Reformas legislativas de 2017

En 2017, se registraron 107 reformas que afectaron a 70 normas en Colombia.

107 reformas
70 leyes afectadas
« 2016 2018 »
diciembre 2017 11 reformas
2017-12-27
["**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.", "**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.", "**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.", "**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.", "**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.", "**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.", "**Art\u00edculo 6.16.1.1.2***Informaci\u00f3n sobre la colocaci\u00f3n de documentos en el mercado primario.*"]
2017-12-27
["**ARTICULO 79.Plan de estudios.** El plan de estudios es el esquema estructurado de las \u00e1reas obligatorias y fundamentales y de \u00e1reas optativas con sus respectivas asignaturas", "que forman parte del curr\u00edculo de los establecimientos educativos."]
2017-12-26
["**ARTICULO 21.Objetivos espec\u00edficos de la educaci\u00f3n b\u00e1sica en el ciclo de primaria**. Los cinco (5) primeros grados de la educaci\u00f3n b\u00e1sica que constituyen el ciclo de primaria", "tendr\u00e1n como objetivos espec\u00edficos los siguientes:", "**ARTICULO 22.Objetivos espec\u00edficos de la educaci\u00f3n b\u00e1sica en el ciclo de secundaria**. Los cuatro (4) grados subsiguientes de la educaci\u00f3n b\u00e1sica que constituyen el ciclo de secundaria", "tendr\u00e1n como objetivos espec\u00edficos los siguientes:", "**ARTICULO 23.\u00c1reas obligatorias y fundamentales**. Para el logro de los objetivos de la educaci\u00f3n b\u00e1sica se establecen \u00e1reas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formaci\u00f3n que necesariamente se tendr\u00e1n que ofrecer de acuerdo con el curr\u00edculo y el Proyecto Educativo Institucional.", "**ARTICULO 30.Objetivos espec\u00edficos de la educaci\u00f3n media acad\u00e9mica**. Son objetivos espec\u00edficos de la educaci\u00f3n media acad\u00e9mica:", "**ARTICULO 78.** Regulaci\u00f3n del curr\u00edculo. El Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional dise\u00f1ar\u00e1 los lineamientos generales de los procesos curriculares y", "en la educaci\u00f3n formal establecer\u00e1 los indicadores de logros para cada grado de los niveles educativos", "tal como lo fija el art\u00edculo 148 de la presente ley."]
2017-12-26
["**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.", "**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.", "**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia."]
2017-12-22
["**Art\u00edculo 7\u00ba**. Prima de direcci\u00f3n. Es la retribuci\u00f3n econ\u00f3mica que se reconoce a los empleados p\u00fablicos del sistema espec\u00edfico de carrera de la Unidad Administrativa Especial Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales", "por el ejercicio de las funciones inherentes a las jefaturas", "cuando han sido designados para el efecto."]
2017-12-21
["**Art\u00edculo 2A.** P\u00e9rdida de la calidad los consejeros del CESU elegidos mediante convocatoria. La calidad de consejero del CESU elegido mediante convocatoria se perder\u00e1 en los siguientes casos:"]
2017-12-11
["**Art\u00edculo 5.6.11.2.7***Calificaci\u00f3n*.", "**Art\u00edculo 5.6.11.2.7***Calificaci\u00f3n*."]
2017-12-07
["**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.", "**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.", "**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia."]
2017-12-06
["**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.", "**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia."]
2017-12-06
["**Art\u00edculo 9.** Masa de la liquidaci\u00f3n. La masa de la liquidaci\u00f3n de la Empresa de Telecomunicaciones de Cartagena - Telecartagena S. A. ESP en Liquidaci\u00f3n estar\u00e1 constituida por los bienes de propiedad de Empresa de Telecomunicaciones de Cartagena - Telecartagena S.A. ESP en Liquidaci\u00f3n; a los que se refiere el art\u00edculo 20 del Decreto-ley 254 de 2000 y la contraprestaci\u00f3n que pague el Gestor del Servicio en virtud del contrato de explotaci\u00f3n a que se refiere el art\u00edculo anterior.", "**Art\u00edculo 12.** Funciones del liquidador. El Liquidador actuar\u00e1 como representante legal de la Empresa de Telecomunicaciones de Cartagena - Telecartagena S. A. ESP en Liquidaci\u00f3n y adelantar\u00e1 el proceso de liquidaci\u00f3n de la Empresa dentro del marco de las disposiciones del Decreto-ley 254 de 2000", "de las atribuciones se\u00f1aladas en el presente decreto y de las dem\u00e1s normas aplicables. En particular ejercer\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 32**. Estudio de t\u00edtulos. Durante la etapa de inventarios", "el Liquidador dispondr\u00e1 la realizaci\u00f3n de un estudio de t\u00edtulos de los bienes inmuebles de propiedad de la entidad", "con el fin de sanear cualquier irregularidad que pueda afectar su posterior enajenaci\u00f3n y de identificar los grav\u00e1menes y limitaciones existentes al derecho de dominio.", "**Art\u00edculo 44.** Transferencia de la propiedad de los activos no afectos al servicio y de lasubrogaci\u00f3n de contratos al PAR. Una vez se celebre el contrato de fiducia mercantil a que se hace referencia en el numeral 12.27 del art\u00edculo 12 del presente Decreto", "se transferir\u00e1 autom\u00e1ticamente al PAR la propiedad de los activos no afectos al servicio p\u00fablico de telecomunicaciones con base en una relaci\u00f3n de los mismos y tomando como referencia los valores que reflejen los estados financieros de la liquidaci\u00f3n", "as\u00ed como los recursos l\u00edquidos de la Empresa de Telecomunicaciones de Cartagena - Telecartagena S. A. ESP en Liquidaci\u00f3n para elcumplimiento de las actividades", "obligaciones o fines a cargo del mismo", "determinadas en el presente Decreto", "o que de conformidad con la ley correspondan a las sociedades Fiduciarias."]
2017-12-06
["**Art\u00edculo 2**\u00ba. Acl\u00e1rese y modif\u00edcase el art\u00edculo 9\u00ba del Decreto 1609 de 2003", "el cual quedar\u00e1 as\u00ed:", "**Art\u00edculo 3**\u00ba. Modif\u00edcanse los numerales 12.1", "12.2 y 12.4; y adici\u00f3nanse los numerales 12.26 y 12.27 al art\u00edculo 12 del Decreto 1609 de 2003", "los cuales quedar\u00e1n as\u00ed:", "**Art\u00edculo 4**\u00ba. Adici\u00f3nase el art\u00edculo 32 del Decreto 1609 de 2003", "con el siguiente par\u00e1grafo:", "**Art\u00edculo 5\u00ba.** Adici\u00f3nase el Decreto 1609 de 2003 con el art\u00edculo 44", "el cual quedar\u00e1 as\u00ed:"]
noviembre 2017 2 reformas
2017-11-13
["**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas."]
2017-11-06
["Art\u00edculo 1\u00b0.SUBROGADO", "**Art\u00edculo 2\u00b0.** SUBROGADO", "**Art\u00edculo 3\u00b0.** *SUBROGADO*", "**Art\u00edculo 4\u00b0.** SUBROGADO", "Art\u00edculo 5 \u00ba. SUBROGADO", "Art\u00edculo 6 \u00ba. SUBROGADO", "Art\u00edculo 8 \u00ba. SUBROGADO"]
octubre 2017 6 reformas
2017-10-26
["**Art\u00edculo 12**. Derogado.", "**Art\u00edculo 13**.Derogado.", "**Art\u00edculo 14**. Derogado.", "**Art\u00edculo 15**.Derogado.", "**Art\u00edculo 16**.Derogado.", "**Art\u00edculo 17**.Derogado.", "**Art\u00edculo 18**. Derogado.", "**Art\u00edculo 19**.Derogado.", "**Art\u00edculo 20**.Derogado.", "**Art\u00edculo 21**.Derogado.", "**Art\u00edculo 22**.Derogado.", "**Art\u00edculo 23**.Derogado.", "**Art\u00edculo 24**.Derogado.", "**Art\u00edculo 25**. Derogado.", "**Art\u00edculo 26**.Derogado.", "**Art\u00edculo 27**.Derogado.", "**Art\u00edculo 28**.Derogado.", "**Art\u00edculo 29**.Derogado.", "**Art\u00edculo 30**. Contratos vigentes. Los contratos y convenios actualmente vigentes celebrados por las entidades fusionadas", "se entienden subrogados en la Agencia Log\u00edstica de las Fuerzas Militares", "la cual continuar\u00e1 su ejecuci\u00f3n y cumplimiento", "sin que para ello sea necesario suscripci\u00f3n de documento adicional alguno por las partes. La Direcci\u00f3n General de la entidad", "impartir\u00e1 las instrucciones necesarias dirigidas a continuar en forma ininterrumpida y arm\u00f3nica", "la ejecuci\u00f3n de la totalidad de los contratos.", "**Art\u00edculo 31**.Derogado.", "**Art\u00edculo 32**. Derogado.", "**Art\u00edculo 33**.Derogado.", "**Art\u00edculo 34**.Derogado.", "**Art\u00edculo 35**.Derogado.", "**Art\u00edculo 36**. Derogado.", "**Art\u00edculo 37**.Derogado.", "**Art\u00edculo 38**.Derogado.", "**Art\u00edculo 39**. Derogado.", "**Art\u00edculo 40**. **Derogado**"]
2017-10-24
["**Art\u00edculo 7 .Incentivo por desempe\u00f1o nacional.** El Incentivo por Desempe\u00f1o Nacional", "a partir de la vigencia del presente decreto", "se denomina Prima de Gesti\u00f3n Tributaria", "Aduanera y Cambiaria", "que constituye un reconocimiento a la gesti\u00f3n colectiva en el ejercicio de las funciones de los empleados de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN."]
2017-10-18
["Art\u00edculo 1\u00b0.SUBROGADO", "**Art\u00edculo 2\u00b0.** SUBROGADO", "**Art\u00edculo 3\u00b0.** *SUBROGADO*", "**Art\u00edculo 4\u00b0.** SUBROGADO"]
2017-10-11
["**Art\u00edculo 1\u00b0***Sesiones de las asambleas.* El art\u00edculo 1\u00b0 de la Ley 56 de 1993", "quedar\u00e1 as\u00ed:"]
2017-10-02
["**Art\u00edculo 17.** *Bienes imprescriptibles.* No podr\u00e1n ser objeto de posesi\u00f3n ni prescripci\u00f3n los bienes de uso p\u00fablico", "ni los fiscales", "ni los parques naturales", "ni los que se encuentren dentro de las reservas forestales", "ecol\u00f3gicas o en zonas no urbanizables", "ni los que pertenezcan a las comunidades ind\u00edgenas o negritudes se\u00f1alados por la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en general los que la ley declara como imprescriptibles."]
septiembre 2017 3 reformas
2017-09-21
["**Art\u00edculo 319.-** REGIMEN PATRIMONIAL", "Art\u00edculo 326. Funciones y facultades de la Superintendencia Bancaria. Para el ejercicio de los objetivos se\u00f1alados en el art\u00edculo anterior", "la Superintendencia Bancaria tendr\u00e1 las funciones y facultades consagradas en los numerales siguientes", "sin perjuicio de las que por virtud de otras disposiciones legales le correspondan. **1. Funciones de aprobaci\u00f3n u objeci\u00f3n para el funcionamiento de entidades.** La Superintendencia Bancaria tendr\u00e1 las siguientes funciones de aprobaci\u00f3n u objeci\u00f3n:"]
2017-09-20
["**Art\u00edculo 48.-** INSTRUMENTOS DE LA INTERVENCION", "**Art\u00edculo 320.-** OPERACIONES"]
2017-09-08
["**Art\u00edculo 361.** Los ingresos corrientes del Sistema General de Regal\u00edas se destinar\u00e1n a la financiaci\u00f3n de proyectos de inversi\u00f3n que contribuyan al desarrollo social", "econ\u00f3mico", "y ambiental de las entidades territoriales."]
agosto 2017 10 reformas
2017-08-28
["**Art\u00edculo 3\u00b0** Suprimido", "**Art\u00edculo 4\u00b0.** Los empleados p\u00fablicos en condici\u00f3n de prepensionados que desempe\u00f1an los cargos que se relacionan a continuaci\u00f3n", "se mantendr\u00e1n temporalmente en la planta de personal mientras conserven la condici\u00f3n que les otorga el reunir el supuesto de hecho que gener\u00f3 el beneficio. Extinguida la condici\u00f3n de beneficiario por circunstancias sobrevinientes", "se entender\u00e1n efectivamente retirados del servicio."]
2017-08-28
["**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia."]
2017-08-17
["**Art\u00edculo 387.***Constre\u00f1imiento al sufragante*. El que amenace o presione por cualquier medio a un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley", "con el fin de obtener apoyo o votaci\u00f3n por determinado candidato o lista de candidatos", "voto en blanco", "o por los mismos medios le impida el libre ejercicio del derecho al sufragio", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a nueve (9) a\u00f1os y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes. En igual pena incurrir\u00e1 quien por los mismos medios pretenda obtener en plebiscito", "referendo", "consulta popular o revocatoria del mandato", "apoyo o votaci\u00f3n en determinado sentido", "o impida el libre ejercicio del derecho al sufragio. La pena se aumentar\u00e1 de la mitad al doble cuando la conducta sea realizada por servidor p\u00fablico", "cuando haya subordinaci\u00f3n o cuando se condicione el otorgamiento o acceso a beneficios otorgados con ocasi\u00f3n de programas sociales o de cualquier otro orden de naturaleza gubernamental."]
2017-08-16
["**Art\u00edculo 386.***Perturbaci\u00f3n de certamen democr\u00e1tico*. El que por medio de maniobra enga\u00f1osa perturbe o impida votaci\u00f3n p\u00fablica relacionada con los mecanismos de participaci\u00f3n democr\u00e1tica", "o el escrutinio de la misma", "o la realizaci\u00f3n de un cabildo abierto", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a nueve (9) a\u00f1os y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes. La pena ser\u00e1 de prisi\u00f3n de seis (6) a doce (12) a\u00f1os cuando la conducta se realice por medio de violencia. La pena se aumentar\u00e1 de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor p\u00fablico.", "**Art\u00edculo 388.***Fraude al sufragante*. El que mediante maniobra enga\u00f1osa obtenga que un ciudadano o un extranjero habilitado por la ley", "vote por determinado candidato", "partido o corriente pol\u00edtica o lo haga en blanco", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a ocho (8) a\u00f1os", "y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes. En igual pena incurrir\u00e1 quien por el mismo medio obtenga en plebiscito", "referendo", "consulta popular o revocatoria del mandato votaci\u00f3n en determinado sentido. La pena se aumentar\u00e1 de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor p\u00fablico. La pena se aumentar\u00e1 de la mitad al doble cuando la conducta este mediada por amenazas de p\u00e9rdidas de servicios p\u00fablicos estatales o beneficios otorgados con ocasi\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de programas sociales o culturales o de cualquier otro orden", "de naturaleza estatal o gubernamental.", "**Art\u00edculo 389A.** *Elecci\u00f3n il\u00edcita de candidatos*. El que sea elegido para un cargo de elecci\u00f3n popular estando inhabilitado para desempe\u00f1arlo por decisi\u00f3n judicial", "disciplinaria o fiscal incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n decuatro (4) a nueve (9) a\u00f1os y multa de doscientos (200) a ochocientos (800) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes.", "**Art\u00edculo 390A.** *Tr\u00e1fico de votos.* El que ofrezca los votos de un grupo de ciudadanos a cambio de dinero o d\u00e1diva con la finalidad de que dichos ciudadanos consignen su voto en favor de determinado candidato", "partido o corriente pol\u00edtica", "voten en blanco", "se abstengan de hacerlo o lo hagan en determinado sentido en un plebiscito", "referendo", "consulta popular o revocatoria de mandato incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro(4) a nueve (9) a\u00f1os y multa de cuatrocientos (400) a mil doscientos(1.200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes.", "**Art\u00edculo 391.***Voto fraudulento*. El que suplante a un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley", "o vote m\u00e1s de una vez", "o sin derechoconsigne voto en una elecci\u00f3n", "plebiscito", "referendo", "consulta popular", "o revocatoria del mandato", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a ocho (8) a\u00f1os y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes.", "**Art\u00edculo 392.***Favorecimiento de voto fraudulento*. El servidor p\u00fablico que permita suplantar a un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley", "o votar m\u00e1s de una vez o hacerlo sin derecho", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a nueve (9) a\u00f1os", "multa de cincuenta (50) adoscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para ejercer cargos p\u00fablicos por el doble de la pena de prisi\u00f3n impuesta.", "**Art\u00edculo 393.** Mora en la entrega de documentos relacionados con una votaci\u00f3n. El servidor p\u00fablico que no haga entrega oportuna a la autoridad competente de documentos electorales", "sellos de urna o de arca triclave", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a nueve (9) a\u00f1os", "multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para ejercer cargos p\u00fablicos por el mismo tiempo de la pena de prisi\u00f3n impuesta.", "**Art\u00edculo 394.** Alteraci\u00f3n de resultados electorales. El que por medio distinto de los se\u00f1alados en los art\u00edculos precedentes altere el resultado de una votaci\u00f3n o introduzca documentos o tarjetones indebidamente", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a ocho (8) a\u00f1os", "salvo que la conducta constituya delito sancionado con pena mayor", "y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes. La pena se aumentar\u00e1 de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor p\u00fablico.", "**Art\u00edculo 395.***Ocultamiento", "retenci\u00f3n y posesi\u00f3n il\u00edcita de c\u00e9dula*. El que haga desaparecer posea o retenga c\u00e9dula de ciudadan\u00eda ajena o cualquier otro documento necesario para el ejercicio del derecho de sufragio", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a ocho (8) a\u00f1os", "salvo que la conducta constituya delito sancionado con pena mayor", "y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes.", "**Art\u00edculo 396C.** *Omisi\u00f3n de informaci\u00f3n del aportante.* El que no informe de sus aportes realizados a las campa\u00f1as electorales conforme a los t\u00e9rminos establecidos en la ley", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a ocho (8) a\u00f1os y multa de cuatrocientos (400) a mil doscientos (1.200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes."]
2017-08-04
["**Art\u00edculo 1\u00b0.** La Cuota de Compensaci\u00f3n Militar", "es una contribuci\u00f3n ciudadana", "especial", "pecuniaria e individual que debe pagar al Tesoro Nacional", "el inscrito que no ingrese a filas y sea clasificado", "seg\u00fan lo previsto en la presente ley o normas que la modifiquen o adicionen."]
2017-08-03
["***ARTICULO 29.Derogado.***", "***ARTICULO 30.Derogado***", "**ARTICULO 31.**Derogado.", "**ARTICULO 32.** ***Derogado.***", "**ARTICULO 33.** ***Derogado***", "**ARTICULO 34. *Derogado***", "**ARTICULO 35.** ***Derogado***", "***ARTICULO 36.Derogado***", "**ARTICULO 37. *Derogado***", "**ARTICULO 38.***Derogado*"]
2017-08-03
["**Art\u00edculo 7\u00b0.** Para el pago de la cuota de compensaci\u00f3n militar y de las sanciones e infracciones causadas en el proceso de definici\u00f3n de la situaci\u00f3n militar", "podr\u00e1n establecerse facilidades para realizar el pago. Para lo anterior", "podr\u00e1 establecerse cualquiera de las modalidades de pago y de cobro coactivo previstas en la ley. El Gobierno nacional reglamentar\u00e1 la materia en un t\u00e9rmino no mayor a seis (6) meses a partir de la vigencia de esta ley. La cuota de compensaci\u00f3n militar liquidada se pagar\u00e1 dentro de los noventa (90) d\u00edas siguientes a la fecha de ejecutoria del correspondiente recibo de liquidaci\u00f3n", "prorrogables por el mismo t\u00e9rmino a solicitud del interesado."]
julio 2017 21 reformas
2017-07-26
["**Art\u00edculo 6\u00b0.** D\u00eda Nacional de la Familia. Decl\u00e1rese el 15 de mayo de cada a\u00f1o", "como el \u201cD\u00eda Nacional de la Familia\u201d. El D\u00eda de la Familia ser\u00e1 tambi\u00e9n el \u201cD\u00eda sin Redes\u201d", "para lo cual los operadores de telecomunicaciones de internet y telefon\u00eda m\u00f3vil en cumplimiento a la funci\u00f3n social que les asiste", "promover\u00e1n mensajes que durante ese d\u00eda inviten a los usuarios a un uso responsable de todos los medios digitales", "adviertan los riesgos que conllevan y a dedicarle tiempo de calidad", "a los miembros de su familia. El Gobierno nacional dise\u00f1ar\u00e1 e implementar\u00e1 campa\u00f1as pedag\u00f3gicas que realcen el valor de la familia como n\u00facleo fundamental de la sociedad y la importancia del di\u00e1logo presencial e intergeneracional entre los miembros de la familia. As\u00ed mismo", "el Gobierno nacional podr\u00e1 solicitar un espacio institucional", "en horario prime", "a la Comisi\u00f3n de Regulaci\u00f3n de Comunicaciones (CRC)", "para promover las campa\u00f1as", "en concordancia con el Acuerdo 002 de 2011. **Par\u00e1grafo.** El 26 de septiembre de cada a\u00f1o", "se realizar\u00e1n campa\u00f1as previas para la sensibilizaci\u00f3n a efecto de visibilizar la composici\u00f3n y caracter\u00edsticas de las familias m\u00faltiples. Para tal efecto", "se destinar\u00e1n los espacios institucionales en iguales t\u00e9rminos", "de los que trata este art\u00edculo."]
2017-07-25
["**Art\u00edculo 1\u00b0.** Objeto. La presente ley tiene por objeto fortalecer y garantizar el desarrollo integral de la familia", "como n\u00facleo fundamental de la sociedad."]
2017-07-19
["**Art\u00edculo 6\u00ba.***Deberes.* El Estado", "la sociedad civil", "la familia", "el adulto mayor y los medios de comunicaci\u00f3n", "deber\u00e1n para con los adultos mayores:", "**Art\u00edculo 28.***Funciones.* Ser\u00e1n funciones del Consejo:"]
2017-07-19
["***Art\u00edculo 229A.*** *Maltrato por descuido", "negligencia o abandono en persona mayor de 60 a\u00f1os**.* El que someta a condici\u00f3n de abandono y descuido a persona mayor", "con 60 a\u00f1os de edad o m\u00e1s", "genere afec\u00adtaci\u00f3n en sus necesidades de higiene", "vestuario", "alimentaci\u00f3n y salud", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a ocho (8) a\u00f1os y en multa de 1 a 5 salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes."]
2017-07-18
["**Art\u00edculo 11.***Oficina Asesora Jur\u00eddica.* Son funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica las siguientes:"]
2017-07-18
["**Art\u00edculo 17C.** Incidente de oposici\u00f3n de terceros a la medida cautelar. En los casos en que haya terceros que se consideren de buena fe exenta de culpa con derechos sobre los bienes cautelados para efectos de extinci\u00f3n de dominio en virtud del art\u00edculo 17B", "el magistrado con funci\u00f3n de control de garant\u00edas", "a instancia del interesado", "dispondr\u00e1 el tr\u00e1mite de un incidente que se desarrollar\u00e1 as\u00ed:"]
2017-07-18
["**Art\u00edculo 298.***Contenido y vigencia.* El mandamiento escrito expedido por el juez correspondiente indicar\u00e1 de forma clara y sucinta los motivos de la captura", "el nombre y los datos que permitan individualizar al indiciado o imputado", "cuya captura se ordena", "el delito que provisionalmente se se\u00f1ale", "la fecha de los hechos y el fiscal que dirige la investigaci\u00f3n."]
2017-07-18
["**Articulo 5.** Responsabilidad. El Gobernador o el Alcalde municipal o Distrital ser\u00e1 el responsable de sus recursos recaudados por la estam\u00adpilla en el desarrollo de los programas que se deriven de su inversi\u00f3n en la respectiva jurisdicci\u00f3n", "dando cumplimiento a lo relacionado en su plan de desarrollo para el grupo poblacional al que se refiere la presente ley", "y delegar\u00e1 en la dependencia competente", "la ejecuci\u00f3n de los proyectos que componen los Centros Vida", "Centros de Bienestar del Anciano y Granjas para adulto mayor", "creando todos los sistemas de informaci\u00f3n que permitan un seguimiento completo de la gesti\u00f3n realizada por estos. **Par\u00e1grafo**. La ejecuci\u00f3n de los recursos en los departamentos", "distri\u00adtos y municipios se podr\u00e1 realizar a trav\u00e9s de convenios con entidades reconocidas para el manejo de los Centros Vida", "Centros de Bienestar del Anciano y Granjas para adulto mayor", "no obstante", "estos deber\u00e1n prever dentro de su estructura administrativa la unidad encargada de su seguimiento y control como estrategia de una pol\u00edtica p\u00fablica orien\u00adtada a mejorar las condiciones de vida de las personas de tercera edad."]
2017-07-18
["**Art\u00edculo 230A. Ejercicio arbitrario de la custodia de hijo menor de edad.** El padre que arrebate", "sustraiga", "retenga u oculte a uno de sus hijos menores sobre quienes ejerce la patria potestad con el fin de privar al otro padre del derecho de custodia y cuidado personal", "incurrir\u00e1", "por ese solo hecho", "en prisi\u00f3n de uno (1) a tres (3) a\u00f1os y en multa de uno (1) a diecis\u00e9is (16) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes"]
2017-07-18
["**Art\u00edculo 7\u00b0.***Definiciones*. Para fines de la presente ley", "se adoptan las siguientes definiciones:"]
2017-07-18
["**Art\u00edculo 7\u00ba.***Objetivos*. El Estado", "en cumplimiento de los fines sociales", "es responsable de la planificaci\u00f3n", "coordinaci\u00f3n", "ejecuci\u00f3n y seguimiento de las acciones encaminadas al desarrollo integral del adulto mayor", "para lo cual deber\u00e1 elaborar la Pol\u00edtica Nacional de Envejecimiento y Vejez", "teniendo en cuenta los siguientes objetivos: 1. Mejorar la calidad de vida de los adultos mayores como miembros de la sociedad", "de manera preferente la de aquellos m\u00e1s pobres y vulnerables. 2. A trav\u00e9s de enfoques multidisciplinarios", "integrales e integradores", "incorporar los problemas del envejecimiento como factores del desarrollo nacional", "haciendo part\u00edcipe en este prop\u00f3sito a los adultos mayores. 3. Construir y desarrollar instrumentos culturales que valoren el aporte de los adultos mayores y faciliten la transmisi\u00f3n de sus habilidades y experiencias a las nuevas generaciones. 4. Alcanzar la plena integraci\u00f3n y participaci\u00f3n de los adultos mayores en el desarrollo econ\u00f3mico", "social", "pol\u00edtico y cultural de la Naci\u00f3n", "reconociendo el trabajo intergeneracional que cumplen en la sociedad. 5. Construir mecanismos de concertaci\u00f3n", "coordinaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n en las distintas instancias del poder p\u00fablico y de la sociedad civil en la promoci\u00f3n", "protecci\u00f3n", "restablecimiento y garant\u00eda de los derechos de los adultos mayores. 6. Transversalizar la pol\u00edtica haciendo del adulto mayor parte integral en los planes", "programas", "proyectos y mecanismos de trabajo de la Administraci\u00f3n P\u00fablica. 7. Exigir una prestaci\u00f3n de servicios con calidad al adulto mayor en todos sus \u00e1mbitos. 8. Promocionar una cultura de respeto al adulto mayor dentro de la sociedad y la familia. 9. Promoci\u00f3n de entornos saludables", "de accesibilidad y el acceso a la habilitaci\u00f3n/rehabilitaci\u00f3n del adulto mayor."]
2017-07-18
["***Art\u00edculo 55. Sanciones administrativas.*** *Las personas naturales o jur\u00eddicas que infrinjan las disposiciones establecidas en la presente ley y dem\u00e1s normas legales sobre la materia expedidas por las autoridades colombianas competentes", "se har\u00e1n acreedoras seg\u00fan la gravedad de la infracci\u00f3n a una o m\u00e1s de las siguientes sanciones", "que aplicar\u00e1 la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap)", "o quien haga sus veces", "sin perjuicio de las sanciones penales y dem\u00e1s a que hubiere lugar:*"]
2017-07-18
["**Art\u00edculo 2\u00b0.Naturaleza y representaci\u00f3n legal del Fondo.** El Fondo Especial para la Administraci\u00f3n de Bienes de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n se organizar\u00e1 como un fondo-cuenta con personer\u00eda jur\u00eddica y autonom\u00eda administrativa", "de conformidad con las disposiciones presupuestales para los fondos especiales establecidas en el art\u00edculo 27 de la Ley 225 de 1995", "art\u00edculos 11 y 30 del Decreto n\u00famero 111 de 1996", "las normas que las modifiquen o adicionen", "y lo dispuesto en la presente ley. Este fondo ser\u00e1 representado legalmente por un gerente de libre nombramiento y remoci\u00f3n que designar\u00e1 el Fiscal General de la Naci\u00f3n de la planta de personal de la entidad", "quien deber\u00e1 contar con estudios", "conocimientos y experiencia profesional en asuntos de administraci\u00f3n p\u00fablica o afines con la funci\u00f3n que requiere el ejercicio de la representaci\u00f3n legal del fondo."]
2017-07-18
["**Art\u00edculo 8\u00b0.Contradicci\u00f3n.** Los sujetos procesales tendr\u00e1n el derecho a controvertir las pruebas y aquellas decisiones que sean susceptibles de recursos dentro del proceso de extinci\u00f3n de dominio. A tal efecto", "el funcionario judicial deber\u00e1 motivar las decisiones que afecten sus derechos fundamentales o reales patrimoniales o que resuelvan de fondo aspectos sustanciales del proceso.", "**Art\u00edculo 10. Publicidad.** Durante la fase inicial la actuaci\u00f3n ser\u00e1 reservada", "incluso para los sujetos procesales e intervinientes. El juicio de extinci\u00f3n de dominio ser\u00e1 p\u00fablico.", "**Art\u00edculo 13.** **Derechos del afectado***.* Adem\u00e1s de todas las garant\u00edas expresamente previstas en esta ley", "el afectado tendr\u00e1 tambi\u00e9n los siguientes derechos:", "**Art\u00edculo 17.Naturaleza de la acci\u00f3n.** La acci\u00f3n de extinci\u00f3n de dominio de que trata la presente ley es de naturaleza constitucional", "p\u00fablica", "jurisdiccional", "directa", "de car\u00e1cter real patrimonial y de contenido patrimonial", "y proceder\u00e1 sobre cualquier bien", "independientemente de quien lo tenga en su poder o lo haya adquirido.", "**Art\u00edculo 26.Remisi\u00f3n.** La acci\u00f3n de extinci\u00f3n de dominio se sujetar\u00e1 exclusivamente a la Constituci\u00f3n y a las disposiciones de la presente ley. En los eventos no previstos se atender\u00e1n las siguientes reglas de integraci\u00f3n:", "**Art\u00edculo 29. Atribuciones.** Corresponde a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n:", "**Art\u00edculo 30.Afectados.** Se considera afectada dentro del tr\u00e1mite de extinci\u00f3n de dominio a toda persona", "natural o jur\u00eddica", "que alegue ser titular de derechos sobre alguno de los bienes que sean objeto de la acci\u00f3n extinci\u00f3n de dominio:", "**Art\u00edculo 31.Ministerio P\u00fablico***.* El Ministerio P\u00fablico actuar\u00e1 en el tr\u00e1mite de extinci\u00f3n de dominio en defensa del orden jur\u00eddico", "del patrimonio p\u00fablico y los derechos y garant\u00edas fundamentales. Este podr\u00e1 intervenir como sujeto procesal a partir de la presentaci\u00f3n de la demanda de extinci\u00f3n de dominio por parte del Fiscal", "con las mismas facultades de los dem\u00e1s sujetos procesales", "y ser\u00e1 ejercido por el Procurador General de la Naci\u00f3n a trav\u00e9s de sus delegados y agentes.", "**Art\u00edculo 32.Ministerio de Justicia y del Derecho***.* El Ministerio de Justicia y del Derecho actuar\u00e1 en el tr\u00e1mite de extinci\u00f3n de dominio en defensa del inter\u00e9s jur\u00eddico de la naci\u00f3n y representaci\u00f3n del ente responsable de la administraci\u00f3n de los bienes afectados en el curso del procedimiento. Este podr\u00e1 intervenir a partir de la presentaci\u00f3n de la demanda de extinci\u00f3n de dominio por parte del Fiscal y tendr\u00e1 la facultad de presentar las solicitudes y los recursos que estime necesarios en procura de los intereses del Estado.", "**Art\u00edculo 33.Competencia para el juzgamiento.** La administraci\u00f3n de justicia en materia de extinci\u00f3n de dominio", "durante la etapa del juicio", "se ejerce de manera permanente por la Sala de Casaci\u00f3n Penal de la Corte Suprema de Justicia", "las Salas de Extinci\u00f3n de Dominio de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial y por los Jueces del Circuito Especializados en Extinci\u00f3n de Dominio.", "**Art\u00edculo 35.Competencia territorial para el juzgamiento.** Corresponde a los Jueces del Circuito Especializados en Extinci\u00f3n de Dominio del Distrito Judicial donde se encuentren los bienes", "asumir el juzgamiento y emitir el correspondiente fallo.", "**Art\u00edculo 42. Ruptura de la Unidad Procesal.** Adem\u00e1s de lo previsto en otras disposiciones se romper\u00e1 la Unidad Procesal en los siguientes casos:", "**Art\u00edculo 48. Clasificaci\u00f3n***.* Las providencias que se dicten en la actuaci\u00f3n se denominar\u00e1n sentencias", "autos y resoluciones:", "**Art\u00edculo 52.Clasificaci\u00f3n**. Durante la etapa del juicio", "las decisiones judiciales se notificar\u00e1n personalmente", "por estado", "por edicto", "por aviso o por conducta concluyente.", "**Art\u00edculo 53. Personal.** La notificaci\u00f3n personal se har\u00e1 leyendo integralmente la providencia a la persona o permitiendo que esta lo haga. Para ello el funcionario librar\u00e1 citaci\u00f3n en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 47 de la presente ley. En caso de que la citaci\u00f3n se efect\u00fae por comunicaci\u00f3n escrita enviada a trav\u00e9s de una empresa de correos o servicio postal autorizado", "esta har\u00e1 constar la fecha de recibo de la comunicaci\u00f3n o", "en su defecto", "la inexistencia o irregularidad con la direcci\u00f3n de destino. En estos \u00faltimos casos se proceder\u00e1 con el emplazamiento en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 140 de esta ley.", "**Art\u00edculo 54.Por estado**. Con excepci\u00f3n del auto admisorio de la demanda de extinci\u00f3n de dominio", "el que admite la demanda de revisi\u00f3n y la sentencia", "todas las providencias se notificar\u00e1n por estado que se fijar\u00e1 por el t\u00e9rmino de un (1) d\u00eda en la Secretar\u00eda y se dejar\u00e1 constancia de la fijaci\u00f3n y desfijaci\u00f3n.", "**Art\u00edculo 58.Providencias que deben notificarse***.* Adem\u00e1s de las se\u00f1aladas expresamente en otras disposiciones", "se notificar\u00e1n las sentencias", "los autos interlocutorios y los siguientes autos de sustanciaci\u00f3n: el auto admisorio de la demanda de extinci\u00f3n de dominio", "el que ordena la pr\u00e1ctica de pruebas en el juicio", "el que deniega el recurso de apelaci\u00f3n", "el que corre traslado para alegatos y el que admite la acci\u00f3n de revisi\u00f3n.", "**Art\u00edculo 65. Apelaci\u00f3n.** En los procesos de extinci\u00f3n de dominio \u00fanicamente procede el recurso de apelaci\u00f3n contra las siguientes providencias:", "**Art\u00edculo 67.** *T***r\u00e1mite del recurso de apelaci\u00f3n.** El recurso de apelaci\u00f3n deber\u00e1 interponerse y sustentarse por escrito dentro del t\u00e9rmino de ejecutoria de la providencia. La sentencia proferida en primera instancia podr\u00e1 apelarse y sustentarse dentro de los seis d\u00edas siguientes a su notificaci\u00f3n.", "**Art\u00edculo 83.***Causales de nulidad.* Ser\u00e1n causales de nulidad en el proceso de extinci\u00f3n de dominio", "las siguientes:", "**Art\u00edculo 87.** *Fines de las medidas cautelares.* Al momento de la presentaci\u00f3n de la demanda de extinci\u00f3n de dominio", "si no se han adoptado medidas cautelares en fase inicial", "el Fiscal", "mediante providencia independiente y motivada", "ordenar\u00e1 las mismas con el fin de evitar que los bienes que se cuestionan puedan ser ocultados", "negociados", "gravados", "distra\u00eddos", "transferidos o puedan sufrir deterioro", "extrav\u00edo o destrucci\u00f3n; o con el prop\u00f3sito de cesar su uso o destinaci\u00f3n il\u00edcita. En todo caso se deber\u00e1n salvaguardar los derechos de terceros de buena fe exenta de culpa.", "**Art\u00edculo 89.***Medidas cautelares antes de la demanda de extinci\u00f3n de dominio.* Excepcionalmente", "el Fiscal podr\u00e1 decretar medidas cautelares antes de la demanda de extinci\u00f3n de dominio", "en casos de evidente urgencia o cuando existan serios motivos fundados que permitan considerar la medida como indispensable y necesaria para cumplir con alguno de los fines descritos en el art\u00edculo 87 de la presente ley. Estas medidas cautelares no podr\u00e1n extenderse por m\u00e1s de seis (6) meses", "t\u00e9rmino dentro del cual el Fiscal deber\u00e1 definir si la acci\u00f3n debe archivarse o si por el contrario resulta procedente presentar demanda de extinci\u00f3n de dominio ante el juez de conocimiento.", "**Art\u00edculo 97*.*** *Derogado*", "**Art\u00edculo 106.***Devoluci\u00f3n de bienes.* Ejecutoriada la decisi\u00f3n del juez que ordena la entrega de bienes", "el administrador le comunicar\u00e1 al interesado a la direcci\u00f3n que figure en el expediente del proceso de extinci\u00f3n de dominio", "que los bienes se encuentran a su disposici\u00f3n y le informar\u00e1 del procedimiento para su devoluci\u00f3n.", "***Art\u00edculo 110.****Pago de obligaciones de bienes improductivos.* Las obligaciones que se causen sobre bienes con extinci\u00f3n de dominio o sobre bienes con medidas cautelares", "tales como cuotas o expensas comunes", "servicios p\u00fablicos", "y que son improductivos por no generar ingresos en raz\u00f3n a su situaci\u00f3n o estado", "se suspender\u00e1 su exigibilidad y no se causar\u00e1n intereses", "hasta cuando ocurra alguno de los siguientes eventos:", "***Art\u00edculo 116.****Etapas*. El procedimiento constar\u00e1 de dos fases:", "***Art\u00edculo 120.*** *Retribuci\u00f3n*. Se podr\u00e1 retribuir hasta con el cinco (5%) del producto que se obtenga de la enajenaci\u00f3n de los bienes que sean objeto de extinci\u00f3n de dominio y se encuentren estrechamente ligados a grupos delictivos organizados", "siempre y cuando no supere los dos mil quinientos (2.500) smlmv", "al particular que informe de manera eficaz sobre la existencia de bienes que se encuentren incursos en alguna de las causales de extinci\u00f3n de dominio.", "***Art\u00edculo 122B.****Respuesta a requerimientos.* Las entidades p\u00fablicas que sean objeto de requerimientos por parte de la autoridad competente en el curso de la acci\u00f3n de extinci\u00f3n de dominio", "deber\u00e1n atender dichos requerimientos de manera inmediata", "eficiente y gratuita", "dentro de un plazo no mayor a cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles contados a partir del recibo del requerimiento.", "***Art\u00edculo 123.****De la conclusi\u00f3n de la fase inicial*. Concluidas las labores de investigaci\u00f3n ordenadas durante la fase inicial se proferir\u00e1 resoluci\u00f3n de archivo o demanda de extinci\u00f3n de dominio. En este \u00faltimo evento", "en cuaderno aparte el Fiscal tambi\u00e9n podr\u00e1 dictar medidas cautelares si no lo ha hecho antes o existen nuevos bienes\u201d.", "**Art\u00edculo 124.***Del archivo.* El Fiscal General de la Naci\u00f3n o su delegado podr\u00e1n proferir resoluci\u00f3n de archivo", "previa motivaci\u00f3n f\u00e1ctica", "jur\u00eddica y probatoria", "en cualquier momento que se verifique alguna de las siguientes circunstancias:", "**Art\u00edculo 126.***Derogado.*", "**Art\u00edculo 129.***Derogado*", "***Art\u00edculo 132.****Requisitos de la demanda de extinci\u00f3n de dominio.* La demanda presentada por el Fiscal ante el juez de extinci\u00f3n de dominio es un acto de parte", "mediante el cual se solicita el inicio del juicio. Esta demanda deber\u00e1 cumplir como m\u00ednimo los siguientes requisitos:", "***Art\u00edculo 133.****De la sentencia anticipada de extinci\u00f3n de dominio.* En cualquier etapa del proceso hasta la finalizaci\u00f3n del traslado previsto en el art\u00edculo 141 de la presente ley", "el afectado podr\u00e1 reconocer de manera expresa que concurren sobre el bien los presupuestos de una o varias de las causales de extinci\u00f3n de dominio y renunciar a presentar oposici\u00f3n", "evento en el cual se tendr\u00e1 que lo actuado es suficiente para sustentar ante el juez de extinci\u00f3n de dominio la pretensi\u00f3n extintiva y se remitir\u00e1n las carpetas al juez para que emita la correspondiente sentencia por v\u00eda anticipada.", "***Art\u00edculo 137.****Inicio de juicio.* Recibida la demanda de extinci\u00f3n de dominio presentada por la Fiscal\u00eda", "el juez proferir\u00e1 el auto admisorio correspondiente que ser\u00e1 notificado personalmente.", "***Art\u00edculo 138.*** *Notificaci\u00f3n del inicio del juicio.* El auto que admite la demanda para el inicio del juicio se notificar\u00e1 personalmente al afectado", "al agente del Ministerio P\u00fablico y al Ministerio de Justicia y del Derecho", "en la forma prevista en el art\u00edculo 53 de la presente ley\u201d.", "***Art\u00edculo 139.****Aviso*. Si la notificaci\u00f3n personal al afectado no pudiere hacerse en la primera ocasi\u00f3n que se intenta", "se aplicar\u00e1 el procedimiento establecido en el art\u00edculo 55A del presente c\u00f3digo\u201d.", "***Art\u00edculo 141.****Traslado a los sujetos procesales e intervinientes.* Dentro de los diez (10) d\u00edas siguientes a la notificaci\u00f3n del auto admisorio de la demanda", "los sujetos e intervinientes podr\u00e1n:", "**Art\u00edculo 151.***Publicidad*. Durante la fase inicial las pruebas ser\u00e1n reservadas. Durante el juzgamiento no habr\u00e1 reserva y las pruebas podr\u00e1n ser de p\u00fablico conocimiento.", "***Art\u00edculo 152A***.*Presunci\u00f3n probatoria para grupos delictivos organizados.* Cuando existan elementos de juicio que indiquen que los bienes perseguidos en extinci\u00f3n de dominio se encuentran estrechamente vinculados a grupos delictivos organizados se presume su origen y/o destinaci\u00f3n en la actividad il\u00edcita.", "**Art\u00edculo 163.***Actos de investigaci\u00f3n que requieren orden de fiscal.* Aquellas t\u00e9cnicas de investigaci\u00f3n que impliquen limitaci\u00f3n razonable de los derechos fundamentales requerir\u00e1n orden motivada del fiscal", "quien despu\u00e9s de su cumplimiento o ejecuci\u00f3n deber\u00e1 constatar su legalidad formal y material", "y de encontrarla ajustada a derecho dejar\u00e1 constancia de ello", "o de lo contrario", "dispondr\u00e1 su exclusi\u00f3n o la repetici\u00f3n de la actuaci\u00f3n.", "***Art\u00edculo 189A.**Sentencia Anticipada por confesi\u00f3n en extinci\u00f3n de dominio.* Cuando no curse un proceso de extinci\u00f3n de dominio sobre los mismos bienes", "y exista inter\u00e9s del titular de confesar voluntariamente la existencia de bienes inmersos en alguna de las causales de extinci\u00f3n de dominio", "el interesado reconocer\u00e1 de manera expresa que concurren sobre los bienes los presupuestos de una o varias de las causales de extinci\u00f3n de dominio y renunciar\u00e1 a presentar oposici\u00f3n.", "**Art\u00edculo 212.***Procedimiento de exequ\u00e1tur*. Para la ejecuci\u00f3n de una orden de decomiso", "sentencia de extinci\u00f3n de dominio o decisi\u00f3n equivalente emitida por una autoridad judicial extranjera", "se adelantar\u00e1 el siguiente procedimiento:"]
2017-07-15
["**Art\u00edculo 2.44.3.1.12. *Disposiciones transitorias para determinaci\u00f3n de riesgo operacional de las entidades administradoras del FAPC*.** Para la determinaci\u00f3n de la exposici\u00f3n al riesgo operacional y entre tanto se consolide informaci\u00f3n para los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de medici\u00f3n de cada entidad", "los ingresos y gastos por comisiones aplicables ser\u00e1n calculados como resultado de multiplicar el valor de los activos administrados por los cocientes de los ingresos y gastos por comisiones", "sobre el valor de los activos administrados de las entidades que actualmente administran fondos de pensiones obligatorias y de manera gradual se incorporar\u00e1 mensualmente los ingresos y gastos por comisiones y el valor de los activos administrados a trav\u00e9s de patrimonios aut\u00f3nomos o encargos fiduciarios para la administraci\u00f3n del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)", "de las entidades que cuenten con informaci\u00f3n", "de acuerdo con las definiciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia."]
2017-07-14
["****Art\u00edculo 7\u00b0.CUMPLIMIENTO R\u00c9GIMEN NORMATIVO.**** Las autoridades de tr\u00e1nsito velar\u00e1n por la seguridad de las personas y las cosas en la v\u00eda p\u00fablica y privadas abiertas al p\u00fablico. Sus funciones ser\u00e1n de car\u00e1cter regulatorio y sancionatorio y sus acciones deben ser orientadas a la prevenci\u00f3n y la asistencia t\u00e9cnica y humana a los usuarios de las v\u00edas."]
2017-07-13
["**Art\u00edculo 161. Caducidad.** La acci\u00f3n por contravenci\u00f3n de las normas de tr\u00e1nsito", "caduca al a\u00f1o (1)", "contado a partir de la ocurrencia de los hechos que dieron origen a ella. En consecuencia", "durante este t\u00e9rmino se deber\u00e1 decidir sobre la imposici\u00f3n de la sanci\u00f3n", "en tal momento se entender\u00e1 realizada efectivamente la audiencia e interrumpida la caducidad."]
2017-07-12
["**Art\u00edculo 74. *Conductas punibles que requieren querella*.** Para iniciar la acci\u00f3n penal ser\u00e1 necesario querella en las siguientes conductas punibles:", "**Art\u00edculo 313.** *Procedencia de la detenci\u00f3n preventiva.* Satisfechos los requisitos se\u00f1alados en el art\u00edculo 308", "proceder\u00e1 la detenci\u00f3n preventiva en establecimiento carcelario", "en los siguientes casos:", "**Art\u00edculo 550.** ***Conductas punibles susceptibles de conversi\u00f3n de la acci\u00f3n penal.*** La conversi\u00f3n de la acci\u00f3n penal de p\u00fablica a privada podr\u00e1 autorizarse para las conductas que se tramiten por el procedimiento especial abreviado", "a excepci\u00f3n de aquellas que atenten contra bienes del Estado y cuando se trate del delito de violencia intrafamiliar."]
2017-07-11
["**Art\u00edculo 66. *Titularidad y obligatoriedad.*** El Estado", "por intermedio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n", "est\u00e1 obligado a ejercer la acci\u00f3n penal y a realizar la investigaci\u00f3n de los hechos que revistan las caracter\u00edsticas de una conducta punible", "de oficio o que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia", "petici\u00f3n especial", "querella o cualquier otro medio", "salvo las excepciones contempladas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en este c\u00f3digo.", "**Art\u00edculo 71.** *Querellante leg\u00edtimo***.** La querella \u00fanicamente puede ser presentada por la v\u00edctima de la conducta punible. Si esta fuere incapaz o persona jur\u00eddica", "debe ser formulada por su representante legal. Si el querellante leg\u00edtimo ha fallecido", "podr\u00e1n presentarla sus herederos.", "***Art\u00edculo 72. Extensi\u00f3n de la querella***. La querella se extiende de derecho contra todos los que hubieren participado en la conducta punible.", "***Art\u00edculo 73. Caducidad de la querella***. La querella debe presentarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la comisi\u00f3n de la conducta punible.", "***Art\u00edculo 76. Desistimiento de la querella.*** En cualquier momento de la actuaci\u00f3n y antes del inicio de la audiencia de juicio oral", "el querellante podr\u00e1 manifestar verbalmente o por escrito su deseo de desistir de la acci\u00f3n penal."]
2017-07-10
["**Art\u00edculo 1\u00b0. *Estructura***. La estructura del Instituto Caro y Cuervo ser\u00e1 la siguiente:", "**Art\u00edculo 4\u00b0.Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica**. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica las siguientes:"]
2017-07-10
["**Art\u00edculo 6.16.1.1.2***Informaci\u00f3n sobre la colocaci\u00f3n de documentos en el mercado primario.*"]
junio 2017 2 reformas
2017-06-13
["**Art\u00edculo 2075.** El que ha contratado con el acarreador para el transporte de una persona o carga", "es obligado a pagar el precio o flete del transporte i el resarcimiento de da\u00f1os ocasionados por hecho o culpa del pasajero o de su familia o sirvientes trabajadores o empleados", "o por el vicio de la carga."]
2017-06-05
["**Art\u00edculo 651. Sanci\u00f3n por no enviar informaci\u00f3n o enviarla con errores.** Las personas y entidades obligadas a suministrar informaci\u00f3n tributaria", "as\u00ed como aquellas a quienes se les haya solicitado informaciones o pruebas", "que no la suministren", "que no la suministren dentro del plazo establecido para ello o cuyo contenido presente errores o no corresponda a lo solicitado", "incurrir\u00e1n en la siguiente sanci\u00f3n."]
mayo 2017 26 reformas
2017-05-30
["**Art\u00edculo 17C. Direcci\u00f3n de Asesor\u00eda Legal**. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Asesor\u00eda Legal", "las siguientes:"]
2017-05-29
["**Art\u00edculo 4\u00b0.***Funciones del Fiscal General de la Naci\u00f3n.* El Fiscal General de la Naci\u00f3n", "adem\u00e1s de las funciones especiales definidas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en las dem\u00e1s leyes", "cumplir\u00e1 las siguientes:", "**Art\u00edculo 29.***Direcci\u00f3n Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana*. La Direcci\u00f3n Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**ART\u00cdCULO 36**. La Fiscal\u00eda delegada ante la Corte Suprema de Justicia a trav\u00e9s de su coordinador", "la delegada para la Seguridad Terrtorial", "la delegada Contra la Criminalidad Organizada", "la delegada para las Finanzas Criminales", "las Direcciones Especializadas y las Direcciones Seccionales podr\u00e1n autorizar la utilizaci\u00f3n' de agentes encubiertos y de entregas vigiladas solicitadas por los fiscales de la dependencia correspondiente", "en los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en el C\u00f3digo de Procedimiento Penal\u201d"]
2017-05-29
["**Art\u00edculo 4\u00b0. Objeto.** La Agencia para la Reincorporaci\u00f3n y la Normalizaci\u00f3n (ARN)", "tiene como objeto gestionar", "implementar", "coordinar y evaluar", "de forma articulada con las entidades e instancias competentes", "las pol\u00edticas de inclusi\u00f3n en la vida civil en el marco de los programas de reinserci\u00f3n", "reintegraci\u00f3n", "reincorporaci\u00f3n y de sometimiento o sujeci\u00f3n a la justicia de exintegrantes de grupos armados organizados", "estructuras armadas organizadas de alto impacto", "as\u00ed como de las dise\u00f1adas para el acompa\u00f1amiento a miembros activos y retirados de la Fuerza P\u00fablica que se encuentren sometidos y cumpliendo con las obligaciones derivadas del r\u00e9gimen de condicionalidad de la Jurisdicci\u00f3n Especial para la Paz", "con el fin de promover la construcci\u00f3n de la paz", "la seguridad humana y la reconciliaci\u00f3n."]
2017-05-29
["**Art\u00edculo 69.** Los sujetos de acceso a tierra y formalizaci\u00f3n a t\u00edtulo gratuito y parcialmente gratuito que soliciten la adjudicaci\u00f3n de un bald\u00edo", "deber\u00e1n acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los art\u00edculos 4\u00b0 y 5\u00b0 del Decreto n\u00famero 902 de 2017 o la norma que lo reemplace o sustituya."]
2017-05-28
["Art\u00edculo 8**\u00ba.** En concordancia con el Consejo Nacional de Paz", "los representantes autorizados expresamente por el Gobierno Nacional", "con el fin de promover la reconciliaci\u00f3n entre los colombianos", "la convivencia pac\u00edfica y lograr la paz", "podr\u00e1n:"]
2017-05-28
["**Art\u00edculo 20. Derogado.**", "**ARTICULO 21. Derogado.**", "**Art\u00edculo 22.Derogado.**", "**ARTICULO 23.Derogado.**", "**ARTICULO 24.Derogado.**", "**ARTICULO 25.Derogado.**", "**ARTICULO 26.Derogado.**", "**ARTICULO 27.Derogado.**", "**ARTICULO 28.Derogado.**", "**ARTICULO 29.Derogado.**", "**ARTICULO 30.Derogado.**", "**ARTICULO 34.Derogado.**", "**ARTICULO 35.Derogado.**", "**ARTICULO 36.Derogado.**", "**ARTICULO 37.Derogado.**", "**ARTICULO 49.Derogado.**", "**ARTICULO 50.Derogado.**", "**ARTICULO 51.Derogado.**", "**Art\u00edculo 65A.** El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o quien haga sus veces", "a trav\u00e9s de los instrumentos de pol\u00edtica sectorial", "aplicar\u00e1n el enfoque diferencial de g\u00e9nero en la adjudicaci\u00f3n de las tierras bald\u00edas nacionales.", "**ARTICULO 73.Derogado.**", "**ARTICULO 74.** En caso de ocupaci\u00f3n indebida de tierras bald\u00edas o que no puedan ser adjudicables", "el Instituto ordenar\u00e1 la restituci\u00f3n de las extensiones indebidamente ocupadas", "previa citaci\u00f3n personal del ocupante o de quien se pretenda due\u00f1o", "o en la forma prevista en el art\u00edculo 318 del C\u00f3digo de Procedimiento Civil. Al efecto", "el decreto reglamentario establecer\u00e1 el procedimiento que habr\u00e1 de seguirse con audiencia del ocupante o de quien se pretenda due\u00f1o. Las autoridades de polic\u00eda est\u00e1n en la obligaci\u00f3n de prestar su concurso para que la restituci\u00f3n se haga efectiva."]
2017-05-28
["**Art\u00edculo 1\u00b0.***Creaci\u00f3n y denominaci\u00f3n.* Cr\u00e9ase una unidad administrativa especial", "del orden nacional", "con personer\u00eda jur\u00eddica", "autonom\u00eda administrativa", "financiera", "presupuestal y patrimonio propio", "denominada Agencia para la Reincorporaci\u00f3n y la Normalizaci\u00f3n", "ARN", "adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica."]
2017-05-28
["**Art\u00edculo 7\u00b0.***Nivel Asistencial.* El nivel Asistencial agrupa los empleos cuyas funciones implican el ejercicio de actividades de soporte y complementarias de las tareas propias de los niveles superiores", "o de labores que se caracterizan por el predominio de actividades manuales o tareas de simple ejecuci\u00f3n."]
2017-05-28
["**Art\u00edculo 10.***Direcci\u00f3n de Comunicaciones.* La Direcci\u00f3n de Comunicaciones cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 11.***Derogado*", "**Art\u00edculo 13.***Direcci\u00f3n de Control Interno*. La Direcci\u00f3n de Control Interno cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 14.***Direcci\u00f3n de Control Disciplinario*. La Direcci\u00f3n de Control Disciplinario cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 10.***Direcci\u00f3n de Comunicaciones.* La Direcci\u00f3n de Comunicaciones cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 11.***Derogado*", "**Art\u00edculo 12.***Direcci\u00f3n de Asuntos Internacionales*. La Direcci\u00f3n de Asuntos Internacionales cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 14.***Direcci\u00f3n de Control Disciplinario*. La Direcci\u00f3n de Control Disciplinario cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 16.***Derogado*", "**Art\u00edculo 17.***Direcci\u00f3n de Fiscal\u00edas Nacionales*. La Direcci\u00f3n de Fiscal\u00edas Nacionales cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 29.***Direcci\u00f3n Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana*. La Direcci\u00f3n Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**ART\u00cdCULO 30. DIRECCI\u00d3N DE ATENCI\u00d3N AL USUARIO**", "**INTERVENCI\u00d3N TEMPRANA Y ASIGNACIONES**. La Direcci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n al Usuario", "Intervenci\u00f3n Temprana y Asignaciones tiene las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 20.***Funciones de las Direcciones Especializadas*. Las Direcciones Especializadas cumplir\u00e1n las siguientes funciones generales:", "**Art\u00edculo 21.***Derogado*", "**Art\u00edculo 22.***Derogado*", "**Art\u00edculo 23.***Derogado*", "**Art\u00edculo 24.***Derogado*", "**Art\u00edculo 25.***Derogado*", "**Art\u00edculo 26.***Derogado*", "**Art\u00edculo 27.***Derogado*", "**Art\u00edculo 28.***Derogado*", "**ART\u00cdCULO 30. DIRECCI\u00d3N DE ATENCI\u00d3N AL USUARIO**", "**INTERVENCI\u00d3N TEMPRANA Y ASIGNACIONES**. La Direcci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n al Usuario", "Intervenci\u00f3n Temprana y Asignaciones tiene las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 31.***Direcciones Seccionales*. Las Direcciones Seccionales cumplir\u00e1n las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 32.***Derogado*", "**Art\u00edculo 33.***Subdirecci\u00f3n Seccional de Fiscal\u00edas y de Seguridad Ciudadana*. La Subdirecci\u00f3n Seccional de Fiscal\u00edas y de Seguridad Ciudadana cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 34.***Secci\u00f3n de Polic\u00eda Judicial*. La Secci\u00f3n de Polic\u00eda Judicia cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 35.****Secci\u00f3n de Atenci\u00f3n a Usuarios*.* La Secci\u00f3n de Atenci\u00f3n a Usuarios tiene las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 37.***Direcci\u00f3n Ejecutiva* . La Direcci\u00f3n Ejecutiva cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 38.***Subdirecci\u00f3n de Talento Humano*. La Subdirecci\u00f3n de Talento Humano cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 42.***Subdirecci\u00f3n de Bienes.* La Subdirecci\u00f3n de Bienes cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 43.***Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Documental.* La Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Documental cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 47.***\u00d3rganos y Comit\u00e9s de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n*. Para lograr la gesti\u00f3n arm\u00f3nica e integral de la entidad", "el Fiscal General de la Naci\u00f3n conformar\u00e1 y organizar\u00e1 Comit\u00e9 directivo", "as\u00ed como los dem\u00e1s \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n que considere necesarios para el mejoramiento de la prestaci\u00f3n del servicio", "el fortalecimiento de la gesti\u00f3n administrativa e investigativa y", "en general", "el \u00f3ptimo funcionamiento de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.", "**Art\u00edculo 48.***Comit\u00e9 directivo*. Cr\u00e9ase el Comit\u00e9 directivo como la instancia encargada de asegurar una visi\u00f3n integral y arm\u00f3nica en el desempe\u00f1o de las \u00e1reas estrat\u00e9gicas", "misionales", "de apoyo y de evaluaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General."]
2017-05-28
["**ARTICULO 6o. PRINCIPIOS RECTORES DE LA CAPACITACION.** Las entidades administrar\u00e1n la capacitaci\u00f3n aplicando estos principios:"]
2017-05-27
["**Art\u00edculo 7\u00b0.***Naturaleza de la Comisi\u00f3n Nacional del Servicio Civil*. La Comisi\u00f3n Nacional del Servicio Civil prevista en el art\u00edculo 130 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica", "responsable de la administraci\u00f3n y vigilancia de las carreras", "excepto de las carreras especiales", "es un \u00f3rgano de garant\u00eda y protecci\u00f3n del sistema de m\u00e9rito en el empleo p\u00fablico en los t\u00e9rminos establecidos en la presente ley", "de car\u00e1cter permanente de nivel nacional", "independiente de las ramas y \u00f3rganos del poder p\u00fablico", "dotada de personer\u00eda jur\u00eddica", "autonom\u00eda administrativa y patrimonio propio."]
2017-05-27
["**Art\u00edculo 16.***Componentes del sistema de est\u00edmulos.* El sistema de est\u00edmulos est\u00e1 integrado por los siguientes componentes:"]
2017-05-27
["**Art\u00edculo 27.** *Derogado*", "**Art\u00edculo 29.***Operaci\u00f3n de los proyectos de Vivienda de Inter\u00e9s Prioritario del sector rural.* El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural", "ejecutar\u00e1 los proyectos de Vivienda de Inter\u00e9s Social prioritario", "a trav\u00e9s de las entidades operadoras contratadas por el Banco Agrario de Colombia", "en su condici\u00f3n de entidad otorgante del subsidio."]
2017-05-27
["**ART\u00cdCULO 190. NI\u00d1OS", "NI\u00d1AS Y ADOLESCENTES V\u00cdCTIMAS DEL RECLUTAMIENTO IL\u00cdCITO.** Todos los ni\u00f1os", "ni\u00f1as y adolescentes v\u00edctimas del reclutamiento", "tendr\u00e1n derecho a la reparaci\u00f3n integral en los t\u00e9rminos de la presente ley. Los ni\u00f1os", "ni\u00f1as y adolescentes v\u00edctimas del delito de reclutamiento il\u00edcito podr\u00e1n reclamar la reparaci\u00f3n del da\u00f1o", "de acuerdo con la prescripci\u00f3n del delito consagrada en el art\u00edculo 83 del C\u00f3digo Penal."]
2017-05-25
["**Art\u00edculo 27.**\u201cCorresponde al propietario del proyecto que lo haya adoptado y ordenado su ejecuci\u00f3n", "promover en calidad de demandante los procesos que sean necesarios para hacer efectivo al gravamen de servidumbre de conducci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica\u201d."]
2017-05-25
["**Art\u00edculo 1\u00b0** **De la pol\u00edtica de paz", "reconciliaci\u00f3n", "convivencia y no estigmatizaci\u00f3n**.", "**Art\u00edculo 2\u00b0. De los principios rectores.** La pol\u00edtica de paz", "reconciliaci\u00f3n", "convivencia y no estigmatizaci\u00f3n del Estado que desarrollar\u00e1n las autoridades de la Rep\u00fablica", "el Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia y los Consejos Territoriales de Paz se orientar\u00e1 por los siguientes principios rectores:", "**Art\u00edculo 3\u00b0. Creaci\u00f3n y naturaleza**. Cr\u00e9ase el Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia con participaci\u00f3n de la sociedad civil", "como \u00f3rgano asesor y consultivo del Gobierno nacional. Su misi\u00f3n ser\u00e1 propender por el logro y mantenimiento de la paz; generar una cultura de reconciliaci\u00f3n", "tolerancia", "convivencia", "y no estigmatizaci\u00f3n y facilitar la colaboraci\u00f3n arm\u00f3nica de las entidades y \u00f3rganos del Estado", "otorgando prioridad a las alternativas pol\u00edticas de negociaci\u00f3n del conflicto armado interno", "en orden a alcanzar relaciones sociales que aseguren una paz integral permanente.", "**Art\u00edculo 4\u00b0. Conformaci\u00f3n.** El Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia estar\u00e1 conformado de la siguiente manera:", "**Art\u00edculo 5\u00b0. Funcionamiento**. El Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia se reunir\u00e1 cada tres (3) meses", "sin perjuicio de que el Presidente de la Rep\u00fablica", "la Secretar\u00eda T\u00e9cnica o el 40% de los miembros que conforman el Consejo lo convoque a reuniones extraordinarias", "cuando las circunstancias lo aconsejen", "o la conveniencia p\u00fablica lo exija.", "**Art\u00edculo 6\u00b0.***Funciones.* El Consejo Nacional de Paz tendr\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 7\u00b0. Comit\u00e9 Nacional de Paz para la Reconciliaci\u00f3n y la Convivencia.** El Consejo Nacional de Paz para la Reconciliaci\u00f3n y la Convivencia", "designar\u00e1 un Comit\u00e9 Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia de entre sus propios miembros", "compuesto por trece (13) de ellos de los cuales al menos siete (7) ser\u00e1n representantes de las organizaciones de la sociedad civil", "tres (3) de los organismos del Estado", "y los tres (3) restantes de libre escogencia de quienes integran el Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia. Se debe garantizar la participaci\u00f3n de las mujeres.", "**Art\u00edculo 10. Secretaria T\u00e9cnica.** La Secretaria T\u00e9cnica del Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia ser\u00e1 ejercida por dos representantes del mismo", "de los cuales uno ser\u00e1 la Oficina del Alto Comisionado para la Paz de la Presidencia de la Rep\u00fablica y el otro un representante de la sociedad civil", "elegido por el Comit\u00e9 Nacional en los t\u00e9rminos que el reglamento del Consejo determine. Son funciones de la Secretaria T\u00e9cnica", "entre otras", "las siguientes:", "**Art\u00edculo 12. Per\u00edodo**. Los servidores p\u00fablicos ser\u00e1n miembros del Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia mientras ocupen sus respectivos cargos.", "**Art\u00edculo 13.***Consejos Regionales.* Las Asambleas Departamentales y Concejos Municipales est\u00e1n autorizados para crear", "a iniciativas del respectivo Gobernador o Alcalde los Consejos Departamentales o Municipales de Paz."]
2017-05-25
["**Art\u00edculo 111. Adquisici\u00f3n o mantenimiento de \u00e1reas de inter\u00e9s para acueductos municipales", "distritales y regionales**. Decl\u00e1rense de inter\u00e9s p\u00fablico las \u00e1reas de importancia estrat\u00e9gica para la conservaci\u00f3n de recursos h\u00eddricos que surten de agua los acueductos municipales", "distritales y regionales. Los departamentos", "distritos y municipios dedicar\u00e1n un porcentaje no inferior al uno por ciento ( 1%) de sus ingresos corrientes de libre destinaci\u00f3n para la adquisici\u00f3n o el mantenimiento de dichas \u00e1reas. Lo anterior se podr\u00e1 realizar a trav\u00e9s de la cofinanciaci\u00f3n de que trata el art\u00edculo 108 de la Ley 99 de 1993."]
2017-05-24
["**Art\u00edculo 5\u00b0.** ***Derecho a retribuciones.*** El derecho al recaudo de recursos por la explotaci\u00f3n econ\u00f3mica del proyecto", "a recibir desembolsos de recursos p\u00fablicos o a cualquier otra retribuci\u00f3n", "en proyectos de asociaci\u00f3n p\u00fablico-privada", "estar\u00e1 condicionado a la disponibilidad de la infraestructura", "al cumplimiento de niveles de servicio", "y est\u00e1ndares de calidad en las distintas unidades funcionales o etapas del proyecto", "y los dem\u00e1s requisitos que determine el reglamento."]
2017-05-16
["**Art\u00edculo 4\u00b0.** Derogado.", "**Art\u00edculo 7\u00b0.** Derogado.", "**Art\u00edculo 6\u00b0.** Derogado.", "**Art\u00edculo 9\u00b0.** Derogado.", "**Art\u00edculo 11.** Derogado.", "**Art\u00edculo 13.** Derogado.", "**Art\u00edculo 14.** Derogado.", "**Art\u00edculo 17.** Derogado.", "**Art\u00edculo 20.** Derogado.", "**Art\u00edculo 23.** Derogado.", "**Art\u00edculo 24.** Derogado.", "**Art\u00edculo 25.** Derogado.", "**Art\u00edculo 26.** Derogado.", "**Art\u00edculo 27.** Derogado.", "**Art\u00edculo 28.** Derogado.", "**Art\u00edculo 29.** Derogado.", "**Art\u00edculo 30.** Derogado.", "**Art\u00edculo 31.** Derogado.", "**Art\u00edculo 32.** Derogado."]
2017-05-16
["**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas."]
2017-05-14
["**Art\u00edculo 48.** *Selecci\u00f3n abreviada por declaratoria de desierta de la licitaci\u00f3n.* En los casos de declaratoria de desierta de la licitaci\u00f3n", "si persiste la necesidad de contratar y la entidad estatal no decide adelantar un nuevo proceso de licitaci\u00f3n", "podr\u00e1 iniciar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la declaratoria de desierta un proceso de selecci\u00f3n abreviada", "aplicando las reglas se\u00f1aladas en el art\u00edculo 44 del presente decreto con excepci\u00f3n de lo se\u00f1alado en los numerales 3 y 4 del citado art\u00edculo."]
2017-05-10
["**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas."]
2017-05-04
["**ARTICULO 383.** Planta de Personal. La Planta de Personal ser\u00e1 la siguiente:"]
2017-05-03
["**ART\u00cdCULO 161**. Requisitos previos para demandar. La presentaci\u00f3n de la demanda se someter\u00e1 al cumplimiento de requisitos previos en los siguientes casos: 1. Cuando los asuntos sean conciliables", "el tr\u00e1mite de la conciliaci\u00f3n extrajudicial constituir\u00e1 requisito de procedibilidad de toda demanda en que se formulen pretensiones relativas a nulidad con restablecimiento del derecho", "reparaci\u00f3n directa y controversias contractuales. El requisito de procedibilidad ser\u00e1 facultativo en los asuntos laborales", "pensionales", "en los procesos ejecutivos diferentes a los regulados en la Ley 1551 de 2012", "en los procesos en que el demandante pida medidas cautelares de car\u00e1cter patrimonial", "en relaci\u00f3n con el medio de control de repetici\u00f3n o cuando quien demande sea una entidad p\u00fablica. En los dem\u00e1s asuntos podr\u00e1 adelantarse la conciliaci\u00f3n extrajudicial siempre y cuando no se encuentre expresamente prohibida. Cuando la Administraci\u00f3n demande un acto administrativo que ocurri\u00f3 por medios ilegales o fraudulentos", "no ser\u00e1 necesario el procedimiento previo de conciliaci\u00f3n."]
abril 2017 7 reformas
2017-04-25
["**\u201cArt\u00edculo 7\u00b0. Estructura.** La Unidad Administrativa Especial de Gesti\u00f3n Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protecci\u00f3n Social (UGPP)", "para el desarrollo de sus funciones tendr\u00e1 la siguiente estructura:", "**Art\u00edculo 13.** *Direcci\u00f3n de Estrategia y Evaluaci\u00f3n*. Corresponde a la Direcci\u00f3n de Estrategia y Evaluaci\u00f3n desarrollar las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 15.** *Direcci\u00f3n de Pensiones*. Corresponde a la Direcci\u00f3n de Pensiones desarrollar las siguientes funciones:"]
2017-04-25
["**ART\u00cdCULO 190. NI\u00d1OS", "NI\u00d1AS Y ADOLESCENTES V\u00cdCTIMAS DEL RECLUTAMIENTO IL\u00cdCITO.** Todos los ni\u00f1os", "ni\u00f1as y adolescentes v\u00edctimas del reclutamiento", "tendr\u00e1n derecho a la reparaci\u00f3n integral en los t\u00e9rminos de la presente ley. Los ni\u00f1os", "ni\u00f1as y adolescentes v\u00edctimas del delito de reclutamiento il\u00edcito podr\u00e1n reclamar la reparaci\u00f3n del da\u00f1o", "de acuerdo con la prescripci\u00f3n del delito consagrada en el art\u00edculo 83 del C\u00f3digo Penal."]
2017-04-04
["**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas."]
2017-04-03
["**Art\u00edculo 10.***Requisitos para el registro sanitario de los reactivos de diagn\u00f3stico in vitro fabricados e importados", "Categor\u00eda III*. Para la obtenci\u00f3n del registro sanitario de esta clase de reactivos", "se deber\u00e1 cumplir con los siguientes requisitos:", "*\u201c**Art\u00edculo 13. Procedimiento para la obtenci\u00f3n y renovaci\u00f3n del registro sanitario autom\u00e1tico.****Para la obtenci\u00f3n y renovaci\u00f3n del registro sanitario autom\u00e1tico de los re\u00adactivos de diagn\u00f3stico in vitro clasificados como Categor\u00eda II (mediano riesgo) y I (bajo riesgo) se deber\u00e1 seguir el siguiente procedimiento:*", "**Art\u00edculo 26.***Envase secundario*. El rotulado del envase secundario contendr\u00e1 toda la informaci\u00f3n indicada en el art\u00edculo anterior."]
2017-04-03
["**Art\u00edculo 122.** No habr\u00e1 empleo p\u00fablico que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de car\u00e1cter remunerado se requiere que est\u00e9n contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas.", "**Art\u00edculo transitorio 10**. *Tribunales Electorales Transitorios.* La autoridad electoral pondr\u00e1 en marcha Tribunales Electorales Transitorios de Paz tres meses antes de las elecciones. Estos tribunales velar\u00e1n por la observancia de las reglas establecidas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz", "verificar\u00e1n el censo electoral de la respectiva circunscripci\u00f3n y atender\u00e1n las reclamaciones presentadas en relaci\u00f3n con las mismas."]
2017-04-03
["**Art\u00edculo 1\u00b0.** La Constituci\u00f3n Pol\u00edtica tendr\u00e1 un nuevo art\u00edculo transitorio que ser\u00e1 el 66", "as\u00ed:"]
2017-04-03
["**Art\u00edculo 25**.**Del contenido del permiso de comercializaci\u00f3n.** Toda certificaci\u00f3n mediante la cual se conceda un permiso de comercializaci\u00f3n para equipos biom\u00e9dicos de tecnolog\u00eda controlada", "deber\u00e1 contener como m\u00ednimo", "la siguiente informaci\u00f3n:", "**Art\u00edculo 36**.**Dispositivos m\u00e9dicos y equipo biom\u00e9dico de tecnolog\u00eda controlada prototipo.** El dispositivo m\u00e9dico y equipo biom\u00e9dico de tecnolog\u00eda controlada prototipo nacional o importado", "s\u00f3lo podr\u00e1 ser autorizado para fines de investigaci\u00f3n y experimentaci\u00f3n y", "en ning\u00fan caso", "podr\u00e1n ser empleados en la atenci\u00f3n de salud."]
marzo 2017 5 reformas
2017-03-29
["**Art\u00edculo 96**. *Calificaci\u00f3n del desempe\u00f1o*. La entidad encargada para la realizaci\u00f3n de la evaluaci\u00f3n calificar\u00e1 el desempe\u00f1o del curador urbano a lo largo de su per\u00edodo teniendo en cuenta los siguientes factores:", "**Art\u00edculo 98.***Evaluaci\u00f3n anual del servicio*. La evaluaci\u00f3n de que trata el numeral 1 del art\u00edculo 96 del presente decreto", "deber\u00e1 ser realizada una vez por a\u00f1o sobre la base de los registros de la prestaci\u00f3n del servicio por parte de los curadores urbanos que debe llevar el alcalde municipal o distrital o quien este delegue para el efecto. Esta evaluaci\u00f3n \u00fanicamente se tendr\u00e1 en cuenta para determinar el puntaje de que trata el citado numeral.", "**Art\u00edculo 99.** *Evaluaci\u00f3n anual del servicio en los municipios y distritos con sistema de categorizaci\u00f3n de tr\u00e1mites por complejidad*. Una vez se haya implementado el sistema de categorizaci\u00f3n de que tratan los art\u00edculos 17 y 18 del presente decreto", "en la calificaci\u00f3n de los curadores urbanos", "se tendr\u00e1 en cuenta adem\u00e1s de los factores de evaluaci\u00f3n anual del servicio establecidos en los numerales 1 a 4 y los par\u00e1grafos 1 y 2 del art\u00edculo anterior", "un quinto factor de evaluaci\u00f3n", "as\u00ed:"]
2017-03-26
["**Art\u00edculo 8\u00b0.** *Estructura interna.* Para el cumplimiento de sus funciones el Centro de Memoria Hist\u00f3rica tendr\u00e1 la siguiente estructura interna:"]
2017-03-08
["**Art\u00edculo 7\u00ba.***Posici\u00f3n Neta Trimestral*. El Ministerio de Minas y Energ\u00eda calcular\u00e1 y liquidar\u00e1 mediante resoluci\u00f3n", "la Posici\u00f3n Neta Trimestral de cada Refinador y/o Importador.", "****Art\u00edculo 9\u00ba.*****Pagos a favor del Fondo de Estabilizaci\u00f3n de Precios de los Combustibles -FEPC-*. En el evento en que la Posici\u00f3n Neta Trimestral de cada refinador y/o importador sea negativa", "los mismos girar\u00e1n en pesos con destino al Fondo de Estabilizaci\u00f3n de Precios de los Combustibles - FEPC- dentro de los cinco d\u00edas (5) siguientes a la expedici\u00f3n de la resoluci\u00f3n a que hace referencia el art\u00edculo 7\u00ba del presente decreto", "el valor que esta determine y en la cuenta que sobre el particular defina el administrador del Fondo."]
2017-03-07
["**Art\u00edculo 91.Derogado.**", "Art\u00edculo 110. **De las responsabilidades de orden sanitario**. En desarrollo del art\u00edculo 489 de la Ley 09 de 1979", "adem\u00e1s de las obligaciones", "responsabilidades y actividades se\u00f1aladas en los cap\u00edtulos anteriores y de las espec\u00edficas vigentes para cada organismo", "las entidades indicadas a continuaci\u00f3n", "llevar\u00e1n a cabo en el orden sanitario", "las siguientes acciones:"]
2017-03-02
["**Art\u00edculo 1\u00b0.***Conformaci\u00f3n.* El Consejo Nacional de Seguridad Tur\u00edstica de que trata el art\u00edculo 11 de la Ley 1558 de 2012 estar\u00e1 integrado por:", "**Art\u00edculo 3\u00b0.***Sesiones*. El Consejo sesionar\u00e1 en reuni\u00f3n ordinaria dentro del primer trimestre de cada a\u00f1o. Podr\u00e1 reunirse extraordinariamente", "por decisi\u00f3n de quien lo preside o por solicitud de cualquiera de sus miembros cuando la situaci\u00f3n as\u00ed lo amerite. El lugar de las reuniones ser\u00e1 establecido con anterioridad por el mismo Consejo.", "**Art\u00edculo 5\u00b0.***Conformaci\u00f3n*. Los Comit\u00e9s Departamentales de Seguridad Tur\u00edstica de que trata el par\u00e1grafo \u00fanico del art\u00edculo 11 de la Ley 1558 de 2012", "estar\u00e1 integrado por:", "**Art\u00edculo 7\u00b0.***Sesiones.* Los Comit\u00e9s se reunir\u00e1n dos (2) veces al a\u00f1o", "con anterioridad a las temporadas altas tur\u00edsticas. Podr\u00e1 reunirse extraordinariamente", "por decisi\u00f3n de quien lo preside o por solicitud de cualquiera de sus miembros. El lugar de las reuniones ser\u00e1 establecido por los Comit\u00e9s con anterioridad."]
febrero 2017 6 reformas
2017-02-23
["**Art\u00edculo 10.** *Derogado.*", "**Articulo 11\u00b0.Derogado.**"]
2017-02-14
["**Art\u00edculo 134D.***Circunstancias de atenuaci\u00f3n punitiva.* Las penas previstas en los art\u00edculos anteriores", "se reducir\u00e1n en una tercera parte cuando:"]
2017-02-14
["**Art\u00edculo 4\u00b0.** El C\u00f3digo Penal tendr\u00e1 un art\u00edculo 134B del siguiente tenor:"]
2017-02-08
["**Art\u00edculo 83**. *Requisitos para concursar*. Los aspirantes", "en el t\u00e9rmino de inscripci\u00f3n", "deber\u00e1n acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:", "**Art\u00edculo 102.***Faltas absolutas*. Se consideran faltas absolutas de los curadores urbanos", "las siguientes:"]
2017-02-04
["Art\u00edculo 540. Cualquier instituci\u00f3n de car\u00e1cter cient\u00edfico", "hospitalario o similar", "que se proponga emplear m\u00e9todos de trasplantes o utilizar los elementos org\u00e1nicos con fines terap\u00e9uticos", "deber\u00e1 obtener de la autoridad sanitaria la licencia correspondiente", "previa comprobaci\u00f3n de que su dotaci\u00f3n es adecuada", "sus equipos cient\u00edficos capacitados y que por investigaciones y experiencias aceptadas universalmente", "el acto terap\u00e9utico no constituir\u00e1 un riesgo", "distinto de aquel que el procedimiento conlleve", "para la salud del donante o del receptor."]
enero 2017 8 reformas
2017-01-30
["**Art\u00edculo 1221.** Si el asignatario fuere descendiente leg\u00edtimo del testador", "los descendientes leg\u00edtimos del asignatario no por eso se entender\u00e1n sustituidos a \u00e9ste; salvo que el testador haya espresado voluntad contraria."]
2017-01-28
["**Art\u00edculo 10.***Sanciones administrativas*. El Ministerio de Comunicaciones tomar\u00e1 medidas a partir de las denuncias formuladas", "y sancionar\u00e1 a los proveedores o servidores", "administradores y usuarios responsables que operen desde territorio colombiano", "sucesivamente de la siguiente manera:", "**Art\u00edculo 26.** Derogado."]
2017-01-28
["**Art\u00edculo 1\u00ba.** Derogado.", "**Art\u00edculo 2\u00ba.** Derogado.", "**Art\u00edculo 3\u00ba.** Derogado.", "**Art\u00edculo 4\u00ba.** Derogado.", "**Art\u00edculo 5\u00ba.** Derogado.", "**Art\u00edculo transitorio Segundo.** Derogado.", "**Art\u00edculo transitorio Segundo.** Derogado.", "**Art\u00edculo 6\u00ba.** Derogado."]
2017-01-28
["**Art\u00edculo 5\u00b0.**Derogado.", "**Art\u00edculo 6\u00b0.**Derogado.", "**Art\u00edculo 7\u00ba.** Derogado.", "**Art\u00edculo 12.** Derogado."]
2017-01-22
["**ARTICULO 59.Funciones**. La Comisi\u00f3n de \u00c9tica y Estatuto del Congresista conocer\u00e1 del conflicto de inter\u00e9s y de las violaciones al r\u00e9gimen de incompatibilidades e inhabilidades de los Congresistas. As\u00ed mismo", "del comportamiento indecoroso", "irregular o inmoral que pueda afectar a alguno de los miembros de las C\u00e1maras en su gesti\u00f3n p\u00fablica", "de conformidad con el C\u00f3digo de \u00c9tica y Disciplinario expedido por el Congreso."]
2017-01-17
["**Art\u00edculo 8\u00b0.** *P\u00e9rdida de la beca.* La beca podr\u00e1 ser retirada en cualquier momento si se demuestran algunas de las siguientes circunstancias:"]
2017-01-06
["**Art\u00edculo 409-3.***Responsabilidad por p\u00e9rdida o retiro de bienes en Zonas Francas.* El usuario operador de la Zona Franca responder\u00e1 ante la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales por los tributos aduaneros y las sanciones a que haya lugar respecto de los bienes que sean sustra\u00eddos de sus recintos o perdidos en estos", "salvo que en la actuaci\u00f3n administrativa correspondiente demuestre que la causa de la p\u00e9rdida o retiro le es imputable exclusivamente al Usuario Industrial de Bienes o Usuario Industrial de Servicios o al Usuario Comercial", "seg\u00fan sea el caso."]
2017-01-03
["**Art\u00edculo 1\u00b0**. Autor\u00edzase al Concejo Distrital de Bogot\u00e1", "D. C.", "para que haga modificaciones al acuerdo mediante el cual se autoriz\u00f3 la emisi\u00f3n de la estampilla Universidad Distrital Francisco Jos\u00e9 de Caldas", "cincuenta (50) a\u00f1os", "ampliando el alcance en lo pertinente al recaudo y distribuci\u00f3n conforme a la presente ley.", "**Art\u00edculo 2\u00b0**. El valor correspondiente al recaudo por concepto de lo establecido en el art\u00edculo 1\u00b0 de la presente ley", "se distribuir\u00e1 de la siguiente manera: Para la Universidad Distrital Francisco Jos\u00e9 de Caldas: \u2013 El veinte por ciento (20%) para atender el pasivo prestacional por concepto de pensiones", "cesant\u00edas y los gastos a cargo de la Universidad Distrital Francisco Jos\u00e9 de Caldas por este concepto. \u2013 El veinte por ciento (20%) para inversi\u00f3n en el plan de desarrollo f\u00edsico", "dotaci\u00f3n y compra de equipos necesarios que conduzcan a ampliar la cobertura", "mejorar la calidad de la educaci\u00f3n y desarrollar institucionalmente a la Universidad. \u2013 El diez por ciento (10%) se invertir\u00e1 en mantenimiento y ampliaci\u00f3n de la planta f\u00edsica de los equipos de laboratorios y suministros de materiales. \u2013 El siete punto cinco por ciento (7", "5%) para promover el Fondo de Desarrollo de Investigaci\u00f3n Cient\u00edfica. \u2013 El dos punto cinco por ciento (2", "5%) con destino al desarrollo y fortalecimiento de los doctorados. \u2013 El dos punto cinco por ciento (2", "5%) con destino a las bibliotecas y centros de documentaci\u00f3n. \u2013 El siete punto cinco por ciento (7", "5%) con destino al fortalecimiento de la Red de Datos y Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones. Para la Universidad Nacional de Colombia Sede Bogot\u00e1", "D. C.: \u2013 El doce por ciento (12%) para la inversi\u00f3n en el reforzamiento estructural", "la restauraci\u00f3n", "modernizaci\u00f3n y el mantenimiento de las edificaciones declaradas por la naci\u00f3n bienes de inter\u00e9s cultural del orden nacional", "en la Sede Bogot\u00e1", "D. C. \u2013 El diez por ciento (10%) para la recuperaci\u00f3n y el mantenimiento de los bienes inmuebles de la planta f\u00edsica de la Ciudadela Universitaria de Bogot\u00e1", "D. C. \u2013 El ocho por ciento (8%) para nuevas construcciones y adquisici\u00f3n de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones para aulas", "laboratorios e institutos de investigaci\u00f3n. **Par\u00e1grafo \u00fanico**. Para el manejo de los recursos referentes a la Universidad Nacional - Sede Bogot\u00e1", "D. C.", "esta deber\u00e1 abrir un cap\u00edtulo en el presupuesto", "que especifique la inversi\u00f3n de los recursos establecidos en la presente ley. El control del recaudo y de la aplicaci\u00f3n de estos recursos lo ejercer\u00e1 la Contralor\u00eda General de la Naci\u00f3n.", "**Art\u00edculo 3\u00b0**. Se autoriza la emisi\u00f3n de la estampilla", "para su recaudo", "por un t\u00e9rmino de treinta (30) a\u00f1os", "a partir de que entre en vigencia la aplicaci\u00f3n de la presente ley.", "**Art\u00edculo 9\u00ba.** Derogado"]
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