | 16.2.2011 |
| 46 | Convenio entre la República de Croacia y la República de Polonia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Polonia. | Original. | 19.10.1994 | 11.2.1996 |
| 47 | Convenio entre la República de Croacia y la República Portuguesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Portugal. | Original. | 4.10.2013 | 28.2.2015 |
| 48 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno del Estado de Qatar para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Qatar. | Original. | 24.6.2008 | 6.4.2009 |
| 49 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República de Rumanía para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Rumanía. | Original. | 25.1.1996 | 28.11.1996 |
| 50 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la Federación de Rusia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Federación de Rusia. | Original. | 2.10.1995 | 19.4.1997 |
| 51 | Convenio entre la República de Croacia y la República de San Marino para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. | San Marino. | Original. | 18.10.2004 | 5.12.2005 |
| 51 | Convenio entre la República de Croacia y la República de San Marino para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. | San Marino. | Instrumento por el que se modifica. | 1.8.2012 | 21.5.2014 |
| 52 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno Federal de la República Federal de Yugoslavia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Serbia. | Original. | 14.12.2001 | 22.4.2004 |
| 53 | Convenio entre la República de Croacia y la República Eslovaca para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | República Eslovaca. | Original. | 12.2.1996 | 14.11.1996 |
| 54 | Convenio entre la República de Croacia y la República de Eslovenia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Eslovenia. | Original. | 10.6.2005 | 10.11.2005 |
| 55 | Convenio entre la República de Croacia y la República de Sudáfrica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Sudáfrica. | Original. | 18.11.1996 | 7.11.1997 |
| 56 | Convenio entre el Reino de España y la República de Croacia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | España. | Original. | 19.5.2005 | 20.4.2006 |
| 57 | Convenio entre la República Federativa Socialista de Yugoslavia y el Reino de Suecia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Suecia. | Original. | 18.6.1980 | 16.12.1981 |
| 58 | Convenio entre la República de Croacia y la Confederación Suiza para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Suiza. | Original. | 12.3.1999 | 20.12.1999 |
| 59 | Convenio entre la República de Croacia y la República Árabe Siria para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. | República Árabe Siria. | Original. | 18.7.2008 | 6.2.2009 |
| 60 | Convenio entre la República de Croacia y la República de Turquía para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. | Turquía. | Original. | 22.9.1997 | 18.5.2000 |
| 61 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de Turkmenistán para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. | Turkmenistán. | Original. | 29.4.2014 | 6.4.2015 |
| 62 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de Ucrania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Ucrania. | Original. | 10.9.1996 | 1.6.1999 |
| 63 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República de los Emiratos Árabes Unidos para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. | Emiratos Árabes Unidos. | Original. | 13.7.2017 | 28.9.2018 |
| 64 | Convenio entre la República de Croacia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital. | Reino Unido. | Original. | 15.1.2015 | 19.11.2015 |
| 65 | Convenio entre el Gobierno de la República de Croacia y el Gobierno de la República Socialista de Vietnam para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Vietnam. | Original. | 27.7.2018 | 23.5.2019 |
Artículo 4. Entidades con doble residencia.
Reserva.
En virtud del artículo 4.3.a) del Convenio, la República de Croacia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 4 a sus convenios fiscales comprendidos.
Artículo 5. Aplicación de los métodos para eliminar la doble imposición.
Reserva.
En virtud del artículo 5.8 del Convenio, la República de Croacia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 5 respecto de sus convenios fiscales comprendidos.
Artículo 6. Objeto de los convenios fiscales comprendidos.
Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 6.6 del Convenio, la República de Croacia opta por aplicar el artículo 6.3.
Notificación del texto del Preámbulo existente en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 6.5 del Convenio, la República de Croacia considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al amparo del artículo 6.4 y contienen en el Preámbulo la redacción mencionada en el artículo 6.2. A continuación, se reproduce el texto del párrafo correspondiente.
| Número del convenio en el listado | Otra Jurisdicción contratante | Texto del Preámbulo |
|---|---|---|
| 1 | Albania. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 2 | Armenia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta». |
| 3 | Austria. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 4 | Azerbaiyán. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 5 | Bielorrusia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 6 | Bélgica. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 7 | Bosnia y Herzegovina. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 8 | Bulgaria. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 9 | Canadá. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,». |
| 10 | Chile. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación a los impuestos a la renta». |
| 11 | China (República Popular). | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,». |
| 12 | República Checa. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 13 | Dinamarca. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,». |
| 14 | Estonia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,». |
| 15 | Finlandia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 16 | Francia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 17 | Georgia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 18 | Alemania. | Želeći sklopiti Ugovor o izbjegavanju dvostrukog oporezivanja porezima na dohodak i na imovinu. Von dem Wunsch geleitet, ein Abkommen zur Vermeidung der Doppelbesteuerung auf dem Gebiet der Steuern vom Einkommen und vom Vermögen zu schließen. |
| 19 | Grecia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 20 | Hungría. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 21 | Islandia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,». |
| 22 | India. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición». |
| 23 | Indonesia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta». |
| 24 | Irán. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 25 | Irlanda. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital,». |
| 26 | Israel. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 27 | Italia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal […]». |
| 28 | Jordania. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta». |
| 29 | Kazajistán. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,». |
| 30 | Corea. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 31 | Kosovo. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 32 | Kuwait. | «Deseando promover sus relaciones económicas mediante la conclusión de un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 33 | Letonia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,». |
| 34 | Lituania. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,». |
| 35 | Luxemburgo. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 36 | Macedonia del Norte. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 37 | Malasia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta». |
| 38 | Malta. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta». |
| 39 | Mauricio. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta». |
| 40 | Moldavia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 41 | Montenegro. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 42 | Marruecos. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta». |
| 43 | Países Bajos. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 44 | Noruega. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 45 | Omán. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta». |
| 46 | Polonia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 47 | Portugal. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta,». |
| 48 | Qatar. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta». |
| 49 | Rumanía. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 50 | Federación de Rusia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 51 | San Marino. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta». |
| 52 | Serbia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 53 | República Eslovaca. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 54 | Eslovenia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,». |
| 55 | Sudáfrica. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,». |
| 56 | España. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,». |
| 57 | Suecia. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 58 | Suiza. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 59 | República Árabe Siria. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta». |
| 60 | Turquía. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta». |
| 61 | Turkmenistán. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta». |
| 62 | Ucrania. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio». |
| 63 | Emiratos Árabes Unidos. | «Deseando fomentar sus relaciones económicas mediante la conclusión entre ellos de un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,». |
| 64 | Reino Unido. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital;». |
| 65 | Vietnam. | «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,». |
Notificación de los convenios incluidos en el listado que no contienen el texto del Preámbulo acordado en el Convenio.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 6.6 del Convenio, la República de Croacia considera que los siguientes convenios no contienen en el Preámbulo la referencia a su deseo de desarrollar sus relaciones económicas o de reforzar la cooperación en materia tributaria.
| Número del convenio en el listado | Otra Jurisdicción contratante |
|---|---|
| 1 | Albania. |
| 2 | Armenia. |
| 3 | Austria. |
| 4 | Azerbaiyán. |
| 5 | Bielorrusia. |
| 6 | Bélgica. |
| 7 | Bosnia y Herzegovina. |
| 8 | Bulgaria. |
| 9 | Canadá. |
| 10 | Chile. |
| 11 | China (República Popular). |
| 12 | República Checa. |
| 13 | Dinamarca. |
| 14 | Estonia. |
| 15 | Finlandia. |
| 16 | Francia. |
| 17 | Georgia. |
| 18 | Alemania. |
| 19 | Grecia. |
| 20 | Hungría. |
| 21 | Islandia. |
| 22 | India. |
| 23 | Indonesia. |
| 24 | Irán. |
| 25 | Irlanda. |
| 26 | Israel. |
| 27 | Italia. |
| 28 | Jordania. |
| 29 | Kazajistán. |
| 30 | Corea. |
| 31 | Kosovo. |
| 32 | Kuwait. |
| 33 | Letonia. |
| 34 | Lituania. |
| 35 | Luxemburgo. |
| 36 | Macedonia del Norte. |
| 37 | Malasia. |
| 38 | Malta. |
| 39 | Mauricio. |
| 40 | Moldavia. |
| 41 | Montenegro. |
| 42 | Marruecos. |
| 43 | Países Bajos. |
| 44 | Noruega. |
| 45 | Omán. |
| 46 | Polonia. |
| 47 | Portugal. |
| 48 | Qatar. |
| 49 | Rumanía. |
| 50 | Federación de Rusia. |
| 51 | San Marino. |
| 52 | Serbia. |
| 53 | República Eslovaca. |
| 54 | Eslovenia. |
| 55 | Sudáfrica. |
| 56 | España. |
| 57 | Suecia. |
| 58 | Suiza. |
| 59 | República Árabe Siria. |
| 60 | Turquía. |
| 61 | Turkmenistán. |
| 62 | Ucrania. |
| 63 | Emiratos Árabes Unidos. |
| 64 | Reino Unido. |
Artículo 7. Impedir la utilización abusiva de los convenios.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 7.17.a) del Convenio, la República de Croacia considera que los siguientes convenios no están sujetos a reserva alguna en virtud del artículo 7.15.b) y contienen disposiciones de las descritas en el artículo 7.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otras jurisdicciones contratantes | Disposición |
|---|---|---|
| 16 | Francia. | Artículo 10.7. |
| 43 | Países Bajos. | Artículo 10.9. |
| 45 | Omán. | Artículos 11.9 y 12.7. |
| 64 | Reino Unido. | Artículos 10.7, 11.7, 12.6 y 21.4. |
Artículo 8. Operaciones con dividendos.
Reserva.
En virtud del artículo 8.3.a) del Convenio, la República de Croacia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 8 a sus convenios fiscales comprendidos.
Artículo 9. Ganancias de capital procedentes de la enajenación de acciones o derechos asimilables en entidades cuyo valor proceda principalmente de bienes inmuebles.
Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 9.8 del Convenio, la República de Croacia opta por aplicar el artículo 9.4.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 9.7 del Convenio, la República de Croacia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 9.1. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otras jurisdicciones contratantes | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | Albania. | Artículo 13.4. |
| 2 | Armenia. | Artículo 13.4. |
| 4 | Azerbaiyán. | Artículo 13.4. |
| 7 | Bosnia y Herzegovina. | Artículo 13.4. |
| 9 | Canadá. | Artículo 13.4. |
| 10 | Chile. | Artículo 13.4. |
| 11 | China (República Popular). | Artículo 13.4. |
| 13 | Dinamarca. | Artículo 13.4. |
| 16 | Francia. | Artículo 13.1.b). |
| 17 | Georgia. | Artículo 13.4. |
| 18 | Alemania. | Artículo 13.2. |
| 22 | India. | Artículo 13.4. |
| 23 | Indonesia. | Artículo 13.4. |
| 24 | Irán. | Artículo 13.4. |
| 25 | Irlanda. | Artículo 13.2. |
| 26 | Israel. | Artículo 13.2. |
| 28 | Jordania. | Artículo 13.2. |
| 29 | Kazajistán. | Artículo 13.4. |
| 31 | Kosovo. | Artículo 13.4. |
| 35 | Luxemburgo. | Artículo 13.4. |
| 36 | Macedonia del Norte. | Artículo 13.4. |
| 38 | Malta. | Artículo 13.2. |
| 40 | Moldavia. | Artículo 13.4. |
| 41 | Montenegro. | Artículo 13.4. |
| 42 | Marruecos. | Artículo 13.4. |
| 46 | Polonia. | Artículo 13.4. |
| 47 | Portugal. | Artículo 13.4. |
| 49 | Rumanía. | Artículo 13.4. |
| 50 | Federación de Rusia. | Artículo 13.4. |
| 52 | Serbia. | Artículo 13.4. |
| 56 | España. | Artículo 13.4. |
| 58 | Suiza. | Artículo 13.4. |
| 61 | Turkmenistán. | Artículo 13.4. |
| 62 | Ucrania. | Artículo 13.4. |
| 64 | Reino Unido. | Artículo 13.2. |
| 65 | Vietnam. | Artículo 14.4. |
Artículo 10. Norma antiabuso para establecimientos permanentes situados en terceras jurisdicciones.
Reserva.
En virtud del artículo 10.5.a) del Convenio, la República de Croacia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 10 a sus convenios fiscales comprendidos.
Artículo 12. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de acuerdos de comisión y estrategias similares.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 12.5 del Convenio, la República de Croacia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otras jurisdicciones contratantes | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | Albania. | Artículo 5.5. |
| 2 | Armenia. | Artículo 5.5. |
| 3 | Austria. | Artículo 5.5. |
| 4 | Azerbaiyán. | Artículo 5.5. |
| 5 | Bielorrusia. | Artículo 5.5. |
| 6 | Bélgica. | Artículo 5.5. |
| 7 | Bosnia y Herzegovina. | Artículo 5.5. |
| 8 | Bulgaria. | Artículo 5.5. |
| 9 | Canadá. | Artículo 5.5. |
| 10 | Chile. | Artículo 5.5. |
| 11 | China (República Popular). | Artículo 5.5. |
| 12 | República Checa. | Artículo 5.5. |
| 13 | Dinamarca. | Artículo 5.6. |
| 14 | Estonia. | Artículo 5.5. |
| 15 | Finlandia. | Artículo 5.5. |
| 16 | Francia. | Artículo 5.5. |
| 17 | Georgia. | Artículo 5.5. |
| 18 | Alemania. | Artículo 5.5. |
| 19 | Grecia. | Artículo 5.5. |
| 20 | Hungría. | Artículo 5.5. |
| 21 | Islandia. | Artículo 5.5. |
| 22 | India. | Artículo 5.6. |
| 23 | Indonesia. | Artículo 5.5. |
| 24 | Irán. | Artículo 5.5. |
| 25 | Irlanda. | Artículo 5.5. |
| 26 | Israel. | Artículo 5.5. |
| 27 | Italia. | Artículo 5.4. |
| 28 | Jordania. | Artículo 5.5. |
| 29 | Kazajistán. | Artículo 5.5. |
| 30 | Corea. | Artículo 5.5. |
| 31 | Kosovo. | Artículo 5.5. |
| 32 | Kuwait. | Artículo 5.8. |
| 33 | Letonia. | Artículo 5.5. |
| 34 | Lituania. | Artículo 5.5. |
| 35 | Luxemburgo. | Artículo 5.5. |
| 36 | Macedonia del Norte. | Artículo 5.5. |
| 37 | Malasia. | Artículo 5.5. |
| 38 | Malta. | Artículo 5.5. |
| 39 | Mauricio. | Artículo 5.5. |
| 40 | Moldavia. | Artículo 5.5. |
| 41 | Montenegro. | Artículo 5.5. |
| 42 | Marruecos. | Artículo 5.5. |
| 43 | Países Bajos. | Artículo 5.5. |
| 44 | Noruega. | Artículo 5.5. |
| 45 | Omán. | Artículo 5.5. |
| 46 | Polonia. | Artículo 5.5. |
| 47 | Portugal. | Artículo 5.5. |
| 48 | Qatar. | Artículo 5.5. |
| 49 | Rumanía. | Artículo 5.5. |
| 50 | Federación de Rusia. | Artículo 5.5. |
| 51 | San Marino. | Artículo 5.5. |
| 52 | Serbia. | Artículo 5.5. |
| 53 | República Eslovaca. | Artículo 5.5. |
| 54 | Eslovenia. | Artículo 5.5. |
| 55 | Sudáfrica. | Artículo 5.5. |
| 56 | España. | Artículo 5.5. |
| 57 | Suecia. | Artículo 5.4. |
| 58 | Suiza. | Artículo 5.5. |
| 59 | República Árabe Siria. | Artículo 5.5. |
| 60 | Turquía. | Artículo 5.5. |
| 61 | Turkmenistán. | Artículo 5.5. |
| 62 | Ucrania. | Artículo 5.5. |
| 63 | Emiratos Árabes Unidos. | Artículo 6.5. |
| 64 | Reino Unido. | Artículo 5.5. |
| 65 | Vietnam. | Artículo 5.5.a). |
A efectos de lo dispuesto en el artículo 12.6 del Convenio, la República de Croacia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otras jurisdicciones contratantes | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | Albania. | Artículo 5.6. |
| 2 | Armenia. | Artículo 5.6. |
| 3 | Austria. | Artículo 5.6. |
| 4 | Azerbaiyán. | Artículo 5.7. |
| 5 | Bielorrusia. | Artículo 5.6. |
| 6 | Bélgica. | Artículo 5.6. |
| 7 | Bosnia y Herzegovina. | Artículo 5.6. |
| 8 | Bulgaria. | Artículo 5.6. |
| 9 | Canadá. | Artículo 5.6. |
| 10 | Chile. | Artículo 5.7. |
| 11 | China (República Popular). | Artículo 5.6. |
| 12 | República Checa. | Artículo 5.6. |
| 13 | Dinamarca. | Artículo 5.7. |
| 14 | Estonia. | Artículo 5.6. |
| 15 | Finlandia. | Artículo 5.6. |
| 16 | Francia. | Artículo 5.6. |
| 17 | Georgia. | Artículo 5.6. |
| 18 | Alemania. | Artículo 5.6. |
| 19 | Grecia. | Artículo 5.6. |
| 20 | Hungría. | Artículo 5.6. |
| 21 | Islandia. | Artículo 5.6. |
| 22 | India. | Artículo 5.8. |
| 23 | Indonesia. | Artículo 5.6. |
| 24 | Irán. | Artículo 5.6. |
| 25 | Irlanda. | Artículo 5.6. |
| 26 | Israel. | Artículo 5.6. |
| 27 | Italia. | Artículo 5.5. |
| 28 | Jordania. | Artículo 5.7. |
| 29 | Kazajistán. | Artículo 5.6. |
| 30 | Corea. | Artículo 5.6. |
| 31 | Kosovo. | Artículo 5.6. |
| 32 | Kuwait. | Artículo 5.9. |
| 33 | Letonia. | Artículo 5.6. |
| 34 | Lituania. | Artículo 5.6. |
| 35 | Luxemburgo. | Artículo 5.6. |
| 36 | Macedonia del Norte. | Artículo 5.6. |
| 37 | Malasia. | Artículo 5.6. |
| 38 | Malta. | Artículo 5.6. |
| 39 | Mauricio. | Artículo 5.6. |
| 40 | Moldavia. | Artículo 5.6. |
| 41 | Montenegro. | Artículo 5.6. |
| 42 | Marruecos. | Artículo 5.7. |
| 43 | Países Bajos. | Artículo 5.6. |
| 44 | Noruega. | Artículo 5.6. |
| 45 | Omán. | Artículo 5.6. |
| 46 | Polonia. | Artículo 5.6. |
| 47 | Portugal. | Artículo 5.6. |
| 48 | Qatar. | Artículo 5.7. |
| 49 | Rumanía. | Artículo 5.6. |
| 50 | Federación de Rusia. | Artículo 5.6. |
| 51 | San Marino. | Artículo 5.6. |
| 52 | Serbia. | Artículo 5.6. |
| 53 | República Eslovaca. | Artículo 5.6. |
| 54 | Eslovenia. | Artículo 5.6. |
| 55 | Sudáfrica. | Artículo 5.6. |
| 56 | España. | Artículo 5.6. |
| 57 | Suecia. | Artículo 5.5. |
| 58 | Suiza. | Artículo 5.6. |
| 59 | República Árabe Siria. | Artículo 5.6. |
| 60 | Turquía. | Artículo 5.6. |
| 61 | Turkmenistán. | Artículo 5.6. |
| 62 | Ucrania. | Artículo 5.6. |
| 63 | Emiratos Árabes Unidos. | Artículo 6.7. |
| 64 | Reino Unido. | Artículo 5.6. |
| 65 | Vietnam. | Artículo 5.7. |
Artículo 13. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de exenciones de actividades concretas.
Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 13.7 del Convenio, la República de Croacia opta, conforme al artículo 13.1, por aplicar la Opción A.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 13.7 del Convenio, la República de Croacia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 13.5.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otras jurisdicciones contratantes | Disposición |
|---|---|---|
| 1 | Albania. | Artículo 5.4. |
| 2 | Armenia. | Artículo 5.4. |
| 3 | Austria. | Artículo 5.4. |
| 4 | Azerbaiyán. | Artículo 5.4. |
| 5 | Bielorrusia. | Artículo 5.4. |
| 6 | Bélgica. | Artículo 5.4. |
| 7 | Bosnia y Herzegovina. | Artículo 5.4. |
| 8 | Bulgaria. | Artículo 5.4. |
| 9 | Canadá. | Artículo 5.4. |
| 10 | Chile. | Artículo 5.4. |
| 11 | China (República Popular). | Artículo 5.4. |
| 12 | República Checa. | Artículo 5.4. |
| 13 | Dinamarca. | Artículo 5.5. |
| 14 | Estonia. | Artículo 5.4. |
| 15 | Finlandia. | Artículo 5.4. |
| 16 | Francia. | Artículo 5.4. |
| 17 | Georgia. | Artículo 5.4. |
| 18 | Alemania. | Artículo 5.4. |
| 19 | Grecia. | Artículo 5.4. |
| 20 | Hungría. | Artículo 5.4. |
| 21 | Islandia. | Artículo 5.4. |
| 22 | India. | Artículo 5.5. |
| 23 | Indonesia. | Artículo 5.4. |
| 24 | Irán. | Artículo 5.4. |
| 25 | Irlanda. | Artículo 5.4. |
| 26 | Israel. | Artículo 5.4. |
| 27 | Italia. | Artículo 5.3. |
| 28 | Jordania. | Artículo 5.4. |
| 29 | Kazajistán. | Artículo 5.4. |
| 30 | Corea. | Artículo 5.4. |
| 31 | Kosovo. | Artículo 5.4. |
| 32 | Kuwait. | Artículo 5.7. |
| 33 | Letonia. | Artículo 5.4. |
| 34 | Lituania. | Artículo 5.4. |
| 35 | Luxemburgo. | Artículo 5.4. |
| 36 | Macedonia del Norte. | Artículo 5.4. |
| 38 | Malta. | Artículo 5.4. |
| 39 | Mauricio. | Artículo 5.4. |
| 40 | Moldavia. | Artículo 5.4. |
| 41 | Montenegro. | Artículo 5.4. |
| 42 | Marruecos. | Artículo 5.4. |
| 43 | Países Bajos. | Artículo 5.4. |
| 44 | Noruega. | Artículo 5.4. |
| 45 | Omán. | Artículo 5.4. |
| 46 | Polonia. | Artículo 5.4. |
| 47 | Portugal. | Artículo 5.4. |
| 48 | Qatar. | Artículo 5.4. |
| 49 | Rumanía. | Artículo 5.4. |
| 50 | Federación de Rusia. | Artículo 5.4. |
| 51 | San Marino. | Artículo 5.4. |
| 52 | Serbia. | Artículo 5.4. |
| 53 | República Eslovaca. | Artículo 5.4. |
| 54 | Eslovenia. | Artículo 5.4. |
| 55 | Sudáfrica. | Artículo 5.4. |
| 56 | España. | Artículo 5.4. |
| 57 | Suecia. | Artículo 5.3. |
| 58 | Suiza. | Artículo 5.4. |
| 59 | República Árabe Siria. | Artículo 5.4. |
| 60 | Turquía. | Artículo 5.4. |
| 61 | Turkmenistán. | Artículo 5.4. |
| 62 | Ucrania. | Artículo 5.4. |
| 63 | Emiratos Árabes Unidos. | Artículo 6.4. |
| 64 | Reino Unido. | Artículo 5.4. |
| 65 | Vietnam. | Artículo 5.4. |
Artículo 14. Fragmentación de contratos.
Reserva.
En virtud del artículo 14.3.a) del Convenio, la República de Croacia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 14 a sus convenios fiscales comprendidos.
Artículo 16. Procedimiento amistoso.
Reserva.
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