71900 leyes
71900 leyes
- Por el cual se reglamentan las exenciones de fletes en los ferrocarriles nacionales
- Por el cual se dictan unas disposiciones en el ramo de Edificios Nacionales
- Por el cual se sustituye el marcado con el número 1033 de 1915, sobre disposición de ciertos bienes nacionales
- Por el cual se crea una junta especial encargada de estudiar el problema de los arrendamientos urbanos
- Por el cual se adiciona el número 1683, sobre comercio de oro
- Por el cual se reglamentan las Leyes 31 de 1925 y 94 de 1931, sobre protección de la propiedad industrial
- Por el cual se dictan algunas disposiciones para equilibrio del presupuesto
- Por el cual se dictan algunas disposiciones para prevenir y reprimir cualquier especulación indebida con productos alimenticios
- Sobre creación del ministerio de agricultura y comercio
- POR EL CUAL SE PROHIBE TEMPORALMENTE EL LIBRE COMERCIO DEL ORO Y SE TOMAN OTRAS PROVIDENCIAS
- Por el cual se conceden unas facultades extraordinarias al gobierno nacional
- POR EL CUAL SE FIJA EL VALOR DE LAS RACIONES DE CADA UNO DE LOS PRESOS POBRES NACIONALES DE LA CARCEL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE VITERBO, Y DE LAS CARCELES DEL CIRCUITO DEL COCUY, GARAGOA, GUATEQUE, MIRAFLORES, MONIQUIRA, OROCUE, RAMIQUIRI, SOATA, SOCHA Y TAMARA
- EN DESARROLLO DE LA LEY 79 DE 1931
- Por el cual se fijan las bases para determinar el valor real de la mercancía de importación
- Por el cual se dicta una disposición relacionada con los juicios que se siguen por jurisdicción coactiva y se adiciona el Decreto número 747 de 1931
- Por el cual se fijan los precios de venta de la sal terrestre y la sal marina
- Por el cual se reglamenta en parte la Ley 113 de 1928, sobre estudio técnico y aprovechamiento de caídas de agua
- Por el cual se fija el valor de las raciones de cada uno de los presos pobres nacionales de las Cárceles de Circuito Judicial de Cáqueza, Chocontá, Facatativá, Fusagasugá, Gachetá, Girardot, Guaduas, Pacho, Ubaté, Zipaquirá y La Palma
- Por el cual se hacen unos traslados de partidas en el presupuesto de la vigencia en curso
- Por el cual se fija la fecha en que debe empezar a regir el artículo 6o y parágrafos de la Ley 62 de 1930
- Por el cual se hace un traslado en el presupuesto del Ministerio de Gobierno
- Por el cual se determina a qué jurisdicción corresponde el caserío de Caucaya, situado en la margen del río Putumayo
- Por el cual se introducen algunas modificaciones en la organización del Ministerio de Guerra, se traslada a dos oficiales del Ejército y se hacen unos nombramientos
- POR EL CUAL SE HACE UN TRASLADO EN LA LEY DE APROPIACIONES DE LA VIGENCIA DE 1931
- POR EL CUAL SE DETERMINA LA MANERA DE SUMINISTRAR LA ALIMENTACION A LOS PRESOS DE LA CARCEL DE SUMARIADOS DE BOGOTA
- Por la cual se dan unas autorizaciones al Gobierno y se abre un crédito extraordinario
- por la cual se abre un crédito extraordinario a la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso
- Por la cual se abre un crédito a las apropiaciones liquidadas para la vigencia en curso
- Por el cual se reforma el decreto número 878 de 1931, que señala la tarifa para el servicio radiotelegráfico interior
- Por el cual se reglamenta la Ley 82 de 1931
- Por el cual se reglamenta el artículo 2o de la Ley 62 de 1931
- Por el cual se hace un traslado en la ley de apropiaciones de la vigencia en curso
- POR EL CUAL SE HACEN VARIOS TRASLADOS EN LA LEY DE APROPIACIONES DE LA VIGENCIA EN CURSO
- POR EL CUAL SE CONTRACREDITA UNA PARTIDA DE LA LEY DE APROPIACIONES VIGENTE, Y SE REFORMAN LOS DECRETOS NUMEROS 1308 Y 1072, DEL AÑO EN CURSO
- Por el cual se corrige un error en que se incurrió al poner en limpio el decreto número 1270 de 21 de julio del presente año, reglamentario de la ley del petróleo (37 de 1931)
- Por el cual se señala partida de alimentación, lavado y peluquería al personal auxiliar del Batallón de Infantería Sucre número 2, y se dictan otras providencias
- Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso
- Por el cual se fija la imputación a los gastos que se ocasionarán con motivo de la nueva organización que da a las Aduanas de la República la Ley 79 de 1931
- Reformatorio de la Constitución (servicio de notariato y registro)
- Por el cual se reforma el marcado con el número 1829 de 28 de octubre de 1930, que reglamenta el uso de franqueadores automáticos
- Por el cual se señala la contribución bancaria para el segundo semestre de 1931
- POR EL CUAL SE SEÑALA LA CONTRIBUCION QUE DEBEN PAGAR LAS COMPAÑIAS DE SEGUROS PARA ATENDER A LOS GASTOS DE INSPECCION EN EL 2° SEMESTRE DE 1931 Y EL 1° DE 1932
- Por el cual se modifica el número 85 de 19 de enero de 1927, reglamentario del servicio de encomiendas postales del interior
- Por el cual se modifican y aclaran los artículos 79, 80 y 81 del Decreto 1099 de 1930
- POR EL CUAL SE REFORMA EL DECRETO NUMERO 555 DE 20 DE MARZO ULTIMO SOBRE PESCA DE PERLAS
- Por el cual se aclara el Decreto número 1153 del corriente año en el artículo 263 del capítulo 47
- Por el cual se adiciona el decreto número 60 de 1931
- Por el cual se adscriben las funciones de administradores de correos y algunos jefes de estación
- Por el cual se modifica el marcado con el número 1070 de 1931 en sus artículos 2o y 3º
- Por el cual se suprime un puesto y se crea otro en el ramo de correos, se suprime una administración de correos y se restablece otra