Reformas legislativas de 2017
En 2017, se registraron 107 reformas que afectaron a 70 normas en Colombia.
diciembre 2017
11 reformas
agosto 2017
10 reformas
2017-08-16
["**Art\u00edculo 386.***Perturbaci\u00f3n de certamen democr\u00e1tico*. El que por medio de maniobra enga\u00f1osa perturbe o impida votaci\u00f3n p\u00fablica relacionada con los mecanismos de participaci\u00f3n democr\u00e1tica", "o el escrutinio de la misma", "o la realizaci\u00f3n de un cabildo abierto", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a nueve (9) a\u00f1os y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes. La pena ser\u00e1 de prisi\u00f3n de seis (6) a doce (12) a\u00f1os cuando la conducta se realice por medio de violencia. La pena se aumentar\u00e1 de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor p\u00fablico.", "**Art\u00edculo 388.***Fraude al sufragante*. El que mediante maniobra enga\u00f1osa obtenga que un ciudadano o un extranjero habilitado por la ley", "vote por determinado candidato", "partido o corriente pol\u00edtica o lo haga en blanco", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a ocho (8) a\u00f1os", "y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes. En igual pena incurrir\u00e1 quien por el mismo medio obtenga en plebiscito", "referendo", "consulta popular o revocatoria del mandato votaci\u00f3n en determinado sentido. La pena se aumentar\u00e1 de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor p\u00fablico. La pena se aumentar\u00e1 de la mitad al doble cuando la conducta este mediada por amenazas de p\u00e9rdidas de servicios p\u00fablicos estatales o beneficios otorgados con ocasi\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de programas sociales o culturales o de cualquier otro orden", "de naturaleza estatal o gubernamental.", "**Art\u00edculo 389A.** *Elecci\u00f3n il\u00edcita de candidatos*. El que sea elegido para un cargo de elecci\u00f3n popular estando inhabilitado para desempe\u00f1arlo por decisi\u00f3n judicial", "disciplinaria o fiscal incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n decuatro (4) a nueve (9) a\u00f1os y multa de doscientos (200) a ochocientos (800) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes.", "**Art\u00edculo 390A.** *Tr\u00e1fico de votos.* El que ofrezca los votos de un grupo de ciudadanos a cambio de dinero o d\u00e1diva con la finalidad de que dichos ciudadanos consignen su voto en favor de determinado candidato", "partido o corriente pol\u00edtica", "voten en blanco", "se abstengan de hacerlo o lo hagan en determinado sentido en un plebiscito", "referendo", "consulta popular o revocatoria de mandato incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro(4) a nueve (9) a\u00f1os y multa de cuatrocientos (400) a mil doscientos(1.200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes.", "**Art\u00edculo 391.***Voto fraudulento*. El que suplante a un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley", "o vote m\u00e1s de una vez", "o sin derechoconsigne voto en una elecci\u00f3n", "plebiscito", "referendo", "consulta popular", "o revocatoria del mandato", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a ocho (8) a\u00f1os y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes.", "**Art\u00edculo 392.***Favorecimiento de voto fraudulento*. El servidor p\u00fablico que permita suplantar a un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley", "o votar m\u00e1s de una vez o hacerlo sin derecho", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a nueve (9) a\u00f1os", "multa de cincuenta (50) adoscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para ejercer cargos p\u00fablicos por el doble de la pena de prisi\u00f3n impuesta.", "**Art\u00edculo 393.** Mora en la entrega de documentos relacionados con una votaci\u00f3n. El servidor p\u00fablico que no haga entrega oportuna a la autoridad competente de documentos electorales", "sellos de urna o de arca triclave", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a nueve (9) a\u00f1os", "multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para ejercer cargos p\u00fablicos por el mismo tiempo de la pena de prisi\u00f3n impuesta.", "**Art\u00edculo 394.** Alteraci\u00f3n de resultados electorales. El que por medio distinto de los se\u00f1alados en los art\u00edculos precedentes altere el resultado de una votaci\u00f3n o introduzca documentos o tarjetones indebidamente", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a ocho (8) a\u00f1os", "salvo que la conducta constituya delito sancionado con pena mayor", "y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes. La pena se aumentar\u00e1 de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor p\u00fablico.", "**Art\u00edculo 395.***Ocultamiento", "retenci\u00f3n y posesi\u00f3n il\u00edcita de c\u00e9dula*. El que haga desaparecer posea o retenga c\u00e9dula de ciudadan\u00eda ajena o cualquier otro documento necesario para el ejercicio del derecho de sufragio", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a ocho (8) a\u00f1os", "salvo que la conducta constituya delito sancionado con pena mayor", "y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes.", "**Art\u00edculo 396C.** *Omisi\u00f3n de informaci\u00f3n del aportante.* El que no informe de sus aportes realizados a las campa\u00f1as electorales conforme a los t\u00e9rminos establecidos en la ley", "incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de cuatro (4) a ocho (8) a\u00f1os y multa de cuatrocientos (400) a mil doscientos (1.200) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes."]
julio 2017
21 reformas
2017-07-18
["**Art\u00edculo 8\u00b0.Contradicci\u00f3n.** Los sujetos procesales tendr\u00e1n el derecho a controvertir las pruebas y aquellas decisiones que sean susceptibles de recursos dentro del proceso de extinci\u00f3n de dominio. A tal efecto", "el funcionario judicial deber\u00e1 motivar las decisiones que afecten sus derechos fundamentales o reales patrimoniales o que resuelvan de fondo aspectos sustanciales del proceso.", "**Art\u00edculo 10. Publicidad.** Durante la fase inicial la actuaci\u00f3n ser\u00e1 reservada", "incluso para los sujetos procesales e intervinientes. El juicio de extinci\u00f3n de dominio ser\u00e1 p\u00fablico.", "**Art\u00edculo 13.** **Derechos del afectado***.* Adem\u00e1s de todas las garant\u00edas expresamente previstas en esta ley", "el afectado tendr\u00e1 tambi\u00e9n los siguientes derechos:", "**Art\u00edculo 17.Naturaleza de la acci\u00f3n.** La acci\u00f3n de extinci\u00f3n de dominio de que trata la presente ley es de naturaleza constitucional", "p\u00fablica", "jurisdiccional", "directa", "de car\u00e1cter real patrimonial y de contenido patrimonial", "y proceder\u00e1 sobre cualquier bien", "independientemente de quien lo tenga en su poder o lo haya adquirido.", "**Art\u00edculo 26.Remisi\u00f3n.** La acci\u00f3n de extinci\u00f3n de dominio se sujetar\u00e1 exclusivamente a la Constituci\u00f3n y a las disposiciones de la presente ley. En los eventos no previstos se atender\u00e1n las siguientes reglas de integraci\u00f3n:", "**Art\u00edculo 29. Atribuciones.** Corresponde a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n:", "**Art\u00edculo 30.Afectados.** Se considera afectada dentro del tr\u00e1mite de extinci\u00f3n de dominio a toda persona", "natural o jur\u00eddica", "que alegue ser titular de derechos sobre alguno de los bienes que sean objeto de la acci\u00f3n extinci\u00f3n de dominio:", "**Art\u00edculo 31.Ministerio P\u00fablico***.* El Ministerio P\u00fablico actuar\u00e1 en el tr\u00e1mite de extinci\u00f3n de dominio en defensa del orden jur\u00eddico", "del patrimonio p\u00fablico y los derechos y garant\u00edas fundamentales. Este podr\u00e1 intervenir como sujeto procesal a partir de la presentaci\u00f3n de la demanda de extinci\u00f3n de dominio por parte del Fiscal", "con las mismas facultades de los dem\u00e1s sujetos procesales", "y ser\u00e1 ejercido por el Procurador General de la Naci\u00f3n a trav\u00e9s de sus delegados y agentes.", "**Art\u00edculo 32.Ministerio de Justicia y del Derecho***.* El Ministerio de Justicia y del Derecho actuar\u00e1 en el tr\u00e1mite de extinci\u00f3n de dominio en defensa del inter\u00e9s jur\u00eddico de la naci\u00f3n y representaci\u00f3n del ente responsable de la administraci\u00f3n de los bienes afectados en el curso del procedimiento. Este podr\u00e1 intervenir a partir de la presentaci\u00f3n de la demanda de extinci\u00f3n de dominio por parte del Fiscal y tendr\u00e1 la facultad de presentar las solicitudes y los recursos que estime necesarios en procura de los intereses del Estado.", "**Art\u00edculo 33.Competencia para el juzgamiento.** La administraci\u00f3n de justicia en materia de extinci\u00f3n de dominio", "durante la etapa del juicio", "se ejerce de manera permanente por la Sala de Casaci\u00f3n Penal de la Corte Suprema de Justicia", "las Salas de Extinci\u00f3n de Dominio de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial y por los Jueces del Circuito Especializados en Extinci\u00f3n de Dominio.", "**Art\u00edculo 35.Competencia territorial para el juzgamiento.** Corresponde a los Jueces del Circuito Especializados en Extinci\u00f3n de Dominio del Distrito Judicial donde se encuentren los bienes", "asumir el juzgamiento y emitir el correspondiente fallo.", "**Art\u00edculo 42. Ruptura de la Unidad Procesal.** Adem\u00e1s de lo previsto en otras disposiciones se romper\u00e1 la Unidad Procesal en los siguientes casos:", "**Art\u00edculo 48. Clasificaci\u00f3n***.* Las providencias que se dicten en la actuaci\u00f3n se denominar\u00e1n sentencias", "autos y resoluciones:", "**Art\u00edculo 52.Clasificaci\u00f3n**. Durante la etapa del juicio", "las decisiones judiciales se notificar\u00e1n personalmente", "por estado", "por edicto", "por aviso o por conducta concluyente.", "**Art\u00edculo 53. Personal.** La notificaci\u00f3n personal se har\u00e1 leyendo integralmente la providencia a la persona o permitiendo que esta lo haga. Para ello el funcionario librar\u00e1 citaci\u00f3n en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 47 de la presente ley. En caso de que la citaci\u00f3n se efect\u00fae por comunicaci\u00f3n escrita enviada a trav\u00e9s de una empresa de correos o servicio postal autorizado", "esta har\u00e1 constar la fecha de recibo de la comunicaci\u00f3n o", "en su defecto", "la inexistencia o irregularidad con la direcci\u00f3n de destino. En estos \u00faltimos casos se proceder\u00e1 con el emplazamiento en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 140 de esta ley.", "**Art\u00edculo 54.Por estado**. Con excepci\u00f3n del auto admisorio de la demanda de extinci\u00f3n de dominio", "el que admite la demanda de revisi\u00f3n y la sentencia", "todas las providencias se notificar\u00e1n por estado que se fijar\u00e1 por el t\u00e9rmino de un (1) d\u00eda en la Secretar\u00eda y se dejar\u00e1 constancia de la fijaci\u00f3n y desfijaci\u00f3n.", "**Art\u00edculo 58.Providencias que deben notificarse***.* Adem\u00e1s de las se\u00f1aladas expresamente en otras disposiciones", "se notificar\u00e1n las sentencias", "los autos interlocutorios y los siguientes autos de sustanciaci\u00f3n: el auto admisorio de la demanda de extinci\u00f3n de dominio", "el que ordena la pr\u00e1ctica de pruebas en el juicio", "el que deniega el recurso de apelaci\u00f3n", "el que corre traslado para alegatos y el que admite la acci\u00f3n de revisi\u00f3n.", "**Art\u00edculo 65. Apelaci\u00f3n.** En los procesos de extinci\u00f3n de dominio \u00fanicamente procede el recurso de apelaci\u00f3n contra las siguientes providencias:", "**Art\u00edculo 67.** *T***r\u00e1mite del recurso de apelaci\u00f3n.** El recurso de apelaci\u00f3n deber\u00e1 interponerse y sustentarse por escrito dentro del t\u00e9rmino de ejecutoria de la providencia. La sentencia proferida en primera instancia podr\u00e1 apelarse y sustentarse dentro de los seis d\u00edas siguientes a su notificaci\u00f3n.", "**Art\u00edculo 83.***Causales de nulidad.* Ser\u00e1n causales de nulidad en el proceso de extinci\u00f3n de dominio", "las siguientes:", "**Art\u00edculo 87.** *Fines de las medidas cautelares.* Al momento de la presentaci\u00f3n de la demanda de extinci\u00f3n de dominio", "si no se han adoptado medidas cautelares en fase inicial", "el Fiscal", "mediante providencia independiente y motivada", "ordenar\u00e1 las mismas con el fin de evitar que los bienes que se cuestionan puedan ser ocultados", "negociados", "gravados", "distra\u00eddos", "transferidos o puedan sufrir deterioro", "extrav\u00edo o destrucci\u00f3n; o con el prop\u00f3sito de cesar su uso o destinaci\u00f3n il\u00edcita. En todo caso se deber\u00e1n salvaguardar los derechos de terceros de buena fe exenta de culpa.", "**Art\u00edculo 89.***Medidas cautelares antes de la demanda de extinci\u00f3n de dominio.* Excepcionalmente", "el Fiscal podr\u00e1 decretar medidas cautelares antes de la demanda de extinci\u00f3n de dominio", "en casos de evidente urgencia o cuando existan serios motivos fundados que permitan considerar la medida como indispensable y necesaria para cumplir con alguno de los fines descritos en el art\u00edculo 87 de la presente ley. Estas medidas cautelares no podr\u00e1n extenderse por m\u00e1s de seis (6) meses", "t\u00e9rmino dentro del cual el Fiscal deber\u00e1 definir si la acci\u00f3n debe archivarse o si por el contrario resulta procedente presentar demanda de extinci\u00f3n de dominio ante el juez de conocimiento.", "**Art\u00edculo 97*.*** *Derogado*", "**Art\u00edculo 106.***Devoluci\u00f3n de bienes.* Ejecutoriada la decisi\u00f3n del juez que ordena la entrega de bienes", "el administrador le comunicar\u00e1 al interesado a la direcci\u00f3n que figure en el expediente del proceso de extinci\u00f3n de dominio", "que los bienes se encuentran a su disposici\u00f3n y le informar\u00e1 del procedimiento para su devoluci\u00f3n.", "***Art\u00edculo 110.****Pago de obligaciones de bienes improductivos.* Las obligaciones que se causen sobre bienes con extinci\u00f3n de dominio o sobre bienes con medidas cautelares", "tales como cuotas o expensas comunes", "servicios p\u00fablicos", "y que son improductivos por no generar ingresos en raz\u00f3n a su situaci\u00f3n o estado", "se suspender\u00e1 su exigibilidad y no se causar\u00e1n intereses", "hasta cuando ocurra alguno de los siguientes eventos:", "***Art\u00edculo 116.****Etapas*. El procedimiento constar\u00e1 de dos fases:", "***Art\u00edculo 120.*** *Retribuci\u00f3n*. Se podr\u00e1 retribuir hasta con el cinco (5%) del producto que se obtenga de la enajenaci\u00f3n de los bienes que sean objeto de extinci\u00f3n de dominio y se encuentren estrechamente ligados a grupos delictivos organizados", "siempre y cuando no supere los dos mil quinientos (2.500) smlmv", "al particular que informe de manera eficaz sobre la existencia de bienes que se encuentren incursos en alguna de las causales de extinci\u00f3n de dominio.", "***Art\u00edculo 122B.****Respuesta a requerimientos.* Las entidades p\u00fablicas que sean objeto de requerimientos por parte de la autoridad competente en el curso de la acci\u00f3n de extinci\u00f3n de dominio", "deber\u00e1n atender dichos requerimientos de manera inmediata", "eficiente y gratuita", "dentro de un plazo no mayor a cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles contados a partir del recibo del requerimiento.", "***Art\u00edculo 123.****De la conclusi\u00f3n de la fase inicial*. Concluidas las labores de investigaci\u00f3n ordenadas durante la fase inicial se proferir\u00e1 resoluci\u00f3n de archivo o demanda de extinci\u00f3n de dominio. En este \u00faltimo evento", "en cuaderno aparte el Fiscal tambi\u00e9n podr\u00e1 dictar medidas cautelares si no lo ha hecho antes o existen nuevos bienes\u201d.", "**Art\u00edculo 124.***Del archivo.* El Fiscal General de la Naci\u00f3n o su delegado podr\u00e1n proferir resoluci\u00f3n de archivo", "previa motivaci\u00f3n f\u00e1ctica", "jur\u00eddica y probatoria", "en cualquier momento que se verifique alguna de las siguientes circunstancias:", "**Art\u00edculo 126.***Derogado.*", "**Art\u00edculo 129.***Derogado*", "***Art\u00edculo 132.****Requisitos de la demanda de extinci\u00f3n de dominio.* La demanda presentada por el Fiscal ante el juez de extinci\u00f3n de dominio es un acto de parte", "mediante el cual se solicita el inicio del juicio. Esta demanda deber\u00e1 cumplir como m\u00ednimo los siguientes requisitos:", "***Art\u00edculo 133.****De la sentencia anticipada de extinci\u00f3n de dominio.* En cualquier etapa del proceso hasta la finalizaci\u00f3n del traslado previsto en el art\u00edculo 141 de la presente ley", "el afectado podr\u00e1 reconocer de manera expresa que concurren sobre el bien los presupuestos de una o varias de las causales de extinci\u00f3n de dominio y renunciar a presentar oposici\u00f3n", "evento en el cual se tendr\u00e1 que lo actuado es suficiente para sustentar ante el juez de extinci\u00f3n de dominio la pretensi\u00f3n extintiva y se remitir\u00e1n las carpetas al juez para que emita la correspondiente sentencia por v\u00eda anticipada.", "***Art\u00edculo 137.****Inicio de juicio.* Recibida la demanda de extinci\u00f3n de dominio presentada por la Fiscal\u00eda", "el juez proferir\u00e1 el auto admisorio correspondiente que ser\u00e1 notificado personalmente.", "***Art\u00edculo 138.*** *Notificaci\u00f3n del inicio del juicio.* El auto que admite la demanda para el inicio del juicio se notificar\u00e1 personalmente al afectado", "al agente del Ministerio P\u00fablico y al Ministerio de Justicia y del Derecho", "en la forma prevista en el art\u00edculo 53 de la presente ley\u201d.", "***Art\u00edculo 139.****Aviso*. Si la notificaci\u00f3n personal al afectado no pudiere hacerse en la primera ocasi\u00f3n que se intenta", "se aplicar\u00e1 el procedimiento establecido en el art\u00edculo 55A del presente c\u00f3digo\u201d.", "***Art\u00edculo 141.****Traslado a los sujetos procesales e intervinientes.* Dentro de los diez (10) d\u00edas siguientes a la notificaci\u00f3n del auto admisorio de la demanda", "los sujetos e intervinientes podr\u00e1n:", "**Art\u00edculo 151.***Publicidad*. Durante la fase inicial las pruebas ser\u00e1n reservadas. Durante el juzgamiento no habr\u00e1 reserva y las pruebas podr\u00e1n ser de p\u00fablico conocimiento.", "***Art\u00edculo 152A***.*Presunci\u00f3n probatoria para grupos delictivos organizados.* Cuando existan elementos de juicio que indiquen que los bienes perseguidos en extinci\u00f3n de dominio se encuentran estrechamente vinculados a grupos delictivos organizados se presume su origen y/o destinaci\u00f3n en la actividad il\u00edcita.", "**Art\u00edculo 163.***Actos de investigaci\u00f3n que requieren orden de fiscal.* Aquellas t\u00e9cnicas de investigaci\u00f3n que impliquen limitaci\u00f3n razonable de los derechos fundamentales requerir\u00e1n orden motivada del fiscal", "quien despu\u00e9s de su cumplimiento o ejecuci\u00f3n deber\u00e1 constatar su legalidad formal y material", "y de encontrarla ajustada a derecho dejar\u00e1 constancia de ello", "o de lo contrario", "dispondr\u00e1 su exclusi\u00f3n o la repetici\u00f3n de la actuaci\u00f3n.", "***Art\u00edculo 189A.**Sentencia Anticipada por confesi\u00f3n en extinci\u00f3n de dominio.* Cuando no curse un proceso de extinci\u00f3n de dominio sobre los mismos bienes", "y exista inter\u00e9s del titular de confesar voluntariamente la existencia de bienes inmersos en alguna de las causales de extinci\u00f3n de dominio", "el interesado reconocer\u00e1 de manera expresa que concurren sobre los bienes los presupuestos de una o varias de las causales de extinci\u00f3n de dominio y renunciar\u00e1 a presentar oposici\u00f3n.", "**Art\u00edculo 212.***Procedimiento de exequ\u00e1tur*. Para la ejecuci\u00f3n de una orden de decomiso", "sentencia de extinci\u00f3n de dominio o decisi\u00f3n equivalente emitida por una autoridad judicial extranjera", "se adelantar\u00e1 el siguiente procedimiento:"]
mayo 2017
26 reformas
2017-05-28
["**Art\u00edculo 10.***Direcci\u00f3n de Comunicaciones.* La Direcci\u00f3n de Comunicaciones cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 11.***Derogado*", "**Art\u00edculo 13.***Direcci\u00f3n de Control Interno*. La Direcci\u00f3n de Control Interno cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 14.***Direcci\u00f3n de Control Disciplinario*. La Direcci\u00f3n de Control Disciplinario cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 10.***Direcci\u00f3n de Comunicaciones.* La Direcci\u00f3n de Comunicaciones cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 11.***Derogado*", "**Art\u00edculo 12.***Direcci\u00f3n de Asuntos Internacionales*. La Direcci\u00f3n de Asuntos Internacionales cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 14.***Direcci\u00f3n de Control Disciplinario*. La Direcci\u00f3n de Control Disciplinario cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 16.***Derogado*", "**Art\u00edculo 17.***Direcci\u00f3n de Fiscal\u00edas Nacionales*. La Direcci\u00f3n de Fiscal\u00edas Nacionales cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 29.***Direcci\u00f3n Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana*. La Direcci\u00f3n Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**ART\u00cdCULO 30. DIRECCI\u00d3N DE ATENCI\u00d3N AL USUARIO**", "**INTERVENCI\u00d3N TEMPRANA Y ASIGNACIONES**. La Direcci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n al Usuario", "Intervenci\u00f3n Temprana y Asignaciones tiene las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 20.***Funciones de las Direcciones Especializadas*. Las Direcciones Especializadas cumplir\u00e1n las siguientes funciones generales:", "**Art\u00edculo 21.***Derogado*", "**Art\u00edculo 22.***Derogado*", "**Art\u00edculo 23.***Derogado*", "**Art\u00edculo 24.***Derogado*", "**Art\u00edculo 25.***Derogado*", "**Art\u00edculo 26.***Derogado*", "**Art\u00edculo 27.***Derogado*", "**Art\u00edculo 28.***Derogado*", "**ART\u00cdCULO 30. DIRECCI\u00d3N DE ATENCI\u00d3N AL USUARIO**", "**INTERVENCI\u00d3N TEMPRANA Y ASIGNACIONES**. La Direcci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n al Usuario", "Intervenci\u00f3n Temprana y Asignaciones tiene las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 31.***Direcciones Seccionales*. Las Direcciones Seccionales cumplir\u00e1n las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 32.***Derogado*", "**Art\u00edculo 33.***Subdirecci\u00f3n Seccional de Fiscal\u00edas y de Seguridad Ciudadana*. La Subdirecci\u00f3n Seccional de Fiscal\u00edas y de Seguridad Ciudadana cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 34.***Secci\u00f3n de Polic\u00eda Judicial*. La Secci\u00f3n de Polic\u00eda Judicia cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 35.****Secci\u00f3n de Atenci\u00f3n a Usuarios*.* La Secci\u00f3n de Atenci\u00f3n a Usuarios tiene las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 37.***Direcci\u00f3n Ejecutiva* . La Direcci\u00f3n Ejecutiva cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 38.***Subdirecci\u00f3n de Talento Humano*. La Subdirecci\u00f3n de Talento Humano cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 42.***Subdirecci\u00f3n de Bienes.* La Subdirecci\u00f3n de Bienes cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 43.***Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Documental.* La Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Documental cumplir\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 47.***\u00d3rganos y Comit\u00e9s de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n*. Para lograr la gesti\u00f3n arm\u00f3nica e integral de la entidad", "el Fiscal General de la Naci\u00f3n conformar\u00e1 y organizar\u00e1 Comit\u00e9 directivo", "as\u00ed como los dem\u00e1s \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n que considere necesarios para el mejoramiento de la prestaci\u00f3n del servicio", "el fortalecimiento de la gesti\u00f3n administrativa e investigativa y", "en general", "el \u00f3ptimo funcionamiento de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.", "**Art\u00edculo 48.***Comit\u00e9 directivo*. Cr\u00e9ase el Comit\u00e9 directivo como la instancia encargada de asegurar una visi\u00f3n integral y arm\u00f3nica en el desempe\u00f1o de las \u00e1reas estrat\u00e9gicas", "misionales", "de apoyo y de evaluaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General."]
2017-05-25
["**Art\u00edculo 1\u00b0** **De la pol\u00edtica de paz", "reconciliaci\u00f3n", "convivencia y no estigmatizaci\u00f3n**.", "**Art\u00edculo 2\u00b0. De los principios rectores.** La pol\u00edtica de paz", "reconciliaci\u00f3n", "convivencia y no estigmatizaci\u00f3n del Estado que desarrollar\u00e1n las autoridades de la Rep\u00fablica", "el Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia y los Consejos Territoriales de Paz se orientar\u00e1 por los siguientes principios rectores:", "**Art\u00edculo 3\u00b0. Creaci\u00f3n y naturaleza**. Cr\u00e9ase el Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia con participaci\u00f3n de la sociedad civil", "como \u00f3rgano asesor y consultivo del Gobierno nacional. Su misi\u00f3n ser\u00e1 propender por el logro y mantenimiento de la paz; generar una cultura de reconciliaci\u00f3n", "tolerancia", "convivencia", "y no estigmatizaci\u00f3n y facilitar la colaboraci\u00f3n arm\u00f3nica de las entidades y \u00f3rganos del Estado", "otorgando prioridad a las alternativas pol\u00edticas de negociaci\u00f3n del conflicto armado interno", "en orden a alcanzar relaciones sociales que aseguren una paz integral permanente.", "**Art\u00edculo 4\u00b0. Conformaci\u00f3n.** El Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia estar\u00e1 conformado de la siguiente manera:", "**Art\u00edculo 5\u00b0. Funcionamiento**. El Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia se reunir\u00e1 cada tres (3) meses", "sin perjuicio de que el Presidente de la Rep\u00fablica", "la Secretar\u00eda T\u00e9cnica o el 40% de los miembros que conforman el Consejo lo convoque a reuniones extraordinarias", "cuando las circunstancias lo aconsejen", "o la conveniencia p\u00fablica lo exija.", "**Art\u00edculo 6\u00b0.***Funciones.* El Consejo Nacional de Paz tendr\u00e1 las siguientes funciones:", "**Art\u00edculo 7\u00b0. Comit\u00e9 Nacional de Paz para la Reconciliaci\u00f3n y la Convivencia.** El Consejo Nacional de Paz para la Reconciliaci\u00f3n y la Convivencia", "designar\u00e1 un Comit\u00e9 Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia de entre sus propios miembros", "compuesto por trece (13) de ellos de los cuales al menos siete (7) ser\u00e1n representantes de las organizaciones de la sociedad civil", "tres (3) de los organismos del Estado", "y los tres (3) restantes de libre escogencia de quienes integran el Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia. Se debe garantizar la participaci\u00f3n de las mujeres.", "**Art\u00edculo 10. Secretaria T\u00e9cnica.** La Secretaria T\u00e9cnica del Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia ser\u00e1 ejercida por dos representantes del mismo", "de los cuales uno ser\u00e1 la Oficina del Alto Comisionado para la Paz de la Presidencia de la Rep\u00fablica y el otro un representante de la sociedad civil", "elegido por el Comit\u00e9 Nacional en los t\u00e9rminos que el reglamento del Consejo determine. Son funciones de la Secretaria T\u00e9cnica", "entre otras", "las siguientes:", "**Art\u00edculo 12. Per\u00edodo**. Los servidores p\u00fablicos ser\u00e1n miembros del Consejo Nacional de Paz", "Reconciliaci\u00f3n y Convivencia mientras ocupen sus respectivos cargos.", "**Art\u00edculo 13.***Consejos Regionales.* Las Asambleas Departamentales y Concejos Municipales est\u00e1n autorizados para crear", "a iniciativas del respectivo Gobernador o Alcalde los Consejos Departamentales o Municipales de Paz."]