Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro

Rango Real Decreto
Publicación 2023-02-10
Última actualización 2026-10-16
Estado Vigente
Departamento Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
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Apéndice 6.1.2 Régimen de caudales máximos de las masas de agua superficial de la categoría río, aguas abajo de embalse, en condiciones ordinarias.

Embalses Nov.-Abr. FREZA May.-Oct.
Embalses Caudales máximos (m3/s) Caudales máximos (m3/s) Caudales máximos (m3/s)
El Negratín. 24,4 20,8
Guadalmena. 56,9 22,5 24,5
La Fernandina. 76,5 14,8 16,3
Guadalén. 76,5 14,8 16,3
Canales. 12,4 8,7 10,5
Quéntar. 12,4 8,7 10,5
El Pintado. 44,3 21,6 21,6
Cala. 27,5 12,6 12,6
Quiebrajano. 8,5 2,3 2,3
Martín Gonzalo. 4,7 1,7 1,7
Huesna. 43,8 16,0 16,0
Melonares. 54,5 22,9 22,9
La Minilla. 48,6 22,2 22,2
Gergal. 84,4 38,4 38,4

Apéndice 6.1.3 Régimen de caudales mínimos en los puntos de control en condiciones ordinarias.

Río Punto de control Oct.-Nov. Dic.-Abr. May. Jun. Jul.-Sep.
Red de seguimiento del régimen de caudales Red de seguimiento del régimen de caudales Régimen de caudales mínimos (l/s) Régimen de caudales mínimos (l/s) Régimen de caudales mínimos (l/s) Régimen de caudales mínimos (l/s) Régimen de caudales mínimos (l/s)
Guadalquivir. Estación de aforos Arroyo María (*). 370 610 1,22 1,22 370
Guadalquivir. Presa de Pedro Marin (*). 1.600 1.600 1.600 1.600 1.600
Guadalquivir. Presa de Mengíbar. 2.300 2.510 2.510 2.180 2.180
Guadalquivir. Presa de Villafranca. 3.280 3.570 3.570 3.100 3.100
Guadalquivir. Azud Fuente Palmera. 4.600 4.600 4.600 4.600 4.600
Guadalquivir. Presa de Peñaflor. 6.560 7.150 7.150 6.210 6.210
Guadalquivir. Presa de Alcalá del Río. 7.200 7.840 7.840 6.810 6.810
Guadiana Menor. Estación de aforos el Pósito (*). 510 510 510 510 510
Guadalimar. Estación de aforos de Linares (*). 250 250 250 250 250
Guadalbullón. Estación de aforos de Mengíbar (*). 240 500 190 190 190
Guadajoz. Estación de aforos de Valchillón (*). 350 350 350 350 350
Genil. Estación de aforos de Canales Pinos. 115 145 110 110 110
Genil. Estación de aforos de Loja. 720 790 790 680 680
Genil. Presa de Cordobilla. 930 1.020 1.020 880 880
Genil. Estación de aforos de Écija(*). 1.100 1.100 1.100 1.100 1.100
Corbones. Estación de aforos de Carmona (*). 300 300 300 300 300
Guadiamar. Estación de aforos de Aznalcázar(*). 650 600 400 400 400
(*) Responde a estudios específicos del tramo. (*) Responde a estudios específicos del tramo. (*) Responde a estudios específicos del tramo. (*) Responde a estudios específicos del tramo. (*) Responde a estudios específicos del tramo. (*) Responde a estudios específicos del tramo. (*) Responde a estudios específicos del tramo.

Apéndice 6.1.4 Régimen de caudales mínimos aguas abajo de las principales infraestructuras de regulación, en condiciones ordinarias.

Embalses Oct.-Nov. Dic.-Abr. May.-Sep.
Embalses Régimen de caudales mínimos (l/s) Régimen de caudales mínimos (l/s) Régimen de caudales mínimos (l/s)
Tranco Beas. 270 280 260
San Clemente. 50 70 60
El Portillo (***). 1.000 1.000 1.000
La Bolera. 100 130 110
El Negratín. 300 320 290
Francisco Abellan. 50 70 60
Guadalén(****). 290 380 330
Giribaile. 590 630 550
La Fernandina. 90 170 80
Guadalmena. 370 740 300
Rumblar. 120 220 110
Yeguas(**). 230 420 200
Quiebrajano. 60
Montoro Iii. 50 90 60
Encinarejo (Jandula). 50 100 50
Arenoso(**). 100 190 100
Martín Gonzalo. 70
San Rafael Navallana (**). 210 400 190
Viboras. 90 120 100
Vadomojón. 210 220 200
Sierra Boyera. 70 140 60
Puente Nuevo. 310 620 250
La Breña Ii (**). 310 590 280
Bembézar. 280 530 250
El Retortillo. 100 190 100
Cubillas. 120 160 140
Canales. 115 145 110
Quentar. 50 50 50
Colomera. 70 80 70
Bermejales. 110 140 130
Iznájar. 790 830 750
Jose Torán. 90 170 80
Puebla Cazalla. 190 210 190
Huesna. 130 250 120
El Pintado. 310 620 250
Melonares(*). 140 140 140
Aracena. 150 290 140
Zufre. 160 300 140
La Minilla. 210 400 190
Cala. 120 220 110
Gergal (*). 200 200 200
Agrio. 50 100 60
Torre El Aguila. 160 180 160
Siles. 220 260 220
() Se ha aplicado una proporcionalidad con el Embalse de Melonares, siendo necesario un estudio específico que los confirme. () Dada la escasa longitud de las masas de agua situadas entre el pie de la presa y el río Guadalquivir, estos caudales no serán de aplicación cuando el caudal en el río Guadalquivir supere el régimen de caudales mínimos en él fijado. () Cuando se construya la toma para el abastecimiento a Baza y comarca la medida se hará aguas abajo de la misma. (**) El control se realiza en el embalse encadenado Salto del Molino, situado aguas abajo, siempre que exista perímetro mojado entre cola de embalse y azud. () Se ha aplicado una proporcionalidad con el Embalse de Melonares, siendo necesario un estudio específico que los confirme. () Dada la escasa longitud de las masas de agua situadas entre el pie de la presa y el río Guadalquivir, estos caudales no serán de aplicación cuando el caudal en el río Guadalquivir supere el régimen de caudales mínimos en él fijado. () Cuando se construya la toma para el abastecimiento a Baza y comarca la medida se hará aguas abajo de la misma. (**) El control se realiza en el embalse encadenado Salto del Molino, situado aguas abajo, siempre que exista perímetro mojado entre cola de embalse y azud. () Se ha aplicado una proporcionalidad con el Embalse de Melonares, siendo necesario un estudio específico que los confirme. () Dada la escasa longitud de las masas de agua situadas entre el pie de la presa y el río Guadalquivir, estos caudales no serán de aplicación cuando el caudal en el río Guadalquivir supere el régimen de caudales mínimos en él fijado. () Cuando se construya la toma para el abastecimiento a Baza y comarca la medida se hará aguas abajo de la misma. (**) El control se realiza en el embalse encadenado Salto del Molino, situado aguas abajo, siempre que exista perímetro mojado entre cola de embalse y azud. () Se ha aplicado una proporcionalidad con el Embalse de Melonares, siendo necesario un estudio específico que los confirme. () Dada la escasa longitud de las masas de agua situadas entre el pie de la presa y el río Guadalquivir, estos caudales no serán de aplicación cuando el caudal en el río Guadalquivir supere el régimen de caudales mínimos en él fijado. () Cuando se construya la toma para el abastecimiento a Baza y comarca la medida se hará aguas abajo de la misma. (**) El control se realiza en el embalse encadenado Salto del Molino, situado aguas abajo, siempre que exista perímetro mojado entre cola de embalse y azud.

Apéndice 6.1.5 Régimen de caudales mínimos en las masas de agua del estuario, en condiciones ordinarias.

Código Nombre Oct. Nov. Dic. Ene. Feb. Mar. Abr. May. Jun. Jul. Ago. Sep. Media
Masa de agua Masa de agua Umbrales del régimen de caudales mínimos (m3/s) Umbrales del régimen de caudales mínimos (m3/s) Umbrales del régimen de caudales mínimos (m3/s) Umbrales del régimen de caudales mínimos (m3/s) Umbrales del régimen de caudales mínimos (m3/s) Umbrales del régimen de caudales mínimos (m3/s) Umbrales del régimen de caudales mínimos (m3/s) Umbrales del régimen de caudales mínimos (m3/s) Umbrales del régimen de caudales mínimos (m3/s) Umbrales del régimen de caudales mínimos (m3/s) Umbrales del régimen de caudales mínimos (m3/s) Umbrales del régimen de caudales mínimos (m3/s) Umbrales del régimen de caudales mínimos (m3/s)
ES050MSPF013213013 Corta San Jerónimo - Presa de Alcalá del Río. 7,884 7,894 8,82 9,005 9,154 9,012 8,878 8,574 7,226 7,108 7,108 7,108 8,148
ES050MSPF013213011 Corta de la Cartuja. 7,914 7,924 8,861 9,062 9,211 9,059 8,925 8,61 7,261 7,136 7,136 7,136 8,186
ES050MSPF013213009 Cortas de la Isleta, Merlina, Punta del Verde y Vega de Triana. 7,93 7,94 8,883 9,092 9,241 9,084 8,95 8,629 7,28 7,151 7,151 7,151 8,207
ES050MSPF013213007 Cortas de los Jerónimos, los Olivillos y Fernandina. 8,803 8,876 9,947 10,161 10,31 10,15 9,797 9,289 7,939 7,808 7,808 7,808 9,058
ES050MSPF013213006 La Mata - La Horcada. 9,385 9,475 10,805 11,05 11,199 11,02 10,379 9,8 8,448 8,303 8,303 8,303 9,706
ES050MSPF013213005 La Esparraguera-Tarfia. 10,742 11,048 12,822 13,076 13,233 13,048 11,945 10,712 9,344 9,195 9,195 9,195 11,13
ES050MSPF013213004 Desembocadura-Bonanza. 10,742 11,048 12,822 13,076 13,233 13,048 11,945 10,712 9,344 9,195 9,195 9,195 11,13

Apéndice 6.1.6 Intervalos orientativos de referencia de extensión inundada en hectáreas en masas de agua superficial de la categoría lago.

Código masa Nombre Percentil Promedio año Octubre Noviembre Diciembre Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre
ES050MSPF012000036 Laguna de la Cigarrera(1). 50 3,35 2,48 2,27 3,02 3,42 4,32 4,10 4,23 4,10 3,51 3,33 2,81 2,68
ES050MSPF012000036 Laguna de la Cigarrera(1). 25 1,62 0,00 0,10 1,28 1,98 2,66 2,43 3,69 3,16 1,35 2,57 0,23 0,00
ES050MSPF012000019 Laguna de Salobral o del Conde(1). 50 28,30 12,33 17,64 21,24 24,75 42,18 40,32 49,32 39,78 36,09 27,45 18,83 9,72
ES050MSPF012000019 Laguna de Salobral o del Conde(1). 25 13,05 1,08 4,93 10,35 11,79 14,96 14,67 37,64 20,37 25,20 11,70 2,79 1,17
ES050MSPF012000034 Laguna de la Peña(1). 50 2,57 1,89 1,58 2,70 2,43 3,08 3,02 3,74 3,15 2,70 2,79 2,03 1,76
ES050MSPF012000034 Laguna de la Peña(1). 25 1,07 0,00 0,00 1,44 1,56 2,27 1,95 2,88 1,94 0,59 0,26 0,00 0,00
ES050MSPF012000008 Laguna de Zarracatín(1). 50 48,39 38,16 46,17 49,86 55,22 55,98 56,32 55,31 55,98 49,64 44,78 40,66 32,58
ES050MSPF012000008 Laguna de Zarracatín(1). 25 42,55 30,69 41,31 45,52 50,96 50,04 51,80 52,88 49,10 46,53 39,50 28,98 23,33
ES050MSPF012000033 Laguna del Pilón(1). 50 1,42 0,00 0,00 1,96 1,80 3,69 3,60 3,78 2,07 0,16 0,00 0,00 0,00
ES050MSPF012000033 Laguna del Pilón(1). 25 0,21 0,00 0,00 0,00 0,00 0,72 0,00 1,62 0,18 0,00 0,00 0,00 0,00
ES050MSPF012000032 Laguna del Taraje(1). 50 9,10 7,38 7,49 9,36 9,34 10,08 10,08 10,89 10,11 9,03 9,09 8,64 7,74
ES050MSPF012000032 Laguna del Taraje(1). 25 6,52 3,94 4,86 7,19 6,62 7,19 7,08 9,05 8,37 6,37 6,75 5,73 5,15
ES050MSPF012000013 Laguna Dulce (de Lucena)(1). 50 4,61 1,04 4,77 7,74 8,06 8,06 7,00 7,81 6,32 4,37 0,14 0,00 0,00
ES050MSPF012000013 Laguna Dulce (de Lucena)(1). 25 1,57 0,00 0,00 5,04 3,26 2,10 2,06 5,42 0,90 0,05 0,00 0,00 0,00
ES050MSPF012000012 Laguna Amarga(1). 50 3,19 2,88 3,15 3,38 3,47 3,31 2,97 3,24 3,15 3,33 3,12 3,15 3,20
ES050MSPF012000012 Laguna Amarga(1). 25 2,85 2,66 2,88 3,06 2,97 2,79 2,77 2,93 2,88 3,02 2,83 2,75 2,70
ES050MSPF012000021 Laguna del Gosque(1). 50 29,75 21,33 25,52 30,92 37,71 34,16 33,71 33,93 32,67 31,41 27,60 25,88 22,23
ES050MSPF012000021 Laguna del Gosque(1). 25 19,25 2,70 16,05 21,15 26,44 26,96 27,18 28,98 25,11 20,40 19,15 8,80 8,10
ES050MSPF012000015 Laguna Hondilla(1). 50 1,00 0,07 0,36 1,08 0,86 1,35 1,67 1,62 1,62 1,31 1,24 0,53 0,27
ES050MSPF012000015 Laguna Hondilla(1). 25 0,39 0,00 0,00 0,00 0,02 0,68 0,74 1,26 1,23 0,57 0,20 0,00 0,00
ES050MSPF012000016 Laguna de los Jarales(1). 50 1,08 0,00 0,00 0,66 1,62 2,07 2,16 2,61 2,50 1,01 0,30 0,00 0,00
ES050MSPF012000016 Laguna de los Jarales(1). 25 0,08 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 1,01 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
ES050MSPF012000035 Laguna de la Galiana(1). 50 0,34 0,00 0,00 0,00 0,23 0,86 1,08 1,17 0,72 0,00 0,00 0,00 0,00
ES050MSPF012000035 Laguna de la Galiana(1). 25 0,02 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,27 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
ES050MSPF012000011 Laguna del Rincón(1). 50 6,43 5,67 4,97 6,30 5,94 6,57 6,66 7,83 6,63 7,27 6,80 6,30 6,21
ES050MSPF012000011 Laguna del Rincón(1). 25 2,91 2,16 2,48 2,84 2,52 2,43 2,52 5,63 3,24 3,11 2,48 3,16 2,43
ES050MSPF012000029 Laguna de Ruiz Sánchez(1). 50 2,37 0,00 0,00 0,81 12,60 8,10 6,57 0,38 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
ES050MSPF012000029 Laguna de Ruiz Sánchez(1). 25 0,11 0,00 0,00 0,14 1,04 0,20 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
ES050MSPF012000014 Laguna Salada de Zorrilla(1). 50 11,12 5,85 9,36 11,07 12,58 12,60 13,68 13,32 13,41 12,35 11,48 9,72 8,01
ES050MSPF012000014 Laguna Salada de Zorrilla(1). 25 8,49 1,62 4,34 7,07 9,62 10,85 12,17 12,24 11,97 10,68 9,59 6,53 5,22
ES050MSPF012000017 Laguna de Tíscar(1). 50 10,57 7,63 9,79 11,46 11,57 11,75 11,97 11,79 11,52 11,12 10,80 9,19 8,33
ES050MSPF012000017 Laguna de Tíscar(1). 25 7,70 0,20 7,02 7,83 10,01 10,80 10,47 11,52 11,07 8,91 7,92 5,38 1,22
ES050MSPF012000007 Laguna de Zóñar(1). 50 37,19 36,36 36,27 35,96 36,77 36,72 35,55 38,66 38,49 38,88 38,28 37,53 36,78
ES050MSPF012000007 Laguna de Zóñar(1). 25 32,29 31,50 30,96 33,26 34,83 31,77 30,33 35,89 32,25 32,40 31,67 31,59 30,98
ES050MSPF012000020 Laguna Honda(1). 50 6,65 6,21 6,35 7,20 7,23 7,40 6,57 6,93 6,66 6,30 6,66 6,30 5,96
ES050MSPF012000020 Laguna Honda(1). 25 5,41 4,70 4,46 5,99 6,03 6,18 5,40 5,54 5,85 5,22 5,49 5,54 4,53
ES050MSPF012000004 Lagunas Peridunares de Doñana(1). 50 56,87 21,05 59,81 59,76 71,69 91,13 114,93 65,96 64,40 44,25 34,78 29,59 25,11
ES050MSPF012000004 Lagunas Peridunares de Doñana(1). 25 41,63 11,45 48,02 47,43 64,62 66,78 55,60 54,82 49,11 40,66 27,23 20,84 13,03
ES050MSPF012000028 Marisma de Doñana(2). 50 8.378,01 466,02 1.570,47 6.892,56 13.116,87 22.591,89 18.446,94 18.439,07 13.006,91 4.896,50 578,82 270,58 259,53
ES050MSPF012000028 Marisma de Doñana(2). 25 3.598,57 363,06 800,89 1.275,80 3.543,22 10.035,54 8.811,24 13.503,44 2.971,02 1.266,90 202,43 193,06 216,26
Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC). Estos intervalos de referencia, con valores objetivo y mínimo deseables de superficie inundada en función de la situación hidrológica, coinciden respectivamente con los percentiles 50 y 25 de la serie estudiada. Estos valores se supeditan a los que pudiera determinar la administración competente para alcanzar los objetivos específicos de conservación de los Espacios Naturales Protegidos en los que se encuentren estas masas de agua. Puede consultarse información adicional en el Anejo n.º 4 de la Memoria. (1) Datos de la serie 1984-2019. Valores obtenidos mediante teledetección. (2) Datos de la serie 1984-2018. Proporcionados por la Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC).

Apéndice 6.2 Régimen de caudales ecológicos en situaciones de sequía prolongadas.

Apéndice 6.2.1 Régimen de caudales mínimos de las masas de agua superficial de la categoría río en condiciones de sequía prolongada.

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