61429 leyes
61429 leyes
- en ejecución de la "lei que reforma la de 7 de julio de 1866, sobre aduanas" sancionada el 21 de setiembre del presente año
- fijando el peso i diámetro de la moneda de cobre
- derogatorio de los expedidos sobre guerra i orden público
- que determina cómo deben pagarse las pensiones a los militares de la independencia
- sobre indulto
- derogando el artículo 82 del Reglamento de administración i contabilidad, i dando otras disposiciones relativas a ese ramo
- determinando los funcionarios que deben espedir las tornaguías de los cargamentos que vengan de transito por Venezuela a introducirse por los puertos francos situados sobre la frontera en los límites del territorio que comprendía la provincia de Casanare i el cantón de San Martin
- asignando una cantidad anual para gastos de local i escritorio de la Administración subalterna de Hacienda nacional en Rionegro
- en ejecución del artículo 3.° de la lei de 8 del corriente, adicional a, i reformatoria de la de 19 de mayo de 1864, que organiza las Casas de moneda
- reformatorio el de primero de julio de mil ochocientos sesenta i seis, sobre el procedimiento para la liquidación por ajustamientos de haberes militares
- dando de baja en el ejército a dos Oficiales
- promulgando como lei de la República el decreto lejislativo aprobando el contrato celebrado en 5 de julio de 1867 "reformatorio del de 15 de abril de 1850, sobre construcción de un camino de carriles de hierro de un océano a otro por el Istmo de Panamá"
- elevando el pié de fuerza del ejército
- en ejecución de la lei de 5 de abril de 1867, sobre devolución de bienes a los distritos
- sobre derechos de importación i de internación de sales
- sobre circulación de monedas
- sobre desarme i venta de los buques de guerra de la Unión
- disponiendo el retiro de las legaciones de la República tiene en países estranjeros
- sobre reorganización de la Secretaría de Hacienda i Fomento
- sobre orden público
- nombrando Secretarios de Estado
- fijando el precio de la sal
- en ejecución de la ley de 5 de abril de 1867, sobre devolución de bienes a los distritos
- determinando el número de Senadores i Representantes que corresponde a cada Estado
- reformando el de 2 del presente mes fijando el precio de venta de la sal
- nombrando Secretario de Guerra y Marina en interinidad
- declarando que no pueden verificarse nuevos pagos a los Estados por cuenta de los gastos de la última guerra civil, hasta que no presenten la cuenta jeneral para su liquidación
- adicional al de 1 de julio de 1866, sobre procedimiento para la liquidación de ajustamientos de haberes militares
- declarando libres de derechos de importación los materiales para la construcción de puentes
- sobre promoción de dos empleados
- Reglamentando el Instituto Nacional de Ciencias y Artes y organizando la Academia anesa a él
- Disponiendo que los ajentes principales de Hacienda Nacional i capitán de puertos en Panamá y colon remitan datos estadísticos a la Secretaría de Hacienda y Fomento
- adicional al reglamentario de las casas de moneda
- en ejecución de la lei de 13 de junio último, orgánica del servicio de Correos
- fijando el valor de las fianzas que deben asegurar su manejo el Ajente jeneral i los principales de bienes desamortizados
- señalando la cuantía i clase de fianza con que los Administradores principales i subalternos de Hacienda deben asegurar su manejo
- creando la plaza de portero de la oficina central del cuerpo de injenieros agrimensores
- sobre renovación de títulos de concesión de tierras baldías
- fijando las épocas en que han hecho servicio de campaña los cuerpos del 1,° 2,° 3,° i 4,° ejércitos de la guardia colombiana
- trasladando la administración principal de hacienda residente en Natagaima, a la capital del estado soberano del Tolima
- declarando vijente el reglamento para el servicio i contabilidad de la administración de los bienes de manos muertas expedido por la junta suprema directiva del crédito nacional y aprobado en 8 de noviembre de 1861 por el presidente provisorio de los Estados Unidos de Colombia
- mandando abrir en el presupuesto nacional el crédito correspondiente para la publicación de la "Flora Colombiana."
- reformatorio del parágrafo del artículo 4.° del decreto ejecutivo de 30 de agosto último, organizando el cuerpo de ingenieros agrimensores i señalándoles sueldos
- sobre pagos ordenados por anticipaciones
- sobre insubsistencia del de 7 de junio de 1862 "declarando que el batallón número 10 ejecuto acción distinguida de valor concediendo recompensas."
- de liquidación jeneral de los presupuestos para el servicio del año económico de 1866 a 1867
- Declarando el modo como deben devolverse los créditos suministrados para la guerra con el Ecuador
- organizando un cuerpo de injenieros agrimensores para la formación del catastro de las tierras baldías de la nación, i asignándoles sueldos
- sobre subdelegación i pago do créditos
- sobre emisión de órdenes de pago a cargo de la caja de amortización i mandando abrir algunas cuentas corrientes